El documento presenta una explicación sobre los contratos marco según la Ley de Contrataciones Públicas de Venezuela. Define un contrato marco como aquel suscrito entre contratantes y contratistas para regular la adquisición de bienes, servicios u obras cuya cantidad es difícil de determinar por adelantado. Establece precios unitarios máximos y se ejecuta mediante órdenes de trabajo sin obligar al pago del monto total. También resume los beneficios para contratantes y proveedores, así como aspectos a considerar en el proceso.
1. Edgar José Mariño Díaz
emarinodiaz@hotmail.com
Venezuela
Caracas 6 de Junio de 2021
Ciudadana
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Asunto: Breves notas sobre el “Contrato Marco”
Contratos Marcos en los términos de la Ley de Contrataciones Públicas (DLCP-2014)
y su Reglamento (2009)
¿Qué se entiende por Contrato Marco?
Contrato suscrito entre los contratantes y contratistas para regular la adquisición de
bienes, prestación de servicios y ejecución de obras que por sus características o
recurrencia dificulten establecer la contratación por cantidades fijas. Para ello, los
contratantes deberán aplicar el procedimiento de selección correspondiente, con una
estimación global máxima de precio y cantidades. En estos casos, la adjudicación
establecerá los precios unitarios de los rubros o partidas que conforman la contratación,
con un monto total máximo del contrato, el cual se ejecutará por órdenes de compra,
servicio y de ejecución de obra, en las cuales se establecerán las condiciones y términos
específicos de las cantidades a ejecutar, no existiendo la obligación por parte del
contratante de ejecutar una cantidad determinada ni de pagar al contratista el
monto máximo establecido. (Art 6 numeral 33 del Decreto Ley de Contrataciones
Públicas-DLCP). Destacado del Autor.
¿Cuándo acudimos al contrato marco?:
- Cuando las características del bien, servicio u Obra, hubiera la necesidad de
efectuar contrataciones frecuentes o recurrentes.
- Es más conveniente el suministro periódico de bienes con entregas parciales,
siempre y cuando se den los extremos de Ley
- La naturaleza del objeto no hace posible definir previamente o cuantificar
la demanda
- Es más conveniente para atender a más de una unidad usuaria
¿Cómo lo implementamos en la organización?
- Debe establecerse previamente en los pliegos de condiciones,
especificaciones o condiciones de contratación, independientemente de la
modalidad.
- Se establecen los precios unitarios con un monto total máximo del contrato
- No existe obligación de ejecutar una cantidad determinada
- No existe obligación de pagar el monto máximo establecido
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- Se ejecuta por órdenes de trabajo (compras o servicio). Con dichas órdenes
se afecta la disponibilidad presupuestaria y se compromete el gasto.
- Se establecen condiciones y términos específicos de las cantidades a ejecutar
- Los términos y condiciones originalmente establecidos y plasmados en el
respectivo “Contrato Marco”, regirán y se consideraran incorporados a las
respectivas órdenes de trabajo.
Beneficios del “Contrato Marco” para el Contratante (Ente u Organismo
del Estado).
- Estandarización de los bienes y servicios para el Sector Público.
- Acceso a precios de compras más competitivos.
- Plazos de entrega más convenientes.
- Posibilidad de emitir orden de compra de productos disponibles
- Disminución de costos de inventario
- Reorganización de procesos
- Eliminación de etapas innecesarias en cadena de abastecimiento
- Redistribución de recursos
- Ahorro en los costos totales de la compra
- El ahorro trasciende en la gestión y no solo en la compra
- Compras Justo a Tiempo
Beneficios de los Contratos Marco para el Proveedor
- Ahorro de los costos de venta hacia el Estado
- Posibilidad de mejorar el servicio, bien u obra ofrecidos.
- Facilita la automatización del proceso de venta y el proceso logístico de
entrega
- Proceso único de contratación pública
- Mercado enorme y bastante cautivo.
Algunos aspectos que se deben comparar en el proceso son:
- Plazos de entrega
- Precio unitario
- Descuentos
- Costos de Fletes
- Servicios de pre y post ventas
Clausulas y Mejores prácticas (Best Practices) recomendadas para
suscribir un contrato marco
- Compromiso del mejor precio y de responsabilidad social
- Descuentos Especiales (Ofertas)
- Garantía de Fiel Cumplimiento
- Mantenimiento de la oferta
- Veracidad de la información
- Rechazo OC.
- Sanciones y Multas
- Procedimiento para aplicación de sanciones
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Gestión de entrega (Control Perceptivo)
Cuando el producto sea entregado por el proveedor, se debe revisar que cumpla con
las condiciones pactadas en el Contrato Marco, en términos de:
- Cantidad
- Calidad
- Fecha de entrega
- Conformación del requerimiento.
Abogado: Edgar José Mariño Díaz
5527686
Fundamento legal del “Contrato Marco”
Decreto Ley de Contrataciones Públicas-2014
Art 6 numeral 33 del DLCP
Contrato Marco: Contrato suscrito entre los contratantes y contratistas para regular la
adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras que por sus
características o recurrencia dificulten establecer la contratación por cantidades fijas. Para
ello, los contratantes deberán aplicar el procedimiento de selección correspondiente,
con una estimación global máxima de precio y cantidades. En estos casos, la
adjudicación establecerá los precios unitarios de los rubros o partidas que conforman la
contratación, con un monto total máximo del contrato, el cual se ejecutará por órdenes de
compra, servicio y de ejecución de obra, en las cuales se establecerán las condiciones y
términos específicos de las cantidades a ejecutar, no existiendo la obligación por parte
del contratante de ejecutar una cantidad determinada ni de pagar al contratista el monto
máximo establecido.
Reglamento de la Ley de Contrataciones Públicas 2009 (RLCP)
Artículo 2 RLCP
Definiciones
A los efectos de este Reglamento, se entiende por:
Contrato Marco:
Contrato mediante el cual se establecen los precios unitarios de las partidas que
conforman la adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras, con un
monto total máximo del contrato, el cual se ejecutará por órdenes de trabajo, en las
cuales se establecerán las condiciones y términos específicos de las cantidades a
ejecutar, no existiendo la obligación por parte del Órgano o Ente Contratante de ejecutar
una cantidad determinada ni de pagar al Contratista el monto máximo establecido. Los
términos y condiciones de este Contrato Marco regirán y se considerarán incorporados
a las respectivas órdenes de trabajo.
Artículo 7 RLCP
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Actividades previas a la contratación
Para todas las modalidades de selección de Contratistas previstas en la Ley de
Contrataciones Públicas, así como en los procedimientos excluidos de la aplicación de
estas modalidades, el órgano o ente contratante deberá efectuar actividades previas que
garanticen una adecuada selección, además de preparar el presupuesto base indicado en
la mencionada Ley. Asimismo, se debe contar con: programación presupuestaria,
especificaciones técnicas, determinación de las
Ventajas económicas y técnicas de la contratación, la previsión en la programación anual
de compras, si es aplicable, modelo del contrato, si el procedimiento tiene carácter
plurianual efectuar la notificación al órgano competente en la planificación central, evaluar
la recurrencia de la contratación y determinar si es viable agruparla en un solo
procedimiento o bajo la modalidad de contrato marco, estimando las cantidades de
bienes servicios u obras a contratar.
Artículo 90 RLCP
Contrato Marco
A los efectos de garantizar el suministro de bienes, prestación de servicios y ejecución de
obras que por sus características o recurrencia dificulten planificar la modalidad de
selección de Contratistas, los órganos o entes contratantes deberán aplicar la modalidad
de selección correspondiente, con una estimación global máxima de precio y cantidades
cuyo resultado será un contrato marco bajo el esquema de lista de precios.
En estos casos, el procedimiento a utilizar para la determinación de los precios unitarios a
establecer en cada contrato, para cubrir parcial o totalmente las cantidades estimadas
para el suministro de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras requeridas por
el órgano o ente contratante, se obtendrá de las listas de precios incluidas en cada una de
las ofertas presentadas.
En caso de que la ejecución del contrato supere el monto estimado global original se
aplicarán los procedimientos de control administrativo para la modificación del
contrato, previstos en este Reglamento.
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emarinodiaz@hotmail.com
Venezuela
Modelo de Contrato Marco
ANEXO Nº ..
CONTRATO MARCO Nº 001 CONCURSO ABIERTO BAJO CONTRATO MARCO PARA EL SERVICIO POLIZA DE
SEGURO DE LA FLOTA VEHICULAR PARA SER UTILIZADOS POR LAS DIFERENTES DEPENDENCIAS QUE
CONFORMAN LA FUNDACIÓN CENTRO …(CIDA) DURANTE EL PERIODO ----- 2017 Entre la FUNDACIÓN CENTRO DE
INVESTIGACIONES DE ASTRONOMÍA “FRANCISCO J. DUARTE” (CIDA), domiciliada en la Ciudad de Mérida, Estado
Mérida, registrados sus estatutos sociales por ante la Oficina Subalterna del Registro del Distrito Libertador del Estado
Mérida, …, representada en este acto por el ciudadano Pedro …, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-
8…., en su carácter de Presidente designado mediante Gaceta Oficial de …, por una parte, quién en lo adelante se
denominará LA FUNDACIÓN y por la otra, ________________________________________, inscrita en el registro
mercantil _______________________, según Informe de Adjudicación otorgada según fecha __________________quien a
los efectos del presente contrato se denominará EL PROVEEDOR, han convenido en celebrar el presente CONTRATO
MARCO de conformidad con lo establecido en el artículo 6, numeral 33, Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de
Contrataciones Públicas publicada Gaceta Oficial Extraordinaria Número 6.154, de 19 de noviembre de 2014, Que EL
PROVEEDOR tiene los conocimientos y recursos necesarios para el cumplimento del objeto del presente CONTRATO
MARCO el cual se regirá por las cláusulas siguientes: PRIMERA: DEFINICIONES ESPECIALES: en los términos que se
enuncian a continuación: a. Departamento de Compras: Facultada dentro de la Gerencia administrativa, para brindar apoyo
a las distintas áreas operativas de la Fundación …, con el fin de satisfacer las demandas en forma ágil y oportuna y así dar
cumplimiento a las metas y objetivos institucionales planteados. b. Proveedor: Que provee o abastece a otra persona de lo
necesario o conveniente para un fin determinado. c. Orden de Servicio: Documento que emite el comprador para procesar
el pago correspondiente a las notas de pedido despachadas, en ella se puede observar: el 37 código, nombre del
proveedor, tipo de orden, la fecha de la orden en que fue registrado el estatus de la orden y el monto. d. Nota De Pedido:
Documento que se utiliza para que a través de él se soliciten la mercancía deseada; indica cantidad y descripción. Se
realiza por duplicado, el original queda para la empresa proveedora y la copia se entrega al cliente para que se pueda
controlar su pedido. e. Flota: Conjunto Grupo de vehículos que pertenecen a la Institución. f. Contrato Marco: Contrato
mediante el cual se establecen los precios unitarios de las partidas que conforman la adquisición de bienes, prestación de
servicios y ejecución de obras, con un monto total máximo del contrato, el cual se ejecutará por órdenes de trabajo, en las
cuales se establecerán las condiciones y términos específicos de las cantidades a ejecutar, no existiendo la obligación por
parte del Órgano o Ente Contratante de ejecutar una cantidad determinada ni de pagar al Contratista el monto máximo
establecido. Los términos y condiciones de este Contrato Marco regirán y se considerarán incorporados a las respectivas
órdenes de trabajo. g. Evento de Fuerza Mayor: hecho que no se puede evitar y tampoco se puede prever. h. Información
Confidencial: datos que requiere debida reserva de la documentación presentada, así como, de los informes, opiniones y
deliberaciones que se realicen con ocasión del procedimiento. i. Unidad Usuaria: Es la unidad responsable de efectuar las
actividades previas a la contratación, formular el requerimiento a la Unidad Contratante, administrar el contrato y evaluar la
actuación y desempeño del contratista durante su ejecución, en la contratación para la adquisición de bienes, prestación de
servicios y ejecución de obras en las modalidades de selección de Contratistas previstas en la ley de Contrataciones
Públicas y en los procedimientos excluidos de la aplicación de las modalidades de selección. Tendrán los significados que
se les asigne en las condiciones generales, así como en la Ley de Contrataciones Públicas y su Reglamento. SEGUNDA:
OBJETO: EL PROVEEDOR se obliga a efectuar para LA FUNDACIÓN a todo costo, por su exclusiva cuenta, bajo su
responsabilidad, con su propio personal, con herramientas, materiales y equipos, el SERVICIO DE POLIZA DE SEGURO
DE LA FLOTA VEHICULAR PARA SER UTILIZADOS POR LAS DIFERENTES DEPENDENCIAS QUE CONFORMAN LA
FUNDACIÓN CENTRO DE INVESTIGACIONES DE … (…..) DURANTE EL PERIODO 01/04 AL 31/12 AÑO
2017establecidos en los renglones especificados en el pliego de condiciones a favor de LA FUNDACIÓN, los cuales serán
entregados por EL PROVEEDOR. 38 EL PROVEEDOR se compromete a suministrar a LA FUNDACIÓN El Servicio de
Póliza de Seguro de la flota vehicular de acuerdo con las características y/o especificaciones Técnicas señaladas en el
Pliego de Condiciones, en consecuencia, LA FUNDACIÓN realizará el o los requerimiento(s) respectivo(s) mediante
solicitud escrita realizada por la Coordinación de Transporte a razón al objeto principal, lo señalado en la Oferta y Pliego de
Condiciones, y en pretensión al cumplimiento del presente CONTRATO MARCO, EL PROVEEDOR se obliga a: 1)
Suministrar los servicios en el tiempo en que le fuere solicitado por LA FUNDACIÓN, pudiendo ser estos requeridos de
forma inmediata: Auto Casco, Accesorios, Responsabilidad Civil de Vehículos , y Asistencia en Viaje . LA FUNDACIÓN y EL
PROVEEDOR, aceptan y reconocen como parte de este documento principal el Pliego de Condiciones y la Oferta, que
formarán parte integrante del presente CONTRATO MARCO, según procedimiento de contratación Concurso Abierto CIDA-
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2017-CA001 cuya nomenclatura es independiente del desarrollo de este contrato. TERCERA: DURACIÓN El presente
CONTRATO MARCO tendrá vigencia desde el 01 de abril hasta el 31 de Diciembre 2017 ambas fechas inclusive, quedando
condicionado su ejecución hasta por el monto establecido en la Cláusula Cuarta, salvo que existan modificaciones conforme
al presente documento y en las Condiciones Generales. El CONTRATO MARCO no podrá ser extendido o renovado de
forma automática. CUARTA: MONTO DE LA CONTRATACIÓN El monto del presente CONTRATO MARCO para el
CONCURSO ABIERTO BAJO CONTRATO MARCO PARA EL SERVICIO POLIZA DE SEGURO DE LA FLOTA
VEHICULAR PARA SER UTILIZADOS POR LAS DIFERENTES DEPENDENCIAS QUE CONFORMAN LA FUNDACIÓN
CENTRO DE INVESTIGACIONES DE ASTRONOMÍA …) DURANTE EL PERIODO 01/04 AL 31/12 AÑO 2017será
inicialmente por la cantidad total de XXXXXXXXXXX (Bs.XXXXXXXXXX). (Definir) Dicho monto incluye el total a pagar por
los siguientes conceptos: 1) Servicio de Póliza de Seguro de la Flota Vehicular la cantidad de: XXXXXXXXXXX BOLÍVARES
CON (Bs. XXXXXXXXXX) (definir) 2) Total del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la cantidad de: XXXXXXXX BOLÍVARES
CON XXXXXXX (Bs. XXXXXXXXXX),(definir) de tal manera que LAS PARTES convienen que sólo se obligarán hasta por el
monto aquí estipulado. PARÁGRAFO PRIMERO: Los pagos que surgieran de las obligaciones asumidas se harán con
cargo a los recursos presupuestarios provenientes de la fuente de financiamiento XXXXXXXXXX, (definir) y de los precios
derivado de la oferta Nº _________ de fecha ____________ de ______ de 2017 que resultó adjudicada. 39 Los precios
establecidos son fijos e incluyen todos los costos, cargos, gastos, tributos, obligaciones, beneficios, utilidades y demás
erogaciones referidas a la ejecución del contrato, lo cual comprende pero no se limita a: Todas las cajas, empaque,
envoltorio y otros materiales de embalaje suministrados por EL PROVEEDOR, los cuales serán considerados como no
retornables. Los cargos de preparación, empaques, fletes u otros servicios especiales de cualquier tipo. Todos los
suministros, los insumos y cualesquiera otros materiales que deba suministrar EL PROVEEDOR para la ejecución del
contrato. El costo de otros servicios especiales de cualquier tipo. QUINTA: EL CONTRATANTE podrá suscribir nuevos
contratos por la cantidad disponible presupuestariamente, para continuar con el suministro objeto de la contratación, de
conformidad con lo señalado en el artículo 74 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas
publicada Gaceta Oficial Extraordinaria Número 6.154, de 19 de noviembre de 2014. En caso de agotarse la disponibilidad
presupuestaria sin que se llegue a contratar la totalidad del monto establecido como presupuesto base, LAS PARTES
quedan liberadas de las obligaciones generadas mediante el presente CONTRATO MARCO. SEXTA: CONDICIONES DE
PAGO Todos servicios solicitados en el objeto de este Contrato, serán pagados al EL PROVEEDOR totalmente en
bolívares, previa autorización de la Gerencia Administrativa, una vez recibida las pólizas de cada vehículo emitidas a
satisfacción de la FUNDACION, conforme se indica en las especificaciones técnicas establecidas en el Pliego de
Condiciones. Serán pagados a EL PROVEEDOR, dentro de un período de quince (15) días continuos, contados a partir de
la fecha de presentación de la factura y sus soportes. Según lo estipulado en el artículo 141 del Decreto Ley de
contrataciones Públicas. EL PROVEEDOR deberá Cumplir con el aporte del Compromiso de Responsabilidad Social de
acuerdo a lo estipulado en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas, su Reglamento y la
normativa interna de LA FUNDACIÓN. La(s) factura(s) debe(n) ser entregada(s) en original, en un plazo no mayor a cinco
(05) días hábiles luego del suministros de los bienes. Las mismas deberán consignarse por ante El DEPARTAMENTO DE
COMPRAS. Es acuerdo expreso entre LAS PARTES que el (los) monto(s) correspondiente(s) a la(s) factura(s)
presentada(s) no devengarán intereses de ningún tipo. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL PROVEEDOR autoriza a LA
FUNDACIÓN a realizar las retenciones de Ley que se generen en ocasión a la contratación efectuada. 40 Las facturas
deberán ser emitidas a nombre de LA FUNDACIÓN de acuerdo a lo indicado en la orden de compra y los requisitos
establecidos por el SENIAT, en original y junto a las Notas de pedido originales. En caso de no presentar la Garantía de Fiel
Cumplimiento, aceptar que se le realice la retención del porcentaje señalado en el artículo 123 de la Ley de Contrataciones
Públicas SEPTIMA: OBLIGACIONES DE LA FUNDACIÓN: Emitir los documentos o formatos a través de los cuales se
realice la solicitud. Efectuar los pagos en orden a las facturas presentadas, una vez verificado el suministro de los bienes en
las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones. Realizar supervisiones e inspecciones que permitan determinar el
cumplimiento del contrato por parte de EL PROVEEDOR A tal efecto, LA FUNDACIÓN otorgará el finiquito contable,
evaluación del desempeño, certificación del cumplimiento del Compromiso de Responsabilidad Social o cualquier otro
documento en ejecución a los actos administrativos que señale la Ley de Contrataciones Públicas y su Reglamento. Dictar
el acto de liberación de las fianzas que se hubiesen constituido una vez efectuado el cierre administrativo del contrato.
OCTAVA: El presente CONTRATO MARCO se celebra Intuito Personae, por tanto EL PROVEEDOR no podrá ceder,
traspasar o subcontratar las obligaciones o derechos originados, bien sea total o parcialmente, sin previa autorización por
escrito de LA FUNDACIÓN. NOVENA: Queda entendido que cualquier obligación contraída con terceros por EL
PROVEEDOR en razón al objeto del CONTRATO MARCO, no obliga a LA FUNDACIÓN, por tanto, será de su única y
exclusiva responsabilidad. DECIMA: EL PROVEEDOR no podrá divulgar directa o indirectamente información o
conocimiento alguno que obtenga de parte de LA FUNDACIÓN, con ocasión o como consecuencia del objeto del contrato,
salvo aquella que deba suministrar a terceros en razón a éste. DECIMA PRIMERA: MODIFICACIONES Toda modificación
que surgiere con ocasión del presente CONTRATO MARCO, deberá ser pactada de común acuerdo entre LAS PARTES,
mediante la suscripción de un Adendum, el cual se anexará al contrato y formará parte 41 integrante del mismo. Asimismo,
LA FUNDACIÓN podrá modificarlo unilateralmente por razones de oportunidad o conveniencia. LA FUNDACIÓN no
aceptará incremento de precios por el bien que haya sido entregado con posterioridad a la fecha de entrega, prevista en la
respectiva orden de compra o servicio. EL PROVEEDOR deberá notificar por escrito a LA FUNDACIÓN de toda situación o
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eventualidad que por caso fortuito o fuerza mayor le imposibilite cumplir con las obligaciones previstas en el presente
contrato, dentro de un lapso máximo de dos (2) días hábiles después de ocurrido el hecho, en consecuencia, deberá
expresar las razones justificadas de sus alegatos y las formas viables de subsanar lo acontecido para atender a las
obligaciones aquí asumidas. Las dudas y controversias que pudieren surgir en la interpretación o ejecución del presente
CONTRATO MARCO, serán resueltas de mutuo y común acuerdo entre LA FUNDACIÓN y EL PROVEEDOR. DÉCIMA
SEGUNDA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. Por Voluntad de la FUNDACION podrá, en cualquier momento, mediante
aviso escrito a EL PROVEEDOR dar por terminado el contrato. En este supuesto, ambas partes acuerdan que LA
FUNDACIÓN será responsable, única y exclusivamente, por los pagos adeudados a EL PROVEEDOR por concepto del
suministro entregado y aceptado a satisfacción de LA FUNDACIÓN. En los términos y condiciones establecidos; las partes
convienen en que la FUNDACIÓN no pagará a EL PROVEEDOR cantidad alguna por concepto de eventuales ganancias
dejadas de percibir por ésta con respecto a la porción del suministro de los bienes no entregados. Son causales de
terminación anticipada de este contrato las señaladas en el artículo 152 de la Ley de Contrataciones Públicas. En dicho
caso se levantará un acta en la que se expondrá las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho derivada de
la misma, será notificada al PROVEEDOR. DECIMA TERCERA: Para todos los efectos y consecuencias del presente
Contrato, se elige como domicilio especial, único y exclusivo, a la ciudad de Mérida, a la jurisdicción de cuyos tribunales
LAS PARTES declaran someterse. DÉCIMA CUARTA Todas las notificaciones y/o avisos entre LAS PARTES, deberán
hacerse por escrito y serán enviadas a la mayor brevedad posible, vía correo certificado, fax o telegrama, en las siguientes
direcciones: LA FUNDACIÓN: Departamento de Compras, Fundación Centro de Investigaciones de Astronomía (CIDA)
teléfonos: 0274-2450566. EL PROVEEDOR: ubicada XXXXXXXX. 42 DECIMA QUINTA: SUPLIDOR INDEPENDIENTE. EL
PROVEEDOR declara que es un patrono totalmente independiente y que, por lo tanto, es y será el único responsable de
todo lo relacionado con el pago de cotizaciones del Seguro Social, si fuese aplicable, y de los salarios, utilidades,
indemnizaciones y remuneraciones, de cualquier naturaleza, devengadas por su personal, así como lo relacionado con el
suministro, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo y su Reglamento, y a lo estipulado en los contratos
individuales o colectivos que celebrase con su personal. DÉCIMA SEXTA: EJEMPLARES, LEY APLICABLE, DOMICILIO
ESPECIAL, Y JURISDICCIÓN. Este contrato se extiende en dos (02) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, y se
regirá e interpretará de conformidad con las leyes de la República Bolivariana de Venezuela. Las partes eligen como
domicilio especial a la ciudad de Mérida a la jurisdicción de cuyos Tribunales declaran someterse, con exclusión de
cualquier otro. Por LA FUNDACION Por EL PROVEEDOR