ESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptx
Presentación Proceso Sancionatorio
1. JORGE HERNÁN BELTRÁN PARDO
Abogado Rosarista
Experto en compras públicas de la RICG
www.beltranpardo.com
jorge@beltranpardo.com
@jorgehbeltran
/beltranpardoabogados
PBX: (57+1) 4824868
Septiembre 2015
PROCESO SANCIONATORIO Y
RECOMENDACIONES DESDE LA
PERSPECTIVA LEGAL
2. Jorge Beltrán Pardo
Abogado egresado de la Universidad del Rosario, especialista en derecho contractual de la misma universidad,
y en Compraventa Internacional, Comercio Electrónico y otros problemas actuales del derecho privado de la
Universidad Carlos III de Madrid (España).
Se ha desempeñado como Servidor Público, Abogado, Asesor y Consultor de varias entidades públicas del
orden nacional y territorial. Actualmente, como Socio y Gerente de Beltrán Pardo Abogados & Asociados SAS,
se dedica a la asesoría y consultoría en materia administrativa y contractual con distintas entidades estatales y
empresas del sector público y privado, es miembro de la red de expertos de la Red Interamericana de
Compras Gubernamentales (RICG) y es reconocido experto en materia de lucha contra la corrupción.
Hizo parte del equipo técnico que redactó e impulsó la reforma al Estatuto General de Contratación, la
expedición del Estatuto Anticorrupción y del Decreto Ley Antitrámites, y fue corredactor de su
reglamentación. De la misma manera, integró el equipo responsable de la regulación de las asociaciones
público privadas APP, apoyó la Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial de Contratación Pública (CINCO)
y participó en el equipo que tuvo a su cargo la creación de la Agencia Nacional de Contratación Colombia
Compra Eficiente.
Ha sido conferenciante invitado por UNOPS, el Banco Interamericano de Desarrollo, el Banco Mundial, la RICG, el
Departamento Nacional de Planeación, la Procuraduría General de la Nación, la Cámara de Comercio de Bogotá y
Medellín, Legis S.A., la Cámara Colombiana de la Infraestructura, la Sociedad Colombiana de Ingenieros, distintas
entidades públicas a nivel nacional y distintas universidades, entre otros.
Autor del Libro “Memorias Centro de Estudios Jurídicos: “Visión práctica de la reforma legal y la
reglamentación del estatuto general de contratación de la administración pública””, de la Alcaldía Mayor de
Bogotá, columnista invitado de Ámbito Jurídico y de otras revistas especializadas.
3. I fase
II fase
III fase
Acompañamiento jurídico a
la Comisión intersectorial
Revisión del estado del
arte y recomendaciones
Capacitación
7. •Incumplimiento parcial, es conminatoria
•Se impone en vigencia del término de ejecuciónMulta
•Incumplimiento grave que amenaza paralización, termina
contrato, ordena liquidación, inhabilita al contratista por 5
años
•Se impone en vigencia del término de ejecución.
Caducidad
•Incumplimiento grave de obligaciones, es sancionatorio o
indemnizatoria según se haya pactado, incumplimiento total,
definitivo o también parcial
•Se impone en ejecución del contrato y posterior al
vencimiento hasta su liquidación, posterior a la liquidación.
Cláusula
Penal
8. Dicotomía en su función
Indemnizatoria y sancionatoria
Indemnizatoria
Estimación anticipada de perjuicios->
Relevancia probatoria
Sancionatoria
Debe pactarse como tal.
Elemento accidental
Proporcional en obligaciones divisibles.
CLÁUSULA
PENAL
PECUNIARIA
10. Contrato de Obra
Puede cumplir por partes en cuanto a
las actividades, obras o servicios
objeto de la contratación
Se pueden pactar
entregas y recibos
parciales
La garantía de
cumplimiento del
contrato se hará efectiva
por el monto total o
proporcional
(Obligaciones divisibles)
Admite
fraccionamiento
Entregas de trabajos de
manera parcial
(excepcional)
12. a) Cuando se acredite de manera fehaciente y evidente en
el proceso, que fue exclusivamente la entidad pública, sin
participación y sin culpa del particular afectado, la que en
virtud de su supremacía, de su autoridad o de su
imperium constriñó o impuso al respectivo particular la
ejecución de prestaciones o el suministro de bienes o
servicios en su beneficio, por fuera del marco de un
contrato estatal o con prescindencia del mismo.
CE. SIII. Cp: JAIME ORLANDO SANTOFIMIO GAMBOA
Bogotá D.C, diecinueve (19) de noviembre de dos mil doce (2012).
Radicación número: 73001-23-31-000-2000-03075-01(24897)
Sentencia de Unificación Jurisprudencial
Reconocimiento al Contratista de
actividades por fuera del contrato
13. b) En los que es urgente y necesario adquirir bienes, solicitar servicios, suministros,
ordenar obras con el fin de prestar un servicio para evitar una amenaza o una lesión
inminente e irreversible al derecho a la salud, derecho este que es fundamental por
conexidad con los derechos a la vida y a la integridad personal, urgencia y necesidad
que deben aparecer de manera objetiva y manifiesta como consecuencia de la
imposibilidad absoluta de planificar y adelantar un proceso de selección de
contratistas, así como de la celebración de los correspondientes contratos,
circunstancias que deben estar plenamente acreditadas en el proceso contencioso
administrativo, sin que el juzgador pierda de vista el derrotero general que se ha
señalado en el numeral 12.1 de la presente providencia, es decir, verificando en todo
caso que la decisión de la administración frente a estas circunstancias haya sido
realmente urgente, útil, necesaria y la más razonablemente ajustada a las
circunstancias que la llevaron a tomar tal determinación.
CE. SIII CP: JAIME ORLANDO SANTOFIMIO GAMBOA
Bogotá D.C, diecinueve (19) de noviembre de dos mil doce (2012).
Radicación número: 73001-23-31-000-2000-03075-01(24897)
Sentencia de Unificación Jurisprudencial
14. c) En los que debiéndose legalmente declarar una
situación de urgencia manifiesta, la administración
omite tal declaratoria y procede a solicitar la ejecución de
obras, prestación de servicios y suministro de bienes, sin
contrato escrito alguno, en los casos en que esta exigencia
imperativa del legislador no esté excepcionada conforme
a lo dispuesto en el artículo 41 inciso 4º de la Ley 80 de
1993.
CE. SIII CP: JAIME ORLANDO SANTOFIMIO GAMBOA
Bogotá D.C, diecinueve (19) de noviembre de dos mil doce (2012).
Radicación número: 73001-23-31-000-2000-03075-01(24897)
Sentencia de Unificación Jurisprudencial
15. ESTRUCUTURA GENERAL DEL PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO
Citación
Lectura
citación
Presentación
de descargos y
aporte, y
solicitud de
pruebas
Resolución
resolviendo
descargos
Interposición y
sustentación de
recurso
Resolución
resolviendo recurso
PrincipiosConstitucionalesy
Legales
16. OTROS TEMAS TRATADOS EN EL
DOCUMENTO CONCEPTUAL
Acumulación de Expedientes
Recusaciones
Pruebas
Caducidad de la Facultad Sancionatoria Vs
Prescripción del Contrato de Seguro.
17. ANALISIS DE LA SITUACIÓN PREVIA
Entrega de la documentacion al área juridica
Revisión de la documentación
devolución de la documentación
entrega de la documentacion corregida
devolucion de la documentacion
Correccion final
Citación
Entrega de la
documentacion
al área juridica
Revisión de la
documentación
Reunión para
solución de los
conflictos en la
documentación
Citación
ANTES
DESPUES.
18. ANALISIS DE LA SITUACIÓN PREVIA
ANTES
DESPUES.
Inicio del proceso
sancionatorio.
Realización de la
audiencia
sancionatoria
Resolver nulidades
Inicio proceso
sancionatorio.
Realización de la
audiencia
sancionatoria
Resolver nulidades Audiencia
19. ANALISIS DE LA SITUACIÓN PREVIA
ANTES
DESPUES.
Realizar audiencia
Fin del procedimiento
Realizar audiencia
Realizar seguimiento a las sanciones y/o multas
Fin del procedimiento