Desarrollar un modelo de Diplomado en Línea con el fin de impartir el Derecho Humano a la Seguridad Pública y cuáles son sus Medios de Defensa.
Aportar una propuesta de atención específica de la UAM-A sobre un problema de incuestionable trascendencia y relevancia Nacional.
1. 2
• NOMBRE(S) DEL (OS) INVESTIGADOR(ES) REPONSABLES:
1. Título del
Proyecto
Diplomado en Línea: El Derecho Humano a la Seguridad Pública y
sus Medios de Defensa.
Lic. Gilberto Mendoza Martínez (coordinador)
Dr. Antonio Díaz Piña (Auxiliar)
Dr. Gerardo González Ascencio (Auxiliar)
2. Delimitación de la temática objeto de la investigación.
La temática objeto de esta investigación se refiere a la estructuracion del Diplomado, su
planeacion, organización e integracion multimedial, hasta antes de la prestacion de este
servicio educativo, y consta de: 1) Educacion Virtual, 2) Contenidos del Diplomado, y c)
Aspectos pedagògicos.
En su oportunidad, la prestacion de este servicio educativo consistente en un Diplomado
en lìnea, con una duracion mìnima de sesenta horas en mòdulos teòrico-practicos, sera la
consecuencia acedèmica de este proyecto.
1) Educación Virtual:
Desarrollo del modelo de Diplomado
Aplicación de las Tecnologìas de la Informacion.
Prototipo
Plataforma
Reglamento
2) Contenidos:
Teoria General del Estado
Teoria Constitucional
Seguridad Pública.
Derechos Humanos de Vanguardia en la Constitución política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Medios de defensa jurídica de los Derechos Humanos: el juicio de Amparo, quejas
ante las Comisiones Estatales, Federal e Internacional de Derechos Humanos.
3. 4
Particulares:
1. Desarrollar una oferta educativa de cobertura nacional, en lìnea, sobre un tema
juridico practicamente inèdito: el Derecho Humano a la Seguridad Pública.
2. Desarrollar una oferta educativa de cobertura nacional, en lìnea, acerca de los
medios de Defensa del Derecho Humano a la Seguridad Publica.
3. Fortalecer la presencia y participación académica de la UAM en el tema jurídico de
la Seguridad Pública, aportando alternativas de solución originales previstas en
nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
4. Capitalizar los trabajos de investigación desarrollados: un libro titulado El Derecho
Humano a la Seguridad Pública, terminado y en proceso de edición en la UAM; y
otro, a punto de concluirse, titulado: Medios de Defensa del Derecho Humano a la
Seguridad Publica
5. Desarrollar la modalidad de educación virtual en la impartición de cursos de
vanguardia.
6. Promover y desarrollar la participación de los académicos de la DCSyH en la
presentación de contenidos audiovisuales en cursos de educación en línea.
7. Aprovechar la infraestructura y equipo con que cuenta la UAM-A.
8. Generar ingresos propios para la UAM.
5. Marco teórico que se utilizará, en su caso.
I.- El Derecho Humano a la Seguridad Publica se encuentra establecido expresamente
como un Derecho Humano dentro de la Constitución Política de los Estados Unidos
4. 5
Mexicanos, artículo 21, Título Primero, Capítulo I, De las Garantías Individuales2
, en los
términos siguientes:
Artículo 21. (Quinto y sexto párrafos)
La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los
Estados y los Municipios, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La
actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad,
eficiencia, profesionalismo, honradez.
La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los
Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y
persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas,
en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La
actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad,
objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos
reconocidos en esta Constitución.
II.- Este relativamente nuevo Derecho Humano a la Seguridad Pública, tiene relación
directa e inmediata con la obligación de la autoridad gubernamental para cumplir con tal
función y hacerlo eficazmente. Es decir, impedir la Inseguridad Pública y erradicarla
cuando se presente, actuando siempre dentro de los márgenes de constitucionalidad y de
legalidad que le permite el Estado de Derecho.
Para perfilar mejor el Derecho Humano a la Seguridad Pública desde la perspectiva del
derechohabiente, de acuerdo con lo hasta ahora analizado, este por lo menos tiene el
derecho de exigirle a la autoridad que prevenga los delitos; los investigue y persiga para
hacerla efectiva, y sancione las infracciones administrativas, de acuerdo con lo establecido
en las leyes.
El derecho para exigirle a la autoridad que cumpla con su función de proveer Seguridad
Pública que tiene el gobernado es evidentemente distinto del Derecho de Petición que
poseen todas las personas para pedir a los gobernantes que hagan algo que se encuentra
establecido por la ley dentro de su competencia, como una facultad discrecional para
conceder o negar lo que se les pide, así como elegir o programar los términos de su
ejecución.
III.- Considerando lo anterior, el Derecho Humano a la Seguridad Pública, es un derecho
subjetivo público que la Constitución reconoce a todas las personas, en contra de la
negligencia o arbitrariedad de las autoridades para cumplir con su obligación de proteger
la integridad física y patrimonio de las personas, dentro de las competencias que la propia
Ley Fundamental y otras leyes establecen.
2
Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1994
5. 6
Como un Derecho Humano reconocido en la Constitución Política y en los tratados
internacionales en los que el Estado Mexicano es parte, la Seguridad Pública cuenta con
diversos medios jurídicos, garantías en sentido moderno, procesal o adjetivo, que la
propia Ley Fundamental establece para resarcirlo cuando ha sido vulnerado por los
órganos del Gobierno y sus servidores públicos:
A) El Juicio de Amparo
B) La queja individual o colectiva3
ante los organismos defensores de los Derechos
Humanos
C) Queja individual o colectiva y/o Juicio ante los organismos internacionales para la
protección de los Derechos Humanos.4
6. Método y estrategia para abordar el objeto de la investigación, señalando las
fuentes informativas y las técnicas de investigación.
Método y estrategia :
Método jurídico.
Educación virtual.
Tecnologías de la Información.
Fuentes informativas:
a) Teoria general del Estado.
b) Derecho Constitucional.
c) Constitucion Polìtica de los Estados Unidos Mexicanos.
3
CNDH; La queja es un documento en el cual una o varias personas describen actos u omisiones
cometidos por una autoridad o servidor público y que consideran violatorios de sus derechos
humanos. http://www.cndh.org.mx/lacndh/comqueja/comquej.htm
4
México es Estado Parte en la Convención Americana sobre Derechos Humanos desde el 24 de
marzo de 1981, y reconoció la competencia contenciosa de la Corte el 16 de diciembre de 1998.
Igualmente, ratificó la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas el 9 de
abril de 2002. El artículo 68.1 de la Convención Americana estipula que “los Estados Partes en la
Convención se comprometen a cumplir la decisión de la Corte en todo caso en que sean partes”.
Para cumplir con lo anterior, los Estados Partes deben asegurar la implementación a nivel interno
de lo dispuesto por el Tribunal en sus decisiones. http://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/b-
32.html http://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/a-60.html
6. 7
d) Legislacion Federal.
e) Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos.
f) “El Derecho Humano a la Seguridad Publica”, libro terminado y en proceso de
edición.
g) El Juicio de Amparo.
h) “Medios de Defensa del Derecho Humano a la Seguridad Publica”, libro en la
etapa final, autorizado y desarrollado dentro del PROMEP.
Estrategia:
En el aspecto pedagogico: Enfoque tèorico-practico
En el aspecto operativo: Combinar los recursos en linea: textual, audio, audio-
visual, e interactivo.
Desarrollo del programa: aspectos teórico y procesal.
Integración de los textos específicos base, a partir de los textos disponibles.
Grabación de las videoconferencias de apoyo con los textos base.
Desarrollo de las evaluaciones en línea para aplicar durante el Diplomado.
Desarrollo de los análisis de caso.
Integración del cuerpo de tutores y seguimiento.
Tècnicas de Investigacion:
a) Técnica documental y
b) Técnica de campo.
Plataforma experimental: Google (Blogster, Groups, YouTube, Documents,
Hanghouts, Drive)
Plataforma experimental: Moodle (Scorms, Sharable Content Object
Reference Model)
9. 10
8. Etapas de realización, tiempos estimados y resultados previstos de cada una de ellas.
Para la planeacion, organización, implenentacion y evaluacion del proyecto, asi como su
migracion a la plataforma definitiva: cinco meses.
Planeacion: Una semana (incluye el proyecto de
Reglamento del Diplomado)
Organización: Quince días. (Estructuración del grupo de
trabajo, definición de la agenda y
asignación de las responsabilidades).
Desarrollo de los contenidos teóricos y
audiovisuales:
Dos meses. (Contenidos específicos para
cada modulo).
Presentación y aprobación: Un mes. (Autorización de las autoridades
universitarias para su registro)
Registro de Derechos de autor: Quince días. (Registros de los Derechos
patrimoniales y morales de autor ante el
Instituto Nacional del Derecho de Autor).
Migración a la plataforma Moodle y
presentación del proyecto de convenio de
vinculación:
Quince días. (Integración del Diplomado en
la plataforma Moodle.
*Costos y beneficios: Tres dias
Propuesta de convenios de vinculación. Tres dias.
9. Nombre o nombres de los investigadores, categorías y niveles, y anexar síntesis de
su currícula vitarum.
Investigador: Temas:
Lic. Gilberto Mendoza Martínez Introduccion
El Juicio en lìnea ante la CIDH
Dr. Antonio Díaz Piña El Derecho Humano a la Seguridad
Pùblica
Metodologìa
El Derecho Humano a la Interpretación
mas Favorable
Dr. Gerardo González Ascencio Evolucion del Derecho Humano a la
Seguridad Publica en la Constitucion
Federal
Dra. Martha Yuriria Rodriguez Gonzalez Quejas ante las Comisiones: nacional y
estatales de Derechos Humanos
Dr. Mario Flores Lechuga El juicio de Amparo como Garantìa de
10. 11
los Derechos Humanos
Recursos al Juicio de Amparo
Dr. Pedro Lavariega Villanueva Los tratados en materia de Derechos
Humanos
Dr. Alejandro Santiago Monzalvo Responsabilidades en materia de
Derechos Humano a la Seguridad Publica
en la Constitucion Federal.
Dr. David Chacón Hernández Derechos Humanos
Mtro. Juan Manuel Teran Derechos Humanos y Derechos
Naturales
Dra. Alicia Beatriz Azzolini Bincaz Legislacion Federal en Materia de
Seguridad Pùblica
Dra. Irma Rocio Santillan Exigibilidad del Derecho Humano a la
Seguridad Publica y del Derecho de
Peticiòn
Dr. Eduardo Torres Maldonado El orden Juridico Nacional y el Derecho
Humano a la Seguridad Publica.
En conjunto Medios de Defensa Jurídica del Derecho
Humano a la Seguridad Pública
10. Incidencia del proyecto en la docencia y, en su caso, en el servicio social.
Fortalecimiento de la oferta educativa institucional.
Desarrollo de las opciones de educación virtual de la UAM.
Integración de prestadores de servicio social en la operación del diplomado.
Desarrollo de profesionales en la materia del Diplomado en Línea.
Interesar a la planta educativa en el desarrollo de este tema de vanguardia jurídica en un
asunto de indiscutible Interés y Trascendencia Nacional.