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Reglas de Procedimiento<br />Regla 1. Legalidad: Las reglas de los comités son autosuficientes excepto por modificaciones hechas por el Secretariado. Éstas deben ser consideradas y notificadas ante los delegados. Ninguna otra regla de procedimiento será aplicable.<br />Regla 2. Idioma: El español será el idioma oficial de los comités: Asamblea General (AG), Consejo de Seguridad Histórico (CSH), Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), Consejo de Derechos Humanos (CDH) y Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP). El Consejo de Seguridad (Security Council), la Corte Penal Internacional (International Criminal Court) y Comité de Política Especial y de Descolonización de la Asamblea General (Special Political and Decolonization Committee) tendrán el inglés como idioma oficial.<br />Regla 3. Atribuciones de la Secretaría:<br />Artículo 1<br />La Secretaría será la última instancia de decisión dentro del Modelo. Interpretará este reglamento y decidirá sobre los asuntos que no estén previstos en el mismo.<br />Artículo 2<br />La Secretaría velará por este reglamento que cumplirá y hará cumplir. Impondrá las medidas disciplinarias correspondientes en el caso de incumplimiento de las normas de comportamiento.<br />Artículo 3<br />La Secretaría podrá - en cualquier momento - formular declaraciones orales o escritas a la Asamblea General, el Consejo Económico y Social, el Consejo de Seguridad y a sus Comisiones.<br />Artículo 4<br />El Secretario General declarará oficialmente abierto y cerrado el Modelo de Naciones Unidas.<br />Artículo 5<br />Atribuciones del Secretario General y Subsecretarios:<br />5.1 Moderarán los diferentes órganos del Modelo en caso de considerarlo necesario.<br />5.2 Podrán informar a los diferentes órganos sobre las cuestiones que se estuvieren tratando en otros órganos. Informarán a la Asamblea General de todo asunto relativo al mantenimiento de la paz y seguridad internacional que estuviere tratando el Consejo de Seguridad; asimismo informarán a la Asamblea tan pronto como el Consejo cese de tratar dichos temas.<br />5.3 Facilitarán las negociaciones entre los representantes y colaborarán con ellos dentro del Modelo, pudiendo intervenir activamente.<br />5.4 Podrán integrar la Mesa de Aprobación de proyectos de resolución.<br />5.5 El Secretario General podrá delegar sus atribuciones, total o parcialmente, a otra autoridad del Modelo.<br />5.6 El Secretario General, como funcionario de los Estados Miembros, hará de portavoz de la comunidad internacional. Podrá convalidar con su firma los Tratados o pactos Bilaterales o Multilaterales realizados en función de la “Diplomacia Preventiva”.<br />5.7 El Secretario General podrá - bajo su expresa autorización - permitir el ingreso de observadores especiales a las diferentes instancias del Modelo.<br />Regla 4. Atribuciones de las autoridades:<br />Artículo 1<br />Las autoridades de cada comité serán las siguientes:<br />a) Presidente<br />b) Vicepresidente<br />c) Moderador<br />d) Pajes<br />Artículo 2<br />La mesa directiva de un comité estará conformada por el presidente, el vicepresidente y el moderador. Puede también contar con la presencia de un Asesor Académico, cuyas atribuciones serán similares a la del Presidente (Regla 4) y velará por el buen manejo de contenido dentro del comité.<br />Artículo 3<br />Bajo la coordinación de la mesa directiva, se registrarán los votos de las delegaciones; se resolverán los inconvenientes que se presenten a las delegaciones; facilitará la comunicación de las mismas a través de mensajes escritos. Tendrá la facultad de recibir de los Pajes los mensajes para determinar si el contenido de los mismos es inapropiado y llevarlos a la atención de la Presidencia.<br />Artículo 4<br />Atribuciones del Presidente: Tendrá las atribuciones del Presidente todo aquel que esté en el ejercicio de la Presidencia.<br />4.1 La Presidencia velará por este reglamento el cual cumplirá y hará cumplir durante las sesiones formales. Moderará las sesiones formales y podrá tomar medidas disciplinarias en el caso de incumplimiento de las normas de conducta.<br />4.2 Otorgará la palabra únicamente a quienes lo soliciten teniendo en cuenta la diversidad ideológica y regional de los países que la piden, así como el enriquecimiento del debate.<br />4.3 Podrá reducir el tiempo máximo de exposición de las delegaciones durante el debate. Podrá suspender, total o parcialmente, las diferentes mociones y puntos; quedará a criterio de la Presidencia reanudarlas, total o parcialmente, durante el curso del debate. Podrá suspender el envío de mensajes a través de los pajes por el tiempo que considere necesario.<br />4.4 Podrá otorgar derechos de réplica en caso de considerarlo pertinente. La duración de los mismos será de un máximo de un minuto.<br />4.5 Podrá otorgar derechos de comentarios en caso de considerarlo pertinente. La duración de los mismos quedará a criterio de la Presidencia.<br />4.6 En caso de considerarlo pertinente, llamará a votaciones informales no vinculantes, las cuales tendrán carácter de orientación.<br />a) Las delegaciones no estarán obligadas a votar, a excepción de las votaciones informales sobre las enmiendas, las votaciones informales sobre las mociones de procedimiento y las votaciones informales sobre los proyectos de resolución.<br />b) La Presidencia anunciará los resultados de la votación de la manera que considere pertinente.<br />4.7 La Presidencia además declarará la apertura y clausura de cada sesión formal, dirigirá las discusiones en las sesiones, asegurará el cumplimiento de los Reglamentos y de las reglas de procedimiento, coordinará el derecho a la palabra, realizará preguntas y anunciará las decisiones. Integrará la Mesa de Aprobación de proyectos de resolución. Será responsable de mantener el orden en los recintos donde funcionen los órganos. Los Presidentes podrán decidir directamente o proponer a las delegaciones decidir sobre:<br />a) La limitación del tiempo de los oradores.<br />b) El cierre de la lista de oradores.<br />c) El cierre del debate.<br />d) La suspensión o aplazo de una sesión.<br />e) La definición del orden en el que se presentan los proyectos de resolución.<br />Artículo 5<br />Atribuciones del Vicepresidente: El Vicepresidente reemplazará al Presidente en caso de ausencia. Asiste a la Presidencia en sus funciones durante el desarrollo de las sesiones. Es parte de la Mesa de Aprobación de proyectos de resolución, en la cual evalúa y corrige los proyectos para que puedan ser presentados a la Presidencia.<br />Artículo 6<br />Atribuciones del Moderador: Apoyará las funciones del Vicepresidente. Durante las consultas oficiosas o negociaciones informales podrá colaborar con la Presidencia en todo aquello que beneficie el desempeño de las delegaciones. El Moderador coordinará el trabajo de los Pajes.<br />Artículo 7<br />Atribuciones de los Pajes: Apoyarán las funciones de la Mesa Directiva. Facilitarán la comunicación de las delegaciones mismas a través de mensajes escritos. Asegurarán –junto con la ayuda de la Mesa Directiva- que el contenido de los mensajes sea acorde a los de un foro internacional.<br />Artículo 8<br />Atribuciones de la Mesa de Aprobación: La Mesa de Aprobación de proyectos de resolución responderá a la Presidencia del Comité o al representante del Secretariado calificado, y estará integrada por el Presidente, el Vicepresidente y/o el representante del Secretariado.<br />8.1 Recibir y revisar los proyectos de resolución verificando que éstos cumplan los requisitos indispensables de forma y contenido para poder ser presentados.<br />8.2 Presentará a la Presidencia los proyectos que reúnan las condiciones necesarias.<br />8.3 Asiste a la Presidencia en la determinación del orden en el que deben ser presentadas a debate los proyectos de resolución.<br />8.4 Durante el debate, incorpora al proyecto de resolución las enmiendas y correcciones que surjan hasta que se obtenga una versión definitiva.<br />Regla 5. Órganos: Todos los comités de este Modelo de Naciones Unidas se regirán por las presentes reglas de procedimiento.<br />Artículo 1<br />Dentro de cada comité, los temas se tratarán primero en un Debate en General, y luego en un Debate en Particular sobre el proyecto de resolución.<br />Artículo 2<br />La Asamblea General tiene seis Comisiones Principales:<br />a) Comisión de Desarme y Seguridad Internacional.<br />b) Comisión de Asuntos Económicos y Financieros.<br />c) Comisión de Asuntos Sociales, Culturales y Humanos.<br />d) Comisión de Políticas Especiales y Descolonización.<br />e) Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuesto.<br />f) Comisión de Asuntos Económicos y Financieros.<br />g) Comisión Jurídica.<br />Artículo 3<br />Consejo Económico y Social tiene nueve Comisiones Principales:<br />a) Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer.<br />b) Comisión de Estadística.<br />c) Comisión de Desarrollo Social.<br />d) Comisión de Población.<br />e) Comisión de Derechos Humanos.<br />f) Comisión de Estupefacientes.<br />g) Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal.<br />h) Comisión de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo.<br />i) Comisión para el Desarrollo Sostenible.<br />Regla 6. Delegaciones:<br />Artículo 1<br />Las Delegaciones estarán integradas por un mínimo de un delegado y un máximo de dos delegados por país, solo en aquellos comités en donde se permitan agencias.<br />Artículo 2<br />Podrá utilizarse indistintamente la denominación “Estado Miembro”, “Representación” o “Delegación”. Los integrantes de las mismas serán llamados indistintamente “señores delegados” o “señores representantes”.<br />Artículo 3<br />En cada Comisión en la que participe un Estado Miembro, deberá hacerlo por lo menos con un delegado y con no más de dos. No podrán ingresar a los órganos correspondientes los representantes que:<br />a) No porten su credencial correspondiente<br />b) Falten al cumplimiento de las normas de comportamiento<br />Regla 7. Participación de Estados no miembros u Organizaciones No Gubernamentales: El representante de algún estado que no sea miembro de Naciones Unidas o de una organización gubernamental podrá intervenir sólo con la aprobación del Secretariado. Aquellas personas acreditadas tendrán los mismos derechos que los miembros del comité; excepto que no podrán firmar o votar proyectos de resoluciones o enmiendas (reglas 25 y 28).<br />Artículo 1<br />Privilegios de las Organizaciones No Gubernamentales:<br />Las Organizaciones No Gubernamentales podrán ubicarse de primeros en la Lista de Oradores en cualquier momento, y no tienen límite de tiempo en su discurso.<br />Regla 8. Quórum: El Presidente puede declarar un comité abierto y permitir que el debate prosiga cuando haya al menos una cuarta parte de los miembros del comité presentes. Queda claro que un miembro del comité es aquel representante oficialmente reconocido por la mesa directiva. La presencia de la mayoría de los miembros será requerida para la votación ante las mociones sustanciales. El quórum será asumido presente a menos que se muestre la ausencia de más de tres cuartas partes del comité.<br />Regla 9. Normas de conducta y obligaciones de los Delegados<br />Artículo 1<br />Es requisito para todos los participantes portar permanentemente su credencial o gafete en un lugar visible.<br />Artículo 2<br />El trato de los delegados entre sí, con los miembros del Comité Organizador y con las Autoridades del Modelo será estrictamente formal y respetuoso. Los docentes también deberán respetar la formalidad en el diálogo con las Autoridades del Modelo y los miembros del Comité Organizador.<br />Artículo 3<br />Queda prohibida la comunicación directa entre las distintas delegaciones durante las sesiones dentro del recinto de cada órgano. Podrán entregarse mensajes escritos a través de los pajes, mientras la Presidencia lo permita.<br />Artículo 4<br />Los delegados no abandonarán el recinto si el comité se encuentra en sesión. En caso de necesidad, el delegado podrá retirarse momentáneamente informando el motivo de su salida a la Mesa Directiva. Si la salida del delegado deja a su Delegación sin representación en el comité, deberá dejar su cartel de votación con la Mesa Directiva, la cual se lo devolverá de regreso.<br />Artículo 5<br />Los horarios fijados por el Comité Organizador del Modelo deberán respetarse estrictamente.<br />Artículo 6<br />Queda vedado el uso de artefactos electrónicos que con su funcionamiento interfieran en el trabajo de las sesiones, excepto para aquellas personas autorizadas por el Comité Organizador.<br />Artículo 7<br />No estará permitido el contacto entre profesores y observadores con los alumnos durante el desarrollo de las actividades previstas para cada comité.<br />Artículo 8<br />Los docentes a cargo y los delegados deben permanecer en el establecimiento donde se realiza el Modelo, para cumplir con las actividades programadas. Sólo podrán ausentarse por causas de fuerza mayor, previo aviso a los miembros del Comité Organizador del Modelo.<br />Artículo 9<br />Los delegados no podrán comer o fumar dentro de los recintos de los diferentes comités. No podrán tomar bebidas alcohólicas, ni consumir drogas estupefacientes durante los días en los cuales se desarrolle el Modelo. No se podrá fumar en los lugares cubiertos pertenecientes al Modelo.<br />Artículo 10<br />Está terminantemente prohibido arrojar residuos fuera de los lugares indicados para ello.<br />Artículo 11<br />Todos los delegados deberán presentar a la Presidencia del comité la Posición Oficial de su país con respecto a cada uno de los tópicos a tratar en el comité el cual integren.<br />Regla 10. Vestimenta: El vestuario para ingresar a los comités deberá ser ejecutivo. Es aceptada la vestimenta característica de cada país a representar por los delegados, siempre y cuando cumpla con los parámetros de formalidad. En caso de la ausencia de cumplimiento de esta regla se aplicará una amonestación.<br />Regla 11. Amonestaciones: Los delegados serán sujetos a una amonestación en caso de faltar seriamente a la regla de cortesía o de causar desorden dentro del comité o durante su estancia en el recinto. En caso de acumular dos amonestaciones durante la misma sesión, el delegado tendrá que abandonar la sala y no podrá reingresar hasta la siguiente sesión. Al acumularse tres amonestaciones durante el modelo, se cancelará la participación del delegado en el modelo. Cualquier evento causado por los delegados que ocasione la interrupción del debate será meritorio a una amonestación.<br />Regla 12. Agenda:<br />Artículo 1<br />La primera consideración del comité será el establecimiento de la agenda. La única moción en orden en este momento será “Moción para la apertura del tópico x”. Esta moción deberá ser secundada y es debatible. Una lista de oradores deberá ser establecida a favor y en contra con un mínimo de dos delegados en contra. El tiempo del orador para esta lista es de 30 segundos. En caso de no haber delegados en contra, se procederá a la votación sobre la agenda. La moción para el Cierre del Debate (Regla 32) sobre la agenda estará en orden después de haber escuchado a dos delegados a favor y dos en contra o todos los delegados de un lado y al menos dos del lado opuesto. Esta moción deberá ser secundada y es necesaria una Mayoría Calificada (Regla 35) para su aprobación. Cuando el debate este cerrado, se pasará directamente a la votación del tópico; requiriéndose una Mayoría Simple para que pase. En caso de que la moción no pase, se abrirá automáticamente el siguiente tópico. Una moción para proceder al segundo tópico está en orden sólo después de que el comité haya adoptado o rechazado un proyecto de resolución sobre el primer tópico abierto.<br />Artículo 2<br />La moción para proceder al segundo tópico de la agenda después de que una resolución (Regla 29) es rechazada, necesita ser secundada y es susceptible a ser debatida con un límite de un orador a favor y uno en contra. La moción requiere de una Mayoría Calificada para ser aprobada.<br />Artículo 3<br />El Derecho a Comentario (Regla 20) no está en orden durante el debate sobre la agenda, tampoco lo está el ceder tiempo (Regla 18). Una moción para Caucus (Reglas 27 y 28) está en orden durante el debate de la agenda si la mesa lo considera así.<br />Regla 13. Debate: Después de que la agenda ha sido determinada, una lista de oradores será establecida para el desarrollo del Debate General. Esta lista de oradores debe ser seguida durante todo el debate del tópico, excepto cuando se propongan mociones de procedimiento, enmiendas o la introducción de un proyecto de resolución (Regla 29). Los oradores deben hablar en forma general sobre el tópico que se esté debatiendo y de cualquier proyecto de resolución que esté en el foro. Una vez introducido un proyecto de resolución, éste permanecerá en el foro y podrá ser debatido hasta que sea rechazada o aceptada.<br />Artículo 1<br />Las sesiones de todos los comités serán públicas a menos que las mismas decidan, por mayoría calificada y debido a circunstancias excepcionales, reunirse en sesión privada.<br />Artículo 2<br />Toda decisión tomada por los comités en sesión privada, será anunciada en sesión pública. Al final de las sesiones privadas, el Presidente podrá publicar un comunicado a través de la Secretaría General.<br />Artículo 3<br />Cada comité realizará en primera instancia un Debate General sobre el tema a tratar y luego un debate particular sobre el proyecto de resolución (Regla 29).<br />Artículo 4<br />Las delegaciones observadoras podrán hacer uso de la palabra, debiendo solicitarlo previamente y por escrito a la Presidencia.<br />a) Podrán hacer uso de las mociones, someterse a interpelación e interpelar al igual que cualquier otro Estado Miembro de la Asamblea General.<br />b) No podrán presentar enmiendas ni avalarlas, así como tampoco podrán avalar los proyectos de resolución.<br />c) No tendrán derecho a voto en mociones concernientes a la aprobación de un proyecto de resolución o de un proyecto de enmienda.<br />Artículo 5<br />Ningún delegado podrá hacer uso de la palabra sin obtener permiso previo de la Presidencia. El Presidente, el Vicepresidente o el moderador podrán llamar a orden a un delegado en caso de que la argumentación no fuera relevante al tema en discusión, si el delegado excede el tiempo límite establecido por la Presidencia o si sus comentarios son ofensivos para algún delegado o delegación.<br />Regla 14. Lista de Oradores: El comité debe tener en todo momento una Lista de Oradores abierta para el tópico que se esté discutiendo. Otras listas de oradores deben abrirse cuando se discutan proyectos de Resoluciones o Enmiendas (Reglas 29 y 31) o para asuntos referentes al procedimiento. Un país puede añadir su nombre a la Lista de Oradores, siempre que no esté ya incluido en ésta, enviando su petición por escrito a la Presidencia. El nombre de las naciones cuyos delegados vayan a hablar estará siempre en un lugar visible para la conveniencia del comité. La Lista de Oradores para el segundo Tópico no será abierta hasta que el comité proceda a éste. La Lista de Oradores sobre el Debate General nunca podrá ser cerrada.<br />Regla 15. Discursos: Ningún representante puede dirigirse al comité en una sesión sin haber obtenido la autorización de la Mesa Directiva. Las autoridades de la Mesa Directiva pueden llamar la atención en caso de que un delegado haga declaraciones que no llegaran a concernir al tema, siendo acreedoras, y bajo el juicio de la mesa, a una amonestación.<br />Regla 16. Límite de Tiempo en los Discursos: El Presidente puede limitar el tiempo de cada orador. El tiempo mínimo permitido es de 30 segundos. Cuando el delegado exceda su tiempo, las autoridades de la Mesa Directiva lo llamarán inmediatamente a orden. El tiempo también puede ser propuesto por un delegado y esta moción debe ser secundada y votada con mayoría simple para su aprobación. El Presidente puede declarar fuera de orden esta moción si la considera innecesaria.<br />Regla 17. Ceder el Tiempo: Un delegado al cual se le ha reconocido para hablar sobre un tema sustancial puede ceder su tiempo restante al concluir su discurso en una de tres formas: a otro delegado, a preguntas o a la Mesa Directiva. Sólo se puede ceder el tiempo una vez. El orador al que le es cedido el tiempo no podrá hacerlo de nuevo.<br />Artículo 1<br />Ceder su tiempo restante a otra delegación. El tiempo restante podrá cederse a otro delegado, quien no podrá cederlo otra vez.<br />Artículo 2<br />Someterse a una o dos interpelaciones. El tiempo restante será usado para responder preguntas de los demás delegados sobre el contenido del discurso. Los delegados que deseen realizar una pregunta serán seleccionados por el Moderador y estarán limitados a efectuar una pregunta más una pregunta subsecuente,<br />que estará sujeta a la aprobación del Moderador. El Moderador puede llamar a orden a cualquier delegado cuya pregunta sea, en su opinión, retórica y mal diseñada para obtener información. Únicamente la respuesta del orador será reducida del tiempo que le restaba y puede elegir no responder una pregunta. Igualmente, la Mesa Directiva debe determinar si esta petición del orador puede o no ser llevada a cabo.<br />Artículo 3<br />Ceder su tiempo restante a la mesa. Se deberá ceder el tiempo a la mesa cuando el delegado no desee que su discurso sea sujeto a comentarios (Regla 19); por consiguiente, el Moderador deberá continuar con la Lista de Oradores.<br />Regla 18. Sesión extraordinaria de preguntas: Cualquier delegado puede mover a una Sesión extraordinaria de preguntas al delegado que terminó su discurso inmediatamente después de haberlo hecho. Está moción está en orden cuando al delegado no le hayan cedido el tiempo, en ese caso, sólo podrá realizarse la sesión extraordinaria de preguntas al delegado que cedió el tiempo. En la moción deben establecerse el número de preguntas, las cuales no tendrán tiempo límite para responderse. Una moción para sesión extraordinaria de preguntas debe ser secundada y aceptada por el orador, se necesita una mayoría simple (Regla 35) para que pase. Las delegaciones reconocidas por la Presidencia para hacer las preguntas, podrán realizar una pregunta más una subsecuente.<br />Artículo 1<br />Un delgado puede hacer un preámbulo antes de realizar la pregunta, siempre y cuando la Mesa lo haya autorizado. Para realizar un preámbulo es necesaria la autorización de la Mesa. La decisión de la Mesa es inapelable.<br />Artículo 2<br />La subsecuente es una reformulación de la pregunta o una pregunta relacionada con la respuesta del delegado a la primera pregunta. La subsecuente no tiene preámbulo. Para realizar una subsecuente es necesaria la autorización de la Mesa. La decisión de la Mesa es inapelable.<br />Regla 19. Comentarios: Si un orador, después de su discurso sustancial, no cede su tiempo restante, el Moderador o el Presidente pueden reconocer a dos delegados a que comenten durante 30 segundos el contenido del discurso inmediato anterior. Ningún delegado realizando un comentario puede ceder su tiempo. Ningún comentario estará en orden durante el debate en mociones de procedimiento. Si un delegado se ve en la necesidad de concluir su discurso debido a que su tiempo haya expirado, los comentarios estarán fuera de orden. No existen mociones de Comentarios ya que la Presidencia y el Moderador son los únicos calificados para llevar a cabo este procedimiento como anteriormente se cita. Cualquier moción hecha por un delegado para Comentarios estará totalmente fuera de orden.<br />Regla 20. Puntos y Mociones:<br />Artículo 1<br />Todo delegado podrá hacer uso de los puntos y mociones para pedir que se considere una situación o propuesta durante el desarrollo de las sesiones formales, debiendo expresar el tipo de moción o punto a pedir.<br />Artículo 2<br />Existen tres tipos de puntos y un tipo de mociones que son utilizados para beneficio del desarrollo del debate así como una mejor participación de los delegados en los Comités:<br />1. Mociones:<br />Moción de Procedimiento.<br />2. Puntos:<br />a) Punto de Orden.<br />b) Punto de Privilegio Personal.<br />c) Punto de Duda Parlamentaria<br />Artículo 3<br />Se consideran mociones sustanciales, aquellas que tienen que ver con la introducción o aprobación de una enmienda o una resolución.<br />Regla 21. Moción de Procedimiento: La Moción de Procedimiento podrá utilizarse para proponer una opción al curso normal del debate.<br />Artículo 1<br />Para que la Presidencia considere la Moción de Procedimiento, esta deberá contar con al menos un aval que secunde la Moción. La delegación que pidió la moción no podrá secundarla. Cualquier tipo de moción de procedimiento tendrá que tener un motivo para llevarse a cabo, que será evaluado por la Mesa. El accionar las Mociones de Procedimiento quedará a consideración de la mesa dependiendo del motivo de las mismas.<br />Artículo 2<br />La Moción de Procedimiento no podrá interrumpir a ningún delegado ni a la Presidencia cuando se encuentre en uso de la palabra o en el transcurso del procedimiento. Sólo puede ser hecha cuando el foro este abierto.<br />Artículo 3<br />La Presidencia podrá denegar, aceptar o someter a votación la propuesta. En este caso no estarán permitidas las abstenciones. Si obtuviese una mayoría simple a favor (excepciones los casos especificados en las mociones de procedimiento), la moción será aceptada. Caso contrario, será rechazada.<br />Artículo 4<br />Las Mociones de procedimiento se podrán utilizar para:<br /> Abrir un tópico.<br /> Cerrar el debate de la agenda, de un Proyecto de Resolución o de una enmienda.<br /> Suspender o reanudar el debate sobre un Proyecto de Resolución o una enmienda.<br /> Iniciar un Caucus o un Caucus Moderado.<br /> Incrementar o reducir el tiempo de oratoria.<br /> Introducir una Hoja de Trabajo, un Proyecto de Resolución o una enmienda.<br /> Iniciar una sesión extraordinaria de preguntas.<br /> Presentar un material audiovisual al foro.<br /> Iniciar una Sesión privada en el comité.<br /> Solicitar un reconteo de votos.<br /> Plantear una reconsideración a la Mesa.<br /> Apelar una decisión de la Mesa.<br /> Dividir la Cuestión.<br />Regla 22. Punto de Duda Parlamentaria: El Punto de Duda Parlamentaria es un pedido de clarificación del procedimiento que se está llevando a cabo en el Debate. El Punto de Duda Parlamentaria no podrá interrumpir a ningún delegado cuando se encuentre en uso de la palabra. Se deberá realizar cuando el foro esté abierto.<br />Regla 23. Punto de Orden: El Punto de Orden se utiliza cuando un delegado considera que la presidencia u otro delegado ha cometido un error con respecto a los procedimientos y desea hacerlo notar con el debido respeto. El punto de Orden podrá interrumpir al delegado o a la Presidencia cuando se encuentre en uso de la palabra. El Moderador o el Presidente puede considerar fuera de orden estos puntos cuando sean equivocados y dicha decisión es inapelable. En caso de ser necesario debido a la violación constante y bajo advertencia de esta regla, el Presidente de la Comisión podrá quitarle el derecho a estos puntos a cualquier delegado ignorándolos y sometiéndolos a una amonestación. El mal uso de estos puntos podrá acarrear una amonestación.<br />Regla 24. Punto de Privilegio Personal: El Punto de Privilegio Personal se utiliza cuando la comodidad física de un delegado se encuentra afectada o disminuida por un factor externo. El Punto de Privilegio Personal no podrá ser denegado sin antes haber escuchado la petición. Podrá interrumpir tanto a los delegados como a la Presidencia cuando se encuentren en uso de la palabra o en el transcurso de un procedimiento. El Punto de Privilegio Personal puede interrumpir a un orador, pero deberá ser usado con la mayor discreción. De preferencia, un Punto de Privilegio Personal deberá ser enviado por escrito a la mesa. El Punto de Privilegio Personal también podrá ser utilizado por un delegado para pedir que su tiempo de orador sea restablecido, en caso que éste haya sido interrumpido numerosas veces en su discurso. En caso de que el Punto sea utilizado incorrectamente en repetidas ocasiones, la delegación que incurra en esta falta será sometida a una amonestación bajo la consideración de la Presidencia del comité.<br />Regla 25. Derecho de Réplica: Un delegado cuya integridad personal o nacional haya sido insultada por otro delegado puede solicitar un Derecho de Réplica, el cual debe ser enviado por escrito a la Presidencia. El Presidente decidirá si otorga este derecho y su decisión es inapelable. El Derecho de Réplica reconoce la ofensa, mas no es una licencia para responder con otro insulto. Los delegados no están obligados a disculparse. Un Derecho de Réplica sobre otro Derecho de Réplica está considerado fuera de orden.<br />Regla 26. Caucus: Caucus es una reunión informal entre delegados donde se permite debatir directamente con los miembros. Una moción para Caucus está en orden en cualquier momento mientras el foro esté abierto. El delegado debe explicar brevemente el propósito y especificar el límite del Caucus (tiempo de duración), sin exceder los 20 minutos. La moción debe ser inmediatamente secundada y puesta a votación, requiriéndose una mayoría simple de los miembros presentes y votando para su aplicación. El Moderador puede considerar esta moción fuera de orden y su decisión es inapelable.<br />Regla 27. Caucus Moderado: El propósito del Caucus Moderado es facilitar debates sustanciales en momentos críticos para la toma de decisiones. Con lo anterior en consideración, el Moderador temporalmente se apartará de la Lista de Oradores y otorgará la palabra a los delegados según su discreción. Una moción para un Caucus Moderado está en orden en cualquier momento mientras el foro esté abierto. El delegado debe explicar brevemente el propósito y especificar el límite del Caucus Moderado (tiempo de duración), sin exceder los 20 minutos. Una vez realizada la moción, ésta deberá ser secundada y puesta a votación inmediatamente, requiriéndose una mayoría simple para su aprobación. El Moderador puede considerar esta moción fuera de orden y su decisión es inapelable.<br />Regla 28. Hojas de Trabajo: Los delegados pueden proponer hojas de trabajo para la consideración del comité. Las hojas de trabajo están destinadas a ayudar al comité en la discusión y formulación de resoluciones y no necesitan ser escritas bajo ningún formato en especial. Las hojas de trabajo requieren la firma del Presidente para ser copiadas y distribuidas o presentadas de forma alterna al comité. El número de representantes del bloque o grupo que escribió la hoja de trabajo que deberá pasar al frente y leerla será determinado por la Mesa Directiva. Después de que la hoja de trabajo sea introducida, una moción para caucus moderado con fin de discutirla estará en orden. Las Hojas de Trabajo no serán autorizadas antes de la cuarta sesión.<br />Regla 29. Resoluciones: Las resoluciones son las decisiones básicas o declaraciones de postura de los diferentes organismos de las Naciones Unidas. Éstas y las enmiendas constituyen la base de cualquier debate o consulta entre países. Pueden ser presentadas por uno o varios países. Una vez que las resoluciones sean aprobadas, éstas manifiestan la política del comité u otro organismo de la ONU.<br />En general, las resoluciones manifiestan la política de los países y pueden incluir tratados, declaraciones o convenciones. Pueden ser expresadas en forma general o dirigidas a organismos o países específicos. Pueden condenar las acciones de un país, hacer un llamado colectivo o, como en el caso del Consejo de Seguridad, pueden exigir sanciones militares o económicas.<br />Antes de presentar una Resolución ante el foro es necesario realizar un Proyecto de Resolución.<br />Proyecto de Resolución: Una vez que el proyecto de resolución haya sido aprobado - como se estipula a continuación - fotocopiado y distribuido o proyectado, cualquier delegado puede solicitar introducir el proyecto de resolución al foro.<br />Artículo 1<br />Las delegaciones realizarán proyectos de resolución para ser presentados a una Mesa de Aprobación. Los proyectos deberán contar con el aval mínimo del 30% total de las delegaciones representadas en el comité. Los Estados Miembros sólo podrán dar su aval a un proyecto de resolución por cada tópico que se discuta. Los proyectos de resolución que hayan sido rechazados no contarán para este límite.<br />Artículo 2<br />Los proyectos de resolución tendrán que estar basados en los aspectos abordados durante el Debate General en la lista de oradores.<br />Artículo 3<br />De los proyectos presentados, la Mesa de Aprobación elegirá uno que será puesto a consideración de los Estados Miembros integrantes de la Comisión.<br />a) La Mesa de Aprobación podrá introducir modificaciones de forma, pero no de contenido, en los proyectos presentados así como en aquellas resoluciones que sean aprobadas por el comité.<br />b) Tales modificaciones deberán ser comunicadas al comité para su examen.<br />Artículo 4<br />En el momento de presentar el Proyecto de Resolución ante la Mesa de Aprobación, los Estados Miembros que lo avalen le informarán también cuáles delegaciones presentarán el proyecto de resolución ante el foro.<br />Artículo 5<br />El Proyecto de Resolución seleccionado por la Mesa de Aprobación será entregado a cada uno de los Estados Miembros representados en la Comisión para ser debatido, enmendado y votado por ella en el Debate Particular del proyecto de resolución.<br />Artículo 6<br />La Presidencia convocará a máximo tres delegados para que presenten a discusión el proyecto de resolución. Estos delegados dispondrán de tres minutos en total para defender el proyecto, luego de lo cual se someterán a cinco preguntas. El Moderador, bajo autorización explícita del Presidente, seleccionará a los delegados que realizarán las interpelaciones.<br />Artículo 7<br />El Debate del Proyecto de Resolución podrá tener dos modalidades, Caucus Moderado o debate en Lista de Oradores a FAVOR, ACERCA y EN CONTRA de la resolución. La Presidencia decidirá la modalidad a seguir y podrá cambiarla cuando lo considere necesario, bajo autorización previa del comité y los delegados presentes en ella.<br />Artículo 8<br />Durante la Lista de Oradores del debate sobre el Proyecto de Resolución, cada orador dispondrá de dos minutos para efectuar un comentario y/o proponer una posible enmienda.<br />Artículo 9<br />En caso de proponer una enmienda (Regla 30) y después de haber sido aceptada por la Mesa de Aprobación, la Presidencia la leerá ante el foro.<br />Artículo 10<br />Las enmiendas podrán ser suspendidas por la Presidencia si ésta así lo creyera necesario. Quedará a criterio de la Presidencia reanudar las enmiendas durante el curso del debate.<br />Artículo 11<br />La delegación en uso de la palabra podrá someterse a una o dos interpelaciones, antes de votar la enmienda que haya propuesto. La votación de la enmienda está explicada en la Regla 31.<br />Artículo 12<br />La delegación que realice un comentario a favor, en contra o acerca del proyecto sin proponer una enmienda, podrá ceder su tiempo restante a otra delegación o a la Presidencia.<br />Artículo 13<br />Para cerrar la lista de oradores del debate A FAVOR, EN CONTRA Y ACERCA del proyecto de resolución, es necesaria una moción “para el cierre del debate” (Regla 32). Esta moción será puesta en orden a consideración de la Mesa Directiva, y necesita ser secundada.<br />Artículo 14<br />Cuando se cierra la lista de oradores del debate A FAVOR, EN CONTRA Y ACERCA del proyecto de resolución, se pasará a la votación resolución. El voto será por lista y consta de tres fases (Regla 36).<br />Artículo 15<br />Presentar resoluciones que ya han sido debatidas en la ONU o cualquier otro modelo de las Naciones Unidas no está permitido a menos que la nueva resolución generada por los delegados no esté completamente basada en las resoluciones previas, y la Mesa autorice o consienta su uso.<br />Regla 30. Enmiendas: Las enmiendas pueden ser adiciones, cambios o supresiones a las resoluciones. Una Enmienda aprobada por la Presidencia puede ser introducida cuando el foro esté abierto.<br />Artículo 1<br />La enmienda agrega, borra o modifica partes de un Proyecto de Resolución. Cada delegación podrá remitir un máximo de una enmienda para cada proyecto de resolución en discusión. Una enmienda no podrá cambiar la esencia original del proyecto de resolución.<br />Artículo 2<br />Las enmiendas propuestas deberán ser remitidas con anterioridad a la Presidencia, por intermedio de la Mesa de aprobación, y contar con avales equivalentes al 15% del total de delegaciones. Este aval representa la intención de debatir la enmienda y no es indicativo de un voto a favor o en contra de la misma.<br />Artículo 3<br />En primera instancia se procederá a la votación informal de la enmienda, la cual será no-vinculante, obligatoria y no estarán permitidas las abstenciones.<br />Artículo 4<br />Si existiese una mayoría calificada a favor o en contra de la enmienda, la cual será no-vinculante, obligatoria y no estarán permitidas las abstenciones, se procederá a la votación formal de la enmienda.<br />Artículo 5<br />Si de la votación informal de la enmienda no ha resultado una mayoría calificada, se abrirá un debate cerrado sobre la enmienda. Esto es una lista de oradores a favor y en contra de la enmienda.<br />Artículo 6<br />La Presidencia elaborará una lista de por lo menos dos oradores a favor y en contra, teniendo en cuenta la diversidad ideológica y regional, así como el enriquecimiento del debate.<br />Artículo 7<br />Cada orador dispondrá de un tiempo determinado y anunciado por la Presidencia para efectuar un comentario. Luego podrá someterse a una o dos interpelaciones.<br />Artículo 8<br />Para poder cerrar esta lista de oradores es necesario hacer una moción para el cierre del debate (Regla 32). Esta moción estará dada a consideración de la Presidencia. En caso de que se apruebe esta moción, la lista de oradores a favor y en contra de la enmienda se cerrará inmediatamente para votar la enmienda.<br />Artículo 9<br />La enmienda será votada formalmente, estarán permitidas las abstenciones. La votación será por placard, y sólo en caso de que sea solicitado mediante una moción por una delegación participante, se hará el voto por lista (Reglas 36).<br />Artículo 10<br />Si obtuviese una mayoría simple a favor, la enmienda quedará aprobada. En caso contrario será rechazada.<br />Regla 31. Competencia: Una moción para cuestionar la competencia del comité para discutir una resolución o una enmienda (Reglas 29 y 30) está en orden sólo inmediatamente después de que el Proyecto de Resolución o de<br />enmienda haya sido introducido. Esta moción requiere ser secundada, así como una mayoría simple para pasar y es debatible con un límite de un orador a favor y otro en contra.<br />Regla 32. Cierre del Debate: Cuando el foro esté abierto, un delegado puede mover al Cierre del Debate sobre un asunto sustancial o de procedimiento en discusión. El Moderador puede, sujeto a apelación, rechazar la moción. El Cierre del Debate requiere de la aprobación de dos terceras partes de los miembros presentes y votando. Si el comité se expresa a favor del cierre, el Moderador declarará del Cierre del Debate, y la Agenda, el Proyecto de Resolución o enmienda deberá ser inmediatamente puesta a votación.<br />Regla 33. División de la Cuestión: Después de que el debate en una resolución o enmienda ha sido cerrado, un delegado podrá mover a votar las diferentes partes operativas de la propuesta (resolución o enmienda) por separado. El Moderador en ese momento aceptará mociones adicionales para Dividir la Cuestión y las ordenará de mayor a menor grado. Si existe una objeción a la moción para Dividir la Cuestión, ésta será sujeta a debate con un límite de dos oradores a favor y dos en contra, para ser seguida por una votación. Si la moción es aceptada por mayoría simple, la resolución será dividida, y un voto separado se efectuará en cada parte para determinar si ésta se incluye o no en la resolución final. Las partes sustanciales de la propuesta deberán entonces recombinarse en la resolución final y ser sujetas a votarse como un todo. Si todas las partes operativas de la propuesta son rechazadas, la resolución será considerada rechazada como un todo.<br />Regla 34. Votación: Un país contará con un voto dentro del comité. Cada voto podrá ser a favor, en contra o abstención. Todos los asuntos deben ser votados por medio del placard, excepto cuando se propone un Voto por Lista (Regla 36). Después de que el Moderador haya anunciado el principio de la votación, ningún delegado deberá interrumpirla excepto por un Punto de Privilegio Personal o un Punto de Orden relacionado con la conducción de la votación. Los miembros que se abstienen son considerados como No-Votantes. La abstención no es permitida en asuntos de procedimiento.<br />Regla 35. Mayorías: Existen dos tipos de mayorías utilizadas durante el Modelo en su procedimiento parlamentario:<br />a) Mayoría Calificada.- Representa el voto de dos tercios (66.6%) de los miembros presentes y votando.<br />b) Mayoría Simple.- Representa un voto más a favor de una determinada postura que en contra de la misma.<br />Regla 36. Voto por Lista: Después de que el debate ha sido cerrado sobre una resolución se realizará un voto por lista sobre la misma. En una votación de este tipo, el Moderador tomará lista en orden y procederá de la siguiente forma:<br />1. En la primera secuencia los delegados podrán votar a favor, en contra, abstenerse o pasar. Aquellos delegados que votaron a favor o en contra podrán pedir derecho a explicación.<br />2. Los delegados que “pasaron” durante la primera ronda deberán votar en la segunda. Los delegados, que así lo deseen, podrán explicar su voto en esta segunda ronda.<br />3. En la tercera ronda el Moderador preguntará si alguien desea cambiar su voto. El moderador procederá anunciar los resultados de la votación.<br />Regla 37. Suspensión o Cancelación de la Sesión: Un delegado puede mover a la suspensión de la sesión en cualquier momento mientras el foro esté abierto. Esto suspenderá todas las funciones del comité, por un tiempo determinado. El Moderador puede considerar esta moción fuera de orden y su decisión es inapelable. Esta moción no es debatible y debe ser puesta inmediatamente a votación, después de ser secundada. Se necesita una mayoría simple para su aceptación. Una moción para cancelar la reunión será considerada fuera de orden si es presentada antes de que hayan transcurrido tres cuartas partes del tiempo destinado para la última sesión programada del comité.<br />Regla 38. Apelar la Decisión de la Mesa: Cualquier decisión del Moderador o Presidente en turno, salvo aquellas cuestiones que han sido determinadas explícitamente como inapelables de acuerdo con las presentes reglas, puede ser apelada inmediatamente por un delegado. El delegado que apele la decisión debe hacerlo ante el foro y no puede interrumpir a ningún orador. El Moderador pedirá al delegado que explique dicha apelación y hablará brevemente en defensa de su decisión, siempre y cuando el Presidente considere dicha moción en orden. La apelación deberá estar sujeta a votación y la decisión de la Mesa se mantendrá a menos que sea considerada inapropiada por los miembros presentes y votando. El voto a favor indica estar de acuerdo con la Mesa; el voto en contra estará en contra de ella. La decisión de la mesa se mantendrá a menos que haya una mayoría simple de votos en contra. La moción para apelar no es secundada.<br />Regla 39. Posponer o Continuar el Debate: Cuando el foro esté abierto, cualquier delegado puede mover a que se posponga el debate sobre un Proyecto de Resolución o Enmienda que se esté discutiendo en el foro. La moción requiere de una mayoría calificada para que pase y debe ser debatida con un límite de un orador a favor y uno en contra. Continuar el debate cancelará el efecto de posponer el debate.<br />Regla 40. Reconsideración: Una moción para reconsiderar la votación está en orden cuando una Resolución o Enmienda ha sido rechazada o adoptada por el comité y debe ser hecha por un delegado que votó del lado de la mayoría. El Moderador debe reconocer dos oradores que se opongan a la moción e inmediatamente después someterla a votación. Una mayoría calificada de los miembros presentes y votando es requerida para la Reconsideración.<br />Regla 41. Reconteo: Cualquier delegado puede mover para un reconteo sobre la votación de mociones de procedimiento. Esta moción deberá ser realizada inmediatamente después de la votación que desea ser recontada.<br />Regla 42. Precedencia: Las mociones y puntos deberán ser considerados en el siguiente orden de prioridad:<br />1. Mociones que se utilizan para establecer la agenda<br />a. Moción para abrir un tópico<br />2. Puntos que pueden interrumpir al orador:<br />a. Punto de Privilegio Personal<br />b. Punto de Orden<br />3. Puntos que sólo pueden ser hechas cuando el foro está abierto:<br />a. Punto de Duda Parlamentaria<br />4. Mociones de Procedimiento que no son debatibles:<br />a. Suspensión o Cancelación de la Sesión<br />b. Inicio de una sesión privada<br />c. Sesión Extraordinaria de Preguntas<br />d. Caucus Moderado<br />e. Caucus<br />f. Incrementar o reducir tiempo de oratoria<br />5. Mociones de Procedimiento que son aplicables a resoluciones o enmiendas bajo consideración.<br />a. Cierre del debate<br />b. Posponer o Continuar el Debate<br />c. Competencia (en orden sólo después de haber introducido la enmienda o resolución)<br />d. División de la Cuestión (en orden sólo después de haber cerrado el debate)<br />6. Mociones a Consideración de la Mesa Directiva<br />a. Introducción de una Hoja de Trabajo<br />b. Introducción de Enmiendas<br />c. Introducción de Proyectos de Resolución<br />7. Otras Mociones de Procedimiento:<br />a. Reconsideración<br />b. Reconteo<br />c. Apelar la decisión de la mesa<br />Regla 43. Veto: Exclusivamente en el Consejo de Seguridad, los cinco miembros permanentes (Estados Unidos de América, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Federación Rusa, República de Francia y la República Popular de China) tienen el poder de invalidar las resoluciones votando en CONTRA de éstas. Las abstenciones no son consideradas como VETO.<br />
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  • 1. Reglas de Procedimiento<br />Regla 1. Legalidad: Las reglas de los comités son autosuficientes excepto por modificaciones hechas por el Secretariado. Éstas deben ser consideradas y notificadas ante los delegados. Ninguna otra regla de procedimiento será aplicable.<br />Regla 2. Idioma: El español será el idioma oficial de los comités: Asamblea General (AG), Consejo de Seguridad Histórico (CSH), Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), Consejo de Derechos Humanos (CDH) y Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP). El Consejo de Seguridad (Security Council), la Corte Penal Internacional (International Criminal Court) y Comité de Política Especial y de Descolonización de la Asamblea General (Special Political and Decolonization Committee) tendrán el inglés como idioma oficial.<br />Regla 3. Atribuciones de la Secretaría:<br />Artículo 1<br />La Secretaría será la última instancia de decisión dentro del Modelo. Interpretará este reglamento y decidirá sobre los asuntos que no estén previstos en el mismo.<br />Artículo 2<br />La Secretaría velará por este reglamento que cumplirá y hará cumplir. Impondrá las medidas disciplinarias correspondientes en el caso de incumplimiento de las normas de comportamiento.<br />Artículo 3<br />La Secretaría podrá - en cualquier momento - formular declaraciones orales o escritas a la Asamblea General, el Consejo Económico y Social, el Consejo de Seguridad y a sus Comisiones.<br />Artículo 4<br />El Secretario General declarará oficialmente abierto y cerrado el Modelo de Naciones Unidas.<br />Artículo 5<br />Atribuciones del Secretario General y Subsecretarios:<br />5.1 Moderarán los diferentes órganos del Modelo en caso de considerarlo necesario.<br />5.2 Podrán informar a los diferentes órganos sobre las cuestiones que se estuvieren tratando en otros órganos. Informarán a la Asamblea General de todo asunto relativo al mantenimiento de la paz y seguridad internacional que estuviere tratando el Consejo de Seguridad; asimismo informarán a la Asamblea tan pronto como el Consejo cese de tratar dichos temas.<br />5.3 Facilitarán las negociaciones entre los representantes y colaborarán con ellos dentro del Modelo, pudiendo intervenir activamente.<br />5.4 Podrán integrar la Mesa de Aprobación de proyectos de resolución.<br />5.5 El Secretario General podrá delegar sus atribuciones, total o parcialmente, a otra autoridad del Modelo.<br />5.6 El Secretario General, como funcionario de los Estados Miembros, hará de portavoz de la comunidad internacional. Podrá convalidar con su firma los Tratados o pactos Bilaterales o Multilaterales realizados en función de la “Diplomacia Preventiva”.<br />5.7 El Secretario General podrá - bajo su expresa autorización - permitir el ingreso de observadores especiales a las diferentes instancias del Modelo.<br />Regla 4. Atribuciones de las autoridades:<br />Artículo 1<br />Las autoridades de cada comité serán las siguientes:<br />a) Presidente<br />b) Vicepresidente<br />c) Moderador<br />d) Pajes<br />Artículo 2<br />La mesa directiva de un comité estará conformada por el presidente, el vicepresidente y el moderador. Puede también contar con la presencia de un Asesor Académico, cuyas atribuciones serán similares a la del Presidente (Regla 4) y velará por el buen manejo de contenido dentro del comité.<br />Artículo 3<br />Bajo la coordinación de la mesa directiva, se registrarán los votos de las delegaciones; se resolverán los inconvenientes que se presenten a las delegaciones; facilitará la comunicación de las mismas a través de mensajes escritos. Tendrá la facultad de recibir de los Pajes los mensajes para determinar si el contenido de los mismos es inapropiado y llevarlos a la atención de la Presidencia.<br />Artículo 4<br />Atribuciones del Presidente: Tendrá las atribuciones del Presidente todo aquel que esté en el ejercicio de la Presidencia.<br />4.1 La Presidencia velará por este reglamento el cual cumplirá y hará cumplir durante las sesiones formales. Moderará las sesiones formales y podrá tomar medidas disciplinarias en el caso de incumplimiento de las normas de conducta.<br />4.2 Otorgará la palabra únicamente a quienes lo soliciten teniendo en cuenta la diversidad ideológica y regional de los países que la piden, así como el enriquecimiento del debate.<br />4.3 Podrá reducir el tiempo máximo de exposición de las delegaciones durante el debate. Podrá suspender, total o parcialmente, las diferentes mociones y puntos; quedará a criterio de la Presidencia reanudarlas, total o parcialmente, durante el curso del debate. Podrá suspender el envío de mensajes a través de los pajes por el tiempo que considere necesario.<br />4.4 Podrá otorgar derechos de réplica en caso de considerarlo pertinente. La duración de los mismos será de un máximo de un minuto.<br />4.5 Podrá otorgar derechos de comentarios en caso de considerarlo pertinente. La duración de los mismos quedará a criterio de la Presidencia.<br />4.6 En caso de considerarlo pertinente, llamará a votaciones informales no vinculantes, las cuales tendrán carácter de orientación.<br />a) Las delegaciones no estarán obligadas a votar, a excepción de las votaciones informales sobre las enmiendas, las votaciones informales sobre las mociones de procedimiento y las votaciones informales sobre los proyectos de resolución.<br />b) La Presidencia anunciará los resultados de la votación de la manera que considere pertinente.<br />4.7 La Presidencia además declarará la apertura y clausura de cada sesión formal, dirigirá las discusiones en las sesiones, asegurará el cumplimiento de los Reglamentos y de las reglas de procedimiento, coordinará el derecho a la palabra, realizará preguntas y anunciará las decisiones. Integrará la Mesa de Aprobación de proyectos de resolución. Será responsable de mantener el orden en los recintos donde funcionen los órganos. Los Presidentes podrán decidir directamente o proponer a las delegaciones decidir sobre:<br />a) La limitación del tiempo de los oradores.<br />b) El cierre de la lista de oradores.<br />c) El cierre del debate.<br />d) La suspensión o aplazo de una sesión.<br />e) La definición del orden en el que se presentan los proyectos de resolución.<br />Artículo 5<br />Atribuciones del Vicepresidente: El Vicepresidente reemplazará al Presidente en caso de ausencia. Asiste a la Presidencia en sus funciones durante el desarrollo de las sesiones. Es parte de la Mesa de Aprobación de proyectos de resolución, en la cual evalúa y corrige los proyectos para que puedan ser presentados a la Presidencia.<br />Artículo 6<br />Atribuciones del Moderador: Apoyará las funciones del Vicepresidente. Durante las consultas oficiosas o negociaciones informales podrá colaborar con la Presidencia en todo aquello que beneficie el desempeño de las delegaciones. El Moderador coordinará el trabajo de los Pajes.<br />Artículo 7<br />Atribuciones de los Pajes: Apoyarán las funciones de la Mesa Directiva. Facilitarán la comunicación de las delegaciones mismas a través de mensajes escritos. Asegurarán –junto con la ayuda de la Mesa Directiva- que el contenido de los mensajes sea acorde a los de un foro internacional.<br />Artículo 8<br />Atribuciones de la Mesa de Aprobación: La Mesa de Aprobación de proyectos de resolución responderá a la Presidencia del Comité o al representante del Secretariado calificado, y estará integrada por el Presidente, el Vicepresidente y/o el representante del Secretariado.<br />8.1 Recibir y revisar los proyectos de resolución verificando que éstos cumplan los requisitos indispensables de forma y contenido para poder ser presentados.<br />8.2 Presentará a la Presidencia los proyectos que reúnan las condiciones necesarias.<br />8.3 Asiste a la Presidencia en la determinación del orden en el que deben ser presentadas a debate los proyectos de resolución.<br />8.4 Durante el debate, incorpora al proyecto de resolución las enmiendas y correcciones que surjan hasta que se obtenga una versión definitiva.<br />Regla 5. Órganos: Todos los comités de este Modelo de Naciones Unidas se regirán por las presentes reglas de procedimiento.<br />Artículo 1<br />Dentro de cada comité, los temas se tratarán primero en un Debate en General, y luego en un Debate en Particular sobre el proyecto de resolución.<br />Artículo 2<br />La Asamblea General tiene seis Comisiones Principales:<br />a) Comisión de Desarme y Seguridad Internacional.<br />b) Comisión de Asuntos Económicos y Financieros.<br />c) Comisión de Asuntos Sociales, Culturales y Humanos.<br />d) Comisión de Políticas Especiales y Descolonización.<br />e) Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuesto.<br />f) Comisión de Asuntos Económicos y Financieros.<br />g) Comisión Jurídica.<br />Artículo 3<br />Consejo Económico y Social tiene nueve Comisiones Principales:<br />a) Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer.<br />b) Comisión de Estadística.<br />c) Comisión de Desarrollo Social.<br />d) Comisión de Población.<br />e) Comisión de Derechos Humanos.<br />f) Comisión de Estupefacientes.<br />g) Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal.<br />h) Comisión de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo.<br />i) Comisión para el Desarrollo Sostenible.<br />Regla 6. Delegaciones:<br />Artículo 1<br />Las Delegaciones estarán integradas por un mínimo de un delegado y un máximo de dos delegados por país, solo en aquellos comités en donde se permitan agencias.<br />Artículo 2<br />Podrá utilizarse indistintamente la denominación “Estado Miembro”, “Representación” o “Delegación”. Los integrantes de las mismas serán llamados indistintamente “señores delegados” o “señores representantes”.<br />Artículo 3<br />En cada Comisión en la que participe un Estado Miembro, deberá hacerlo por lo menos con un delegado y con no más de dos. No podrán ingresar a los órganos correspondientes los representantes que:<br />a) No porten su credencial correspondiente<br />b) Falten al cumplimiento de las normas de comportamiento<br />Regla 7. Participación de Estados no miembros u Organizaciones No Gubernamentales: El representante de algún estado que no sea miembro de Naciones Unidas o de una organización gubernamental podrá intervenir sólo con la aprobación del Secretariado. Aquellas personas acreditadas tendrán los mismos derechos que los miembros del comité; excepto que no podrán firmar o votar proyectos de resoluciones o enmiendas (reglas 25 y 28).<br />Artículo 1<br />Privilegios de las Organizaciones No Gubernamentales:<br />Las Organizaciones No Gubernamentales podrán ubicarse de primeros en la Lista de Oradores en cualquier momento, y no tienen límite de tiempo en su discurso.<br />Regla 8. Quórum: El Presidente puede declarar un comité abierto y permitir que el debate prosiga cuando haya al menos una cuarta parte de los miembros del comité presentes. Queda claro que un miembro del comité es aquel representante oficialmente reconocido por la mesa directiva. La presencia de la mayoría de los miembros será requerida para la votación ante las mociones sustanciales. El quórum será asumido presente a menos que se muestre la ausencia de más de tres cuartas partes del comité.<br />Regla 9. Normas de conducta y obligaciones de los Delegados<br />Artículo 1<br />Es requisito para todos los participantes portar permanentemente su credencial o gafete en un lugar visible.<br />Artículo 2<br />El trato de los delegados entre sí, con los miembros del Comité Organizador y con las Autoridades del Modelo será estrictamente formal y respetuoso. Los docentes también deberán respetar la formalidad en el diálogo con las Autoridades del Modelo y los miembros del Comité Organizador.<br />Artículo 3<br />Queda prohibida la comunicación directa entre las distintas delegaciones durante las sesiones dentro del recinto de cada órgano. Podrán entregarse mensajes escritos a través de los pajes, mientras la Presidencia lo permita.<br />Artículo 4<br />Los delegados no abandonarán el recinto si el comité se encuentra en sesión. En caso de necesidad, el delegado podrá retirarse momentáneamente informando el motivo de su salida a la Mesa Directiva. Si la salida del delegado deja a su Delegación sin representación en el comité, deberá dejar su cartel de votación con la Mesa Directiva, la cual se lo devolverá de regreso.<br />Artículo 5<br />Los horarios fijados por el Comité Organizador del Modelo deberán respetarse estrictamente.<br />Artículo 6<br />Queda vedado el uso de artefactos electrónicos que con su funcionamiento interfieran en el trabajo de las sesiones, excepto para aquellas personas autorizadas por el Comité Organizador.<br />Artículo 7<br />No estará permitido el contacto entre profesores y observadores con los alumnos durante el desarrollo de las actividades previstas para cada comité.<br />Artículo 8<br />Los docentes a cargo y los delegados deben permanecer en el establecimiento donde se realiza el Modelo, para cumplir con las actividades programadas. Sólo podrán ausentarse por causas de fuerza mayor, previo aviso a los miembros del Comité Organizador del Modelo.<br />Artículo 9<br />Los delegados no podrán comer o fumar dentro de los recintos de los diferentes comités. No podrán tomar bebidas alcohólicas, ni consumir drogas estupefacientes durante los días en los cuales se desarrolle el Modelo. No se podrá fumar en los lugares cubiertos pertenecientes al Modelo.<br />Artículo 10<br />Está terminantemente prohibido arrojar residuos fuera de los lugares indicados para ello.<br />Artículo 11<br />Todos los delegados deberán presentar a la Presidencia del comité la Posición Oficial de su país con respecto a cada uno de los tópicos a tratar en el comité el cual integren.<br />Regla 10. Vestimenta: El vestuario para ingresar a los comités deberá ser ejecutivo. Es aceptada la vestimenta característica de cada país a representar por los delegados, siempre y cuando cumpla con los parámetros de formalidad. En caso de la ausencia de cumplimiento de esta regla se aplicará una amonestación.<br />Regla 11. Amonestaciones: Los delegados serán sujetos a una amonestación en caso de faltar seriamente a la regla de cortesía o de causar desorden dentro del comité o durante su estancia en el recinto. En caso de acumular dos amonestaciones durante la misma sesión, el delegado tendrá que abandonar la sala y no podrá reingresar hasta la siguiente sesión. Al acumularse tres amonestaciones durante el modelo, se cancelará la participación del delegado en el modelo. Cualquier evento causado por los delegados que ocasione la interrupción del debate será meritorio a una amonestación.<br />Regla 12. Agenda:<br />Artículo 1<br />La primera consideración del comité será el establecimiento de la agenda. La única moción en orden en este momento será “Moción para la apertura del tópico x”. Esta moción deberá ser secundada y es debatible. Una lista de oradores deberá ser establecida a favor y en contra con un mínimo de dos delegados en contra. El tiempo del orador para esta lista es de 30 segundos. En caso de no haber delegados en contra, se procederá a la votación sobre la agenda. La moción para el Cierre del Debate (Regla 32) sobre la agenda estará en orden después de haber escuchado a dos delegados a favor y dos en contra o todos los delegados de un lado y al menos dos del lado opuesto. Esta moción deberá ser secundada y es necesaria una Mayoría Calificada (Regla 35) para su aprobación. Cuando el debate este cerrado, se pasará directamente a la votación del tópico; requiriéndose una Mayoría Simple para que pase. En caso de que la moción no pase, se abrirá automáticamente el siguiente tópico. Una moción para proceder al segundo tópico está en orden sólo después de que el comité haya adoptado o rechazado un proyecto de resolución sobre el primer tópico abierto.<br />Artículo 2<br />La moción para proceder al segundo tópico de la agenda después de que una resolución (Regla 29) es rechazada, necesita ser secundada y es susceptible a ser debatida con un límite de un orador a favor y uno en contra. La moción requiere de una Mayoría Calificada para ser aprobada.<br />Artículo 3<br />El Derecho a Comentario (Regla 20) no está en orden durante el debate sobre la agenda, tampoco lo está el ceder tiempo (Regla 18). Una moción para Caucus (Reglas 27 y 28) está en orden durante el debate de la agenda si la mesa lo considera así.<br />Regla 13. Debate: Después de que la agenda ha sido determinada, una lista de oradores será establecida para el desarrollo del Debate General. Esta lista de oradores debe ser seguida durante todo el debate del tópico, excepto cuando se propongan mociones de procedimiento, enmiendas o la introducción de un proyecto de resolución (Regla 29). Los oradores deben hablar en forma general sobre el tópico que se esté debatiendo y de cualquier proyecto de resolución que esté en el foro. Una vez introducido un proyecto de resolución, éste permanecerá en el foro y podrá ser debatido hasta que sea rechazada o aceptada.<br />Artículo 1<br />Las sesiones de todos los comités serán públicas a menos que las mismas decidan, por mayoría calificada y debido a circunstancias excepcionales, reunirse en sesión privada.<br />Artículo 2<br />Toda decisión tomada por los comités en sesión privada, será anunciada en sesión pública. Al final de las sesiones privadas, el Presidente podrá publicar un comunicado a través de la Secretaría General.<br />Artículo 3<br />Cada comité realizará en primera instancia un Debate General sobre el tema a tratar y luego un debate particular sobre el proyecto de resolución (Regla 29).<br />Artículo 4<br />Las delegaciones observadoras podrán hacer uso de la palabra, debiendo solicitarlo previamente y por escrito a la Presidencia.<br />a) Podrán hacer uso de las mociones, someterse a interpelación e interpelar al igual que cualquier otro Estado Miembro de la Asamblea General.<br />b) No podrán presentar enmiendas ni avalarlas, así como tampoco podrán avalar los proyectos de resolución.<br />c) No tendrán derecho a voto en mociones concernientes a la aprobación de un proyecto de resolución o de un proyecto de enmienda.<br />Artículo 5<br />Ningún delegado podrá hacer uso de la palabra sin obtener permiso previo de la Presidencia. El Presidente, el Vicepresidente o el moderador podrán llamar a orden a un delegado en caso de que la argumentación no fuera relevante al tema en discusión, si el delegado excede el tiempo límite establecido por la Presidencia o si sus comentarios son ofensivos para algún delegado o delegación.<br />Regla 14. Lista de Oradores: El comité debe tener en todo momento una Lista de Oradores abierta para el tópico que se esté discutiendo. Otras listas de oradores deben abrirse cuando se discutan proyectos de Resoluciones o Enmiendas (Reglas 29 y 31) o para asuntos referentes al procedimiento. Un país puede añadir su nombre a la Lista de Oradores, siempre que no esté ya incluido en ésta, enviando su petición por escrito a la Presidencia. El nombre de las naciones cuyos delegados vayan a hablar estará siempre en un lugar visible para la conveniencia del comité. La Lista de Oradores para el segundo Tópico no será abierta hasta que el comité proceda a éste. La Lista de Oradores sobre el Debate General nunca podrá ser cerrada.<br />Regla 15. Discursos: Ningún representante puede dirigirse al comité en una sesión sin haber obtenido la autorización de la Mesa Directiva. Las autoridades de la Mesa Directiva pueden llamar la atención en caso de que un delegado haga declaraciones que no llegaran a concernir al tema, siendo acreedoras, y bajo el juicio de la mesa, a una amonestación.<br />Regla 16. Límite de Tiempo en los Discursos: El Presidente puede limitar el tiempo de cada orador. El tiempo mínimo permitido es de 30 segundos. Cuando el delegado exceda su tiempo, las autoridades de la Mesa Directiva lo llamarán inmediatamente a orden. El tiempo también puede ser propuesto por un delegado y esta moción debe ser secundada y votada con mayoría simple para su aprobación. El Presidente puede declarar fuera de orden esta moción si la considera innecesaria.<br />Regla 17. Ceder el Tiempo: Un delegado al cual se le ha reconocido para hablar sobre un tema sustancial puede ceder su tiempo restante al concluir su discurso en una de tres formas: a otro delegado, a preguntas o a la Mesa Directiva. Sólo se puede ceder el tiempo una vez. El orador al que le es cedido el tiempo no podrá hacerlo de nuevo.<br />Artículo 1<br />Ceder su tiempo restante a otra delegación. El tiempo restante podrá cederse a otro delegado, quien no podrá cederlo otra vez.<br />Artículo 2<br />Someterse a una o dos interpelaciones. El tiempo restante será usado para responder preguntas de los demás delegados sobre el contenido del discurso. Los delegados que deseen realizar una pregunta serán seleccionados por el Moderador y estarán limitados a efectuar una pregunta más una pregunta subsecuente,<br />que estará sujeta a la aprobación del Moderador. El Moderador puede llamar a orden a cualquier delegado cuya pregunta sea, en su opinión, retórica y mal diseñada para obtener información. Únicamente la respuesta del orador será reducida del tiempo que le restaba y puede elegir no responder una pregunta. Igualmente, la Mesa Directiva debe determinar si esta petición del orador puede o no ser llevada a cabo.<br />Artículo 3<br />Ceder su tiempo restante a la mesa. Se deberá ceder el tiempo a la mesa cuando el delegado no desee que su discurso sea sujeto a comentarios (Regla 19); por consiguiente, el Moderador deberá continuar con la Lista de Oradores.<br />Regla 18. Sesión extraordinaria de preguntas: Cualquier delegado puede mover a una Sesión extraordinaria de preguntas al delegado que terminó su discurso inmediatamente después de haberlo hecho. Está moción está en orden cuando al delegado no le hayan cedido el tiempo, en ese caso, sólo podrá realizarse la sesión extraordinaria de preguntas al delegado que cedió el tiempo. En la moción deben establecerse el número de preguntas, las cuales no tendrán tiempo límite para responderse. Una moción para sesión extraordinaria de preguntas debe ser secundada y aceptada por el orador, se necesita una mayoría simple (Regla 35) para que pase. Las delegaciones reconocidas por la Presidencia para hacer las preguntas, podrán realizar una pregunta más una subsecuente.<br />Artículo 1<br />Un delgado puede hacer un preámbulo antes de realizar la pregunta, siempre y cuando la Mesa lo haya autorizado. Para realizar un preámbulo es necesaria la autorización de la Mesa. La decisión de la Mesa es inapelable.<br />Artículo 2<br />La subsecuente es una reformulación de la pregunta o una pregunta relacionada con la respuesta del delegado a la primera pregunta. La subsecuente no tiene preámbulo. Para realizar una subsecuente es necesaria la autorización de la Mesa. La decisión de la Mesa es inapelable.<br />Regla 19. Comentarios: Si un orador, después de su discurso sustancial, no cede su tiempo restante, el Moderador o el Presidente pueden reconocer a dos delegados a que comenten durante 30 segundos el contenido del discurso inmediato anterior. Ningún delegado realizando un comentario puede ceder su tiempo. Ningún comentario estará en orden durante el debate en mociones de procedimiento. Si un delegado se ve en la necesidad de concluir su discurso debido a que su tiempo haya expirado, los comentarios estarán fuera de orden. No existen mociones de Comentarios ya que la Presidencia y el Moderador son los únicos calificados para llevar a cabo este procedimiento como anteriormente se cita. Cualquier moción hecha por un delegado para Comentarios estará totalmente fuera de orden.<br />Regla 20. Puntos y Mociones:<br />Artículo 1<br />Todo delegado podrá hacer uso de los puntos y mociones para pedir que se considere una situación o propuesta durante el desarrollo de las sesiones formales, debiendo expresar el tipo de moción o punto a pedir.<br />Artículo 2<br />Existen tres tipos de puntos y un tipo de mociones que son utilizados para beneficio del desarrollo del debate así como una mejor participación de los delegados en los Comités:<br />1. Mociones:<br />Moción de Procedimiento.<br />2. Puntos:<br />a) Punto de Orden.<br />b) Punto de Privilegio Personal.<br />c) Punto de Duda Parlamentaria<br />Artículo 3<br />Se consideran mociones sustanciales, aquellas que tienen que ver con la introducción o aprobación de una enmienda o una resolución.<br />Regla 21. Moción de Procedimiento: La Moción de Procedimiento podrá utilizarse para proponer una opción al curso normal del debate.<br />Artículo 1<br />Para que la Presidencia considere la Moción de Procedimiento, esta deberá contar con al menos un aval que secunde la Moción. La delegación que pidió la moción no podrá secundarla. Cualquier tipo de moción de procedimiento tendrá que tener un motivo para llevarse a cabo, que será evaluado por la Mesa. El accionar las Mociones de Procedimiento quedará a consideración de la mesa dependiendo del motivo de las mismas.<br />Artículo 2<br />La Moción de Procedimiento no podrá interrumpir a ningún delegado ni a la Presidencia cuando se encuentre en uso de la palabra o en el transcurso del procedimiento. Sólo puede ser hecha cuando el foro este abierto.<br />Artículo 3<br />La Presidencia podrá denegar, aceptar o someter a votación la propuesta. En este caso no estarán permitidas las abstenciones. Si obtuviese una mayoría simple a favor (excepciones los casos especificados en las mociones de procedimiento), la moción será aceptada. Caso contrario, será rechazada.<br />Artículo 4<br />Las Mociones de procedimiento se podrán utilizar para:<br /> Abrir un tópico.<br /> Cerrar el debate de la agenda, de un Proyecto de Resolución o de una enmienda.<br /> Suspender o reanudar el debate sobre un Proyecto de Resolución o una enmienda.<br /> Iniciar un Caucus o un Caucus Moderado.<br /> Incrementar o reducir el tiempo de oratoria.<br /> Introducir una Hoja de Trabajo, un Proyecto de Resolución o una enmienda.<br /> Iniciar una sesión extraordinaria de preguntas.<br /> Presentar un material audiovisual al foro.<br /> Iniciar una Sesión privada en el comité.<br /> Solicitar un reconteo de votos.<br /> Plantear una reconsideración a la Mesa.<br /> Apelar una decisión de la Mesa.<br /> Dividir la Cuestión.<br />Regla 22. Punto de Duda Parlamentaria: El Punto de Duda Parlamentaria es un pedido de clarificación del procedimiento que se está llevando a cabo en el Debate. El Punto de Duda Parlamentaria no podrá interrumpir a ningún delegado cuando se encuentre en uso de la palabra. Se deberá realizar cuando el foro esté abierto.<br />Regla 23. Punto de Orden: El Punto de Orden se utiliza cuando un delegado considera que la presidencia u otro delegado ha cometido un error con respecto a los procedimientos y desea hacerlo notar con el debido respeto. El punto de Orden podrá interrumpir al delegado o a la Presidencia cuando se encuentre en uso de la palabra. El Moderador o el Presidente puede considerar fuera de orden estos puntos cuando sean equivocados y dicha decisión es inapelable. En caso de ser necesario debido a la violación constante y bajo advertencia de esta regla, el Presidente de la Comisión podrá quitarle el derecho a estos puntos a cualquier delegado ignorándolos y sometiéndolos a una amonestación. El mal uso de estos puntos podrá acarrear una amonestación.<br />Regla 24. Punto de Privilegio Personal: El Punto de Privilegio Personal se utiliza cuando la comodidad física de un delegado se encuentra afectada o disminuida por un factor externo. El Punto de Privilegio Personal no podrá ser denegado sin antes haber escuchado la petición. Podrá interrumpir tanto a los delegados como a la Presidencia cuando se encuentren en uso de la palabra o en el transcurso de un procedimiento. El Punto de Privilegio Personal puede interrumpir a un orador, pero deberá ser usado con la mayor discreción. De preferencia, un Punto de Privilegio Personal deberá ser enviado por escrito a la mesa. El Punto de Privilegio Personal también podrá ser utilizado por un delegado para pedir que su tiempo de orador sea restablecido, en caso que éste haya sido interrumpido numerosas veces en su discurso. En caso de que el Punto sea utilizado incorrectamente en repetidas ocasiones, la delegación que incurra en esta falta será sometida a una amonestación bajo la consideración de la Presidencia del comité.<br />Regla 25. Derecho de Réplica: Un delegado cuya integridad personal o nacional haya sido insultada por otro delegado puede solicitar un Derecho de Réplica, el cual debe ser enviado por escrito a la Presidencia. El Presidente decidirá si otorga este derecho y su decisión es inapelable. El Derecho de Réplica reconoce la ofensa, mas no es una licencia para responder con otro insulto. Los delegados no están obligados a disculparse. Un Derecho de Réplica sobre otro Derecho de Réplica está considerado fuera de orden.<br />Regla 26. Caucus: Caucus es una reunión informal entre delegados donde se permite debatir directamente con los miembros. Una moción para Caucus está en orden en cualquier momento mientras el foro esté abierto. El delegado debe explicar brevemente el propósito y especificar el límite del Caucus (tiempo de duración), sin exceder los 20 minutos. La moción debe ser inmediatamente secundada y puesta a votación, requiriéndose una mayoría simple de los miembros presentes y votando para su aplicación. El Moderador puede considerar esta moción fuera de orden y su decisión es inapelable.<br />Regla 27. Caucus Moderado: El propósito del Caucus Moderado es facilitar debates sustanciales en momentos críticos para la toma de decisiones. Con lo anterior en consideración, el Moderador temporalmente se apartará de la Lista de Oradores y otorgará la palabra a los delegados según su discreción. Una moción para un Caucus Moderado está en orden en cualquier momento mientras el foro esté abierto. El delegado debe explicar brevemente el propósito y especificar el límite del Caucus Moderado (tiempo de duración), sin exceder los 20 minutos. Una vez realizada la moción, ésta deberá ser secundada y puesta a votación inmediatamente, requiriéndose una mayoría simple para su aprobación. El Moderador puede considerar esta moción fuera de orden y su decisión es inapelable.<br />Regla 28. Hojas de Trabajo: Los delegados pueden proponer hojas de trabajo para la consideración del comité. Las hojas de trabajo están destinadas a ayudar al comité en la discusión y formulación de resoluciones y no necesitan ser escritas bajo ningún formato en especial. Las hojas de trabajo requieren la firma del Presidente para ser copiadas y distribuidas o presentadas de forma alterna al comité. El número de representantes del bloque o grupo que escribió la hoja de trabajo que deberá pasar al frente y leerla será determinado por la Mesa Directiva. Después de que la hoja de trabajo sea introducida, una moción para caucus moderado con fin de discutirla estará en orden. Las Hojas de Trabajo no serán autorizadas antes de la cuarta sesión.<br />Regla 29. Resoluciones: Las resoluciones son las decisiones básicas o declaraciones de postura de los diferentes organismos de las Naciones Unidas. Éstas y las enmiendas constituyen la base de cualquier debate o consulta entre países. Pueden ser presentadas por uno o varios países. Una vez que las resoluciones sean aprobadas, éstas manifiestan la política del comité u otro organismo de la ONU.<br />En general, las resoluciones manifiestan la política de los países y pueden incluir tratados, declaraciones o convenciones. Pueden ser expresadas en forma general o dirigidas a organismos o países específicos. Pueden condenar las acciones de un país, hacer un llamado colectivo o, como en el caso del Consejo de Seguridad, pueden exigir sanciones militares o económicas.<br />Antes de presentar una Resolución ante el foro es necesario realizar un Proyecto de Resolución.<br />Proyecto de Resolución: Una vez que el proyecto de resolución haya sido aprobado - como se estipula a continuación - fotocopiado y distribuido o proyectado, cualquier delegado puede solicitar introducir el proyecto de resolución al foro.<br />Artículo 1<br />Las delegaciones realizarán proyectos de resolución para ser presentados a una Mesa de Aprobación. Los proyectos deberán contar con el aval mínimo del 30% total de las delegaciones representadas en el comité. Los Estados Miembros sólo podrán dar su aval a un proyecto de resolución por cada tópico que se discuta. Los proyectos de resolución que hayan sido rechazados no contarán para este límite.<br />Artículo 2<br />Los proyectos de resolución tendrán que estar basados en los aspectos abordados durante el Debate General en la lista de oradores.<br />Artículo 3<br />De los proyectos presentados, la Mesa de Aprobación elegirá uno que será puesto a consideración de los Estados Miembros integrantes de la Comisión.<br />a) La Mesa de Aprobación podrá introducir modificaciones de forma, pero no de contenido, en los proyectos presentados así como en aquellas resoluciones que sean aprobadas por el comité.<br />b) Tales modificaciones deberán ser comunicadas al comité para su examen.<br />Artículo 4<br />En el momento de presentar el Proyecto de Resolución ante la Mesa de Aprobación, los Estados Miembros que lo avalen le informarán también cuáles delegaciones presentarán el proyecto de resolución ante el foro.<br />Artículo 5<br />El Proyecto de Resolución seleccionado por la Mesa de Aprobación será entregado a cada uno de los Estados Miembros representados en la Comisión para ser debatido, enmendado y votado por ella en el Debate Particular del proyecto de resolución.<br />Artículo 6<br />La Presidencia convocará a máximo tres delegados para que presenten a discusión el proyecto de resolución. Estos delegados dispondrán de tres minutos en total para defender el proyecto, luego de lo cual se someterán a cinco preguntas. El Moderador, bajo autorización explícita del Presidente, seleccionará a los delegados que realizarán las interpelaciones.<br />Artículo 7<br />El Debate del Proyecto de Resolución podrá tener dos modalidades, Caucus Moderado o debate en Lista de Oradores a FAVOR, ACERCA y EN CONTRA de la resolución. La Presidencia decidirá la modalidad a seguir y podrá cambiarla cuando lo considere necesario, bajo autorización previa del comité y los delegados presentes en ella.<br />Artículo 8<br />Durante la Lista de Oradores del debate sobre el Proyecto de Resolución, cada orador dispondrá de dos minutos para efectuar un comentario y/o proponer una posible enmienda.<br />Artículo 9<br />En caso de proponer una enmienda (Regla 30) y después de haber sido aceptada por la Mesa de Aprobación, la Presidencia la leerá ante el foro.<br />Artículo 10<br />Las enmiendas podrán ser suspendidas por la Presidencia si ésta así lo creyera necesario. Quedará a criterio de la Presidencia reanudar las enmiendas durante el curso del debate.<br />Artículo 11<br />La delegación en uso de la palabra podrá someterse a una o dos interpelaciones, antes de votar la enmienda que haya propuesto. La votación de la enmienda está explicada en la Regla 31.<br />Artículo 12<br />La delegación que realice un comentario a favor, en contra o acerca del proyecto sin proponer una enmienda, podrá ceder su tiempo restante a otra delegación o a la Presidencia.<br />Artículo 13<br />Para cerrar la lista de oradores del debate A FAVOR, EN CONTRA Y ACERCA del proyecto de resolución, es necesaria una moción “para el cierre del debate” (Regla 32). Esta moción será puesta en orden a consideración de la Mesa Directiva, y necesita ser secundada.<br />Artículo 14<br />Cuando se cierra la lista de oradores del debate A FAVOR, EN CONTRA Y ACERCA del proyecto de resolución, se pasará a la votación resolución. El voto será por lista y consta de tres fases (Regla 36).<br />Artículo 15<br />Presentar resoluciones que ya han sido debatidas en la ONU o cualquier otro modelo de las Naciones Unidas no está permitido a menos que la nueva resolución generada por los delegados no esté completamente basada en las resoluciones previas, y la Mesa autorice o consienta su uso.<br />Regla 30. Enmiendas: Las enmiendas pueden ser adiciones, cambios o supresiones a las resoluciones. Una Enmienda aprobada por la Presidencia puede ser introducida cuando el foro esté abierto.<br />Artículo 1<br />La enmienda agrega, borra o modifica partes de un Proyecto de Resolución. Cada delegación podrá remitir un máximo de una enmienda para cada proyecto de resolución en discusión. Una enmienda no podrá cambiar la esencia original del proyecto de resolución.<br />Artículo 2<br />Las enmiendas propuestas deberán ser remitidas con anterioridad a la Presidencia, por intermedio de la Mesa de aprobación, y contar con avales equivalentes al 15% del total de delegaciones. Este aval representa la intención de debatir la enmienda y no es indicativo de un voto a favor o en contra de la misma.<br />Artículo 3<br />En primera instancia se procederá a la votación informal de la enmienda, la cual será no-vinculante, obligatoria y no estarán permitidas las abstenciones.<br />Artículo 4<br />Si existiese una mayoría calificada a favor o en contra de la enmienda, la cual será no-vinculante, obligatoria y no estarán permitidas las abstenciones, se procederá a la votación formal de la enmienda.<br />Artículo 5<br />Si de la votación informal de la enmienda no ha resultado una mayoría calificada, se abrirá un debate cerrado sobre la enmienda. Esto es una lista de oradores a favor y en contra de la enmienda.<br />Artículo 6<br />La Presidencia elaborará una lista de por lo menos dos oradores a favor y en contra, teniendo en cuenta la diversidad ideológica y regional, así como el enriquecimiento del debate.<br />Artículo 7<br />Cada orador dispondrá de un tiempo determinado y anunciado por la Presidencia para efectuar un comentario. Luego podrá someterse a una o dos interpelaciones.<br />Artículo 8<br />Para poder cerrar esta lista de oradores es necesario hacer una moción para el cierre del debate (Regla 32). Esta moción estará dada a consideración de la Presidencia. En caso de que se apruebe esta moción, la lista de oradores a favor y en contra de la enmienda se cerrará inmediatamente para votar la enmienda.<br />Artículo 9<br />La enmienda será votada formalmente, estarán permitidas las abstenciones. La votación será por placard, y sólo en caso de que sea solicitado mediante una moción por una delegación participante, se hará el voto por lista (Reglas 36).<br />Artículo 10<br />Si obtuviese una mayoría simple a favor, la enmienda quedará aprobada. En caso contrario será rechazada.<br />Regla 31. Competencia: Una moción para cuestionar la competencia del comité para discutir una resolución o una enmienda (Reglas 29 y 30) está en orden sólo inmediatamente después de que el Proyecto de Resolución o de<br />enmienda haya sido introducido. Esta moción requiere ser secundada, así como una mayoría simple para pasar y es debatible con un límite de un orador a favor y otro en contra.<br />Regla 32. Cierre del Debate: Cuando el foro esté abierto, un delegado puede mover al Cierre del Debate sobre un asunto sustancial o de procedimiento en discusión. El Moderador puede, sujeto a apelación, rechazar la moción. El Cierre del Debate requiere de la aprobación de dos terceras partes de los miembros presentes y votando. Si el comité se expresa a favor del cierre, el Moderador declarará del Cierre del Debate, y la Agenda, el Proyecto de Resolución o enmienda deberá ser inmediatamente puesta a votación.<br />Regla 33. División de la Cuestión: Después de que el debate en una resolución o enmienda ha sido cerrado, un delegado podrá mover a votar las diferentes partes operativas de la propuesta (resolución o enmienda) por separado. El Moderador en ese momento aceptará mociones adicionales para Dividir la Cuestión y las ordenará de mayor a menor grado. Si existe una objeción a la moción para Dividir la Cuestión, ésta será sujeta a debate con un límite de dos oradores a favor y dos en contra, para ser seguida por una votación. Si la moción es aceptada por mayoría simple, la resolución será dividida, y un voto separado se efectuará en cada parte para determinar si ésta se incluye o no en la resolución final. Las partes sustanciales de la propuesta deberán entonces recombinarse en la resolución final y ser sujetas a votarse como un todo. Si todas las partes operativas de la propuesta son rechazadas, la resolución será considerada rechazada como un todo.<br />Regla 34. Votación: Un país contará con un voto dentro del comité. Cada voto podrá ser a favor, en contra o abstención. Todos los asuntos deben ser votados por medio del placard, excepto cuando se propone un Voto por Lista (Regla 36). Después de que el Moderador haya anunciado el principio de la votación, ningún delegado deberá interrumpirla excepto por un Punto de Privilegio Personal o un Punto de Orden relacionado con la conducción de la votación. Los miembros que se abstienen son considerados como No-Votantes. La abstención no es permitida en asuntos de procedimiento.<br />Regla 35. Mayorías: Existen dos tipos de mayorías utilizadas durante el Modelo en su procedimiento parlamentario:<br />a) Mayoría Calificada.- Representa el voto de dos tercios (66.6%) de los miembros presentes y votando.<br />b) Mayoría Simple.- Representa un voto más a favor de una determinada postura que en contra de la misma.<br />Regla 36. Voto por Lista: Después de que el debate ha sido cerrado sobre una resolución se realizará un voto por lista sobre la misma. En una votación de este tipo, el Moderador tomará lista en orden y procederá de la siguiente forma:<br />1. En la primera secuencia los delegados podrán votar a favor, en contra, abstenerse o pasar. Aquellos delegados que votaron a favor o en contra podrán pedir derecho a explicación.<br />2. Los delegados que “pasaron” durante la primera ronda deberán votar en la segunda. Los delegados, que así lo deseen, podrán explicar su voto en esta segunda ronda.<br />3. En la tercera ronda el Moderador preguntará si alguien desea cambiar su voto. El moderador procederá anunciar los resultados de la votación.<br />Regla 37. Suspensión o Cancelación de la Sesión: Un delegado puede mover a la suspensión de la sesión en cualquier momento mientras el foro esté abierto. Esto suspenderá todas las funciones del comité, por un tiempo determinado. El Moderador puede considerar esta moción fuera de orden y su decisión es inapelable. Esta moción no es debatible y debe ser puesta inmediatamente a votación, después de ser secundada. Se necesita una mayoría simple para su aceptación. Una moción para cancelar la reunión será considerada fuera de orden si es presentada antes de que hayan transcurrido tres cuartas partes del tiempo destinado para la última sesión programada del comité.<br />Regla 38. Apelar la Decisión de la Mesa: Cualquier decisión del Moderador o Presidente en turno, salvo aquellas cuestiones que han sido determinadas explícitamente como inapelables de acuerdo con las presentes reglas, puede ser apelada inmediatamente por un delegado. El delegado que apele la decisión debe hacerlo ante el foro y no puede interrumpir a ningún orador. El Moderador pedirá al delegado que explique dicha apelación y hablará brevemente en defensa de su decisión, siempre y cuando el Presidente considere dicha moción en orden. La apelación deberá estar sujeta a votación y la decisión de la Mesa se mantendrá a menos que sea considerada inapropiada por los miembros presentes y votando. El voto a favor indica estar de acuerdo con la Mesa; el voto en contra estará en contra de ella. La decisión de la mesa se mantendrá a menos que haya una mayoría simple de votos en contra. La moción para apelar no es secundada.<br />Regla 39. Posponer o Continuar el Debate: Cuando el foro esté abierto, cualquier delegado puede mover a que se posponga el debate sobre un Proyecto de Resolución o Enmienda que se esté discutiendo en el foro. La moción requiere de una mayoría calificada para que pase y debe ser debatida con un límite de un orador a favor y uno en contra. Continuar el debate cancelará el efecto de posponer el debate.<br />Regla 40. Reconsideración: Una moción para reconsiderar la votación está en orden cuando una Resolución o Enmienda ha sido rechazada o adoptada por el comité y debe ser hecha por un delegado que votó del lado de la mayoría. El Moderador debe reconocer dos oradores que se opongan a la moción e inmediatamente después someterla a votación. Una mayoría calificada de los miembros presentes y votando es requerida para la Reconsideración.<br />Regla 41. Reconteo: Cualquier delegado puede mover para un reconteo sobre la votación de mociones de procedimiento. Esta moción deberá ser realizada inmediatamente después de la votación que desea ser recontada.<br />Regla 42. Precedencia: Las mociones y puntos deberán ser considerados en el siguiente orden de prioridad:<br />1. Mociones que se utilizan para establecer la agenda<br />a. Moción para abrir un tópico<br />2. Puntos que pueden interrumpir al orador:<br />a. Punto de Privilegio Personal<br />b. Punto de Orden<br />3. Puntos que sólo pueden ser hechas cuando el foro está abierto:<br />a. Punto de Duda Parlamentaria<br />4. Mociones de Procedimiento que no son debatibles:<br />a. Suspensión o Cancelación de la Sesión<br />b. Inicio de una sesión privada<br />c. Sesión Extraordinaria de Preguntas<br />d. Caucus Moderado<br />e. Caucus<br />f. Incrementar o reducir tiempo de oratoria<br />5. Mociones de Procedimiento que son aplicables a resoluciones o enmiendas bajo consideración.<br />a. Cierre del debate<br />b. Posponer o Continuar el Debate<br />c. Competencia (en orden sólo después de haber introducido la enmienda o resolución)<br />d. División de la Cuestión (en orden sólo después de haber cerrado el debate)<br />6. Mociones a Consideración de la Mesa Directiva<br />a. Introducción de una Hoja de Trabajo<br />b. Introducción de Enmiendas<br />c. Introducción de Proyectos de Resolución<br />7. Otras Mociones de Procedimiento:<br />a. Reconsideración<br />b. Reconteo<br />c. Apelar la decisión de la mesa<br />Regla 43. Veto: Exclusivamente en el Consejo de Seguridad, los cinco miembros permanentes (Estados Unidos de América, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Federación Rusa, República de Francia y la República Popular de China) tienen el poder de invalidar las resoluciones votando en CONTRA de éstas. Las abstenciones no son consideradas como VETO.<br />