8. Manuel Azaña, ministro de la Guerra La Segunda República M. Azaña y Franco, Jefe de la Academia Militar de Zaragoza Guardia de Asalto en un registro callejero
9. Estado Catalán La Segunda República Francésc Maciá proclamando el Estado Catalán el 14 de abril de 1931 Maciá y Companys el 12 de abril de 1931
10. Quema de Conventos La Segunda República Quema de centros religiosos en Madrid y Málaga
11. Expulsión en mayo de 1931 del Cardenal Segura, Arzobispo de Toledo La Segunda República Conflicto con la Iglesia
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14. La Constitución de 1931 [1] La Segunda República Documento (…) España, en uso de su soberanía y representada por las Cortes Constituyentes, decreta y sanciona esta Constitución. Art. 1° España es una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia. Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo. La República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los Municipios y las Regiones. Art. 2°. Todos los españoles son iguales ante la ley. Art. 3°. El Estado español no tiene religión oficial. Art. 4°. El castellano es el idioma oficial de la República. Todo español tiene obligación de saberlo y derecho de usarlo, sin perjuicio de los derechos que las leyes del Estado reconozcan a las lenguas de las provincias o regiones. Salvo lo que se disponga en leyes especiales, a nadie se le podrá exigir el conocimiento ni el uso de ninguna lengua regional. Art. 6°. España renuncia a la guerra como instrumento de política nacional. Art. 7°. El Estado español acatará las normas universales del Derecho internacional, incorporándolas a su Derecho positivo. Art. 11°. Si una o varias provincias limítrofes, con características históricas, culturales y económicas, comunes, acordaran organizarse en región autónoma para formar un núcleo político-administrativo, dentro del Estado español, presentarán su Estatuto con arreglo a lo establecido en el Art. 12. Art. 21 . El derecho del Estado español prevalece sobre el de las regiones autónomas en todo lo que no esté atribuido a la exclusiva competencia de éstas en sus respectivos Estatutos. sigue …
15. La Constitución de 1931 [2] La Segunda República Documento Sigue … Art. 26 . Todas las confesiones religiosas serán consideradas como Asociaciones sometidas a una ley especial. El Estado, las regiones, las provincias y los Municipios, no mantendrán, favorecerán, ni auxiliarán económicamente a las iglesias, Asociaciones e Instituciones religiosas. Art, 27. La libertad de conciencia y el derecho de profesar y practicar libremente cualquier religión quedan garantizados en el territorio español, salvo el respeto debido a las exigencias de la moralidad pública. Los cementerios estarán exclusivamente sometidos a la jurisdicción civil. No podrá haber en ellos separación de recintos por motivos religiosos, (…) Todas las confesiones podrán ejercer sus cultos privadamente. Las manifestaciones públicas del culto habrán de ser, en cada caso, autorizadas por el Gobierno. Art. 44. Toda la riqueza del país, sea quien fuere su dueño, está subordinada a los intereses de la economía nacional (...) con arreglo a la Constitución y a las leyes. La propiedad de toda clase de bienes podrá ser objeto de expropiación forzosa por causa de utilidad social mediante adecuada indemnización, a menos que disponga otra cosa una ley aprobada por los votos de la mayoría absoluta de las Cortes. Con los mismos requisitos la propiedad podrá ser socializada. Los servicios públicos y las explotaciones que afecten el interés común pueden ser nacionalizados en los casos en que la necesidad social así lo exija. El Estado podrá intervenir por ley, la explotación y coordinación de industrias y empresas cuando así lo exigieran la nacionalización de la producción y los intereses en la economía nacional . Art. 52. El Congreso de los Diputados se compone de los representantes elegidos por sufragio universal, igual, directo y secreto. Art. 53. Serán elegibles para Diputados todos los ciudadanos de la República mayores de veintitrés años, sin distinción de sexo ni de estado civil, que reúnan las condiciones fijadas por ley Electoral. Fuente: DE ESTEBAN, J. Las Constituciones de España , Madrid, 1983. p. 163.
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19. Evolución cronológica II República en 1931 La Segunda República 13 Abril Comité revolucionario 14 Abril Gobierno Provisional. Presidente Niceto Alcalá Zamora 28 Junio Elecciones a Cortes Constituyentes 14 Octubre Dimisión de Niceto Alcalá Zamora y Miguel Maura Nuevo Gobierno Provisional Presidente Manuel Azaña 9 Diciembre Publicación Constitución 1931 10 Diciembre Presidente de la II República Española Niceto Alcalá Zamora Las Cortes Constituyentes se transforman en Cortes ordinarias 16 Diciembre Nuevo Gobierno Presidente Manuel Azaña
20. José Giral La Segunda República José Giral Pereira (1879 - 1962) Fundador, junto con Manuel Azaña, de Acción Republicana. Entre 1931 y 1933 fue ministro de Marina. Del 17 de julio al 4 de Septiembre de 1936, fue Presidente del Gobierno. Entre 1945 y 1947 fue Presidente del Gobierno español en el exilio.
25. Autonomía de Cataluña La Segunda República Francesc Maciá Presidente de la Generalitat de Cataluña hasta 1933 Luís Companys Presidente de la Generalitat de Cataluña desde 1934 hasta 1939
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29. General Sanjurjo La Segunda República La rebelión, conocida como la sanjurjada , se inicio en Sevilla el 10 de agosto de 1932 por el general Sanjujo, jefe de los Carabineros, tuvo éxito, inicialmente, en Sevilla pero fracasó de forma absoluta en Madrid y posteriormente también en la capital andaluza tras una huelga general, por lo que desistió e intentó huir a Portugal, siendo detenido en Huelva . General José Sanjurjo Sucesos de Castilblanco
30. La CEDA Confederación Española de Derechas Autónomas La Segunda República José María Gil Robles
31. Casas Viejas La Segunda República El 11 de enero de 1933 en Benalup-Casas Viejas (Cádiz) un grupo de anarquistas de la CNT decidió hacer la revolución por su propia cuenta e imponer el comunismo libertario, destituyendo al alcalde e intentando tomar el cuartel de la Guardia Civil, mueren el sargento y uno de los números, pero no consiguen sus propósitos. El gobierno, envió fuerzas de la Guardia Civil y de la Guardia de Asalto que entraron a tiros en el pueblo, incendiaron la casa donde se habían refugiado algunos de los dirigentes de la insurrección, entre ellos el conocido como "Seisdedos" y luego procedieron a una serie de juicios sumarísimos, fusilando a participantes y sospechosos de haber participado en los hechos.
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33. Elecciones de 1933 La Segunda República Las primeras verdaderamente democráticas, con sufragio femenino, tuvieron por resultado la mayoría de las derechas: 258 diputados de derecha, 119 de centro y 95 de izquierda. Esta última se presentó desunida, mientras que la derecha se agrupó en torno a la CEDA. La participación fue del 67'46%, con una notable abstención en las zonas de mayoría anarquista. CEDA: 115 escaños Partido Republicano Radical: 104 escaños PSOE: 58 escaños Agrarios: 36 escaños Lliga Regionalista de Catalunya: 24 escaños Tradicionalistas: 21 escaños Partido Republicano Conservador: 18 escaños Esquerra Republicana de Catalunya: 18 escaños Renovación Española: 16 escaños Independientes de derecha: 16 escaños Nacionalistas vascos: 12 escaños Partido Liberal Demócrata: 10 escaños Acción Republicana: 4 escaños Otros: 19 escaños Izquierda Centro Derecha
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36. Revolución de 1934 La Segunda República L. Companys y el Gobierno Catalán en el banquillo de los acusados en 1935 Columna de obreros asturianos detenidos en 1934 vigilados por la Guardia Civil
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38. Estraperlo La Segunda República El nombre de Estraperlo es la unión del nombre de dos hombres de negocios holandeses; Strauss y Perle. Ellos habían ideado un juego para los casinos, basado en una ruleta y querían introducirlo en los países europeos. La bolita pasaba por un número y si el jugador era rápido de reflejos podía hacer un cálculo mental y adivinar el número en el que iba a detenerse. Pues bien, Strauss y Perle entraron en contacto en Madrid con Aurelio Lerroux, hijo adoptivo de don Alejandro, al que le dieron dos relojes de oro, uno para su padre y otro para el ministro de gobernación. No se sabe si los relojes llegaron a su destino, lo cierto es que unos pocos días después la maquina estaba funcionando en los casinos de San Sebastián y Mallorca. El gobernador civil de Donostia prohibió el juego. Strauss, enfadado, le mandó una carta a Lerroux donde le informaba del trato con su hijo adoptivo y le pedía una suma elevadísima a manera de indemnización. Alejandro Lerroux lo ignoró y Strauss se fue directamente a ver a don Manuel Azaña, este se lo dijo a Prieto y a Alcalá Zamora, y después se filtró a la prensa. El escándalo fue mayúsculo y Lerroux tuvo que dimitir Comercio ilegal de artículos intervenidos por el Estado o sujetos a tasa
39. La izquierda y la derecha ante la República La Segunda República Documento La tragedia de las izquierdas españolas, y en última instancia de España, era que en 1934 no tuvieron paciencia ni confianza suficiente en sí mismas para superar la crisis, del mismo modo que las derechas habían conseguido superar la suya en 1931-1933 (…) Lo que las derechas habían aceptado y asimilado dado su estado de desconcierto general, no podía serlo igualmente por las izquierdas en su estado de ánimo henchido por las recientes victorias. En consecuencia, las izquierdas empezaron casi inmediatamente a trazar peligrosas distinciones entre republicanos “verdaderos” y “falsos”. Contra el nuevo partido católico, la CEDA, empleó asimismo la técnica que las derechas habían utilizado antes contra los socialistas: atacar la legitimidad del gobierno en pleno (…) cuya finalidad supuesta era derrocar el régimen existente y establecer una dictadura. La diferencia estriba en que las derechas casi nunca habían creído sus propias retóricas, en tanto que algunos sectores de la izquierda empezaron a creer la suya (…) Lo cual no quiere decir que a las izquierdas les faltase justificación sicológica. Teniendo en cuenta su historia de repetidas derrotas por golpes militares, sus tensas relaciones con la mayor parte de las fuerzas armadas y de orden público y la desfavorable relación de fuerzas en el plano internacional de los años 30 (…) Malefakis, E.: Estudios sobre la República y la Guerra Civil. Barcelona, 1973Sánchez Ortega, D. “Historia de España 2° de Bachillerato” . Editex Madrid 1999. Pág 363.
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41. Programa del Frente Popular La Segunda República Documento El programa mínimo aceptado por todos los partidos que intervenían en él, incluía los siguientes puntos fundamentales: 1.- Amnistía total para los insurrectos de 1934 y para todos los acusados de atentados político-sociales desde 1933 y procesamiento de todos los culpables de “actos de violencia” al reprimir los atentados políticos. 2.- Reposición en sus puestos de todos los trabajadores y empleados públicos despedidos por causas políticas y compensación plena de todas las pérdidas sufridas por ellos. 3.- Reforma del Tribunal de Garantías Constitucionales para excluir la influencia conservadora; reforma del sistema judicial con el objeto de establecer su independencia, promulgar la justicia social y acelerar su rapidez y eficacia. 4.- Restauración de la autoridad de todos los apartados de la constitución republicana; reforma de las cortes y de su estructura de comité; aprobación de la legislación orgánica que garantice el funcionamiento de los gobiernos provincial y municipal; reforma de la ley de orden público con el objeto de obtener mayores garantías para los derechos individuales. 5.- Continuación de la reforma agraria; arrendamientos menores y mayor seguridad para los pequeños propietarios; reducción de los impuestos y de las tasas de intereses a los pequeños propietarios; ayuda técnica acrecentada para los pequeños propietarios. 6.- Protección de los pequeños productores y los pequeños empresarios; reforma de los impuestos y las tarifas industriales; estímulo a la producción; ampliación de las obras públicas. 7.- Sujeción del funcionamiento del Banco de España al interés público; reglamentación y mejora del funcionamiento de los bancos y las instituciones de ahorro. 8.- Restauración de toda la legislación social de 1931-33; aumento de salarios; amplio programa de viviendas sociales; extensión de la educación a todos los niveles. Fuente: PAYNE, S., La revolución española . Barcelona 1977, Pág. 188.
43. Las elecciones de 1936 La Segunda República Después de la segunda vuelta electoral la distribución de los diputados quedo de la siguiente manera: Frente Popular: 4.654.116 votos y 263 escaños. PSOE: 99 escaños ; Izquierda Republicana: 87 escaños ; ERC: 36 escaños ; Unión Republicana: 34 escaños ; PCE: 17 escaños ; Acció Catalana: 5 escaños ; ORGA: 3 escaños ; Otros partidos del FP (POUM, Partido Sindicalista...): 20 escaños. Frente Nacional 4.503.505 votos y 136 escaños. CEDA: 88 escaños ; Comunión Tradicionalista: 13 escaños ; Renovación Española: 12 escaños ; Partido Agrario: 11 escaños . Centro, PNV y otros: 562.651 votos y 59 escaños Partido del Centro: 20 escaños ; PNV: 10 escaños ; Partido Republicano Radical: 9 escaños ; Lliga Regionalista de Catalunya: 12 escaños ; Otros partidos: 20 escaños.
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45. Destitución de Alcalá-Zamora como presidente de la República en abril de 1936 La Segunda República El problema se planteaba así. La Constitución de la República de 1931 facultaba al Presidente a disolver las Cortes un máximo de dos veces durante su mandato; pero, si la segunda disolución era juzgada improcedente por las Cortes elegidas a raíz de la misma, entonces podía, por ese motivo, ser destituido. Pues bien, el Decreto presidencial del 7 de enero de 1936 ¿constituía la primera o la segunda disolución de Cortes por el Presidente Alcalá-Zamora? Puesto que ya en 1933 había disuelto las Cortes, era la segunda vez; pero, como las Cortes disueltas en 1933 eran las Constituyentes, podía pensarse que su disolución no entraba en el cómputo; mas, de ser así --alegábase--, su disolución hubiera sido inconstitucional, debiendo, antes bien, juzgarse que, desde la entrada en vigor de la Constitución en diciembre de 1931, las Cortes Constituyentes habían dejado de serlo para convertirse en Cortes ordinarias; el Decreto del 7 de enero de 1936 constituía, pues, efectivamente la segunda disolución presidencial del Parlamento en el mismo mandato. El asunto era jurídicamente complicado y hasta embrollado. Pero, sea como fuere, ¿fue improcedente la disolución de las Cortes el 7 de enero? En sus memorias D. Niceto atribuye a la ambición personal de Azaña (para ser nombrado Presidente de la República) toda la trama que llevó al acta de destitución presidencial de abril de 1936.
46. Casares Quiroga La Segunda República Presidente del Gobierno de Mayo a Julio de 1936. Lider de ORGA (Organización Republicana Gallega Autónoma ) Se ha afirmado tradicionalmente que se negó a entregar las armas a las organizaciones obreras, por lo que dimitió y fue sustituido por Martínez Barrio de forma interina y por José Giral definitivamente. Sin embargo, las memorias de Manuel Portela Valladares (inéditas hasta 1972) y las de su hija María Casares, coinciden en afirmar lo contrario: fue el presidente de la República, Manuel Azaña, quien cesó a Casares el mismo 18 de julio de 1936 porque este último quería entregar armas al pueblo.
47. José Antonio Primo de Rivera La Segunda República Fundador junto con otros de Falange Española, un partido político de inspiración fascista cuyo ideario constituyó uno de los ejes principales del Régimen dictatorial instaurado por el general Francisco Franco al término de la Guerra Civil Española.
50. Asesinatos 12-13 Julio de 1936 La Segunda República Portada del periódico Ahora con las fotografías del teniente Castillo y del diputado Calvo Sotelo.