La vigilancia ciudadana se viene debilitándose, y es necesario retomar y fortalecer el compromiso de los ciudadanos por controlar , apoyar y vigilar el manejo de los recursos públicos.
2. 2
Equipo de edición. Ing. José Gabriel Vásquez Urbina.
Gabriela Amythya Vásquez R.
Sin duda, estamos ingresando a una nueva etapa
en el manejo de la gestión publica en todos los
ámbitos, sea a nivel del gobierno central, los
gobiernos regionales y los gobiernos locales
llamada la modernización del sector publico, lo
que demanda de parte de la ciudadanía mayor
preparación, mayor responsabilidad, eso
significa, que debemos de vigilar el correcto
manejo de nuestros recursos que hacen las
autoridades a quienes hemos elegido, y a los
funcionarios y empleados, que deben cumplir con
apoyar a las autoridades en len el buen manejo de
los recursos públicos.
Es importante que funcione los comites de
vigilancia ciudadana y sobre todo todos los
ciudadanos ejerzamos este derecho ciudadano y
responsabilidad de vigilar.
José Gabriel Vásquez Urbina
Cusco- Perú
3. 3
Presentación
Indice
Vigilancia Ciudadana
Porque es importante vigila
Porque hacer vigilancia ciudadana
Comite de Vigilancia del Presupuesto Participativo
Que se vigila
Que respalda el trabajo de la vigilancia ciudadana
Integrantes del COVIC
50
44
38
24
4
13
3
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José Gabriel Vásquez Urbina
Los componentes de la Vigilancia Social 7
15
4. I.- VIGILANCIA CIUDADANA UNA FORMA DE PARTICIPACION.
Vigilancia Ciudadana:
¿Cuáles son los límites de la vigilancia ciudadana?
4
E s
n e c e s a r i o
establecer con claridad los
límites de la vigilancia
ciudadana en la lucha contra la
c o r r u p c i ó n , s u l a b o r e s
p r e v e n t i v a m á s q u e
sancionadora.
Cuando
los actos de gobierno
no respetan la ley y el debido
proceso, la vigilancia ciudadana
“hace sonar la alarma”; los expone y
denuncia. De esta forma, las
agencias de control estatal y de
fiscalización entrarán en
acción.
L a
vigilancia ciudadana es
un mecanismo de participación de
los ciudadanos y las ciudadanas en el
control de la gestión pública. Su objetivo es
controlar la eficiencia, la legalidad y la
transparencia de las acciones de las
autoridades y funcionarios/as de las
entidades públicas.
José Gabriel Vásquez Urbina
5. ¿La vigilancia ciudadana puede tener como objeto a
entidades privadas?
La vigilancia ciudadana también
puede tener como objeto a entidades
privadas que gestionen asuntos de interés
público.
Como
ejemplo
diríamos las
Ongs,
¿RESUMIENDO?
Es un mecanismo de control para
evitar la corrupción que lleva la población
para cumplir con sus deberes y derechos.
S i
nosotros no vigilamos
como ciudadanos, entonces
quien lo hara, vamos que
esperamos.
5
José Gabriel Vásquez Urbina
6. Los componentes de la Vigilancia Social
Conocer cuáles son los componentes de la Vigilancia Social es un buen primer paso en
nuestro reto de construir un Plan. Por un lado, es una forma de asegurar que ningún aspecto
relevante de la vigilancia deje de estar presente en el Plan y, por otro, nos facilita cierto orden
para la estructura del mismo.
Veamos cuáles son estos componentes:
Denunciar
Fiscalizar a las
instituciones y
funcionarios
Conocer
nuestros
derechos y
cómo ejercerlos
Comunicar la
existencia del
Comité de
Vigilancia
Proponer
soluciones y
negociarlas con
autoridades y
funcionarios
Utilizar estrategias
de
comunicación
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José Gabriel Vásquez Urbina
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7. 1. Comunicar la existencia del Comité de Vigilancia
Significa que el Comité de Vigilancia tiene que buscar
formas de darse a conocer frente a su comunidad.
Es importante que las personas estén enteradas, no sólo
de la existencia de un Comité de Vigilancia en su
comunidad, sino que conozcan quiénes son las personas
que lo conforman y la manera más viable de ponerse en
contacto con ellas.
Un consejito ...
Además de las estrategias de comunicación que puedan utilizarse para este fin, la
manera más convincente de lograr credibilidad frente a la población es comenzar a
realizar acciones efectivas de vigilancia y hacerlas de conocimiento público.
2. Conocer nuestros derechos y cómo ejercerlos
Es necesario conocer la normatividad que respalda cada una de las
situaciones sobre las cuales queremos realizar vigilancia.
La normatividad nos permite conocer nuestros derechos y tener un
respaldo legal que sustente nuestra acción frente a un reclamo. Nos
permite entender: ¿cuáles son los pasos a seguir? ¿A quién se debe
reclamar? ¿Cuál es la sanción para quienes trasgreden los
derechos de otros?, entre otras cosas.
Un consejito...
Cada vez resulta más sencillo conocer la normatividad de una comunidad. La
mayoría de Municipios tienen una página web mediante la cual es posible acceder a
las Ordenanzas Municipales que nos detallan las normas referidas al
funcionamiento de un distrito. Te recomendamos revisar la normatividad del
Municipio de tu distrito .
3. Fiscalizar a las instituciones y funcionarios
Una vez que conocemos bien cuáles son las normas
que respaldan el funcionamiento de una comunidad, es
posible observar con ojos más críticos lo que ocurre a
nuestro alrededor. Esta mirada crítica responde a una
actitud fiscalizadora, significa “estar alerta” y
“pendiente” en los aspectos priorizados para nuestro
objeto de vigilancia.
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José Gabriel Vásquez Urbina
7
8. DEMUNA
Un consejito...
Revisen las Ordenanzas Municipales, algunas de ellas indican en sus
últimos artículos cuáles son las instancias encargadas de recibir las
denuncias y dónde encontrar las medidas de sanción que deberán
aplicarse.
4. Denunciar
La fiscalización nos lleva a la denuncia. Significa que, al haber
descubierto una situación que vulnera los derechos de las
personas, no debemos permanecer en silencio sino, por el
contrario, encontrar mecanismos para que la denuncia llegue a
las instancias responsables.
La denuncia puede hacerse de dos formas:
l Hacer una denuncia pública, que busca poner en
evidencia frente a la población, la situación identificada. Para esto,
se pueden emplear los medios de comunicación. Nos permiten
que la gente esté informada y sensibilizada sobre las situaciones
de violación de derechos que suceden en su comunidad.
l Acudir a la instancia competente (Por ejemplo: la DEMUNA, la Defensoría del Pueblo, las
Oficinas de Transparencia de los Ministerios), para hacer efectiva la denuncia, de
acuerdo al procedimiento formal que se indique.
Fiscalizar nos permite detectar:
l Cuándo una norma no se está cumpliendo.
l Cómo repercute en el bienestar de las personas.
l Con qué frecuencia sucede esto.
l Qué evidencias tenemos para probarlo.
l Cuáles son las instancias y funcionarios implicados.
Un consejito...
Un Comité de Vigilancia Comunal debe alentar a todos los vecinos a que, como
ciudadanos, asuman una actitud de control social frente a las acciones que suceden
en el lugar donde viven. Los vecinos son los responsables de llevar al Comité los
reclamos. La vigilancia social debe ser un proceso de participación.
José Gabriel Vásquez Urbina
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9. 5. Proponer soluciones y negociarlas con autoridades y funcionarios
Este componente tiene por finalidad, evitar que en el futuro se tenga
que volver a realizar una denuncia similar. Una denuncia realizada
puede reflejar dos situaciones:
l Que una norma fue infringida porque no hay mecanismos
adecuados para hacerla cumplir.
l Que la norma en sí no es pertinente porque no responde
realmente a los problemas.
Frente a esto, es necesario plantear alternativas orientadas a resolver los problemas
identificados, ya sea en relación a la misma norma o a los mecanismos para garantizar su
cumplimiento.
Aquellas soluciones que se propongan deben surgir del diálogo y negociación con las
autoridades correspondientes de acuerdo a la naturaleza del problema (Por ejemplo, si el
problema está referido a la venta de alcohol a menores de edad en locales de la
Comunidad, se podría negociar la solución con la Jefatura de Fiscalización y Control
Municipal, con apoyo de la Policía Nacional).
Unos consejitos...
l Una alternativa de solución podría ser, por ejemplo, emitir Directivas Comunales
que precisen la forma en que una Ordenanza Municipal se adapta a la situación
problema particular de una comunidad.Este componente va muy de la mano al
anterior.
l Las personas de las instancias donde se realizan las denuncias (DEMUNA, la
Defensoría del Pueblo, las Oficinas de Transparencia de los Ministerios) están
preparadas para apoyar en los procesos de negociación con las autoridades.
Pídeles su ayuda.
6. Utilizar estrategias de comunicación
Aunque pongamos este componente al final, el uso de los medios de
comunicación debe ser transversal a todos los componentes anteriores. La
vigilancia social tiene por naturaleza un carácter público, por lo tanto, es
muy importante la movilización de la población para formar una conciencia
social que nos permita afrontar colectivamente este proceso.
Esto quiere decir que siempre es necesario prestar especial atención al
hecho de que la población esté informada de lo que está sucediendo: ¿qué
derechos se están vulnerando?, ¿qué normas se están infringiendo?, ¿qué
están haciendo al respecto las autoridades e instancias responsables?,
¿se están aplicando las sanciones debidas?, etc.
YHO
5pm
e fil yD s e
pa ac lls a es
José Gabriel Vásquez Urbina
9
10. Un consejito
Una forma de utilizar los medios de comunicación para la vigilancia social,
es a través de actividades masivo comunitarias y/o artísticas (pasacalles,
murales, bocinas populares, microprogramas radiales, teatro callejero, etc).
El Plan de Vigilancia Social
¿Qué es?
Un Plan de Vigilancia Social es un instrumento
que nos permite plantear acciones concretas y
organizadas en función al objeto de vigilancia y
a los aspectos de dicho objeto que queremos
vigilar.
Es importante que todo Comité de Vigilancia Comunal cuente con un Plan de Vigilancia Social
porque...
Permite que el Comité de Vigilancia defina y acuerde
una estrategia para desarrollar sus acciones de
Vigilancia Social.
Facilita la incorporación de los componentes de la
vigilancia dentro de la estrategia definida, precisando las
acciones a realizar para cada uno de ellos.
Nos ayuda a definir responsables y plazos de tiempo
para realizar las acciones de vigilancia social.
Facilita el diálogo entre el Comité de Vigilancia y la
comunidad en relación a la labor que están realizando.
José Gabriel Vásquez Urbina
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12. La base de la vigilancia está en la
participación consciente de la
ciudadanía.
En otras palabras.
La Vigilancia Ciudadana es necesaria para
evitar sencillamente que los fondos públicos
nos roben.
José Gabriel Vásquez Urbina
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13. ¿Por qué es importante vigilar?
Es un estar atento de la sociedad civil para
controlar la actuación de los gobernantes y
funcionarios públicos en el cumplimiento de
su función.
¿Podemos decir tambien?
¿La vigilancia ciudadana?
13
ü Porque somos parte de un distrito, provincia, región y
nuestras autoridades y funcionarios se deben a nosotros y
ellos deben facilitar el ejercicio de nuestros derechos y
deberes.
ü La vigilancia es una alternativa de participación y de
compromiso ciudadano.
ü Con la vigilancia contribuimos a mejorar la calidad de vida.
La vigilancia ciudadana resulta proactiva y
propositiva; por que permite hacer diagnósticos
precisos sobre aspectos de la gestión pública o
sobre la normatividad que la regula y señala
recomendaciones específicas.
ü La vigilancia ciudadana, más que una
confrontación, busca una relación de
colaboración con la entidad pública vigilada.
Se entiende por ello la importancia de que la
vigilancia ciudadana brinde información
objetiva.
José Gabriel Vásquez Urbina
14. En ese sentido, la vigilancia ciudadana:
£ Incide favorablemente en una mejor gestión de los asuntos
públicos.
£ Contribuye a mejorar el marco normativo que regula las
competencias y funciones, los procesos y mecanismos de la
gestión pública.
£ Al hacer uso de los mecanismos y medios de información pública
señala las deficiencias y establece recomendaciones para mejorar
la veracidad de estos mecanismos y la validez de la información
pública que publican o entregan.
£ Promueve prácticas de transparencia en la gestión pública y
mejora los mecanismos de acceso a la información y rendición de
cuentas.
£ Contribuye a una mayor responsabilidad (rendición de cuentas) de
las autoridades y funcionarios/as y a prevenir la
corrupción.
La vigilancia ciudadana también es importante
porque:
Constituye un ejercicio del derecho de los
ciudadanos y las ciudadanas a intervenir en
los asuntos públicos, que son de interés
político general.
Contribuye a una mayor confianza de la
ciudadanía en sus autoridades.
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José Gabriel Vásquez Urbina
15. 3. ¿Por qué hacer vigilancia ciudadana?
4. ¿Qué condiciones son necesarias para la vigilancia ciudadana?
La vigilancia ciudadana es motivada por un interés concreto de los
ciudadanos y las ciudadanas en un aspecto de la gestión de una
autoridad, un funcionario o una entidad pública. En el caso de las
organizaciones sociales, el interés puede ser la prestación de un
servicio. En el caso de una ONG el interés puede ser el cumplimiento de
los procedimientos debidos.
En ambos casos, el
fin último de la vigilancia es un
manejo responsable de los asuntos
públicos y, por tanto, colaborar en la
mejora de la gestión pública, señalando
aquellos aspectos que deben ser mejorados
o corregidos ante la opinión pública y la
propia entidad vigilada.
15
La vigilancia ciudadana es un proceso que, al
realizarse sistemáticamente, con procedimientos y
en forma organizada, requiere desarrollar
capacidades y seguir determinadas pautas.
José Gabriel Vásquez Urbina
16. Primera parte: Identificar el objeto de la vigilancia y el aspecto
de la gestión a vigilar.
Segunda parte: Determinar las funciones y obligaciones
Los siguientes ejemplos permiten comprender la importancia de elaborar criterios:
Institución que vigila Sistema de vigilancia y control del presupuesto participativo de
la Municipalidad distrital de xxxx,
Objeto de vigilancia Obras del presupuesto participativo.
Período Presupuesto participativo 2010.
Información necesaria Expediente técnico, cuaderno de obras.
Fuente de información Visita de obras, solicitud de información.
Nombre del instrumento Reporte técnico de evaluación de proyecto u obra (contiene
indicadores)
Se puede hacer seguimiento a las
acciones de una autoridad, funcionario o
entidad pública. El aspecto a vigilar puede
ser la implementación de una política, un
programa, un proceso o un proyecto
determinado.
D e t e r m i n a r l a s f u n c i o n e s y
obligaciones de la entidad vigilada en los
aspectos que interesa vigilar. Para ello es
necesario conocer el marco normativo
que establece las competencias y
funciones de la entidad, así como los
procesos que deben llevarse a cabo.Tercera parte; Elaborar criterios
Elaborar, a partir de la normatividad, criterios que
determinen, de manera clara e imparcial, si se están cumpliendo o
no las acciones que nos interesa vigilar. El uso de indicadores
permite medir y obtener cifras y datos objetivos con los cuales se
puede comparar el desempeño entre entidades, o de la misma
entidad en periodos diferentes o de la entidad frente a sus metas.
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José Gabriel Vásquez Urbina
17. Primera parte: Identificar el objeto de la vigilancia y el aspecto
de la gestión a vigilar.
El portal
institucional
de las entidades
públicas
El portal electrónico de la entidad contiene información diversa sobre aspectos de la gestión
de la entidad, servicios que ofrece y comunicados. Suele tener enlaces a unidades
desconcentradas o descentralizadas de la entidad.
Los gobiernos regionales, por ejemplo, suelen tener enlaces con los portales electrónicos de
sus gerencias, direcciones regionales y unidades ejecutoras.
El Portal de
Transparencia
Estándar (PTE)
Está alojado en el Portal del Estado Peruano, administrado por la Oficina Nacional de
Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI). Sus principales virtudes son centralizar la
ubicación de los portales de transparencia de las entidades públicas, ofrecer formatos para
presentar la información de manera más ordenada y estandarizada y presentar una
iconografía más “amigable” al visitante.
Un funcionario es responsable de su actualización con información estándar sobre los
principales aspectos de la gestión de la entidad: planeamiento y organización, datos
generales, información presupuestal, proyectos de inversión pública, información de
personal, participación ciudadana, actividades oficiales e información adicional.
http://www.peru.gob.pe/transparencia/pep_transparencia.asp
El aplicativo Banco
de Proyectos del
Sistema Nacional
d e I n v e r s i ó n
pública (SNIP)
Herramienta informática que permite consultar, en su totalidad, la base de datos de proyectos
SNIPpor localidad, monto y otros criterios de búsqueda.
http://ofi.mef.gob.pe/contenidos/inv_publica/banco/consultapip.php
L a c o n s u l t a
amigable
d e l S i s t e m a
I n t e g r a d o d e
Administración
Financiera (SIAF)
Herramienta informática que permite la consulta pública de una parte de la base de datos del
SIAF6 en los temas de gasto presupuestal, ejecución del gasto presupuestal - presupuesto
por resultados e ingreso presupuestal.
La información esta agrupada de tal manera que se puede consultar:
- ¿Quién gasta? (sector / pliego (GN, GR y GL) / unidades ejecutoras)
- ¿En qué se gasta? (función / programa / subprograma / actividad o proyecto / componente /
meta)
- ¿Con qué fuente se financian los gastos? (fuente de financiamiento / rubros)
- ¿En qué se gasta? (genérica de gasto, subgenéricas / detalle de subgenéricas / detalle de
específicas)
- ¿Dónde se gasta? (departamento)
- ¿En qué mes se ha efectuado el gasto? (trimestre o meses)
http://ofi.mef.gob.pe/transparencia/Navegador/default.aspx
Determinar la información necesaria y su fuente para evaluar la
gestión de la entidad a través de los indicadores.
Antes de comenzar a buscar información se recomienda revisar
los siguientes documentos.
Ÿ El marco normativo de la entidad establece qué información
existe.
Ÿ El TUO de la Ley de transparencia y acceso a la información
pública, establece los mecanismos y fuentes para acceder a
la información y las fuentes que nos permitirán evaluar la
gestión de la entidad. Veamos ahora
c u á l e s s o n l o s
mecanismos y las fuentes de
i n f o r m a c i ó n q u e n o s
permitirán evaluar la gestión
de la entidad:
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José Gabriel Vásquez Urbina
18. Sistema Electrónico
de Adquisiciones
y Contrataciones
del Estado (SEACE)
Contiene información que permite hacer seguimiento a las contrataciones
públicas (licitaciones públicas, concursos públicos, adjudicaciones
directas públicas y selectivas y adjudicaciones de menor cuantía) que las
entidades deben realizar para ejecutar sus presupuestos y proyectos de
inversión pública.
Se puede consultar información sobre el Plan anual de contrataciones
(PAC), la convocatoria y la adjudicación de los procesos.
http://www.seace.gob.pe/
El aplicativo
informático del
Sistema
Operativo de
Seguimiento y
Monitoreo (SOSEM)
Herramienta informática que articula al SNIP, SIAF, SEACE y a la
Programación multianual de inversión pública (PMIP), mostrando la
información disponible en estos sistemas sobre proyectos de inversion.
Se puede buscar por institución o por código de proyecto (SNIP o SIAF)
http://ofi.mef.gob.pe/integracion/mosip.aspx
El aplicativo para el
Presupuesto
participativo
En el aplicativo se puede encontrar información sobre la agenda, la
conformación de los agentes participantes, el equipo técnico y el comité
de vigilancia, la visión de desarrollo y misión institucional, los objetivos
del Plan de Desarrollo Concertado y la lista de proyectos priorizados,
además de gráficos estadísticos.
http://presupuesto-participativo.mef.gob.pe/app_pp/db_distedit.php
El procedimiento de
solicitud de
información pública
Es un procedimiento, establecido por el TUO de la Ley de transparencia
y acceso a la información pública y regulado por el Texto único de
procedimientos administrativos (TUPA) de la entidad, a través del cual
todo ciudadano puede solicitar, en virtud de su derecho constitucional,
información pública a cualquier entidad del Estado e incluso a entidades
privadas, si la información es de interés público.
Cualquier persona puede solicitar información sin necesidad de indicar la
razón de su pedido.
La información debe ser entregada en siete días útiles, pudiendo
extenderse extemporáneamente a un plazo adicional de cinco días útiles,
previa comunicación del funcionario responsable de atender la solicitud.
Ademas existen
otros mecanismos y las
fuentes de información que
nos permitirán evaluar la
gestión de la entidad:
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José Gabriel Vásquez Urbina
19. 5 ta pauta Interpretar y evaluar los hallazgos a
partir de un diálogo con la entidad vigilada
6ta Elaborar una estrategia de comunicación de los hallazgos
a la opinión pública e incidencia
Capacidades sugeridas para formar un Comité de Vigilancia
19
Esta pauta permitirá que la entidad vigilada haga sus
descargos, cuando corresponda. Teniendo en cuenta que se
vigila para mejorar la gestión pública y determinar qué
factores dificultan una mejor gestión, los resultados de esta
actividad deben ir acompañados de sugerencias y
propuestas de acción específicas a los actores involucrados.
Es importante propiciar cambios en las
acciones de la entidad vigilada. La
estrategia de comunicación debe definir a
quiénes se quiere llegar, por qué medios y
en qué momentos. Para ello se deben
identificar cuáles son los actores, dentro y
fuera de la entidad, que pueden servir como
aliados
Es necesario conocer la normatividad que respalda cada una de las
situaciones sobre los cuales queremos realizar la vigilancia.
La normatividad nos permitira conocer nuestros derechos y
tener un respaldo legal que sustente nuestra acción frente a
una reclamo.
José Gabriel Vásquez Urbina
20. Para desarrollar el proceso de vigilancia ciudadana se requieren determinadas
capacidades, que veremos a continuación:
è Comprensión de la normativa y los procesos que regulan el funcionamiento de la
entidad.
Ÿ Dependiendo del objeto y el aspecto de la vigilancia se requerirán determinadas nociones o
conocimientos “técnicos” sobre la gestión, el presupuesto, las contrataciones públicas, entre
otras.
è Comprensión de la normativa que regula el derecho de acceso a la información pública
(TUO de la Ley de transparencia y acceso a la información y otras normas nacionales
sectoriales y regionales) y manejo de los mecanismos para acceder a la información
pública.
è Manejo de herramientas informáticas de comunicación e información.
Ÿ Responsabilidad y capacidad de trabajo en grupo. Capacidad para trabajar
coordinadamente
Estas capacidades y pautas se van desarrollando conforme el proceso de vigilancia se hace
más complejo y técnico. Veamos algunas recomendaciones prácticas:
Conformar los equipos de vigilancia de tal forma que se consiga un equilibrio entre la
representatividad de los miembros y sus capacidades técnicas para ejercer la vigilancia.
En el caso de un comité de vigilancia regional del presupuesto participativo se pueden aplicar criterios
de representatividad territorial y política (zonas, distritos, provincias), económica (corredores
económicos) o por ejes de desarrollo del plan concertado de desarrollo. También se pueden aplicar
criterios que apunten a la inclusión social (comunidades campesinas, nativas y grupos vulnerables) o
de género.
Establecer relaciones de cooperación al interior del equipo de vigilancia (los miembros del equipo
deben complementarse en sus capacidades y conocimientos) y hacia afuera con otras entidades que
hacen vigilancia (conformar redes de vigilancia).
E n m u c h o s
c a s o s n u e s t r a s
capacidades van ha requerir
trabajo en equipo.
20
José Gabriel Vásquez Urbina
21. Identificar qué instituciones o entidades pueden prestar colaboración en logística o acciones
de capacitación.
Determinar los niveles de vigilancia relevantes, de acuerdo al contexto y las posibilidades de las
organizaciones que se vigilan:
Un ejemplo que ilustra los dos puntos que acabamos de presentar es el caso de la ordenanza del
Gobierno regional de Cusco7, que reconoce y aprueba la conformación del comité de vigilancia del
presupuesto participativo 2011 por ejes de desarrollo (condiciones de vida, factor humano, gestión
de recursos naturales y medio ambiente, institucionalidad regional, articulación y comunicación,
desarrollo turístico, desarrollo minero energético y desarrollo agropecuario)
En un nivel básico, la tarea de los equipos de vigilancia se puede concentrar en sistematizar y
difundir la información que ya ha sido elaborada por otras organizaciones o que es publicada por la
entidad vigilada. Muchas veces la información relevante ya existe pero es difícil de acceder o no ha
sido suficientemente difundida.
Vigilar aquello sobre lo cual se tiene mayores capacidades y conocimiento del proceso.
Es importante
que busquemos alianzas,
a p o y o s c o n o t r a s
instituciones que nos puedan
apoyar.
Venimos a
ejercer nuestros
derechos.
Un consejito....
21
Ademas
de las estrategias de
comunicación que puedan
utilizarse para este fin, la manera más
convincente de lograr credibilidad frente
a la población es comenzar a realizar
acciones efectivas de vigilancia y
hacerlas de conocimiento publico.
Tratar
emos de buscar
una solución.
José Gabriel Vásquez Urbina
22. 5. ¿Cuál es el marco jurídico de la vigilancia ciudadana?
Al constituir un mecanismo de participación ciudadana, la vigilancia
ciudadana es un derecho reconocido en las siguientes normas:
1. La Constitución
Política del Perú
Reconoce a los ciudadanos y las ciudadanas el derecho fundamental
a participar en los asuntos públicos8.
Este derecho supone el ejercicio de otros derechos fundamentales
como las libertades de información, opinión y difusión del
pensamiento; el derecho de acceso a la información pública; el
derecho de reunión pacifica, así como el derecho a participar en la
vida política.
2. Ley Nº 26300 Ley de los derechos de participación y control ciudadanos, de 1994, y
su modificatoria en la Ley
29313. Reconocen como derechos de participación de los ciudadanos
los siguientes9:
· Iniciativa de reforma constitucional.
· Iniciativa en la formación de las leyes.
· Referéndum.
· Iniciativa en la formación de ordenanzas regionales y
ordenanzas municipales.
· Otros mecanismos de participación establecidos en la
legislación vigente
Como derechos de control de los ciudadanos la Ley reconoce10:
- Revocatoria de autoridades.
- Remoción de autoridades.
- Demanda de rendición de cuentas.
- Otros mecanismos de control para el ámbito de los gobiernos
municipales regionales.
22
José Gabriel Vásquez Urbina
23. 3. El Texto Único ordenado
(TUO) de la Ley de
transparencia y acceso a la
Información pública (2003)11
y su reglamento (2003)12
Regula el derecho fundamental de acceso a la información pública. De acuerdo
al TUO de la Ley todas las actividades y disposiciones de las entidades de la
administración pública están sometidas al principio de publicidad, es decir, toda
información que posea el Estado se presume pública salvo las excepciones
expresamente previstas por la Ley.
Para ello se establece que las entidades públicas implementen su portal de
transparencia y un procedimiento de solicitud de información.
A través de los portales de transparencia las entidades públicas deben difundir,
de acuerdo a plazos establecidos, aspectos relevantes de su gestión en temas
como organización, presupuesto, inversiones, remuneraciones del personal,
contrataciones públicas, actividades oficiales, entre otros.
A través del procedimiento de acceso a la información13 los ciudadanos
pueden solicitar, sin necesidad de justificar la razón de su pedido y pagando
solamente el costo de la reproducción física, información pública que debe ser
entregada en el plazo de siete días útiles14.
4. El marco normativo de la
descentralización
Promueve la participación ciudadana, el acceso a la información pública y
espacios de control y rendición de cuentas.
La Ley de bases de la descentralización, de 2002, establece la implementación
de mecanismos de participación ciudadana y concertación en la gestión de los
gobiernos regionales y locales (los
planes de desarrollo concertado y el presupuesto participativo) Para facilitar su
funcionamiento y vigilancia, se establece la necesidad de implementar
mecanismos de acceso a la información y de rendición de cuentas.
Por su parte, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, del mismo año, fi ja
entre los principios rectores de las políticas y la gestión regional la participación,
la transparencia y la rendición de cuentas. Asimismo, establece la
implementación de mecanismos para hacerlos efectivos, tales como los
portales de transparencia y las audiencias públicas de rendición de cuentas.
5. Ley marco del presupuesto
participativo, su reglamento y
el instructivo para el
presupuesto participativo
Definen el presupuesto participativo como un proceso que permite que las
autoridades y las organizaciones sociales lleguen a acuerdos sobre el uso del
presupuesto destinado a las inversiones en el distrito, provincia o región.
En el presupuesto participativo está contemplada la vigilancia ciudadana del
cumplimiento de los acuerdos y la obligatoriedad de la rendición de cuentas por
parte del presidente regional o alcalde acerca del estado de la ejecución de los
proyectos priorizados en el proceso.
Las acciones a realizar siguiendo las fases del proceso del presupuesto
participativo (preparación, concertación, coordinación entre niveles de
gobierno, formalización) y las funciones del comité de vigilancia están
establecidos en el instructivo y en el reglamento del presupuesto participativo,
aprobado por el gobierno regional o local.
El reglamento de la Ley incorpora, dentro de la fase de formalización, la
rendición de cuentas como un mecanismo de transparencia de las y los
presidentes regionales y alcaldes mediante el cual informan a los agentes
participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos
en el proceso del presupuesto participativo anterior (las características de la
rendición de cuentas del presupuesto participativo han sido descritas en el
punto 2)
6. La normatividad específica
en los sectores y sistemas
administrativos sobre
mecanismos de transparencia
y vigilancia ciudadana
Como ejemplo de esta normatividad, tenemos la Ley de contrataciones y su
reglamento que establecen que las entidades públicas difundan a través de su
portal institucional los requerimientos de bienes o servicios a ser adquiridos
mediante la modalidad de menor cuantía, el plan anual
de contrataciones y las bases aprobadas de los procesos de selección.
23
José Gabriel Vásquez Urbina
24. prl ee sud puesto partic oip ivat
lE comité de vigilancia
24
José Gabriel Vásquez Urbina
25. 1. ¿Cuál es el contexto de la vigilancia ciudadana?
lE comité de vigilanciaprl ee sud puesto partic oip ivat
Veamos los problemas que se registran en el funcionamiento
del presupuesto participativo y los comités de vigilancia:
En el siguiente cuadro se puede apreciar que en 2009 y 2010 la fuente de
financiamiento “canon, sobrecanon, regalías, rentas de aduanas y participaciones”
ocupó el segundo lugar en importancia, detrás de los recursos ordinarios.
Sin embargo, esta bonanza de recursos por canon y sobrecanon, que podrían
dirigirse a los procesos de presupuesto participativo, aún está lejos de ser
aprovechada plenamente.
Un balance de los mecanismos de participación en el Perú da cuenta de su
“desgaste” y también del 'desencanto' que ha generado entre los actores de la
sociedad civil.
El diseño normativo que le da a los acuerdos del presupuesto
participativo un carácter no vinculante y una periodicidad de dos años en el
nivel local ha mostrado ser inadecuado para un nivel que debe priorizar
proyectos multianuales de gran envergadura. Este diseño plantea, además,
dificultades para la articulación con el presupuesto por resultados, incentiva
una alta rotación de los comités de vigilancia y genera poca articulación ent
re niveles de gobierno y entre las diferentes instancias de vigilancia de la
sociedad y el Estado.
En las últimas disposiciones emitidas se priva a la sociedad civil de la
iniciativa para proponer proyectos; ahora son la autoridad y el equipo
técnico los que seleccionan, de la cartera de proyectos con código o
viabilidad del SNIP, aquellos que responden a los problemas priorizados por
los agentes. Adicionalmente, con el enfoque por resultados el menú de
prioridades está ya determinado por el gobierno central.
25
Cuando se dice que las municipalidades pasan
por un momento excepcional se alude al hecho
de que el incremento de los precios de los
minerales en el mercado internacional ha
significado mayores utilidades para el sector
minero y un aumento en la renta proveniente de
las industrias extractivas (canon y sobrecanon)
p a r a l a m a y o r í a d e l o s g o b i e r n o s
subnacionales. Esto implica un mayor
presupuesto para inversiones en los gobiernos
regionales y locales.
José Gabriel Vásquez Urbina
26. 2. ¿Qué es el comité de vigilancia del
presupuesto participativo?
Limitaciones en su funcionamiento debido a la escasa
representatividad de los agentes participantes del presupuesto
participativo, la falta de información sobre el proceso y su cumplimiento.
En el caso de los comités de vigilancia, se puede observar la ausencia de
capacitación, asistencia técnica y apoyo logístico -indispensables para su
funcionamiento-, un mandato de un año, que resulta muy corto para cumplir
con sus funciones, alta rotación de sus miembros y un proceso de elección
que no toma en cuenta criterios elementales de capacidades técnicas.
Las municipalidades no adecuan el marco normativo nacional a sus
necesidades locales. La mayoría de los gobiernos regionales y las
municipalidades aprueban, a través de sus ordenanzas, reglamentos del
presupuesto participativo que no contextualizan ni adecuan suficientemente
el marco normativo nacional a las particularidades y desafíos provenientes
de sus características geográficas, culturales y sociales particulares.
Alta dependencia, en el presupuesto participativo, de
la discrecionalidad y la voluntad política de las
autoridades.
Desarticulación entre los instrumentos de gestión a nivel
de planeamiento, presupuesto y ejecución:
El Plan de Desarrollo Concertado, el Plan Estratégico,
El Plan InstitucionalAnual, el Presupuesto Institucional,
La ejecución presupuestal y el informe de rendición de
cuentas del presupuesto participativo.
El comité de vigilancia es la instancia reconocida oficialmente
por el gobierno local y creada para realizar acciones de vigilancia
ciudadana en la etapa de formulación y ejecución del presupuesto
participativo.
El instructivo es el que define qué es el comité de vigilancia, su
conformación y sus funciones.
Los comités de vigilancia están conformados por representantes de
los agentes participantes de la sociedad civil, elegidos
democráticamente al iniciarse el proceso participativo y con una
duración de dos años, bajo ordenanza.
Recordemos que el objeto de vigilancia y el aspecto a vigilar es el
cumplimiento de los acuerdos del presupuesto participativo por
parte de los gobiernos locales.
Limitaciones
26
José Gabriel Vásquez Urbina
27. 3. ¿Cómo se establece la conformación
de un comité de vigilancia?
¿Por qué en la conformación del comité de vigilancia
se recomienda promover la participación de mujeres?
Debido a que el proceso del presupuesto participativo dura dos años,
los comités de vigilancia suelen dividir sus tareas de la siguiente
manera:
El primer año vigilan el cumplimiento de las fases del proceso.
El segundo año vigilan el cumplimiento de los acuerdos, es decir, la ejecución de las obras.
Una vez conformado el comité de vigilancia, el gobierno local deberá acreditar a sus
miembros a través de una norma. Sin embargo, la acreditación no es vinculante.
En otras palabras, un miembro del comité de vigilancia no requiere de una acreditación
para dar inicio a sus funciones ni para ser reconocido como tal.
Por ello, no extraña que en un mismo periodo existan dos comités de vigilancia con
funciones y agentes participantes distintos, tal como se aprecia en el siguiente gráfico.
El instructivo establece la conformación de un
comité de vigilancia en la fase de Formalización de
acuerdos y compromisos del presupuesto
participativo. Es elegido por los agentes participantes
en el Taller de priorización y formalización de
acuerdos. Está conformado por un mínimo de cuatro
agentes participantes de la sociedad civil, quienes
deben cumplir los siguientes requisitos:
Ser agente participante, representante de una
organización social de base o de institución privada
que forme parte del ámbito jurisdiccional.
Radicar en la jurisdicción donde se desarrolla el
proceso participativo.
No haber sido condenado/a por delitos o faltas.
Se recomienda promover la
participación de mujeres y también de
representantes de comunidades
campesinas y nativas y otros grupos
vulnerables, a fin de cumplir con los
principios de igualdad de oportunidades y
equidad.
27
José Gabriel Vásquez Urbina
28. Grafico de funciones bi anuales del COVIC.
2
0
1
5
2
0
1
6
Febrero
Enero
Marzo
Abril
Mayo
Julio
Agosto
Setiembre
Octubre
Diciembre
Noviembre
Junio
Febrero
Enero
Marzo
Abril
Mayo
Junio
Julio
Agosto
Octubre
Diciembre
Noviembre
Setiembre
Elección de comite de
vigilancia.
Desde esta
fecha
comienzan
a vigilar
como se
llevara
adelante el
proceso.
Exigir el
cumplimiento
del acta de
formalización
del
presupuesto
participativo.
Exigir el inicio
de los estudios
de proyectos
para su
presupuestacion.
El mismo comite
debe vigilar el
cumplimiento de la
e j e c u c i ó n
presupuestal, a
t r a v é s d e
proyectos.
Exigir que se
trabaje en base al
cronograma de
ejecución de obras.
Elección de comite de
vigilancia para el 2016.
José Gabriel Vásquez Urbina
28
29. 4. ¿Cuáles son las funciones del comité de vigilancia?
Las principales funciones del comité de vigilancia son:
Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del proceso del
presupuesto participativo.
Vigilar que el gobierno local cuente con un
cronograma aprobado de ejecución de obras para los
proyectos de inversión priorizados en el proceso
participativo.
Vigilar que los recursos del gobierno local destinados al
presupuesto participativo del año fiscal sean invertidos
de conformidad con los acuerdos y compromisos
asumidos.
Vigilar que los proyectos priorizados y ejecutados se
vinculen efectivamente con la mejor provisión de
servicios o productos a la población, en el marco de los
resultados identificados, incluyendo los niveles de
cobertura alcanzados.
Vigilar que la sociedad civil cumpla con los compromisos
asumidos en el cofinanciamiento de los proyectos de
inversión incluidos en el proceso participativo.
Informar semestralmente a los Consejos de Coordinación
Local sobre los resultados de la vigilancia.
Presentar un reclamo o denuncia al Concejo Municipal, a la
Contraloría General de la República, al Ministerio Público o a
la Defensoría del Pueblo, en caso encuentren indicios o
pruebas de alguna irregularidad en el proceso del
presupuesto participativo o en la implementación de los
acuerdos adoptados en éste.
José Gabriel Vásquez Urbina
29
30. A continuación, sus funciones.
Presentamos algunos ejemplos de indicadores elaboradosPresentamos algunos ejemplos de indicadores elaborados
por comités de vigilancia para el cumplimientopor comités de vigilancia para el cumplimiento
Presentamos algunos ejemplos de indicadores elaborados
por comités de vigilancia para el cumplimiento
Indicador Ordenanza que reglamenta el
p r o c e s o d e l p r e s u p u e s t o
participativo. Fase de preparación.
a. Definición Mide el cumplimiento del instructivo
en lo referente a los contenidos
m í n i m o s d e l p r e s u p u e s t o
participativo.
b. Datos requeridos Informe de rendición de cuentas del
presupuesto participativo.
c. Fuente de información Portal de transparencia de la
entidad.
d. Cuadro de registro del indicador
Sí No Observaciones
¿Se aprobó la
ordenanza?
¿Cuál es el Nº de la
ordenanza?
Sí No Observaciones
¿Cuenta con el
cronograma?
¿Explica los criterios o
describe la composición
del equipo técnico?
¿Indica los criterios para
el registro de los agentes
participantes?
¿Indica los criterios para
la elección de los
miembros del comité de
vigilancia?
José Gabriel Vásquez Urbina
30
31. Ejemplo 2
Indicador Rendición de cuentas del presupuesto
participativo.
Fase de formalización.
a. Definición Mide el cumplimiento del Instructivo en lo
referente a los contenidos mínimos que debe
poseer el informe de rendición de cuentas del
presupuesto participativo del año anterior.
b. Datos requeridos Informe de rendición de cuentas del
presupuesto participativo.
c. Fuente de información Portal de transparencia de la entidad o
solicitud de información.
Ejemplo 2
Sí No Observaciones
¿Se realizó el taller de rendición de
cuentas? ¿En qué mes?
¿Difundió el equipo técnico ese informe a los
agentes participantes y a los ciudadanos y
ciudadanas en general? ¿Con cuanta
anticipación?
¿Se publicó en el portal de transparencia?
¿Se informó sobre la programación y nivel de
avance en la ejecución y resultados (en
términos de población beneficiada y problemas
resueltos) de los proyectos priorizados en el
proceso del presupuesto participativo del año
anterior?
¿Se sustentaron los cambios a los
proyectos priorizados y las modificaciones
presupuestarias?
¿Se presentó el presupuesto institucional
de apertura para el proceso del
presupuesto participativo que se inicia?
¿La autoridad informa sobre los resultados
de su gestión en el año anterior, a nivel de
actividades, proyectos y logros de los
objetivos estratégicos
del Plan de Desarrollo Concertado?
José Gabriel Vásquez Urbina
31
32. Ejemplo 3
Indicador Ejecución de los proyectos priorizados.
a. Definición Mide el porcentaje de avance en la
ejecución del proyecto. Avance en el
porcentaje de ejecución = Gasto
devengado/PIM.
b. Datos requeridos Información necesaria: Gasto, PIM
c. Fuente de información Consulta amigable del SIAF, portal de
transparencia o solicitud de acceso a la
información.
d. Cuadro de registro del indicador
Nombre del Proyecto PIA PIM Gasto
Devengad
o
Ejecución
(%)
¿Se aprobó la ordenanza?
¿Cuál es el Nº de la
ordenanza?
Sí No Observaciones
¿Cuenta con el cronograma?
¿Explica los criterios o
describe la composición del
equipo técnico?
¿Indica los criterios para el
registro de los agentes
participantes?
¿Indica los criterios para la
elección de los miembros del
comité de vigilancia?
José Gabriel Vásquez Urbina
32
33. ¿Pueden elaborarse otros indicadores para el
seguimiento de la ejecución de los proyectos?
Por ejemplo, para evaluar:
6. ¿Qué leyes o normas amparan al comité de vigilancia?
La siguiente tabla muestra el marco normativo del presupuesto participativo.
33
Ley Nº 28056 Ley marco del presupuesto participativo (agosto de
2003).
Ley Nº 29298 Modificatoria de la Ley marco del presupuesto
participativo, artículos 4, 5, 6 y 7 (noviembre de 2008).
DS Nº 097-2009-EF Precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto
regional, provincial y distrital en el presupuesto
participativo (abril de 2009).
DS Nº 142-2009-EF Reglamento de la Ley marco del presupuesto
participativo (junio de 2009).
Instructivo Nº001-2010
-EF/76.01 Resolución
directoral Nº 007-2010-
EF/76.01
Instructivo del presupuesto participativo basado en
resultados.
Sí, se
pueden elaborar
otros indicadores
considerando su definición,
los datos requeridos, las
fuentes de información y los
cuadros de registro y
presentación.
La transparencia y la ejecución del
c r o n o g r a m a d e i n v e r s i o n e s .
La asignación de presupuesto a los proyectos
p r i o r i z a d o s .
Los procesos de contrataciones públicas
asociados a los proyectos priorizados
José Gabriel Vásquez Urbina
34. Acerca de la transparencia ¿qué establece el instructivo?
¿Cómo acceder a la información sobre el presupuesto participativo?
El consejo
regional y el concejo
municipal tienen como
funciones desarrollar
acciones de fiscalización sobre
el cumplimiento de los acuerdos
y fiscalizar los mecanismos de
acceso a la información y
transparencia en el marco
del presupuesto
participativo.
Por el lado de la transparencia, el
instructivo establece qué información debe ser
entregada por el gobierno regional o local al comité
de vigilancia:
Documento del presupuesto participativo18.
Cronograma de inversiones o sus modificaciones.
Presupuesto institucional de los proyectos
priorizados en el presupuesto participativo:
PIA, PIM y ejecución.
Acta de formalización de acuerdos.
Gracias a los mecanismos promovidos por el
TUO de la Ley de transparencia y acceso a la
información pública, la información sobre el
presupuesto participativo está al alcance de
cualquier ciudadano o ciudadana a través del
portal de transparencia de la entidad (portal
institucional y Portal de Transparencia Estándar)
y el aplicativo para el presupuesto participativo.
Estos mecanismos constituyen fuentes de
información para evaluar la implementación del
presupuesto participativo.
José Gabriel Vásquez Urbina
34
35. La Dirección Nacional de Presupuesto Público
El marco normativo expuesto se
complementa con los reglamentos de los
gobiernos subnacionales. Los gobiernos regionales
y locales emiten disposiciones complementarias de
acuerdo a lo dispuesto por el reglamento y el
instructivo. Estas disposiciones han tomado la
forma de 'reglamentos del presupuesto
participativo', los cuales son aprobados por el
consejo regional o el concejo municipal, según
corresponda.
Siguiendo el marco normativo, es en el
instructivo dónde se define el ejercicio de seguimiento
a los acuerdos del presupuesto participativo por parte de
los comités de vigilancia.
Sin embargo, existen otros entes que deben realizar control
gubernamental del presupuesto participativo como la
oficina de control interno de cada entidad pública.
El comité de vigilancia debe plantear estrategias para
mantener contacto con estas entidades. Otras tres
entidades que realizan control gubernamental y se
deben tener presentes desde los comités de vigilancia
son:
La Contraloría General de la
República puede solicitar a los
gobiernos regionales o locales
las razones del incumplimiento
de los acuerdos.
(DNPP) brinda
programas de capacitación
descentralizados en temas de
vigilancia y registra qué entidades
son omisas a la presentación de
información en el aplicativo
informático y al envío del
documento del proceso del
presupuesto participativo.
José Gabriel Vásquez Urbina
35
36. En el portal de transparencia se puede encontrar:
6. ¿Cómo podemos mejorar el funcionamiento de los comités de vigilancia?
Información sobre la normatividad (ordenanza que aprueba el proceso, el
cronograma y el reglamento)
Las actas de las reuniones y talleres.
La lista de agentes participantes.
La lista de proyectos priorizados, etcétera.
En el aplicativo se puede encontrar:
Información sobre la agenda.
La conformación de los agentes participantes.
El equipo técnico y el comité de vigilancia.
La visión de desarrollo y misión institucional.
Los objetivos del Plan de Desarrollo Concertado.
La lista de proyectos priorizados.
Gráficos estadísticos.
Los comités de vigilancia
pueden mejorar su
funcionamiento si siguen
las
siguientes
recomendaciones:
Organizarse, con funciones y responsabilidades para
cada miembro.
Articularse en redes de vigilancia de la provincia o región.
Promover acciones de vigilancia en los Consejos de Coordinación
Regional (CCR), Consejos de Coordinación Local (CCL) y en los
espacios de concertación afines que existan en la localidad.
Incorporar otras funciones al CCR, por ejemplo la vigilancia a la
implementación de los Planes de
Desarrollo Concertado y consecuentemente a la ejecución
presupuestal. Esto permitiría una mayor articulación con la función que
ejercen los comités de vigilancia del presupuesto participativo regional
y los consejos sectoriales, los cuales se convertirían en interlocutores
institucionales con el CCR.
José Gabriel Vásquez Urbina
36
37. Promover y articular la acción de vigilancia de los
comités de obra en los distritos con comunidades
campesinas, juntas vecinales, centros poblados, etcétera. En
este nivel, la relación entre beneficios y costos de la vigilancia
es positiva por lo que tiene buenas posibilidades de funcionar.
Realizar acciones de cooperación con otras instancias, como
entidades con funciones de fiscalización e instituciones que
promueven la vigilancia ciudadana.
Gestionar el acceso a recursos logísticos y económicos
básicos para su funcionamiento (movilidad, fotocopias,
etcétera) Elaborar un plan de vigilancia que contenga las
acciones descritas en el proceso de vigilancia, con plazos y
productos.
Gestionar acciones de capacitación de la
DNPPMEF, del gobierno regional o local y de las
instituciones de la sociedad civil.
Introducir disposiciones aprobadas por el Consejo regional o
Concejo municipal en el reglamento
del presupuesto participativo con el objetivo de orientar la
elección de miembros conscientes de las funciones que
asumen y de las capacidades que requiere el cumplimiento
de sus funciones y de hacer posible un funcionamiento
efectivo del comité y de los compromisos concretos de
colaboración que se requieren de la entidad para el
adecuado funcionamiento del mismo. Entre estas posibles
disposiciones se debería establecer que:
El
reglamento
determine que el comité de
vigilancia sea nombrado al
inicio del proceso.
Se modifique el mandato de los
comités de vigilancia, cuyos
miembros deberían elegirse cada
cuatro años, con titulares y suplentes
debidamente reconocidos a través de
una norma. Al tercer año los
suplentes pasarían a ser
titulares. Eso permite
acumular experiencia y
aprendizajes.
Acercar las
acciones de vigilancia
ciudadana a la lucha
anticorrupción. Un camino posible es
buscar vínculos con el trabajo de la
Contraloría General de la República en dos
niveles: por un lado, para canalizar
información a la Contraloría y, por el otro, para
recibir y socializar los informes de la Contraloría
sobre su ámbito.
Difundir el informe de vigilancia en el Taller de
rendición de cuentas del presupuesto
participativo
para hacer más eficaz el trabajo del
comité de vigilancia.
José Gabriel Vásquez Urbina
37
38. ¿QUE SE VA A VIGILAR EN EL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO?
Cumplimiento de la norma.
Derecho al desarrollo.
Los cuatro elementos de la
vigilancia ciudadana para el
Presupuesto Participativo.
Cuánto se cumpla los acuerdos del
Presupuesto Participativo por Resultados.
Si se presenta el balance del Plan de
Desarrollo Concertado en función de los
objetivos estratégicos y la visión de
desarrollo.
Si el alcalde presenta la rendición de
cuentas públicas del proceso participativo
del año previo.
Cuánto de nuestras
demandas priorizadas son
atendidas.
Si los agentes participantes han
realizado la etapa previa a los talleres
de reunirse con sus representantes y
priorizan los problemas que quieren
proponer y el aporte que ofrecen para
su solución.
José Gabriel Vásquez Urbina
38
39. Si la elaboración del Presupuesto
Participativo por Resultados recoge las
propuestas de los participantes.
Si la distribución del presupuesto
participativo se tiene en cuenta los
ámbitos territoriales, ejes temáticos y los
grupos vulnerables.
Derecho a la participación ciudadana.
Ver como es de participativo el
Presupuesto Participativo por Resultados.
La proporción de los agentes participantes
en los talleres del Presupuesto Participativo
por Resultados.
De la proporción de agentes que participan
en la elección del comité de vigilancia.
Derecho a la participación ciudadana.
Ver como es de participativo el
Presupuesto Participativo por Resultados.
La proporción de los agentes participantes
en los talleres del Presupuesto Participativo
por Resultados.
De la proporción de agentes que participan
en la elección del comité de vigilancia.
Si en el comité de vigilancia se conforman
teniendo en cuenta los grupos vulnerables,
los espacios territoriales y la cuota mínima
del 30% de representación de las mujeres y
la juventud, así como de los niños y
adolescentes.
La anticipada convocatoria a los
agentes participantes.
De los medios de comunicación que se
utiliza para la convocatoria a los agentes
participantes.
Derecho a la información.
José Gabriel Vásquez Urbina
39
40. Planificación.
Elaboración.
Ejecución.
Rendición de cuentas.
Planificación.
Elaboración.
Los 4 momentos
para la vigilancia
ciudadana.
La forma como se está planificando
organizar el presupuesto participativo,
la planificación del desarrollo
concertado, la rendición de cuentas,
si se está tomando en cuenta a todos
los sectores.
Como se está elaborando el mismo
proceso del presupuesto participativo, si
están participando los delegados de la
sociedad civil, se está programando las
fases de capacitación, las fases de los
talleres de trabajo, las fechas, los horarios;
en cuanto a rendición de cuentas, tiene un
ciclo de preparación, la información
económica financiera se está entregando
oportunamente.
José Gabriel Vásquez Urbina
40
41. Ejecución.
Rendición de cuentas.
ROL DE LOS ACTORES.
El comité de vigilancia debe
conocer el calendario de ejecución de
obras, si estos proyectos son los que se
priorizaron y se incorporo en el presupuesto
Institucional deApertura.
Si los proyectos cuentan con perfiles de
proyectos viabilizados, si cuentan con
expedientes técnicos.
Como se está diseñando el proceso
de rendición de cuentas, que aspectos se
informara, la ordenanza que normara este
proceso, el calendario, la metodología, la
forma de presentación, los tiempos, el
reglamento en si de todo el proceso, debe
vigilar el comité.
El ciclo de la vigilancia ciudadana.
Se vigila la función pública y no la
persona, intervienen tres actores:
Municipalidad.
Comité de vigilancia.
La defensoría del pueblo.
Estas tres instancias deberían de reunirse
cada 2 meses, a fin de ver los reportes,
informes de los comités de vigilancia, a fin
de recomendar y apoyar.
José Gabriel Vásquez Urbina
41
42. COMITÉS DE VIGILANCIA Y CONTROL
3.1 ¿Quiénes somos?
Presenciar
Nuestras facultades y atribuciones.
Vigilante:
Somos ciudadanos que en
ejercicio de nuestros derechos,
deberes y facultades legalmente
nos encargamos de:
Observar con atención.
Verificar cuidadosamente.
Registrar y advertir.
Cada una de las
etapas que componen el
presupuesto participativo
Para que las políticas y programas
se cumplan y que los servicios
respondan a las necesidades
reales de la población y para el
buen uso de los recursos
financieros.
José Gabriel Vásquez Urbina
42
43. Educativo y comunicador:
Educativo y comunicador:
Lo que no se puede:
Que hacemos:
Nos preparamos:
Para socializar la experiencia
e n n u e s t r a s r e s p e c t i v a s
organizaciones promoviendo que
otros asuman el ejercicio de sus
derechos.
Promovemos la participación
ciudadana, generando opiniones y
propuestas de política.
Hacemos difusión de acuerdos y
compromisos asumidos, estableciendo
mecanismos de comunicación.
Ÿ Solicitar información oportuna.
Ÿ Vigilar el cumplimiento de los acuerdos.
Ÿ Medir los compromisos y responsabilidades
asumidas.
Ÿ Realizar denuncias ante instancias como la
contraloría General de la República, el Ministerio
Público o el Congreso de la República.
Ÿ Reprender y amonestar a los encargados
y/o participantes.
Ÿ Inferir la ejecucion de obras.
Ÿ Paralizar las obras.
Ÿ Modificar los criterios técnicos.
Ÿ Hacer proselitismo político.
Ÿ Buscar venganzas.
A través de las capacitaciones,
aprendiendo a conciencia nuestras
facultades, prohibiciones y el
procedimiento de cómo hacer la
vigilancia y sobre todo, como
relacionarnos con los demás.
José Gabriel Vásquez Urbina
43
44. Participamos:
QUE RESPALDA ELTRABAJO DE LA VIGILANCIA
CIUDADANA.
En las reuniones de seguimiento de la mesa de
concertación de lucha contra la pobreza.
Para la vigilancia necesitamos:
Recibir resolución de reconocimiento de la
Municipalidad.
Recibir información de los proyectos y/o programas a
ejecutar en cada zona.
Contar con los formatos para hacer seguimiento a
cada uno de los momentos a vigilar.
Ley marco del presupuesto participativo
28056.
Instructivo del proceso de planeamiento
d e l d e s a r r o l l o c o n c e r t a d o y
presupuesto participativo.
Ley orgánica de Municipalidades.
Plan de Desarrollo Concertado y Plan
Estratégico Distrital.
Presupuesto Municipal ( del año que
realizaremos la vigilancia)
Libro de actas y acuerdos municipales.
Resolución Municipal.
Estatuto y reglamento del comité de
vigilancia.
Ley de acceso a la información pública.
José Gabriel Vásquez Urbina
44
45. QUE MAS NECESITAMOS.
CONTAR CON UN CUADERNO DE OCURRENCIAS.CONTAR CON UN CUADERNO DE OCURRENCIAS.CONTAR CON UN CUADERNO DE OCURRENCIAS.
Ejemplo:
¿Cómo se van a realizar las fichas de seguimiento a los
momentos de vigilancia ciudadana?
El cuaderno de ocurrencias
sirve para registrar todas la
ocurrencias por fechas,
nombres, lugares y el tiempo
que tomo realizar la actividad.
Ÿ ¿Cómo se consiguió el plan estratégico y el
instructivo?
Ÿ ¿Con quién?
Ÿ ¿En cuanto tiempo?
Ÿ Comentarios y observaciones.
Ÿ El cuaderno es un anexo para las fichas de
seguimiento. Porque es fundamental
anexar documentos oficiales y cuaderno de
ocurrencias las respuestas.
Los documentos oficiles servirán para
c o m p l e m e n t a r y v e r i f i c a r l a
informacion proporcionada por las
autoridades. Mientras que el
cuaderno de ocurrencias servirá para
darle una dimensión cualtitativa al
ejercicio de vigilancia ciudadana, abrir
el espacio para descripciones y
nuevas preguntas.
Cuando hayan realizado
actividades que se definen en la guía, los
miembros del comité de vigilancia se
reunirán para elaborar el cuadro resumen
de avance de cada semestre.
El cuadro resumen de avance mostrara en
forma grafica los avances de los cuatro
elementos a vigilar a medio proceso y al
final.
José Gabriel Vásquez Urbina
45
46. Para acciones de
vigilancia eligen el
Comité de Vigilancia y
Control, entre los
agentes de la sociedad
civil.
Se conforma al inicio
del proceso y finaliza su
labor en diciembre del
año siguiente.
PASOS DE LA VIGILANCIA.
ASPECTOS A VIGILAR.
Ÿ Son establecidos por la Ley Marco del
Presupuesto Participativo y por su Reglamento.
Ÿ Son las instancias que se encargan de vigilar
acuerdos y resultados del Presupuesto
Participativo y el Plan de Desarrollo Concertado.
Ÿ Se han constituido Comités de Vigilancia recién
desde la segunda mitad del 2004. Proceso aún
incipiente, no hay información sobre su
composición y funcionamiento.
1.-Formar un grupo de vigilancia con personas con
iniciativa y compromiso cívico.
2.- Definir el objeto de la vigilancia y establecer
objetivos, estrategia, procesamiento y evaluación
3.- Establecer pautas básicas: Criterios de
observación, formatos de reporte, etc.
4.- Realizar la vigilancia a fin de contribuir a mejorar la
gestión relacionada con el bien común.
Los resultados obtenidos
deben ser compartidos con
la población
Verificar si el
presupuesto participativo es
acorde con lo aprobado en
el Plan de Desarrollo
Concertado.
José Gabriel Vásquez Urbina
46
47. DEBEN VELAR POR:
NO PUEDEN
Comprobar si se priorizan
los proyectos que
beneficias a las personas
mas necesitadas.
Cumplimiento de los
acuerdos entre la
población y el gobierno
local.
Mantenimiento de
los principios basicos:
Igualdad, solidaridad,
transparencia y
corresponsabilidad.
Difusión adecuada
de los avances en el
proceso del Presupuesto
Participativo.
Neutralidad política
Cumplimiento de objetivos.
Buen uso de recursos.
Adecuada ejecución de labores.
Buen trato a los usuarios.
Entre otros.
ŸReprender o amonestar a las
personas que trabajan en los
proyectos o programas.
ŸInterferir o paralizar la ejecución de
labores.
ŸModificar criterios técnicos.
ŸHacer propaganda política.
José Gabriel Vásquez Urbina
47
48. REQUISITOS
FUNCIONES
Los resultados obtenidos deben ser compartidos
con la población.
Ser agente participante,
ser representante de una
organización social de base o
de institución privada del
distrito.
Radicar en el distrito.
Vigilar el desenvolvimiento de las distintas etapas del
proceso participativo según los principios del instructivo así como
el cumplimiento de los acuerdos concertados en el proceso.
Vigilar que los proyectos priorizados formen parte del presupuesto
institucional de apertura.
Vigilar que la Municipalidad cuente con un cronograma aprobado de
ejecucion de obras correspondiente el proceso participativo.
Vigilar que los recursos municipales destinados al presupuesto
participativo 2011 sean invertidos de conformidad con los acuerdos y
compromisos asumidos.
Informar al CCLy a la sociedad civil en general sobre los resultados de
la vigilancia .
Que se cumplan con las rendiciones de cuentas.
1.-Formar un grupo de vigilancia con personas con iniciativa
y compromiso cívico.
2.- Definir el objeto de la vigilancia y establecer objetivos,
estrategia, procesamiento y evaluación
3.- Establecer pautas basicas: Cirterios de observacion,
formatos de reporte, etc.
4.- Realizar la vigilancia a fin de contribuir a mejorar la gestion
relacionada con el bien comun.
José Gabriel Vásquez Urbina
48
49. Cuántos deben integrar el comite
de vigilancia ciudadana y del todo
cuantas mujeres deben participar.
José Gabriel Vásquez Urbina
49
50. Los Comités de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo están conformados por miembros
Integrantes de losAgentes Participantes. El número mínimo de personas que integran los Comités de
Vigilancia y Controles son de cuatro miembros: presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, y
son elegidos por 2 años.
Entre los requisitos estan: Ser mayor de edad, y que viva en la zona y sea un buen ciudadano y sea
responsable.
Y no nos olvidemos de elegir entre los integrantes a las compañeras mujeres, ellas tambien tienen el
derecho.
Santiago, lo importante es
que todos los ciudadanos
recordemos que cuando
elegimos a nuestras
autoridades voluntariamente,
ellos y ellas tienen el deber de
representar nuestros
intereses. Pero nosotros
debemos vigilar que eso se
cumpla, nos tienen que
rendir cuentas y nosotras
pedírselas. La cuestión es
d e a d o s . E s o e s
democracia.
José Gabriel Vásquez Urbina
50