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La fábrica ¨VAQUITA¨ distribuidor de
productos lácteos donó una generosa
cantidad de sus productos a una
comunidad nativa asháninca, sin tener
en cuenta que la información brindada
en la etiqueta no estaba en su idioma
nativo. Consumieron los productos sin
notar que la fecha de caducidad había
expirado.
Afortunadamente una campaña medica se había
acercado a la comunidad y el médico encargado
detectó múltiples enfermedades estomacales
Por lo que investigó y se dio cuenta que la enfermedad era producida
por un a bacteria en la leche por lo que el médico preguntó al jefe de
la tribu por su más reciente consumo lácteo, respondiendo éste que fue
la reciente donación que les brindo la fábrica “VAQUITA”
Quien se desligo de toda responsabilidad en que el
producto tenía la información necesaria y básica que se
piden en las normas, procediéndose a interpones una
denuncia. La fábrica ”VAQUITA” en sus descargos alego
que la norma de rotulado y la ley del consumidor solo le
obliga a consignar en sus etiquetas la información relevante,
pero no la información de la misma a la lengua nativa.
 ETIMOLOGIA:

 El termino EQUIDAD proviene del latín
“AEQUITAS” de “AEQUUS” que quieres decir
igual, y del griego "͗επιεικεία" , que quiere decir
: virtud de la justicia del caso en concreto
:


• En la sociedad con equidad no importa
  sexo, raza o religión para llevar a cabo algún
  deseo.

• Bondadosa templanza habitual. Propensión a
  dejarse guiar , o a fallar, por el sentimiento del
  deber o de la conciencia, más bien que por las
  prescripciones rigurosas de la justicia o por el
  texto terminante de la ley.
• Justicia natural, por oposición a la letra de la
  ley positiva.
• Moderación en el precio de las cosas, o en las
  condiciones de los contratos.
• Disposición del ánimo que mueve a dar a
  cada uno lo que merece. Este ideal esta
  íntimamente con el precepto exclusivamente
  jurídico de Ulpiano en sus “TRIA PRAECEPTA
  IURIS” (TRES PRINCIPIOS DEL DERECHO), el
  “suum cuique tribuere” (DAR A CADA UNO LO
  SUYO)
Aristóteles en el capítulo X
del libro V de su Ética Nico maquea, ofrece una
cabal y hermosa concepción, que toda ley es
general y que , por tanto, no es aplicable a
todos los casos ya que muchos de estos ofrecen
particularidades irreductibles a la formula
general
la expresión de la justicia acomodada al
caso en concreto.




                         la considera, junto a la
ley, la costumbre y la jurisprudencia, una
fuente del derecho.
La ayuda que aporta mediante sus
posibilidades de individualización.
Evita la injusticia por que consiste
en la continua adaptación de la
ley a la infinita variedad de los
problemas prácticos que la vida
planea.
                       Llambias
define como la “versión
inmediata y directa del derecho
natural”
                      Savatier,
agrega que es “el derecho
natural interpretado
objetivamente por el juez”
El principio de equidad se aplica
considerando la mitigación de la
rigurosidad en la aplicación de
una ley con el fin de salvaguardar
la salvación eterna de una
determinada persona.


Cicerón consideró a la equidad
como la fuente del
derecho, permitiendo a este
superar los inconvenientes de no
adecuarse la norma en caso
concreto.
La equidad llamada también la justicia del caso
individual es un estadio intermedio entre la ley jurídica y
moral. La primera debe contener un mínimum de
rigidez y el segundo un máximum de elasticidad.
No cabe duda de la falta de
equidad en el mundo. La equidad
es que cada persona, a partir de
su propia intimidad y cotidianeidad
ponga en practica la equidad,
valorando a cada persona sin
tener en cuenta su condición
social o sexual, su apariencia o su
religión, ya que todos los seres
humanos se merecen respeto y el
ser considerados como tal,
teniendo el derecho de acceder
a condiciones de vida digna en
todo el aspecto que ésta incluya.
 ETIMOLOGIA:

 Del latín “lustitia”; es la concepción que cada
época y civilización tiene acerca del sentido de
sus normas jurídicas. Es un valor determinado por
la sociedad. Es el conjunto de reglas y normas
que establecen un marco adecuado para las
relaciones entre personas e instituciones.
El                     se basa en un consenso
amplio en los individuos de una sociedad sobre
lo bueno y lo malo, y otros aspectos prácticos de
como deben organizarse las relaciones entre
personas.
El                     es el codificado
formalmente en varias disposiciones
escritas, que son aplicadas por jueces
y personas especialmente
designadas, que tratan de ser
imparciales.
La equidad y la justicia son entidades distintas.
Admitir la equidad como una modalidad de justicia
equivaldría a aceptar que la justicia es también una
modalidad de equidad. La equidad, entonces, es
un valor tributario del bien que se aplica en
sustitución de la justicia. En consecuencia, lo que
implanta para equilibrar la relación, no es una
modalidad de justicia, sino el bien y con
ello, protege del daño, de la arbitrariedad, del
abuso y de injusticia.
Por tanto, el equitativo es justo, y aun es mejor
que cierta especie de lo justo, no mejor de lo
justo en absoluto, sino       mejor que el error
resultante de los términos absolutos empleados
por la ley. Y esta es la naturaleza         de lo
equitativo: ser una rectificación de la ley en la
parte que esta es deficiente por carácter
general.
 La equidad es una justicia individual
 Nosotros consideramos que en la actualidad
  todas las personas vivimos con diferentes
  pensamientos, necesidades y realidades; hasta de
  llegar al punto de creer que en la sociedad hay
  derechos justos e injustos a la vez , de ahí se
  considera que la equidad es ineficaz.
 En el caso mencionado se considera que la
  equidad va ser ineficaz porque se deberá tener en
  cuenta que el Perú es un país multilingüe y
  multiétnico , aunque la etiqueta haya tenido la
  información respectiva pero no en el idioma
  adecuado ni las reglas sanitarias respectivas
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La falta de equidad en el rotulado de productos lácteos donados a una comunidad nativa

  • 1.
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  • 3. La fábrica ¨VAQUITA¨ distribuidor de productos lácteos donó una generosa cantidad de sus productos a una comunidad nativa asháninca, sin tener en cuenta que la información brindada en la etiqueta no estaba en su idioma nativo. Consumieron los productos sin notar que la fecha de caducidad había expirado.
  • 4. Afortunadamente una campaña medica se había acercado a la comunidad y el médico encargado detectó múltiples enfermedades estomacales
  • 5. Por lo que investigó y se dio cuenta que la enfermedad era producida por un a bacteria en la leche por lo que el médico preguntó al jefe de la tribu por su más reciente consumo lácteo, respondiendo éste que fue la reciente donación que les brindo la fábrica “VAQUITA”
  • 6. Quien se desligo de toda responsabilidad en que el producto tenía la información necesaria y básica que se piden en las normas, procediéndose a interpones una denuncia. La fábrica ”VAQUITA” en sus descargos alego que la norma de rotulado y la ley del consumidor solo le obliga a consignar en sus etiquetas la información relevante, pero no la información de la misma a la lengua nativa.
  • 7.
  • 8.
  • 9.  ETIMOLOGIA: El termino EQUIDAD proviene del latín “AEQUITAS” de “AEQUUS” que quieres decir igual, y del griego "͗επιεικεία" , que quiere decir : virtud de la justicia del caso en concreto
  • 10. : • En la sociedad con equidad no importa sexo, raza o religión para llevar a cabo algún deseo. • Bondadosa templanza habitual. Propensión a dejarse guiar , o a fallar, por el sentimiento del deber o de la conciencia, más bien que por las prescripciones rigurosas de la justicia o por el texto terminante de la ley.
  • 11. • Justicia natural, por oposición a la letra de la ley positiva. • Moderación en el precio de las cosas, o en las condiciones de los contratos. • Disposición del ánimo que mueve a dar a cada uno lo que merece. Este ideal esta íntimamente con el precepto exclusivamente jurídico de Ulpiano en sus “TRIA PRAECEPTA IURIS” (TRES PRINCIPIOS DEL DERECHO), el “suum cuique tribuere” (DAR A CADA UNO LO SUYO)
  • 12. Aristóteles en el capítulo X del libro V de su Ética Nico maquea, ofrece una cabal y hermosa concepción, que toda ley es general y que , por tanto, no es aplicable a todos los casos ya que muchos de estos ofrecen particularidades irreductibles a la formula general
  • 13. la expresión de la justicia acomodada al caso en concreto. la considera, junto a la ley, la costumbre y la jurisprudencia, una fuente del derecho. La ayuda que aporta mediante sus posibilidades de individualización.
  • 14. Evita la injusticia por que consiste en la continua adaptación de la ley a la infinita variedad de los problemas prácticos que la vida planea. Llambias define como la “versión inmediata y directa del derecho natural” Savatier, agrega que es “el derecho natural interpretado objetivamente por el juez”
  • 15. El principio de equidad se aplica considerando la mitigación de la rigurosidad en la aplicación de una ley con el fin de salvaguardar la salvación eterna de una determinada persona. Cicerón consideró a la equidad como la fuente del derecho, permitiendo a este superar los inconvenientes de no adecuarse la norma en caso concreto.
  • 16. La equidad llamada también la justicia del caso individual es un estadio intermedio entre la ley jurídica y moral. La primera debe contener un mínimum de rigidez y el segundo un máximum de elasticidad.
  • 17. No cabe duda de la falta de equidad en el mundo. La equidad es que cada persona, a partir de su propia intimidad y cotidianeidad ponga en practica la equidad, valorando a cada persona sin tener en cuenta su condición social o sexual, su apariencia o su religión, ya que todos los seres humanos se merecen respeto y el ser considerados como tal, teniendo el derecho de acceder a condiciones de vida digna en todo el aspecto que ésta incluya.
  • 18.  ETIMOLOGIA: Del latín “lustitia”; es la concepción que cada época y civilización tiene acerca del sentido de sus normas jurídicas. Es un valor determinado por la sociedad. Es el conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas e instituciones.
  • 19. El se basa en un consenso amplio en los individuos de una sociedad sobre lo bueno y lo malo, y otros aspectos prácticos de como deben organizarse las relaciones entre personas.
  • 20. El es el codificado formalmente en varias disposiciones escritas, que son aplicadas por jueces y personas especialmente designadas, que tratan de ser imparciales.
  • 21. La equidad y la justicia son entidades distintas. Admitir la equidad como una modalidad de justicia equivaldría a aceptar que la justicia es también una modalidad de equidad. La equidad, entonces, es un valor tributario del bien que se aplica en sustitución de la justicia. En consecuencia, lo que implanta para equilibrar la relación, no es una modalidad de justicia, sino el bien y con ello, protege del daño, de la arbitrariedad, del abuso y de injusticia.
  • 22. Por tanto, el equitativo es justo, y aun es mejor que cierta especie de lo justo, no mejor de lo justo en absoluto, sino mejor que el error resultante de los términos absolutos empleados por la ley. Y esta es la naturaleza de lo equitativo: ser una rectificación de la ley en la parte que esta es deficiente por carácter general.
  • 23.
  • 24.  La equidad es una justicia individual  Nosotros consideramos que en la actualidad todas las personas vivimos con diferentes pensamientos, necesidades y realidades; hasta de llegar al punto de creer que en la sociedad hay derechos justos e injustos a la vez , de ahí se considera que la equidad es ineficaz.  En el caso mencionado se considera que la equidad va ser ineficaz porque se deberá tener en cuenta que el Perú es un país multilingüe y multiétnico , aunque la etiqueta haya tenido la información respectiva pero no en el idioma adecuado ni las reglas sanitarias respectivas