1. Delegación Federal del Trabajo en
Tamaulipas
Actualización ddee llaa NNoorrmmaa OOffiicciiaall MMeexxiiccaannaa
NNOOMM--003300--SSTTPPSS--22000099
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2. NOM-030-STPS-2006 NOM-030-STPS-2009
Servicios preventivos
de Seguridad y
Salud en el Trabajo-
Organización y
funciones
Servicios preventivos
de Seguridad y Salud
en el Trabajo-
Funciones y
actividades
3. ÍNDICE
NOM-030-STPS-22000066 NNOOMM--003300--SSTTPPSS--22000099
1. Objetivo
2. Campo de aplicación
3. Referencias
4. Definiciones
5. Obligaciones del patrón
6. Obligaciones de los
trabajadores
7. Clasificación de los centros
de trabajo
8. Organización y funciones
de los servicios preventivos
de seguridad y salud en el
trabajo
1. Objetivo
2. Campo de aplicación
3. Definiciones
4. Obligaciones del patrón
5. Funciones y actividades del
responsable de seguridad y
salud en el trabajo
6. Diagnóstico de seguridad y
salud en el trabajo
4. NOM-030-STPS-2006 NOM-030-STPS-2009
9. Relación de medidas
preventivas o programa de
seguridad e higiene en el
trabajo
Apéndice “A” Determinación del
Grado de Riesgo de Incendio
Apéndice “B” Criterios de
Clasificación de Grados de
Riesgo a la Salud. Tabla E.2
Modelo
Rectángulo y F.1 Modelo Rombo
10. Unidades de Verificación
11. Procedimiento de Evaluación
de la Conformidad
12. Vigilancia
13. Bibliografía
7. Programa de seguridad y
salud en el trabajo o
relación de acciones
preventivas y correctivas de
seguridad y salud en el
trabajo
8. Unidades de verificación
9. Procedimiento para la
evaluación de la
conformidad.
10. Vigilancia.
11. Bibliografía
5. NOM-030-STPS-2006 NOM-030-STPS-2009
14. Concordancia con Normas
Internacionales
15. Transitorio
Guía de Referencia “I”
Informativa (no obligatoria).
Lineamientos para los
Servicios Preventivos de
Seguridad y Salud en el Trabajo.
Guía de Referencia “II”
Informativa (no obligatoria).
Plan de Atención de
Emergencias.
12. Concordancia con normas
internacionales
Guía de Referencia I
Recomendaciones para
Instrumentar las Acciones
para la Atención a
Emergencias en los Centros
de Trabajo
Guía de Referencia II
Recomendaciones para
Instrumentar las Acciones de
Salud en el Trabajo
6. 1. Objetivo
Establecer las funciones y actividades que
deberán realizar los servicios preventivos
de seguridad y salud en el trabajo para
prevenir accidentes y enfermedades de
trabajo.
7. 2. Campo de aplicación
La presente Norma rige en todo el territorio
nacional y aplica en todos los centros de
trabajo.
8. 3. Definiciones
• Acciones preventivas y correctivas.
• Diagnóstico de seguridad y salud en el
trabajo.
• Material y sustancia química peligrosa.
• Peligro.
• Programa de seguridad y salud en el trabajo.
• Responsable de seguridad y salud en el
trabajo.
• Riesgo.
9. 3. Definiciones
• Riesgo grave; riesgo inminente.
• Seguridad y salud en el trabajo.
• Servicios preventivos de seguridad y
salud en el trabajo
10. 4. Obligaciones del patrón
4.1 Designar a un responsable de
seguridad y salud en el trabajo interno o
externo.
El patrón podrá asumir las funciones y
actividades preventivas de seguridad y
salud, en el caso de centros de trabajo
que cuenten con menos de cien
trabajadores.
11. Obligaciones del patrón
4.2 Proporcionar al responsable de seguridad y
salud en el trabajo:
a) El acceso a las diferentes áreas del centro de
trabajo;
b) La información de los procesos, puestos de
trabajo y actividades desarrolladas por los
trabajadores, y
c) Los medios y facilidades para establecer las
medidas de seguridad y salud en el trabajo
para la prevención de los accidentes y
enfermedades laborales.
12. Obligaciones del patrón
4.3 Contar con un diagnóstico integral o por área
de trabajo de las condiciones de seguridad y
salud del centro laboral.
4.4 Contar con un programa de seguridad y
salud en el trabajo, elaborado con base en el
diagnóstico.
Los centros de trabajo con menos de 100
trabajadores, deberán elaborar una relación de
acciones preventivas y correctivas de seguridad
y salud en el trabajo
Ambos deberán actualizarse una vez al año
13. Obligaciones del patrón
4.5 Comunicar a la comisión de seguridad e
higiene y/o a los trabajadores, el diagnóstico y
el contenido del programa o de la relación de
acciones preventivas y correctivas de SST.
4.6 Contar con los reportes de seguimiento de
los avances en la instauración del programa o
de la relación de acciones preventivas y
correctivas de SST, según aplique.
14. Obligaciones del patrón
4.7 Capacitar al personal de la empresa que
forme parte de los servicios preventivos de
seguridad y salud en el trabajo.
4.8 Conservar la documentación al menos por
dos años.
4.9 Exhibir a la autoridad del trabajo, cuando lo
solicite, los documentos y registros que la
presente Norma le obligue a elaborar o poseer.
15. 5. Funciones y actividades del
responsable de SST
5.1 Elaborar el diagnóstico de seguridad y
salud en el trabajo.
5.2 Elaborar el programa o la relación de
acciones preventivas y correctivas de
seguridad y salud en el trabajo.
5.3 Establecer los mecanismos de
respuesta inmediata cuando se detecte
un riesgo grave e inminente.
16. Funciones y actividades del responsable
de SST
5.4 Incorporar las acciones y
programas de promoción
para la salud y para la
prevención integral de las
adicciones.
5.5 Incorporar las acciones
para la atención de
emergencias y
contingencias sanitarias
que recomienden o dicten las
autoridades competentes.
•Programa de seguridad y
salud en el trabajo
o
•Relación de acciones
preventivas y correctivas
de seguridad y salud en el
trabajo.
17. Funciones y actividades del responsable
de SST
5.6 Establecer los procedimientos,
instructivos, guías o registros
necesarios para dar cumplimiento.
5.7 Realizar el seguimiento de los
avances y reportar por escrito los
resultados al patrón, al menos una
vez al año.
5.8 Registrar los resultados del
seguimiento.
5.9 Verificar que se cumpla con el
objeto de su aplicación y, en su
caso, realizar las adecuaciones que
se requieran
•Programa de seguridad y
salud en el trabajo
o
•Relación de acciones
preventivas y correctivas
de seguridad y salud en el
trabajo.
18. Diagnóstico de seguridad y salud en el
trabajo
Deberá considerar al menos la identificación de lo siguiente:
1. Las condiciones físicas peligrosas o inseguras;
2. Los agentes físicos, químicos y biológicos que por sus
propiedades, pueden alterar la salud de los trabajadores;
3. Los peligros circundantes al centro de trabajo que lo puedan
afectar,
4. Los requerimientos normativos en materia de seguridad y salud en
el trabajo que resulten aplicables.
Herramienta: Documento “Resultados de la Evaluación del
Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el
Trabajo Resultados de la Evaluación del Cumplimiento de la
Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo” del Módulo
electrónico “Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad
en Seguridad y Salud en el Trabajo”
Centros de trabajo con menos de 100 trabajadores, únicamente punto 4
http://autogestion.stps.gob.mx:8162/
19. Programa de salud y seguridad en el
trabajo
Deberá contener al menos:
1. La acción preventiva o correctiva por instrumentar por cada
aspecto identificado;
2. Las acciones y programas de promoción para la salud de los
trabajadores y para la prevención integral de las adicciones;
3. Las acciones para la atención de emergencias y contingencias
sanitarias;
4. Las fechas de inicio y término programadas para instrumentar
las acciones preventivas o correctivas y para la atención de
emergencias, y
5. El responsable de la ejecución de cada acción preventiva o
correctiva y para la atención de emergencias.
Herramienta: Reporte “Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo”,
del módulo informático “Elaboración de Programas de
Seguridad y Salud en el Trabajo”
Centros de trabajo con menos de 100 trabajadores, únicamente puntos 1 al 4
http://autogestion.stps.gob.mx:8162/
20. Unidades de verificación
• Opcional para el patrón
• Directorio vigente disponible en
www.stps.gob.mx
• Deberán aplicar criterios del PEC
• Emitir dictamen con requisitos
establecidos en el punto 8.4
• Vigencia del dictamen de dos años.
21. Procedimiento para la evaluación de la
conformidad (PEC)
• Aplica para verificaciones de UV y visitas de
inspección.
• Señala criterios de aceptación de documentos y
registros.
• Conservar documentación por al menos dos
años.
• Documentos o registros pueden exhibirse
impresos o por medios magnéticos
• Se considera cumplimiento de esta NOM al
estar incorporado al PASST
23. Transitorios
• Entrada en vigor: 22 de marzo de 2010.
• Queda sin efectos NOM-030-STPS-2006
24. Delegación Federal del Trabajo en
Tamaulipas
Delegado Federal del Trabajo
Arturo G. Rodarte Leal
arodarte@stps.gob.mx
Director Jurídico
Iván Karim Rocha Picazo
tam110@stps.gob.mx
18 y 19 Matamoros No. 237, Zona Centro, Ciudad Victoria, Tam.
Teléfonos: (834) 3120588 y 3124828