Este jueves 14 de mayo, nuestra asesoría fiscal participará en la mesa redonda sobre financiación de proyectos mediante crowdfunding en la Cámara de Comercio de Valencia. De 15 a 17:30, compartiremos experiencias y conocimientos sobre las nuevas formas de financiación de proyectos y empresas a través de microinversiones, tratando temas como la nueva ley del crowdfunding, los aspectos legales y fiscales que debemos tener en cuenta, cómo se gestiona una campaña de crowdfunding y una serie de aciertos y errores para que nuestra experiencia sea un éxito.
El crowdfunding o micromecenazgo es una forma de financiar proyectos mediante pequeñas inversiones de un elevado número de personas. Lo que en un principio se popularizó para la creación de productos artísticos y culturales que veían en el micromecenazgo una salida a los problemas para financiarse, se ha convertido en un modelo que ha encontrado su hueco en el mundo empresarial. Cada día son más los negocios innovadores que nacen gracias a un gran número de microinversores que apuestan por los proyectos.
El evento es gratuito y podéis inscribiros a través de este enlace.
Esperamos veros el jueves en la c/ Poeta Querol, 15.
Horario: Jueves 14 de mayo de 2015 | de 15 a 17:30h
Modelo de convenio de pago con morosos del condominio (GENÉRICO).docx
Asesoría financiera crowdfunding Valencia
1. www.camaravalencia.com
Plan Integral de Apoyo a la competitividad en el comercio minorista 2015
Plan Integral de Apoyo a la Competitividad del Comercio MinoristaPlan Integral de Apoyo a la Competitividad del Comercio Minorista
Crowdfunding
Valencia, 14 de Mayo de 2015
Ramón y Asociados
Asesoría empresarial
Financiada a través
De crowdfunding
Consultoría en
franquicias
2. J.M. Ramón y Asociados
Consultoría Empresarial
Asesoría fiscal, laboral, contable y mercantil
Somos un equipo de especialistas en asesoría y gestión económica, fiscal, laboral, contable y mercantil. Tratamos
cada empresa con implicación y entendemos que para cada tipo de negocio hay un asesoramiento empresarial.
Optimizamos los recursos de nuestros clientes, informándoles sobre todas las ayudas y subvenciones disponibles
para empresas, sean físicas o jurídicas, autónomos sin trabajadores o con un número reducido de ellos, así como
las empresas que aplican las nuevas tecnologías a su visión de negocio.
Crecemos con nuestros clientes y les ayudamos a hacer evolucionar sus empresas, ya sea mediante la
promoción de fusiones o la internacionalización de la empresa. Realizamos analisis de fiscalidad global para
minimizar los impuestos respetando la legalildad. Creamos los asientos contables, analizamos la contabilidad,
liquidamos sus impuestos y en definitiva, nos ocupamos de todo para que nuestros clientes puedan rentabilizar su
tiempo.
www.ramon-asociados.com
4. Información Comercial
“Podemos, pues, decir que es una fórmula
alternativa y emergente de financiación que
conecta a aquellos que pueden dar, prestar o
invertir dinero con aquellos que necesitan
financiación para un determinado proyecto.”
- Crowdfunding in the EU -
www.ramon-asociados.com
10. REWARD CROWDFUNDING
COMPRAVENTA
Hay un bien presente o futuro
Hay un precio
Hay una transacción
El promotor puede ser particular o empresario
www.ramon-asociados.com
11. EQUITY CROWDFUNDING
El inversor participa económicamente en el
proyecto, asumiendo los riesgos de
beneficios y pérdidas.
Cuentas en participación
Derechos de explotación sobre activos tangibles o
intangibles
Accionista o partícipe
www.ramon-asociados.com
14. - Limitarse a “colgar” el proyecto, o bien
- Analizar la viabilidad
- Sugerir cambios
- Asesorar en el Plan de Negocio
- Apoyar el feedback
- Ofrecer herramientas al inversor
- Mantener informados a los inversores de las oportunidades
- Proporcionar modelos de contrato
- Seguimiento de los proyectos
www.ramon-asociados.com
15. COSTE DE LA PLATAFORMA
Comisión variable (entre 1% para proyectos altruistas y
un 8%)
Negociable
Coste de la forma de pago
IVA
www.ramon-asociados.com
16. TIEMPO
Duración variable
Entre 40 y 90 días
Negociable
Hasta que no se consiguen los fondos, no se
transfieren al promotor
www.ramon-asociados.com
18. Recogida en el Título V de la Ley
Sí regula:
− Las plataformas
− Inversores
No regula:
− CF basado en donaciones
− venta de bienes y servicios
− Préstamos sin interés
www.ramon-asociados.com
19. PFP = Plataforma de Financiación Participativa
“Empresas autorizadas cuya actividad consiste en poner en contacto, de manera
profesional y a través de páginas web u otros medios electrónicos, a una pluralidad
de personas físicas o jurídicas que ofrecen financiación a cambio de un rendimiento
dinerario, denominados inversores, con personas físicas o jurídicas que solicitan
financiación en nombre propio para destinarlo a un proyecto de financiación
participativa, denominados promotores.”
DEFINICIÓN DE LA PLATAFORMA
www.ramon-asociados.com
20. ÁMBITO DE APLICACIÓN
TERRITORIAL
Ejerzan la actividad en territorio español
Se anuncie en territorio español
Dirija sus servicios específicamente a los residentes.
www.ramon-asociados.com
21. CONTENIDO DE LOS PROYECTOS
Dirigido a una pluralidad de personas que invirtiendo profesionalmente
esperan rendimiento.
Realizado por promotores que esperan financiación.
Destinar la financiación a un proyecto empresarial, formativo o de consumo
que no sea:
− Financiación profesional de terceros vía préstamos.
− Adquisición de acciones que coticen en bolsa.
− Suscripción en fondos de inversión.
www.ramon-asociados.com
22. FORMAS DE FINANCIACIÓN
Emisión de acciones, obligaciones…
Emisión participaciones
Préstamos , incluido los participativos, para actividad
empresarial
www.ramon-asociados.com
23. SERVICIOS DE LA PFP
Básicos
Auxiliares
www.ramon-asociados.com
24. SERVICIOS BÁSICOS
Recepción, selección y publicación de proyectos de financiación
participativa.
Desarrollo, establecimiento y explotación de canales de
comunicación para facilitar la contratación de la financiación
entre inversores y promotores.
www.ramon-asociados.com
25. SERVICIOS AUXILIARES
(1/2)
Asesoramiento a los promotores en relación con la publicación del proyecto en
la plataforma.
Análisis de los proyectos de financiación participativa recibidos, evaluar el
riesgo y variables que resulten útiles a los inversores.
Habilitar canales de comunicación a distancia para que usuarios, inversores y
promotores contacten directamente entre sí, durante o después de las
actuaciones de financiación.
Puesta a disposición de las partes de modelos de contratos.
www.ramon-asociados.com
26. SERVICIOS AUXILIARES
(2/2)
Transmitir a los inversores la información que facilite el promotor sobre la
evolución del proyecto y acontecimientos.
Reclamación judicial y extrajudicial de los derechos de crédito, en defensa de
los inversores.
Aquellos que en su caso determine el Ministerio de Economía y Competitividad.
www.ramon-asociados.com
27. PRÉSTAMOS
Podrán formalizar los contratos de préstamo y suscripción de
participaciones que se basen en un acuerdo de voluntades
manifestado a través de la plataforma de financiación
participativa, actuando en representación de los
inversores.
www.ramon-asociados.com
28. PROHIBICIONES
Las reservadas a las empresas de servicio de inversión o a las
entidades de crédito
Las reservadas a las entidades de pago.
No gestionar discrecionalmente o individualmente cartera al
inversor, ni recomendaciones personalizadas.
No créditos o préstamos.
No asegurar a promotores la captación de fondos.
www.ramon-asociados.com
29. AUTORIZACIÓN Y REGISTRO
Autorización de la C.N.M.V.
Posterior comunicación al Ministerio de Economía.
Registro Público en la C.N.M.V.
Datos actualizados en la plataforma.
www.ramon-asociados.com
30. REQUISITOS
(1/3)
Objeto social exclusivo las actividades propias de la plataforma financiación
participativa.
Domicilio social y efectiva administración en la U.E.
Ser sociedad de capital, por tiempo indefinido.
Capital social de al menos 60.000 euros o aval de 400.000 euros con cobertura
individual mínima de 300.000.
Los administradores de la PFP sean personas de reconocida honorabilidad
empresarial o profesional así como experiencia en funciones financieras.
www.ramon-asociados.com
31. REQUISITOS
(2/3)
•
Disponer de buena organización administrativa y contable y procedimientos de
control internos adecuados.
•
Disponer de los medios adecuados para garantizar la seguridad,
confidencialidad, fiabilidad y capacidad del servicio electrónico prestado.
•
Disponer de reglamento interno de conducta, en partículas de los conflictos de
intereses de los consejeros.
•
Prever mecanismos para que en caso de cese de la actividad se siga prestando el
servicio comprometido con los proyectos.
www.ramon-asociados.com
32. REQUISITOS
(3/3)
Capital social de al menos 60.000 o
Seguro de responsabilidad civil profesional o aval por negligencia con una cobertura
mínima de 300.000 euros por reclamación de daños y un total de 400.000 euros
anuales para todas las reclamaciones.
Si la suma de la financiación obtenida en los últimos meses por los proyectos
publicados supera los dos millones de euros los recursos propios serán al menos de
120.000 euros.
Adicionalmente:
Hasta los primeros 5 millones no será necesario el aumento.
Lo que exceda de 5 millones y hasta 50.000.000, el 0,2% del dicho importe.
El exceso de 50.000.000 un 0,1% de dicho exceso.
La cuantía adicional exigible no sobrepasará
www.ramon-asociados.com
33. INFORMACIÓN EN LA WEB
Funcionamiento básico de la plataforma.
Advertencia de riesgos.
Advertencia de que la plataforma no es una entidad de crédito.
Advertencia de que los proyectos no están tutelados por la CNMV
Tarifas y procedimiento de contratación y facturación.
Medidas para evitar conflicto de intereses.
Auditores de la sociedad.
www.ramon-asociados.com
34. PROYECTOS VINCULADOS A LA PFP
La propia plataforma solo podrá participar en proyectos
publicados en la misma en:
− Participación no superior al 10%
− Informando al público de su participación.
− Limitación de esos proyectos vinculados al 10% del resto de
proyectos.
www.ramon-asociados.com
36. Obligación de la PFP evaluar profesionalmente los proyectos y comprobar la
identidad de los promotores.
Ningún promotor puede tener a la vez en la misma PFP más de un proyecto.
Tope de 2.000.000 por proyecto. Será de 5.000.000 si solo para inversores
acreditados.
Establecer un plazo máximo para recaudar el proyecto.
El plazo máximo y la cantidad máxima del proyecto se pueden sobrepasar en un
25% siempre que se informe por anticipado en las condiciones del mismo.
OBLIGACIONES DE LA PFP
RESPECTO A LOS PROMOTORES
(1/2)
www.ramon-asociados.com
37. En caso de no conseguirse el objetivo se devuelve el dinero.
Se pueden aceptar los proyectos con un grado de éxito del 90%, siempre que se
informe previamente.
Debe existir una información clara del proyecto con lenguaje no técnico.
Las plataformas deben asegurarse de que la información que se publique sea
completa.
Posibilidad de habilitar un canal de información entre inversor y promotor.
OBLIGACIONES DE LA PFP
RESPECTO A LOS PROMOTORES
(2/2)
www.ramon-asociados.com
38. OBLIGACIONES DE LA PFP
RESPECTO A LOS PRÉSTAMOS
•
No podrán ser hipotecarios.
•
Sujetos a su específico marco normativo.
•
Información exhaustiva de promotores personas jurídicas y en caso de personas física:
•
C.V.
•
Domicilio a efecto de notificaciones.
•
Descripción de su situación financiera y de endeudamiento.
•
Los préstamos contendrán las características esenciales de los mismos, tipo de interés,
duración, modo de instrumentarlo…
www.ramon-asociados.com
39. OBLIGACIONES DE LA PFP
RESPECTO A LA EMISIÓN DE ACCIONES
(1/2)
•
Descripción de la sociedad, órganos sociales y plan de actividades.
•
Identidad y CV de administradores y directores.
•
Datos sociales, dominio internet.
•
Forma organización social.
•
Número de trabajadores.
www.ramon-asociados.com
40. OBLIGACIONES DE LA PFP
RESPECTO A LA EMISIÓN DE ACCIONES
(2/2)
•
Descripción de la situación financiera.
•
Estructura del capital social y endeudamiento.
•
Características esenciales de la emisión de acciones.
•
Estatutos y en su caso reglamento de la junta de los promotores, en el que se reconozca el
derecho de asistencia a junta por medios telemáticos.
www.ramon-asociados.com
41. TIPOS DE INVERSORES
Acreditados:
− Entidades financieras, organismos oficiales, inversores institucionales.
− Empresarios que reúnan dos de las siguientes tres características:
Cifra negocio igual o mayor a 2 millones.
Activo igual o superior a 1 millón.
Recursos propios igual o superior a 300.000.
− Personas físicas con ingresos anuales superiores a 50.000 euros o patrimonio
financiero superior a 100.000 euros.
− Las PYMES que así lo soliciten.
− Las personas físicas o jurídicas que contraten servicio de asesoramiento.
No acreditados.
www.ramon-asociados.com
42. LÍMITES A LA INVERSIÓN
Para los no acreditados:
− 3.000 euros en cada proyecto.
− 10.000 euros en un periodo de 12 meses en una misma PFP
www.ramon-asociados.com
43. FISCALIDAD CF
DONACIONES
•
Entidades sin ánimo de lucro:
– Deducción en IRPF del donante. (37,5% // 30%) (primeros 150 euros el 50% // 75%) (1)
– No ingreso computable en el donatario.
•
Otros:
– No deducción en IRPF del donante (liberalidad)
– Tributación en ISDonaciones del donatario.
•
Si donante sociedad:
– 35% regla general.
– A la misma entidad durante al menos tres años (37,5% // 40%)
– Límite de la base liquidable del 10%
www.ramon-asociados.com
44. FISCALIDAD CF
CON RECOMPENSA
No actividad empresarial:
− No deducción en IRPF del donante (liberalidad)
− Tributación en IS Donaciones del donatario.
Actividad empresarial:
− No deducción en IRPF del donante (liberalidad
− Ingreso de la actividad empresarial.
www.ramon-asociados.com
45. FISCALIDAD
COMPRAVENTA
No actividad empresarial:
− Pago de transmisiones patrimoniales, 10%, el comprador.
− Pago en IRPF del vendedor por la diferencia entre lo que le costó y por lo
que lo vende.
Actividad empresarial:
− Operación sujeta a IVA, que deberá cobrar el promotor.
− Ingreso de la actividad empresarial.
− ¿IAE?
www.ramon-asociados.com
46. FISCALIDAD
PRÉSTAMO
Préstamo a empresa
− Rendimiento del capital por los intereses que cobre el inversor.
− Gasto fiscalmente deducible en sede del promotor.
− Obligación de retener por parte del promotor.
Préstamo a particulares
− Rendimiento del capital por los intereses que cobre el inversor.
− No gasto fiscalmente deducible.
− No retención, ya que el promotor no es empresario.
www.ramon-asociados.com
47. FISCALIDAD
INVERSIÓN
Participación en el capital de la sociedad: dividendos.
− Rendimiento del capital por los dividendos que cobre el inversor.
− No gasto fiscalmente deducible, puesto que es reparto de beneficios.
− Retención.
Cuenta en participación:
− Rendimiento de la cuenta en participación, atribuyéndose a los integrantes de la
cuenta que son inversores.
− No gasto fiscalmente deducible, puesto que es reparto de beneficios.
− Retención si la cuenta en participación tiene NIF
www.ramon-asociados.com
48. DEDUCCIÓN POR INVERSIONES
EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN
Deducción del 20% de las cantidades invertidas:
a) Referente a la sociedad promotora
Ejerzan actividad económica.
Sean S.A., S.L., S.A.L. o S.L.L.
Fondos propios no superiores a 400.000 en el momento de la inversión.
No cotizar en ningún mercado negociado.
www.ramon-asociados.com
49. DEDUCCIÓN POR INVERSIONES
EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN
Deducción del 20% de las cantidades invertidas:
b) Referente al inversor:
Suscribir las participaciones de forma directa.
Permanecer entre 3 y 12 años en el capital.
No poseer más del 40% del capital, directa o indirecta (familiares hasta tercer
grado)
Exención de beneficio en caso de transmisión de acciones, si se reinvierte el
total de lo enajenado en participaciones de sociedades de las mismas
características. (No se aplica si hay transmisiones entre vinculadas y
adquisiciones homogéneas el año antes y después)
www.ramon-asociados.com
50. J.M. Ramón y Asociados
Consultoría Empresarial
Asesoría fiscal, laboral, contable y mercantil
www.ramon-asociados.com
¡Muchas gracias!
jmramon@ramon-asociados.com