La potestad tributaria se refiere a la autoridad del Estado para establecer y cobrar impuestos. El poder legislativo crea las leyes tributarias y el poder ejecutivo las aplica y administra. La potestad tributaria emana de la constitución y tiene como objetivo recaudar fondos para satisfacer las necesidades del Estado.
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
ESCUELA DE DERECHO
Ensayo de la Potestad tributaria
NOMBRE Y APELLIDO:
ZEIDALI VISCALLA
C.I: 13603295
2. Cuando nos referimos a potestad tributaria hacemos alusión a una autoridad que
será practicada libremente por el Poder Ejecutivo, cumpliendo con las restricciones que
establece la máxima ley que lo rige; el Poder Legislativo tiene su principio y fin en la
creación de la ley en la cual se establecerán las contribuciones que debe realizar el
contribuyente; es decir, vincula individualmente al sujeto activo y pasivo, en la relación
jurídica tributaria.
Al principio los impuestos eran exacciones destinadas a un fin determinado, pero
con el tiempo se han convertido en contribuciones ajustadas para satisfacer la Hacienda
Pública; de manera general, la voluntad del Estado para atribuir las contribuciones a los
particulares y determinar las cargas de los contribuyentes.
Hemos Dicho que el Estado es quien impone las contribuciones con las que debe
cumplir el contribuyente, ya que tiene el poder de exigir los tributos correspondientes a
los actos realizados dentro de su territorio. Pero cuando la soberanía tiende a reformar el
Estado, reflejan en la máxima ley la existencia, organización y funcionamiento del
Poder Legislativo, quedando sujetos a un orden jurídico que lo transforma en un Poder
Publico, es decir el Poder Ejecutivo, con las aplicaciones necesarias para su desempeño,
pero cumpliendo con los marcos jurídicos señalados por la máxima ley.
Se debe tener en cuenta que el Estado tiene como objetivo satisfacer sus
necesidades y cuidar de los intereses de la soberanía, necesarios para el desarrollo de la
libertad en sociedad; para ellos, se requiere de una serie de elementos y recursos que
deberá obtener de su patrimonio o por medio de las contribuciones del particular, por
medio de las normas establecidas que fijan las funciones para la obtención de los
objetivos propuestos.
Queda claro que la Constitución es la máxima ley, de donde procede la potestad
tributaria que los órganos ejercen bajo el dominio de un orden jurídico que fue atribuido
o preestablecido, encontrando al Estado como una organización jurídica y política de la
sociedad.
3. Por ende, cuando hablamos de potestad tributaria, hacemos referencia a la fuerza
que nace de la soberanía nacional, enfocados en la autoridad que la ley cede a los
órganos del estado. Son inherentes en razón a su poder de imperio y se ejerce cuando el
órgano correspondiente establece funciones.
De todo lo planteado hasta aquí, se puede dilucidar que la potestad tributaria participa
de las siguientes características:
Es determinada por el Poder legislativo, ya que este es quien analiza las
necesidades planteadas por el Poder Ciudadano y planifica las maneras de satisfacerla.
Es aplicada y administrada por el Poder Ejecutivo.
El desacato de esta ley es sancionado por el Poder Judicial.
Es inherente al Estado, ya que es el único que tiene la potestad de planificar,
ejercer y sancionar.
Emana de la norma suprema, en este caso nace de la Constitución Bolivariana
de Venezuela.
Está facultada para imponer contribuciones mediante la ley.
Regula las funciones de los órganos correspondientes.
Se dice que tiene igualdad, ya que todas las personas deben participar en las
contribuciones para satisfacer las necesidades publicas.
Se aplica la generalidad, ya que debe aplicarse equitativamente a los
contribuyentes sujetos a los tributos.
Todos los tributos son creados por la ley establecida por el Orden Legislativo,
por ello se afirma que todos los tributos son una parte inseparable del sistema tributario.
Atendiendo a la ley, protege al contribuyente de verse sobre gravado de
tributos, de manera que el Estado no se vea en la obligación de realizar una
expropiación del patrimonio del contribuyente para el pago de estos tributos
La competencia Fiscal, tiene la capacidad legal de crear estrategias en el Estado
para repartir la autoridad en diferentes poderes, y de esta manera lograr que los Países
extranjeros inviertan en nuestra economía, y así reducir las limitaciones de la
circulación de los niveles impositivos fiscales.
Esta competencia evoluciona debido a la globalización ya que esta permite que haya
una mayor movilidad de capital; por ello la mayoría de los países implementaron los
4. elementos necesarios para obtener el mayor número de inversiones en su economía, ya
que esto permite que el nivel de actividad económica tenga un mayor flujo de
producción, generando empleos en el país y un bienestar económico. Uno de los
elementos utilizados fue la reducción de impuestos y otros gravámenes que formaron
parte de una fórmula compleja que describía la competitividad entre naciones, ya que
debemos tener en cuenta que al tratarse de impuestos el país puede ser neutralizado si su
rival hace lo mismo.
Analizando las razones iníciales de la competencia tributaria, cabe destacar que
la baja en los impuestos aumenta la asignación de recursos productivos, ya que al bajar
los impuestos la tasa de rendimiento productiva aumenta.
Anteriormente, los gobiernos disponían de mayor libertad para asignar los
valores de los impuestos, ya que lo establecían como obstáculo principal para la
transferencia en materia económica y personal; ya que otro criterio en los cuales se
basaban, era la inversión de la mano de obra, para la competitividad de la nación.