Para garantizar el cumplimiento efectivo de las órdenes consagradas en la acción de tutela contra el Ministerio de Minas y Energía y Cerro Matoso SA, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca dispone que en un plazo máximo de 5 días hábiles a partir de la notificación, las siguientes entidades deben: 1. Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible: Entregar un informe sobre las acciones adelantadas para dar cumplimiento a la orden impartida en la sentencia T-733 de 2017 de la Corte Constitucional (solicitud hecha por segunda vez). 2. Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y San Jorge: Aportar copia integral y autentica de la Resolución No. 2-4564 de 13 de abril de 2018, por medio de la cual se: • Adoptan medidas de aplicabilidad para la nueva normatividad del aire. • Conforma un equipo multidisciplinario para controlar la actividad de explotación minera en Córdoba. • Ordena acatar la sentencia T-733 del 15 de diciembre de 2017 de la Corte Constitucional en lo que respecta a Cerro Matoso. 3. Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo y Contraloría General de la República: Oficializar un informe de la creación de la relatoria especial que participará durante toda la ejecucion del fallo, coordinando, acompañando y vigilando el cumplimeinto e implementacion del mismo.