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La Mediación Just in Time 
Página 1 de 5 
Mediation Information & Assessment Meeting (MIAM) 
La Mediación Just in Time 
Andrés Vázquez López 
Fecha de impresión: viernes, 25 de julio de 2014 
Ref.140518avlpress 
julio de 2014 
Última actualización 25 de julio de 2014 
Resumen 
Los elementos obligatorios en la mediación -algo que en el pasado reciente fue por muchos considerado 
como un "tabú"- ahora son aceptados por diferentes expertos y un significativo sector doctrinal. En 
particular, dos formas mitigadas de mediación obligatoria -a saber, la asistencia obligatoria a la sesión 
informativa y la mediación obligatoria con la posibilidad de abandonarla si los litigantes no tienen intención 
de continuar con el proceso- registran una preferencia mayor. 
Mientras, en España muchos profesionales de la Mediación distribuyen sus intervenciones en los diferentes 
foros, a partes iguales, entre las demandas de medidas de apoyo a las administraciones públicas para la 
difusión de la mediación, con el escándalo al temor de que puedan arbitrarse medidas legislativas 
orientadas a la implantación obligatoria de fases del procedimiento, como la sesión informativa, quebrando 
la más ortodoxa concepción de los principios que deben inspirar esta modalidad autocompositiva de 
resolución de conflictos. No es el caso de algunos de nuestros vecinos europeos. La Mediation Information 
& Assessment Meeting (MIAM), sería un buen ejemplo de ello. 
Si trascendemos los aspectos fabriles del sistema de organización de la producción conocido como Just in 
Time, y focalizamos en la filosofía subyacente que lo inspira, “obviar acciones innecesarias”, y actuar “justo 
a tiempo”, la praxis de la imposición de una sesión informativa que facilite la elección de la Mediación como 
la más optima opción de resolución de un conflicto concreto entre partes que desconocían esta modalidad 
ADR, permitiría una actuación Just in Time que permitiría obviar acciones innecesarias y de un elevado 
coste (no solo económico, también emocional) en la jurisdicción ordinaria. Enrocarse numantinamente en 
posiciones dogmáticas, puede suponer un excesivo peaje a pagar por una ortodoxia que comulga mal con 
la flexibilidad que se publicita de la Mediación. Porque, de nada servirá contar con un marco normativo que 
permita el recurso a la Mediación si no se ofrece a las partes la oportunidad, efectiva y real, de ponerla en 
práctica. Y nadie puede querer lo que desconoce. 
Palabras clave 
ADR, mediación, resolución de conflictos, MIAM, Mediación Just in Time, sesión informativa, assessment 
meeting, mediation information. 
Tema 
Mediación
La Mediación Just in Time 
Página 2 de 5 
El objetivo de “facilitar el acceso a modalidades alternativas de solución de conflictos y fomentar la 
resolución amistosa de litigios promoviendo el uso de la mediación y asegurando una relación 
equilibrada entre la mediación y el proceso judicial”, que se declara en el artículo 1 de la Directiva 
2008/52/CE, ha derivado hasta la fecha en una quimera, si consideramos las conclusiones del 
‘Rebooting’ the mediation directive, 2014 European Parliament’s Committee on Legal Affairs: se 
utiliza en menos del 1% de los casos en la UE. Este estudio, que solicitó las opiniones de 
hasta 816 expertos de toda Europa, muestra claramente que ese desalentador resultado resulta 
de la débil aplicación de políticas de apoyo a la mediación, ya sean legislativas o de 
promoción, en la casi totalidad de los 28 Estados miembros. 
También, entre sus conclusiones finales, se concluye que gran cantidad de las respuestas del 
estudio muestran que los elementos obligatorios en la mediación -algo que en el pasado 
reciente fue por muchos considerado como un "tabú"- ahora son aceptables para la mayoría de 
los expertos europeos encuestados. En particular, dos formas mitigadas de mediación obligatoria - 
a saber, la asistencia obligatoria a la sesión informativa y la mediación obligatoria con la 
posibilidad de darse de baja si los litigantes no tienen intención de continuar con el proceso-registran 
una preferencia mayor. 
Mientras, en España muchos profesionales de la Mediación distribuyen sus intervenciones en los 
diferentes foros, a partes iguales, entre las demandas de medidas de apoyo a las 
administraciones públicas para la difusión de la mediación, con el escándalo al temor de que 
puedan arbitrarse medidas legislativas orientadas a la implantación obligatoria de fases del 
procedimiento, como la sesión informativa, quebrando la más ortodoxa concepción de los 
principios que deben inspirar esta modalidad autocompositiva de resolución de conflictos. No es el 
caso de algunos de nuestros vecinos europeos. 
Desde el pasado 22 de abril, la Información de Mediación y Reunión de Evaluación, Mediation 
Information and Assessment Meeting, (MIAM) en su acrónimo inglés, se ha convertido en un 
paso obligado para cualquiera que pretenda iniciar un proceso contencioso en los tribunales en 
materia de familia en el Reino Unido. En definitiva, un método para animar a la gente a que 
considere si su disputa podría resolverse mediante un procedimiento de mediación antes de 
acudir a los tribunales. 
Fecha de impresión: viernes, 25 de julio de 2014 
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La Mediación Just in Time 
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En la mayoría de los supuestos, asistir a un MIAM es obligatorio, sin embargo, no así la propia 
Mediación, que sigue resultando una opción sujeta a la autonomía de la voluntad de las partes. Su 
único fin es determinar si la Mediación puede ser la opción más adecuada. 
La duración de esta sesión se estima, por la National Family Mediation, en unos 45 minutos. La 
reunión, dirigida por persona mediadora acreditada, puede desarrollarse de forma individual o 
conjunta, con cada una de las partes. Los mediadores deben cumplir con criterios muy específicos 
establecidos por ley. Entre otros: 
· Estar en posesión de cualificación y acreditación específicas. 
· Ser miembro del Family Mediation Council y superar un Curso específico acreditativo. 
· Estar en la práctica profesional activa y en posesión de un seguro de responsabilidad civil. 
· Cumplir con determinados criterios de formación profesional permanente. 
Unos requisitos que, sin duda, resultaran familiares a cualquier mediador inscrito en el Registro de 
Mediadores del Ministerio de Justicia de España. 
Las sesiones de la primera reunión, e incluso las del procedimiento de mediación que pueda 
iniciarse, pueden no tener coste alguno. La propia persona mediadora puede auxiliar a las partes 
en obtener ayuda legal para reclamar asistencia jurídica gratuita, para costear el procedimiento de 
mediación. Independientemente, algunos mediadores proporcionan la primera reunión de forma 
gratuita para todo el mundo, si bien otros tienen una cuota fija. 
Transcurrida esta primera reunión de evaluación e informativa, en caso de conformidad de las 
partes, se iniciaría el procedimiento de Mediación, convocándoles para la primera sesión. Si las 
partes deciden no continuar en la mediación, o la persona mediadora considera que no es 
adecuado en sus circunstancias, entonces el mediador firmará un formulario C100 , para 
demostrar que se ha considerado la mediación, desestimándola. Esto significa que las partes, 
pueden llevar su caso a los tribunales, si eso es lo que deciden. 
Fecha de impresión: viernes, 25 de julio de 2014 
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La Mediación Just in Time 
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Antes de llevar el caso a los tribunales, el formulario C100 debidamente cumplimentado deberá 
contener: 
· La confirmación por parte de un mediador de que ha asistido a una MIAM 
· Una reclamación, de la persona que presenta la solicitud, para que se aplique una 
exención MIAM 
· O bien, una confirmación por parte de un mediador de que se aplica la exención. 
Las excepciones contemplan supuestos tales como la existencia o el riesgo de violencia 
doméstica, la situación de quiebra de una de las partes, el desconocimiento del paradero de una 
de las partes, si se realizó con ausencia de aviso a la otra parte, o cuando exista un riesgo 
significativo para la vida, la libertad o la integridad física de una de las partes. 
Just in Time es un sistema de organización de la producción, de origen japonés conocido como 
método Toyota o JIT, que permite aumentar la productividad, reduciendo los costes de gestión 
debido a acciones innecesarias. De esta forma, las actuaciones no se producen bajo 
suposiciones, sino sobre situaciones reales conocidas. Taiichi Ohno, su creador, describió el 
desarrollo del JIT con las siguientes palabras: "Al intentar aplicarlo, se pusieron de manifiesto una 
serie de problemas. A medida que estos se aclaraban, me indicaban la dirección del siguiente 
movimiento. Creo que sólo mirando hacia atrás, somos capaces de entender cómo finalmente las 
piezas terminaron encajando". 
Si trascendemos los aspectos fabriles de este sistema y focalizamos en la filosofía subyacente 
que lo inspira, “obviar acciones innecesarias”, y actuar “justo a tiempo”, la praxis de la 
imposición de una sesión informativa –con todas las garantías y excepciones del MIAM- que 
facilite la elección de la Mediación como la más optima opción de resolución de un conflicto 
concreto entre partes que desconocían esta modalidad ADR, permitiría una actuación Just in Time 
que permitiría obviar acciones innecesarias y de un elevado coste (no solo económico, también 
emocional) en la jurisdicción ordinaria. Enrocarse numantinamente en posiciones dogmáticas, 
puede suponer un excesivo peaje a pagar por una ortodoxia que comulga mal con la flexibilidad 
que se publicita de la Mediación. Y tal vez, dentro de algunos años, “mirando hacia atrás”, solo 
seamos capaces de entender como finalmente la Mediación murió de éxito en el papel de la letra 
muerta de la ley. 
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La Mediación Just in Time 
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Y es que el último de los elementos que caracteriza al Just in Time, es la mejora continua, el más 
definitorio de todos, porque el JIT es un sistema que persigue optimizar permanentemente todos 
los niveles, un sistema en permanente evolución y adaptación, que facilita la aportación de ideas 
de mejora, el análisis crítico de los procesos, y la modificación de las rutinas de trabajo. Algo que 
también debería de inspirar la práctica profesional de los mediadores y que también encuentra su 
reflejo en la doctrina científica. Y así, protocolos, e incluso principios incuestionables de la 
mediación durante décadas, comienzan a ser puestos en discusión como básicos e incluso 
inexcusablemente necesarios como garantes del proceso. Porque, de nada servirá contar con un 
marco normativo que permita el recurso a la Mediación si no se ofrece a las partes la oportunidad, 
efectiva y real, de ponerla en práctica. Y nadie puede querer lo que desconoce. 
Andrés Vázquez López es mediador, Máster en Mediación, cursó estudios de Derecho en las Universidades de 
Santiago de Compostela (USC) y Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), Madrid, y estudios 
de postgrado en esta última universidad. 
http://about.me/andresvazquezlopez 
@AlenMediaGroup 
Fecha de impresión: viernes, 25 de julio de 2014 
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La Mediación Just in Time. Mediation Information & Assessment Meeting (MIAM)

  • 1. La Mediación Just in Time Página 1 de 5 Mediation Information & Assessment Meeting (MIAM) La Mediación Just in Time Andrés Vázquez López Fecha de impresión: viernes, 25 de julio de 2014 Ref.140518avlpress julio de 2014 Última actualización 25 de julio de 2014 Resumen Los elementos obligatorios en la mediación -algo que en el pasado reciente fue por muchos considerado como un "tabú"- ahora son aceptados por diferentes expertos y un significativo sector doctrinal. En particular, dos formas mitigadas de mediación obligatoria -a saber, la asistencia obligatoria a la sesión informativa y la mediación obligatoria con la posibilidad de abandonarla si los litigantes no tienen intención de continuar con el proceso- registran una preferencia mayor. Mientras, en España muchos profesionales de la Mediación distribuyen sus intervenciones en los diferentes foros, a partes iguales, entre las demandas de medidas de apoyo a las administraciones públicas para la difusión de la mediación, con el escándalo al temor de que puedan arbitrarse medidas legislativas orientadas a la implantación obligatoria de fases del procedimiento, como la sesión informativa, quebrando la más ortodoxa concepción de los principios que deben inspirar esta modalidad autocompositiva de resolución de conflictos. No es el caso de algunos de nuestros vecinos europeos. La Mediation Information & Assessment Meeting (MIAM), sería un buen ejemplo de ello. Si trascendemos los aspectos fabriles del sistema de organización de la producción conocido como Just in Time, y focalizamos en la filosofía subyacente que lo inspira, “obviar acciones innecesarias”, y actuar “justo a tiempo”, la praxis de la imposición de una sesión informativa que facilite la elección de la Mediación como la más optima opción de resolución de un conflicto concreto entre partes que desconocían esta modalidad ADR, permitiría una actuación Just in Time que permitiría obviar acciones innecesarias y de un elevado coste (no solo económico, también emocional) en la jurisdicción ordinaria. Enrocarse numantinamente en posiciones dogmáticas, puede suponer un excesivo peaje a pagar por una ortodoxia que comulga mal con la flexibilidad que se publicita de la Mediación. Porque, de nada servirá contar con un marco normativo que permita el recurso a la Mediación si no se ofrece a las partes la oportunidad, efectiva y real, de ponerla en práctica. Y nadie puede querer lo que desconoce. Palabras clave ADR, mediación, resolución de conflictos, MIAM, Mediación Just in Time, sesión informativa, assessment meeting, mediation information. Tema Mediación
  • 2. La Mediación Just in Time Página 2 de 5 El objetivo de “facilitar el acceso a modalidades alternativas de solución de conflictos y fomentar la resolución amistosa de litigios promoviendo el uso de la mediación y asegurando una relación equilibrada entre la mediación y el proceso judicial”, que se declara en el artículo 1 de la Directiva 2008/52/CE, ha derivado hasta la fecha en una quimera, si consideramos las conclusiones del ‘Rebooting’ the mediation directive, 2014 European Parliament’s Committee on Legal Affairs: se utiliza en menos del 1% de los casos en la UE. Este estudio, que solicitó las opiniones de hasta 816 expertos de toda Europa, muestra claramente que ese desalentador resultado resulta de la débil aplicación de políticas de apoyo a la mediación, ya sean legislativas o de promoción, en la casi totalidad de los 28 Estados miembros. También, entre sus conclusiones finales, se concluye que gran cantidad de las respuestas del estudio muestran que los elementos obligatorios en la mediación -algo que en el pasado reciente fue por muchos considerado como un "tabú"- ahora son aceptables para la mayoría de los expertos europeos encuestados. En particular, dos formas mitigadas de mediación obligatoria - a saber, la asistencia obligatoria a la sesión informativa y la mediación obligatoria con la posibilidad de darse de baja si los litigantes no tienen intención de continuar con el proceso-registran una preferencia mayor. Mientras, en España muchos profesionales de la Mediación distribuyen sus intervenciones en los diferentes foros, a partes iguales, entre las demandas de medidas de apoyo a las administraciones públicas para la difusión de la mediación, con el escándalo al temor de que puedan arbitrarse medidas legislativas orientadas a la implantación obligatoria de fases del procedimiento, como la sesión informativa, quebrando la más ortodoxa concepción de los principios que deben inspirar esta modalidad autocompositiva de resolución de conflictos. No es el caso de algunos de nuestros vecinos europeos. Desde el pasado 22 de abril, la Información de Mediación y Reunión de Evaluación, Mediation Information and Assessment Meeting, (MIAM) en su acrónimo inglés, se ha convertido en un paso obligado para cualquiera que pretenda iniciar un proceso contencioso en los tribunales en materia de familia en el Reino Unido. En definitiva, un método para animar a la gente a que considere si su disputa podría resolverse mediante un procedimiento de mediación antes de acudir a los tribunales. Fecha de impresión: viernes, 25 de julio de 2014 Ref.140518avlpress
  • 3. La Mediación Just in Time Página 3 de 5 En la mayoría de los supuestos, asistir a un MIAM es obligatorio, sin embargo, no así la propia Mediación, que sigue resultando una opción sujeta a la autonomía de la voluntad de las partes. Su único fin es determinar si la Mediación puede ser la opción más adecuada. La duración de esta sesión se estima, por la National Family Mediation, en unos 45 minutos. La reunión, dirigida por persona mediadora acreditada, puede desarrollarse de forma individual o conjunta, con cada una de las partes. Los mediadores deben cumplir con criterios muy específicos establecidos por ley. Entre otros: · Estar en posesión de cualificación y acreditación específicas. · Ser miembro del Family Mediation Council y superar un Curso específico acreditativo. · Estar en la práctica profesional activa y en posesión de un seguro de responsabilidad civil. · Cumplir con determinados criterios de formación profesional permanente. Unos requisitos que, sin duda, resultaran familiares a cualquier mediador inscrito en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia de España. Las sesiones de la primera reunión, e incluso las del procedimiento de mediación que pueda iniciarse, pueden no tener coste alguno. La propia persona mediadora puede auxiliar a las partes en obtener ayuda legal para reclamar asistencia jurídica gratuita, para costear el procedimiento de mediación. Independientemente, algunos mediadores proporcionan la primera reunión de forma gratuita para todo el mundo, si bien otros tienen una cuota fija. Transcurrida esta primera reunión de evaluación e informativa, en caso de conformidad de las partes, se iniciaría el procedimiento de Mediación, convocándoles para la primera sesión. Si las partes deciden no continuar en la mediación, o la persona mediadora considera que no es adecuado en sus circunstancias, entonces el mediador firmará un formulario C100 , para demostrar que se ha considerado la mediación, desestimándola. Esto significa que las partes, pueden llevar su caso a los tribunales, si eso es lo que deciden. Fecha de impresión: viernes, 25 de julio de 2014 Ref.140518avlpress
  • 4. La Mediación Just in Time Página 4 de 5 Antes de llevar el caso a los tribunales, el formulario C100 debidamente cumplimentado deberá contener: · La confirmación por parte de un mediador de que ha asistido a una MIAM · Una reclamación, de la persona que presenta la solicitud, para que se aplique una exención MIAM · O bien, una confirmación por parte de un mediador de que se aplica la exención. Las excepciones contemplan supuestos tales como la existencia o el riesgo de violencia doméstica, la situación de quiebra de una de las partes, el desconocimiento del paradero de una de las partes, si se realizó con ausencia de aviso a la otra parte, o cuando exista un riesgo significativo para la vida, la libertad o la integridad física de una de las partes. Just in Time es un sistema de organización de la producción, de origen japonés conocido como método Toyota o JIT, que permite aumentar la productividad, reduciendo los costes de gestión debido a acciones innecesarias. De esta forma, las actuaciones no se producen bajo suposiciones, sino sobre situaciones reales conocidas. Taiichi Ohno, su creador, describió el desarrollo del JIT con las siguientes palabras: "Al intentar aplicarlo, se pusieron de manifiesto una serie de problemas. A medida que estos se aclaraban, me indicaban la dirección del siguiente movimiento. Creo que sólo mirando hacia atrás, somos capaces de entender cómo finalmente las piezas terminaron encajando". Si trascendemos los aspectos fabriles de este sistema y focalizamos en la filosofía subyacente que lo inspira, “obviar acciones innecesarias”, y actuar “justo a tiempo”, la praxis de la imposición de una sesión informativa –con todas las garantías y excepciones del MIAM- que facilite la elección de la Mediación como la más optima opción de resolución de un conflicto concreto entre partes que desconocían esta modalidad ADR, permitiría una actuación Just in Time que permitiría obviar acciones innecesarias y de un elevado coste (no solo económico, también emocional) en la jurisdicción ordinaria. Enrocarse numantinamente en posiciones dogmáticas, puede suponer un excesivo peaje a pagar por una ortodoxia que comulga mal con la flexibilidad que se publicita de la Mediación. Y tal vez, dentro de algunos años, “mirando hacia atrás”, solo seamos capaces de entender como finalmente la Mediación murió de éxito en el papel de la letra muerta de la ley. Fecha de impresión: viernes, 25 de julio de 2014 Ref.140518avlpress
  • 5. La Mediación Just in Time Página 5 de 5 Y es que el último de los elementos que caracteriza al Just in Time, es la mejora continua, el más definitorio de todos, porque el JIT es un sistema que persigue optimizar permanentemente todos los niveles, un sistema en permanente evolución y adaptación, que facilita la aportación de ideas de mejora, el análisis crítico de los procesos, y la modificación de las rutinas de trabajo. Algo que también debería de inspirar la práctica profesional de los mediadores y que también encuentra su reflejo en la doctrina científica. Y así, protocolos, e incluso principios incuestionables de la mediación durante décadas, comienzan a ser puestos en discusión como básicos e incluso inexcusablemente necesarios como garantes del proceso. Porque, de nada servirá contar con un marco normativo que permita el recurso a la Mediación si no se ofrece a las partes la oportunidad, efectiva y real, de ponerla en práctica. Y nadie puede querer lo que desconoce. Andrés Vázquez López es mediador, Máster en Mediación, cursó estudios de Derecho en las Universidades de Santiago de Compostela (USC) y Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), Madrid, y estudios de postgrado en esta última universidad. http://about.me/andresvazquezlopez @AlenMediaGroup Fecha de impresión: viernes, 25 de julio de 2014 Ref.140518avlpress