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CÓDIGO DE COMERCIO ELECTRÓNICO
EN MÉXICO
El comercio electrónico
 Previamente el comercio electrónico en México era
visto como un recurso que debían tener las empresas
importantes como una estrategia de marketing. Sin
embargo los clientes no adquirían los productos por
la desconfianza de tales sitios virtuales.
Hoy en día el comercio electrónico es una de
las principales herramientas para que los
negocios chicos logren ampliarse y sus
posibilidades de compra y venta crezcan.
Cada vez hay mas clientes que realizan
compras en internet ya que se han ampliado
los sistemas de seguridad y los métodos de
pago.
 Actualmente el mundo se ha reducido, ya que el
avance de las comunicaciones, la globalización y las
tecnologías han hecho del comercio tradicional un
desafío, ya que se ha incrementado la competitividad
en el desarrollo de nuevos métodos de comercio.
El comercio electrónico en otros países ya
presenta un ingreso muy importante para
los comerciantes, hay compañías que se
dedican completamente al comercio
electrónico y son bastante fructíferas en
cuanto a productividad y utilidades.
 El comercio electrónico consiste en realizar
vía internet transacciones comerciales. Se
basa en tratamiento y transmisión electrónica
de datos. Este abarca actividades muy
diversas como el comercio de bienes y
servicios, contenidos digitales y transferencias
de fondos y compra-venta de artículos
diversos.
 La evolución de la informática y el fin del
aislamiento del usuario que ha provocado el
internet genera múltiples aplicaciones ya
sean, el dinero electrónico, el monedero
electrónico, que son conceptos que ya
empiezan a ser conocidos cotidianamente y
se adaptaran a las costumbres sociales.
Internet ha creado nuevos modelos de negocio y
esta obligando a los sectores tradicionales a
cambiar de estrategia.
Dicha tendencia inicio en estados unidos cuando
una serie de empresas decidió utilizar el internet
para expandir sus negocios internacionales. Al cabo
de los años su actividad de ventas era
exclusivamente por internet.
 El bussiness to consumer se define como el contrato
comercial realizado a través de internet que se
materializa cuando un consumidor o particular visita
la dirección web de una empresa y realiza una venta.
Hace referencia a las ventas que se establecen entre
una empresa y un usuario final o consumidor con el fin
de adquirir un producto o servicio.
 Los sectores son muy diversos, ya
que se pueden ofrecer todo tipo de
productos en línea, desde libros y
juguetes, hasta viajes y música… Las
claves de funcionamiento de dicho
sector es la efectiva reducción de los
precios, por no abrir delegaciones,
con una dirección accedes a nivel
mundial y reducción de costes a nivel
de infraestructura.
Business to business B2B
• El modelo de comercio electronico business to
business es dar servicio de empresas a empresas,
generalmente mayorista a minorista o
autónomo. Dicho modelo son direcciones web
destinadas al intercambio de productos y
servicios entre empresas que pretenden reducir
costes entre ellas.
 Dichas direcciones generalmente son sitios de
acceso restringido y solo pueden entrar las
empresas que tiene acceso con un login y
password para poder realizar transacciones
comerciales. Es un medio para rebajar los
costos en los procesos de compra, venta ,
facturación e intercambio de información.
CONSUMER TO CONSUMER C2C
 El modelo consumer to consumer es el que
se refiere a la venta entre consumidores
individuales. Es un sitio web que provee de
una plataforma de intercambio desde donde
los consumidores finales hacen sus
transacciones económicas. Es como un
intercambio, en donde si se produce la venta
y transacción entre los dos interesados,
obtiene una comisión por cada venta
realizada.
Consumer to business C2B
 El modelo consumer to business se basa en una
transacción de negocio originada por el usuario
final, siendo este quien fija las condiciones de
venta a las empresas. Existen páginas que los
usuarios ofrecen sus casas como alquiler y las
compañías de viajes pugnan dichas ofertas.
MOVILE TO BUSINESS M2B
 El modelo movile to business se crea para los
entornos de internet móvil, como lo son teléfonos,
ipod, phone, entre otros. Se utiliza el teléfono u
otros dispositivos móviles para conectar al usuario
a la web, fomentando las ventas de muchos
productos, sobre todo tonos, juegos, imágenes,
música y videos.
Ventajas competitivas
 El objetivo de cualquier comercio electrónico es crear
valor, este se puede crear de distintas maneras: como
resultado de un aumento en los márgenes, es decir,
una reducción de los costes de producción o un
aumento de las ganancias.
Como resultado de un aumento en la motivación del
personal. Idealmente el paso de una actividad
tradicional a una de comercio electrónico permite
motivar a los asociados.
 Como resultado de relaciones de privilegio
con los socios. La creación de canales de
comunicación con los proveedores.
Por lo tanto un proyecto de comercio
electrónico solo puede funcionar si añade
valor no solo a la empresa sino también a sus
clientes y socios.
Desventajas del comercio electrónico
 Se reemplaza al hombre por una máquina, la cual
nunca será lo mismo que tener relación con un
humano, y no a todos les gusta tratar con máquinas,
a algunos les agrada tratar con humanos ya que
interactúan y puede llegar a ser agradable.
No todos pueden tener el alcance de llegar a ella, ya
que no todas las personas cuentan con internet o
dispositivos para ingresar a el.
Otra desventaja es la desconfianza.
Todos desconfían de las compras en
línea, y no todos se animan a eso, ya
que no hay una garantía que te diga
que el producto llegará en buenas
condiciones o que sea el correcto.
SISTEMAS PARA PAGOS SEGUROS
 La desconfianza esta relacionada con los
problemas de seguridad de las redes de
ordenadores tales como:
Privacidad
Validación de la identificación
Irrefutabilidad
Control de integridad
GLOBALIZACION Y NORMATIVIDAD DEL
COMERCIO ELECTRONICO EN
MEXICO.
I. LA LEGISLACIÓN EN COMERCIO ELECTRÓNICO,
MOVIMIENTO IMPULSADO POR LA GLOBALIZACIÓN.
 Las transacciones electrónicas que en su
mayoría se realizan hoy en día mediante el
uso de Internet se han generalizado a nivel
mundial y ha originado diversos trabajos de
organismos internacionales que han
abordado al comercio electrónico en sus
negociaciones, como la
OCDE -Organización de
Cooperación y Desarrollo
Económico-; la OMPI -Organización Mundial
de la Propiedad Intelectual-, la OMC -
Organización Mundial de Comercio-, así
como organismos regionales como ALCA -
Area de Libre Comercio de las Américas-, o
los lineamientos realizados en el seno de
UNCITRAL -Comisión de las Naciones
Unidas para el Derecho Mercantil
Internacional-.
En nuestro país
 En nuestro país, la incorporación a la legislación
fue resultado de un proceso particular, con
características propias, producto del trabajo
conjunto de diversas instituciones interesadas en
brindar seguridad jurídica a las transacciones
realizadas por medios electrónicos y tomando
como base la legislación existente. Este grupo de
organizaciones conocido en un inicio como Grupo
EDI se transforma en el Grupo de Trabajo
Multisectorial para impulsar la legislación del
Comercio Electrónico –GILCE-, mismo que emite
un documento denominado "Propuesta
multisectorial de reformas legislativas en materia
de obligaciones y Comercio Electrónico".
II. COMERCIO ELECTRÓNICO Y
POLÍTICAS PÚBLICAS
 El gobierno mexicano ha jugado un papel importante en la tarea de
promoción y desarrollo en el uso de la informática, usada como
instrumento de relación entre las diversas dependencias,
empresas y ciudadanos en general.
Como jugador internacional, el gobierno mexicano ha
asumido diversos compromisos para participar en los foros
internacionales y coordinar los organismos internos de política pública.
• a) Insertar al comercio electrónico en la actividad
financiera, comercial, industrial y de servicios.
• b) Consolidar al comercio electrónico como medio para
generar empleos, reducir costos de transacción y
aumentar la competitividad y productividad del sector
económico del país.
• La estrategia a seguir ha sido hasta la fecha:
• a) Contar con un marco legal que promueva el
crecimiento del comercio electrónico, generando un
entorno de seguridad a las empresas y consumidores.
• b) Fomentar el comercio electrónico de manera integral.
• c) Establecer un consejo asesor para el desarrollo del
comercio electrónico con la participación de
dependencias gubernamentales y representantes del
sector comercial, industrial, financiero y de servicios.
Las acciones concretas han
sido:
 a) Fomento a seguridad y confianza a través del
fortalecimiento del marco legal; normatividad en
seguridad; privacidad de la
información; protección al consumidor y
códigos de ética.
 b) Mejoramiento de la infraestructura, en redes de
acceso y disponibilidad; estándares de comunicación;
sistemas de información del gobierno; desarrollo de
tecnologías accesibles a pequeñas y medianas
empresas.
 c) Promoción del uso del comercio electrónico, a través
del Consejo asesor para el desarrollo del comercio
electrónico; capacitación a comerciantes e industriales;
adecuación de la normatividad para propiciar el uso de
medios electrónicos en aspectos financieros y fiscales."
III. TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y
DERECHO MERCANTIL
En la exposición de motivos de las adiciones y las reformas, se expresa
que "se considera conveniente adecuar el marco jurídico mexicano
para dar seguridad jurídica en el uso de medios electrónicos; facilitar
transacciones por estos medios y lograr la interacción global e integral
de los campos en que se utilizan los medios electrónicos, pues las
tendencias internacionales en esta materia hacen necesario que cada
país diseñe e implemente estrategias para aprovechar de la forma más
conveniente los beneficios de las nuevas tecnologías. Con esta
adecuación al sistema jurídico mexicano se logrará:
1. Fomentar el desarrollo de la infraestructura para poder acceder a los
nuevos mercados informáticos;
2. Fomentar el uso de medios electrónicos
en las operaciones comerciales, y
3. Contar con un esquema jurídico integral"1
 Los objetivos de las reformas y adiciones legales a
dichos cuerpos normativos son los siguientes:
 a) Reconocimiento de validez jurídica a los
contratos a distancia celebrados por vía
electrónica
 b) Los contratos celebrados por medios
electrónicos deben tener validez probatoria en los
procesos judiciales y administrativos
 c) Brindar mayor seguridad y
certeza en las transacciones
electrónicas nacionales e internacionales.
 d) Firma electrónica.
 Art. 1: "Las disposiciones de este Código regirán en toda la
República en asuntos del orden federal".
 Art. 1803: El consentimiento puede ser expreso o táctico
 I.-Será expreso cuando la voluntad se manifiesta verbalmente, por
escrito, por medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra
tecnología, o por signos inequívocos.
 II.-El tácito resultará de hechos o de actos que lo presupongan o que
autoricen a presumirlos, excepto en los casos en que por la ley o por
convenio la voluntad deba manifestarse expresamente”.
4.1 CÓDIGO CIVIL
4.1 CÓDIGO CIVIL
Art. 1305: Cuando la oferta se haga a una persona presente,
sin fijación de plazo para aceptarla
Art. 1811: Tratándose de la propuesta y aceptación hechas a
través de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra
tecnología
Art. 1834 bis: Los supuestos previstos por el articulo anterior
se tendrán por cumplidos mediante la utilización de medios
electrónicos
4.2 Código Federal de
Procedimientos Civiles
• Art. 210-A: Se reconoce como prueba la información
generada o comunicada que conste en medios
electrónicos, ópticos o en cualquier otra tecnología.
• Cuando la ley requiera que un documento sea conservado
y presentado en su forma original, ese requisito quedará
satisfecho si se acredita que la información generada,
comunicada, recibida o archivada por medios
electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, se ha
mantenido integra e inalterada a partir del momento en
que se generó por primera vez en su forma definitiva y
ésta pueda ser accesible para su ulterior consulta.
4.3. Código de Comercio
 El artículo 642 reformado establece la presunción de que "el
mensaje de datos proviene del emisor si ha sido enviado I.
Usando medios de identificación, tales como claves o
contraseñas de él, o II. Por un sistema de información
programado por el emisor o en su nombre para que opere
automáticamente.“
 Art.18: “En el Registro Público de Comercio se inscriben los
actos mercantiles, así como aquellos que se relacionan con
los comerciantes y que conforme a la legislación lo
requieran.
4.3. Código de Comercio
 Artículo 116 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos. Para estos efectos
existirán las oficinas del Registro Público de
Comercio en cada entidad federativa que demande
el tráfico mercantil.
 Art. 20: El Registro Público de Comercio operará
con un programa informático y con una base de
datos central interconectada con las bases de datos
de sus oficinas ubicadas en las entidades
federativas.
4.4 Ley federal de Protección al
Consumidor.
 Art. 1-Fracc VIII: La efectiva protección al
consumidor en las transacciones efectuadas a
través del uso de medios electrónicos
 Art. 24-Fracc IX bis: Promover en coordinación
con la Secretaría la formulación, difusión y uso
de códigos de ética
 Art 76 bis: Las disposiciones del presente
Capítulo aplican a las relaciones entre
proveedores y consumidores
Art 76 bis
 I.- El proveedor utilizará la
información proporcionada
por el consumidor en forma
confidencial
 II.-El proveedor utilizará
alguno de los elementos
técnicos disponibles para
brindar seguridad y
confidencialidad a la
información proporcionada
por el consumidor
Art 76 bis
 III.- El proveedor deberá proporcionar al consumidor, antes de
celebrar la transacción, su domicilio físico, números telefónicos
 IV.- El proveedor evitará las prácticas comerciales engañosas
respecto a las características de los productos
 V.- El consumidor tendrá derecho a conocer toda la información
sobre los términos
Art 76 bis
 VI.- El proveedor respetará la decisión del
consumidor en cuanto a la cantidad y calidad de
los productos que desea recibir
 VII.-El proveedor deberá abstenerse de utilizar
estrategias de venta o publicitarias que no
proporcionen al consumidor información clara y
suficiente sobre los servicios ofrecidos
 Art.128: Las infracciones a lo dispuesto por los
artículos 8, 10, 12, 60, 63, 65, 74, 76 bis, 80 y
121 serán sancionadas con multa por el
equivalente de una y hasta dos mil veces el
salario mínimo general vigente para el Distrito
federal.
V. Firma Electrónica, firma digital y requisitos que deben observarse para
la conservación de mensajes de datos que consignen contratos, convenios
o compromisos (NOM-151-SCFI-2002)
 Esta NOM-151 es de observancia general para los
comerciantes que deban conservar los mensajes
de datos que contengan contratos,
convenios o compromisos que den nacimiento a
derechos y obligaciones, así como para todas aquellas
personas con quienes los comerciantes otorguen o pacten
dichos contratos, convenios o compromisos.
La NOM-151 define la firma digital
y la firma electrónica:
 a) Firma digital. A la firma electrónica que está vinculada al firmante de
manera única, permitiendo así su identificación
 b) Firma electrónica: A los datos en forma electrónica consignados en un
mensaje de datos, o adjuntados, o lógicamente asociados al mismo, que
puedan ser utilizados para identificar al firmante en relación con el mensaje de
datos e indicar que dicho firmante aprueba la información recogida en el
mensaje de datos
 Compatibilidad internacional y autonomía de la
voluntad, equivalencia funcional del mensaje de
datos en relación con la información documentada
en medios no electrónicos y de la firma electrónica
en relación con la firma autógrafa.
 Define a la firma electrónica y diversos conceptos
como el de Certificado. La parte central de dicha
reforma es ofrecer seguridad jurídica en las
transacciones electrónicas, previendo de manera
específica cuándo y cómo se realiza un contrato
electrónico y cómo dichas transacciones realizadas
vía electrónica tienen efectos legales.
CONCLUSION
• La gran globalización nos a hecho cambiar la forma de
obtener un servicio o un producto, la forma en que cada
persona puede comprar desde la comodidad de su casa si
tener que ir a alguna parte en especifica.
• Por otra parte tenemos que tener en cuenta que existen
lineamientos los cuales debemos seguir de alguna manera
para establecer la buena convivencia entre el proveedor y
el cliente.
• Una vez insatisfecho el cliente puede que no regrese y
prefiera otra parte aunque el valor del producto se mas
caro.

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Código de comercio electrónico en méxico

  • 1. CÓDIGO DE COMERCIO ELECTRÓNICO EN MÉXICO
  • 2. El comercio electrónico  Previamente el comercio electrónico en México era visto como un recurso que debían tener las empresas importantes como una estrategia de marketing. Sin embargo los clientes no adquirían los productos por la desconfianza de tales sitios virtuales.
  • 3. Hoy en día el comercio electrónico es una de las principales herramientas para que los negocios chicos logren ampliarse y sus posibilidades de compra y venta crezcan. Cada vez hay mas clientes que realizan compras en internet ya que se han ampliado los sistemas de seguridad y los métodos de pago.
  • 4.  Actualmente el mundo se ha reducido, ya que el avance de las comunicaciones, la globalización y las tecnologías han hecho del comercio tradicional un desafío, ya que se ha incrementado la competitividad en el desarrollo de nuevos métodos de comercio.
  • 5. El comercio electrónico en otros países ya presenta un ingreso muy importante para los comerciantes, hay compañías que se dedican completamente al comercio electrónico y son bastante fructíferas en cuanto a productividad y utilidades.
  • 6.  El comercio electrónico consiste en realizar vía internet transacciones comerciales. Se basa en tratamiento y transmisión electrónica de datos. Este abarca actividades muy diversas como el comercio de bienes y servicios, contenidos digitales y transferencias de fondos y compra-venta de artículos diversos.
  • 7.  La evolución de la informática y el fin del aislamiento del usuario que ha provocado el internet genera múltiples aplicaciones ya sean, el dinero electrónico, el monedero electrónico, que son conceptos que ya empiezan a ser conocidos cotidianamente y se adaptaran a las costumbres sociales.
  • 8. Internet ha creado nuevos modelos de negocio y esta obligando a los sectores tradicionales a cambiar de estrategia. Dicha tendencia inicio en estados unidos cuando una serie de empresas decidió utilizar el internet para expandir sus negocios internacionales. Al cabo de los años su actividad de ventas era exclusivamente por internet.
  • 9.  El bussiness to consumer se define como el contrato comercial realizado a través de internet que se materializa cuando un consumidor o particular visita la dirección web de una empresa y realiza una venta. Hace referencia a las ventas que se establecen entre una empresa y un usuario final o consumidor con el fin de adquirir un producto o servicio.
  • 10.  Los sectores son muy diversos, ya que se pueden ofrecer todo tipo de productos en línea, desde libros y juguetes, hasta viajes y música… Las claves de funcionamiento de dicho sector es la efectiva reducción de los precios, por no abrir delegaciones, con una dirección accedes a nivel mundial y reducción de costes a nivel de infraestructura.
  • 11. Business to business B2B • El modelo de comercio electronico business to business es dar servicio de empresas a empresas, generalmente mayorista a minorista o autónomo. Dicho modelo son direcciones web destinadas al intercambio de productos y servicios entre empresas que pretenden reducir costes entre ellas.
  • 12.  Dichas direcciones generalmente son sitios de acceso restringido y solo pueden entrar las empresas que tiene acceso con un login y password para poder realizar transacciones comerciales. Es un medio para rebajar los costos en los procesos de compra, venta , facturación e intercambio de información.
  • 13. CONSUMER TO CONSUMER C2C  El modelo consumer to consumer es el que se refiere a la venta entre consumidores individuales. Es un sitio web que provee de una plataforma de intercambio desde donde los consumidores finales hacen sus transacciones económicas. Es como un intercambio, en donde si se produce la venta y transacción entre los dos interesados, obtiene una comisión por cada venta realizada.
  • 14. Consumer to business C2B  El modelo consumer to business se basa en una transacción de negocio originada por el usuario final, siendo este quien fija las condiciones de venta a las empresas. Existen páginas que los usuarios ofrecen sus casas como alquiler y las compañías de viajes pugnan dichas ofertas.
  • 15. MOVILE TO BUSINESS M2B  El modelo movile to business se crea para los entornos de internet móvil, como lo son teléfonos, ipod, phone, entre otros. Se utiliza el teléfono u otros dispositivos móviles para conectar al usuario a la web, fomentando las ventas de muchos productos, sobre todo tonos, juegos, imágenes, música y videos.
  • 16. Ventajas competitivas  El objetivo de cualquier comercio electrónico es crear valor, este se puede crear de distintas maneras: como resultado de un aumento en los márgenes, es decir, una reducción de los costes de producción o un aumento de las ganancias. Como resultado de un aumento en la motivación del personal. Idealmente el paso de una actividad tradicional a una de comercio electrónico permite motivar a los asociados.
  • 17.  Como resultado de relaciones de privilegio con los socios. La creación de canales de comunicación con los proveedores. Por lo tanto un proyecto de comercio electrónico solo puede funcionar si añade valor no solo a la empresa sino también a sus clientes y socios.
  • 18. Desventajas del comercio electrónico  Se reemplaza al hombre por una máquina, la cual nunca será lo mismo que tener relación con un humano, y no a todos les gusta tratar con máquinas, a algunos les agrada tratar con humanos ya que interactúan y puede llegar a ser agradable. No todos pueden tener el alcance de llegar a ella, ya que no todas las personas cuentan con internet o dispositivos para ingresar a el.
  • 19. Otra desventaja es la desconfianza. Todos desconfían de las compras en línea, y no todos se animan a eso, ya que no hay una garantía que te diga que el producto llegará en buenas condiciones o que sea el correcto.
  • 20. SISTEMAS PARA PAGOS SEGUROS  La desconfianza esta relacionada con los problemas de seguridad de las redes de ordenadores tales como: Privacidad Validación de la identificación Irrefutabilidad Control de integridad
  • 21. GLOBALIZACION Y NORMATIVIDAD DEL COMERCIO ELECTRONICO EN MEXICO.
  • 22. I. LA LEGISLACIÓN EN COMERCIO ELECTRÓNICO, MOVIMIENTO IMPULSADO POR LA GLOBALIZACIÓN.  Las transacciones electrónicas que en su mayoría se realizan hoy en día mediante el uso de Internet se han generalizado a nivel mundial y ha originado diversos trabajos de organismos internacionales que han abordado al comercio electrónico en sus negociaciones, como la OCDE -Organización de Cooperación y Desarrollo Económico-; la OMPI -Organización Mundial de la Propiedad Intelectual-, la OMC - Organización Mundial de Comercio-, así como organismos regionales como ALCA - Area de Libre Comercio de las Américas-, o los lineamientos realizados en el seno de UNCITRAL -Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional-.
  • 23. En nuestro país  En nuestro país, la incorporación a la legislación fue resultado de un proceso particular, con características propias, producto del trabajo conjunto de diversas instituciones interesadas en brindar seguridad jurídica a las transacciones realizadas por medios electrónicos y tomando como base la legislación existente. Este grupo de organizaciones conocido en un inicio como Grupo EDI se transforma en el Grupo de Trabajo Multisectorial para impulsar la legislación del Comercio Electrónico –GILCE-, mismo que emite un documento denominado "Propuesta multisectorial de reformas legislativas en materia de obligaciones y Comercio Electrónico".
  • 24. II. COMERCIO ELECTRÓNICO Y POLÍTICAS PÚBLICAS  El gobierno mexicano ha jugado un papel importante en la tarea de promoción y desarrollo en el uso de la informática, usada como instrumento de relación entre las diversas dependencias, empresas y ciudadanos en general. Como jugador internacional, el gobierno mexicano ha asumido diversos compromisos para participar en los foros internacionales y coordinar los organismos internos de política pública.
  • 25. • a) Insertar al comercio electrónico en la actividad financiera, comercial, industrial y de servicios. • b) Consolidar al comercio electrónico como medio para generar empleos, reducir costos de transacción y aumentar la competitividad y productividad del sector económico del país. • La estrategia a seguir ha sido hasta la fecha: • a) Contar con un marco legal que promueva el crecimiento del comercio electrónico, generando un entorno de seguridad a las empresas y consumidores. • b) Fomentar el comercio electrónico de manera integral. • c) Establecer un consejo asesor para el desarrollo del comercio electrónico con la participación de dependencias gubernamentales y representantes del sector comercial, industrial, financiero y de servicios.
  • 26. Las acciones concretas han sido:  a) Fomento a seguridad y confianza a través del fortalecimiento del marco legal; normatividad en seguridad; privacidad de la información; protección al consumidor y códigos de ética.  b) Mejoramiento de la infraestructura, en redes de acceso y disponibilidad; estándares de comunicación; sistemas de información del gobierno; desarrollo de tecnologías accesibles a pequeñas y medianas empresas.  c) Promoción del uso del comercio electrónico, a través del Consejo asesor para el desarrollo del comercio electrónico; capacitación a comerciantes e industriales; adecuación de la normatividad para propiciar el uso de medios electrónicos en aspectos financieros y fiscales."
  • 27. III. TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y DERECHO MERCANTIL En la exposición de motivos de las adiciones y las reformas, se expresa que "se considera conveniente adecuar el marco jurídico mexicano para dar seguridad jurídica en el uso de medios electrónicos; facilitar transacciones por estos medios y lograr la interacción global e integral de los campos en que se utilizan los medios electrónicos, pues las tendencias internacionales en esta materia hacen necesario que cada país diseñe e implemente estrategias para aprovechar de la forma más conveniente los beneficios de las nuevas tecnologías. Con esta adecuación al sistema jurídico mexicano se logrará: 1. Fomentar el desarrollo de la infraestructura para poder acceder a los nuevos mercados informáticos; 2. Fomentar el uso de medios electrónicos en las operaciones comerciales, y 3. Contar con un esquema jurídico integral"1
  • 28.  Los objetivos de las reformas y adiciones legales a dichos cuerpos normativos son los siguientes:  a) Reconocimiento de validez jurídica a los contratos a distancia celebrados por vía electrónica  b) Los contratos celebrados por medios electrónicos deben tener validez probatoria en los procesos judiciales y administrativos  c) Brindar mayor seguridad y certeza en las transacciones electrónicas nacionales e internacionales.  d) Firma electrónica.
  • 29.  Art. 1: "Las disposiciones de este Código regirán en toda la República en asuntos del orden federal".  Art. 1803: El consentimiento puede ser expreso o táctico  I.-Será expreso cuando la voluntad se manifiesta verbalmente, por escrito, por medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología, o por signos inequívocos.  II.-El tácito resultará de hechos o de actos que lo presupongan o que autoricen a presumirlos, excepto en los casos en que por la ley o por convenio la voluntad deba manifestarse expresamente”. 4.1 CÓDIGO CIVIL
  • 30. 4.1 CÓDIGO CIVIL Art. 1305: Cuando la oferta se haga a una persona presente, sin fijación de plazo para aceptarla Art. 1811: Tratándose de la propuesta y aceptación hechas a través de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología Art. 1834 bis: Los supuestos previstos por el articulo anterior se tendrán por cumplidos mediante la utilización de medios electrónicos
  • 31. 4.2 Código Federal de Procedimientos Civiles • Art. 210-A: Se reconoce como prueba la información generada o comunicada que conste en medios electrónicos, ópticos o en cualquier otra tecnología. • Cuando la ley requiera que un documento sea conservado y presentado en su forma original, ese requisito quedará satisfecho si se acredita que la información generada, comunicada, recibida o archivada por medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, se ha mantenido integra e inalterada a partir del momento en que se generó por primera vez en su forma definitiva y ésta pueda ser accesible para su ulterior consulta.
  • 32. 4.3. Código de Comercio  El artículo 642 reformado establece la presunción de que "el mensaje de datos proviene del emisor si ha sido enviado I. Usando medios de identificación, tales como claves o contraseñas de él, o II. Por un sistema de información programado por el emisor o en su nombre para que opere automáticamente.“  Art.18: “En el Registro Público de Comercio se inscriben los actos mercantiles, así como aquellos que se relacionan con los comerciantes y que conforme a la legislación lo requieran.
  • 33. 4.3. Código de Comercio  Artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Para estos efectos existirán las oficinas del Registro Público de Comercio en cada entidad federativa que demande el tráfico mercantil.  Art. 20: El Registro Público de Comercio operará con un programa informático y con una base de datos central interconectada con las bases de datos de sus oficinas ubicadas en las entidades federativas.
  • 34. 4.4 Ley federal de Protección al Consumidor.  Art. 1-Fracc VIII: La efectiva protección al consumidor en las transacciones efectuadas a través del uso de medios electrónicos  Art. 24-Fracc IX bis: Promover en coordinación con la Secretaría la formulación, difusión y uso de códigos de ética  Art 76 bis: Las disposiciones del presente Capítulo aplican a las relaciones entre proveedores y consumidores
  • 35. Art 76 bis  I.- El proveedor utilizará la información proporcionada por el consumidor en forma confidencial  II.-El proveedor utilizará alguno de los elementos técnicos disponibles para brindar seguridad y confidencialidad a la información proporcionada por el consumidor
  • 36. Art 76 bis  III.- El proveedor deberá proporcionar al consumidor, antes de celebrar la transacción, su domicilio físico, números telefónicos  IV.- El proveedor evitará las prácticas comerciales engañosas respecto a las características de los productos  V.- El consumidor tendrá derecho a conocer toda la información sobre los términos
  • 37. Art 76 bis  VI.- El proveedor respetará la decisión del consumidor en cuanto a la cantidad y calidad de los productos que desea recibir  VII.-El proveedor deberá abstenerse de utilizar estrategias de venta o publicitarias que no proporcionen al consumidor información clara y suficiente sobre los servicios ofrecidos  Art.128: Las infracciones a lo dispuesto por los artículos 8, 10, 12, 60, 63, 65, 74, 76 bis, 80 y 121 serán sancionadas con multa por el equivalente de una y hasta dos mil veces el salario mínimo general vigente para el Distrito federal.
  • 38. V. Firma Electrónica, firma digital y requisitos que deben observarse para la conservación de mensajes de datos que consignen contratos, convenios o compromisos (NOM-151-SCFI-2002)  Esta NOM-151 es de observancia general para los comerciantes que deban conservar los mensajes de datos que contengan contratos, convenios o compromisos que den nacimiento a derechos y obligaciones, así como para todas aquellas personas con quienes los comerciantes otorguen o pacten dichos contratos, convenios o compromisos.
  • 39. La NOM-151 define la firma digital y la firma electrónica:  a) Firma digital. A la firma electrónica que está vinculada al firmante de manera única, permitiendo así su identificación  b) Firma electrónica: A los datos en forma electrónica consignados en un mensaje de datos, o adjuntados, o lógicamente asociados al mismo, que puedan ser utilizados para identificar al firmante en relación con el mensaje de datos e indicar que dicho firmante aprueba la información recogida en el mensaje de datos
  • 40.  Compatibilidad internacional y autonomía de la voluntad, equivalencia funcional del mensaje de datos en relación con la información documentada en medios no electrónicos y de la firma electrónica en relación con la firma autógrafa.
  • 41.  Define a la firma electrónica y diversos conceptos como el de Certificado. La parte central de dicha reforma es ofrecer seguridad jurídica en las transacciones electrónicas, previendo de manera específica cuándo y cómo se realiza un contrato electrónico y cómo dichas transacciones realizadas vía electrónica tienen efectos legales.
  • 42. CONCLUSION • La gran globalización nos a hecho cambiar la forma de obtener un servicio o un producto, la forma en que cada persona puede comprar desde la comodidad de su casa si tener que ir a alguna parte en especifica. • Por otra parte tenemos que tener en cuenta que existen lineamientos los cuales debemos seguir de alguna manera para establecer la buena convivencia entre el proveedor y el cliente. • Una vez insatisfecho el cliente puede que no regrese y prefiera otra parte aunque el valor del producto se mas caro.