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GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO 
La Estructura del Estado 
Peruano 
Soc. Luis De La Cruz Quintanilla 
Octubre 2008
El Perú 
TERRITORIO 
NACION 
ESTADO 
GOBIERNO 
POBLACION 
Organización 
Jurídica 
CONSTITUCION
Territorio 
• Es el espacio geográfico delimitado por las fronteras en 
donde la población se organiza formando un Estado 
• El territorio del Estado es inviolable. Comprende el suelo, 
el subsuelo, el dominio marítimo y el espacio aéreo que 
los cubre. El dominio marítimo comprende el mar 
adyacente a sus costas, así como su lecho y subsuelo hasta 
la distancia de doscientas millas marinas. 
• El territorio de la república esta integrado por regiones, 
departamentos, provincias, distritos y centros poblados en 
cuyas circunscripciones se constituye y se organiza el 
Estado y gobierno a nivel nacional, regional y local.
Nación 
• Es una sociedad natural de hombres a los que la 
unidad de territorio, de origen, de costumbres y de 
idioma, conduce a la comunidad de vida y 
conciencias sociales.
Población 
• Es el conjunto de habitantes residentes en el 
territorio. 
• La población esta conformada por miembros de 
nuestra nacionalidad, es decir los peruanos.
El Estado 
• Es la institución de la nación organizada 
territorial, política y jurídicamente; dotada de 
poder que lo ejerce el gobierno. 
• Sus Elementos son: 
– Gobierno 
– Población 
– Territorio 
– Orden Jurídico
Gobierno 
• Poder político que ordena eficazmente y regula los 
actos de la población. 
• El poder emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo 
hacen en representación del pueblo y con las 
limitaciones y responsabilidades que la 
Constitución y las leyes establecen.
Constitución 
• Constitución (ciencia política), ley fundamental, escrita o 
no, de un Estado soberano, establecida o aceptada como 
guía para su administración. 
• La constitución fija los límites y define las relaciones 
entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial del 
Estado, estableciendo así las bases para su gobierno. 
• También garantiza al pueblo determinados derechos. La 
mayoría de los países tienen una constitución escrita.
Constitución 
• La Constitución es la norma jurídica fundamental que 
regula la vida de una sociedad estatal, inspirada en un 
sistema de creencias sobre las relaciones que deben 
existir entre gobernantes y gobernados y entre éstos entre 
sí. 
• Encuadra las acciones políticas, asegurando la libertad 
de los ciudadanos y fijando límites a los gobernantes.
Patria 
• Es la conciencia de la nación que favorece un 
sentimiento de culto y amor. 
• Tierra natal o adoptiva ordenada como nación, a la 
que se siente ligado el ser humano por vínculos 
jurídicos, históricos y afectivos.
Organización Jurídica 
• Es el conjunto de regulaciones fundamentales que 
establecen las relaciones de la vida social, sea 
éstas de las personas con el Estado o de las 
personas entre sí. 
• El orden jurídico del Estado Peruano tiene como 
base fundamental la Constitución Política.
Nacionalidad 
• Conjunto de características que identifican a los 
miembros de una sociedad estatal. 
• Vínculo de derecho entre una persona con un 
Estado que le confiere al amparo legal de dicho 
Estado
EL ESTADO PERUANO 
GOBIERNO 
NACIONAL 
PODER 
LEGISLATIVO 
PODER 
EJECUTIVO 
PODER 
JUDICIAL 
GOBIERNO 
REGIONAL 
GOBIERNO 
LOCAL 
ENTES 
AUTONOMOS 
AD 
MI 
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S 
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UBLICA 
SI 
S 
TE 
MAS 
AD 
MI 
NI 
S 
T 
RATI 
V 
OS 
TERRITORIO – NACIÓN - POBLACIÓN 
SOCIEDAD CIVIL
GOBIERNO NACIONAL 
• Es el ejercido por el Poder Ejecutivo de acuerdo a la 
Constitución Política y la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. 
• Competencias Exclusivas: 
– Diseño de Políticas nacionales y sectoriales. 
– Defensa, Seguridad Nacional y Fuerzas Armadas 
– Relaciones Exteriores 
– Orden Interno 
– Justicia 
– Moneda Banca y Seguros 
– Tributación y Endeudamiento Público nacional. 
– Régimen de Comercio y Aranceles 
– Regulación y Gestión de la marina mercante y la aviación comercial 
– Regulación de los servicios públicos de su responsabilidad 
– Regulación y Gestión de la Infraestructura Pública de carácter y alcance 
nacional.
Poder Legislativo 
• El Poder Legislativo reside en el Congreso, el cual 
consta de cámara única. 
• El Congreso de la República es el órgano 
representativo de la nación, encargado de realizar las 
funciones legislativas, de control político y las demás 
que establece la Constitución del Estado. Es 
unicameral y consta de 120 congresistas elegidos en 
forma directa.
PODER LEGISLATIVO 
Presidente del 
Congreso 
Cámara Única 
Comisión 
Permanente 
Comisiones
Congreso de la República 
• La función de control político comprende la investidura 
del Consejo de Ministros, el debate, la realización de actos 
e investigaciones y la aprobación de acuerdos sobre la 
conducta política de gobierno, los actos de la 
administración y de las autoridades del Estado, el ejercicio 
de la delegación de facultades legislativas, el dictado de 
decretos de urgencia y la fiscalización y el uso y 
disposición de bienes y recursos públicos, el cumplimiento 
por el Presidente del mensaje anual al Congreso de la 
República y el antejuicio político, cuidando que la 
Constitución y las leyes se cumplan y disponiendo lo 
conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los 
infractores
Congreso de la República 
• La función legislativa comprende el debate y la 
aprobación de reformas de la Constitución, de leyes y 
resoluciones legislativas, así como de su interpretación, 
modificación y derogación, de acuerdo con los 
procedimientos establecidos en la Constitución y el 
Reglamento del Congreso. 
• Las funciones especiales del Congreso, es designar al 
Contralor General de la República, elegir al Defensor del 
Pueblo, así como a los miembros del Tribunal 
Constitucional, al Directorio del Banco Central de 
Reserva y ratificar al Presidente del Banco Central de 
Reserva y a la Superintendecia de Banca y Seguros.
Poder Ejecutivo 
• Ejerce las funciones administrativas orientadas a 
cumplir y hacer cumplir las leyes; mantener la 
prestación de los servicios públicos y ejercer su 
capacidad normativa. 
• El Presidente de la República es el Jefe de Estado 
y personifica a la nación. Al Presidente le 
corresponde la conducción del Poder Ejecutivo.
Poder Ejecutivo 
Presidencia de la República 
PCM 
Comisiones 
De 
Coordinación 
Organismos 
Públicos 
Descentralizados 
Organismos 
Reguladores 
MINISTERIOS 
Organismos 
Públicos 
Empresas de 
Derecho 
Público 
Empresas de 
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Presidencia de la República 
• El Presidente de la República es el Jefe de Estado 
y personifica a la nación. 
• Es Jefe supremo de las Fuerzas Armadas y 
Policiales. 
• Le corresponde, la dirección política general de 
gobierno y de los diferentes organismos de la 
administración pública; representa al Estado 
dentro y fuera de la República; dirige la política 
exterior; las relaciones internacionales y la política 
de desarrollo del país.
Presidencia del Consejo de Ministros 
• Es un organismo del Poder Ejecutivo con 
personería de derecho público interno, cuya 
principal función es apoyar al Presidente del 
Consejo de Ministros en el cumplimiento de sus 
funciones. 
• Es el organismo coordinador intersectorial de la 
función política administrativa del Estado; en 
función de dicha política establece las 
coordinaciones con los otros poderes del Estado, 
así como con los organismos autónomos y los 
niveles de Gobierno Regional y Local.
Presidente del Consejo de Ministros 
• Es la máxima autoridad política y administrativa 
de la Presidencia del Consejo de Ministros. Es 
Ministro de Estado sin cartera. 
• El Presidente del Consejo de Ministros establece 
los objetivos, formula y dirige las políticas de 
carácter multisectorial, coordina los esfuerzos de 
las demás entidades de la administración pública 
en su respectivo ámbito de competencias y 
supervisa la gestión de la Presidencia del Consejo 
de Ministros.
Comisiones de Coordinación 
• Son instancias de coordinación intersectorial y de 
discusión política al interior del Consejo de 
Ministros. 
• Son: CCV – Comisión de Coordinación Vice- 
Ministerial; CIAEF – Comisión Interministerial de 
Asuntos Económicos Financieros; CIAS – 
Comisión Interministerial de Asuntos Sociales
Ministerios 
• Son organismos centrales del Poder Ejecutivo con 
personería de derecho público interno a cargo de 
los Ministros de Estado que conducen la gestión 
de los asuntos públicos de su competencia de 
conformidad con la política general del gobierno 
central. 
• Los Ministerios tienen funciones normativas, 
reguladoras, fiscalizadoras y de ejecución.
MINISTERIOS 
PODER EJECUTIVO 
PCM 
Agricultura Defensa Economía y 
Finanzas Educación Energía y 
Minas 
Com. Exterior 
y Turismo Interior Justicia Producción De la Mujer 
y Des. Social 
Relaciones 
Exteriores Salud Trabajo y 
Prom. Empleo 
Transporte y 
Comunicaciones 
Vivienda y 
Construcción 
Medio 
Ambiente
Ministros 
• Son los que formulan, dirigen, coordinan, 
determinan, ejecutan, supervisan y evalúan las 
políticas de los sectores a su cargo, y asumen la 
responsabilidad inherente a dicha gestión en el 
marco de la política general del gobierno nacional.
Organismos Públicos 
• Son entidades con personería jurídica de derecho 
público interno adscritas a un Ministerio, creadas 
para la realización de actividades específicas de 
gestión especializada, con autonomía técnica, 
administrativa y funcional
Organismos Reguladores 
• Son entidades con personería jurídica de derecho 
público interno de alcance nacional que por actuar 
en ámbitos especializados requieren de autonomía 
técnica, administrativa, funcional, económica y 
financiera. Están adscritos a la Presidencia del 
Consejo de Ministros. 
• Ejercen funciones de supervisión, regulación, 
normativa, fiscalizadora y sancionadora, solución 
de controversias y solución de reclamos.
ORGANISMOS REGULADORES 
PCM 
OSINERG 
OSITRAN 
OSIPTEL 
SUNASS
EMPRESAS DEL ESTADO 
• Empresas de Derecho Público 
• Empresas de Derecho Privado 
• Empresas de Economía Mixta
Empresas de Derecho Público 
• Son empresas de Derecho Público las que se crean 
por ley y gozan de atributos propios de la 
Administración Pública. 
• Desarrollan actividades propias del Estado y 
pertenecen al sector público. 
• Los recursos que integran su patrimonio son 
fondos públicos y se sujeta a las normas del 
Presupuesto general de la República
Empresas de Derecho Privado 
• Son sociedades anónimas cuyo capital pertenece 
exclusivamente al Estado pueden ser de propiedad 
directa o indirecta. 
• Propiedad directa el Estado es el titular de las 
acciones de la Empresa. 
• Propiedad indirecta se da cuando las acciones 
pertenecen a una o varias empresas de Derecho 
público o estatales de derecho privado
Empresas de Economía Mixta 
• Son sociedades anónimas en las que el Estado 
tiene una participación accionaria mayoritaria, que 
le permite con el derecho de voto que le 
corresponde por tener acciones, decidir el sentido 
de todos los acuerdos de la junta general de 
accionistas. 
• También se da el caso en que las sociedades 
anónimas, en la que el Estado tiene una 
participación de accionista minoritario y actúa en 
igualdad de condiciones con los demás 
accionistas.
Sector 
• Se concibe como un ámbito de gobierno resultado 
de agrupar o dividir las actividades propias de la 
función de gobierno 
• Es un ámbito de la política general del Estado 
donde se concibe y se aplican políticas 
gubernamentales específicas que determinan la 
ejecución de actividades correspondientes a 
funciones homogéneas o afines. 
• Cada Ministro es titular del sector a su cargo
Poder Judicial 
• Es la potestad de administrar justicia y se ejerce a través 
de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución. 
• Esta integrado por: 
– Órganos Jurisdiccionales: Corte Suprema, Cortes Superiores, 
Juzgados de Paz Letrados, Juzgados de Paz y Juzgados 
Especializados Mixtos. 
– Órganos que ejercen su gobierno y administración: Presidente 
de la Corte Suprema, Sala Plena de la Corte Suprema, Consejo 
Ejecutivo, Gerencia general y el Consejo Ejecutivo Distrital.
Poder Judicial 
Presidente 
Corte 
Suprema 
Cortes 
Superiores 
Salas 
Superiores 
Especializadas 
Salas 
Superiores 
Mixtas 
Juzgados 
Especializados 
Juzgados 
de Paz
Organismos Autónomos 
• Son entidades que desarrollan funciones 
especializadas del Estado. Son personas jurídicas de 
derecho público, creadas por la Constitución. 
• Son: Tribunal de Garantías Constitucionales, Jurado 
Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de 
Procesos Electorales, Registro Nacional de 
Identificación y Estado Civil, Contraloría General de 
la República, Banco Central de Reserva del Perú, 
Superintendencia de Banca y Seguros, Ministerio 
Público, Consejo Nacional de la Magistratura, 
Universidades, Defensoría del Pueblo.
TRIBUNAL DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES 
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES 
OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES 
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION 
Y ESTADO CIVIL 
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA 
TRIBUNAL DE GARANTIAS BANCO CENTRAL DE RECSOERNVSTAI TDUELC IPOENRAULES 
SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS 
MINISTERIO PUBLICO 
CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA 
DEFENSORIA DEL PUEBLO 
UNIVERSIDADES 
SISTEMA 
ELECTORAL 
SISTEMA DE 
CONTROL 
INSTITUTO DE 
MEDICINA 
LEGAL 
ASOCIACION 
NACIONAL 
DE 
RECTORES 
CONSEJO NACIONAL 
DE FUNCIONAMIENTO 
DE LAS UNIVERSIDADES 
ORGANISMOS 
AUTONOMOS
Gobierno Regional 
• Emanan de la voluntad popular. Son persona 
jurídicas de derecho público con autonomía 
política, económica y administrativa en asuntos de 
su competencia, es ejercido por el órgano 
ejecutivo de la región, de acuerdo con las 
competencias, atribuciones y funciones que le 
asigna la Constitución.
ORGANIZACIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL 
GOBIERNO REGIONAL 
PRESIDENTE 
CONSEJO REGIONAL 
CONSEJO DE 
COORDINACION REGIONAL 
GERENTE 
REGIONAL 
GERENCIA DE 
DESARROLLO 
ECONOMICO 
GERENCIA DE 
DESARROLLO 
SOCIAL 
GERENCIA DE 
PLANEAMIENTO, 
PRESUPUESTO Y 
ACONDICIONA. 
TERRITORIAL 
GERENCIA DE 
INFRA-ESTRUCTURA 
GERENCIA DE 
RECURSOS 
NATURALES Y 
GESTION DEL 
MEDIO AMBIEN.
Gobierno Local 
• Es una entidad básica de la organización territorial 
del Estado y canales inmediatos de participación 
vecinal en los asuntos públicos, que 
institucionalizan y gestionan con autonomía los 
intereses propios de las correspondientes 
colectividades; siendo elemento elementos 
esenciales del gobierno local, el territorio, la 
población y la organización. 
• Gozan de autonomía política, económica y 
administrativa en los asuntos de su competencia.
Organización de los Gobiernos Locales 
C o n c e j o M u n i c i p a l 
A l c a l d e y R e g i d o r e s 
C o n s e j o d e 
C o o r d i n a c i ó n L o c a l 
Ó r g a n o 
N o r m a t i v o 
y 
F i s c a l i z a d o r 
Ó r g a n o d e C o o r d i n a c i ó n 
A l c a l d í a Ó r g a n o E j e c u t i v o 
P r o c u r a d u r í a 
A s e s o r í a 
J u r í d i c a 
A u d i t o r í a 
P l a n e a m i e n t o y 
P r e s u p u e s t o 
G e r e n t e 
M u n i c i p a l 
O r g a n o s d e 
L í n e a 
O r g a n o s d e 
A p o y o
Administración Pública 
• Es la organización social con la cual se ejecutarán 
sus funciones en términos administrativos, 
entendidos éstos como el ejercicio del 
condicionamiento y el desarrollo de los procesos 
productivos de bienes y servicios. 
• Es un conjunto de ideas, actitudes, normas, 
procesos, instituciones y otras formas de conducta 
humana que determinan cómo se distribuye y 
ejerce la autoridad política y como se atiende los 
intereses públicos.
Sistemas Administrativos 
• Son medios horizontales de regulación administrativa de 
gobierno, a través de los cuales se trata de orientar 
coherentemente y homogenizar el desarrollo de políticas 
de gestión en campos funcionales comunes de las 
entidades públicas para unificar y optimizar la acción de 
gobierno. 
• Estructuralmente están conformados por una oficina 
central y sus correspondientes áreas funcionales en cada 
entidad pública.
SISTEMAS ADMINISTRATIVOS (*) 
SISTEMAS 
Planeamiento 
Estratégico 
Recursos 
Humanos 
Control 
Presupuesto 
Contabilidad 
Tesorería 
Abastecimiento 
Modernización de 
la Gestión Pública 
Inversión Pública 
Defensa Judicial 
del Estado 
(*) Sistemas Principales
Programas 
• Los Programas son estructuras funcionales creadas 
para atender un problema o situación critica, o 
implementar una política pública especifica, en el 
ámbito de competencia de la entidad a la que 
pertenece. 
• Solo par excepción, la creación de un Programa 
conlleva la creación de un órgano a unidad 
orgánica en una entidad.
Proyectos Especiales 
• Los Proyectos Especiales son un conjunto 
articulado y coherente de actividades orientadas a 
alcanzar uno o varios objetivos en un periodo 
limitado de tiempo, siguiendo una metodología 
definida. 
• Solo se crean para atender actividades de carácter 
temporal. Una vez cumplidos los objetivos, sus 
actividades, en caso de ser necesario, se integran 
en órganos de línea de una entidad nacional o, por 
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  • 2. El Perú TERRITORIO NACION ESTADO GOBIERNO POBLACION Organización Jurídica CONSTITUCION
  • 3. Territorio • Es el espacio geográfico delimitado por las fronteras en donde la población se organiza formando un Estado • El territorio del Estado es inviolable. Comprende el suelo, el subsuelo, el dominio marítimo y el espacio aéreo que los cubre. El dominio marítimo comprende el mar adyacente a sus costas, así como su lecho y subsuelo hasta la distancia de doscientas millas marinas. • El territorio de la república esta integrado por regiones, departamentos, provincias, distritos y centros poblados en cuyas circunscripciones se constituye y se organiza el Estado y gobierno a nivel nacional, regional y local.
  • 4. Nación • Es una sociedad natural de hombres a los que la unidad de territorio, de origen, de costumbres y de idioma, conduce a la comunidad de vida y conciencias sociales.
  • 5. Población • Es el conjunto de habitantes residentes en el territorio. • La población esta conformada por miembros de nuestra nacionalidad, es decir los peruanos.
  • 6. El Estado • Es la institución de la nación organizada territorial, política y jurídicamente; dotada de poder que lo ejerce el gobierno. • Sus Elementos son: – Gobierno – Población – Territorio – Orden Jurídico
  • 7. Gobierno • Poder político que ordena eficazmente y regula los actos de la población. • El poder emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen en representación del pueblo y con las limitaciones y responsabilidades que la Constitución y las leyes establecen.
  • 8. Constitución • Constitución (ciencia política), ley fundamental, escrita o no, de un Estado soberano, establecida o aceptada como guía para su administración. • La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial del Estado, estableciendo así las bases para su gobierno. • También garantiza al pueblo determinados derechos. La mayoría de los países tienen una constitución escrita.
  • 9. Constitución • La Constitución es la norma jurídica fundamental que regula la vida de una sociedad estatal, inspirada en un sistema de creencias sobre las relaciones que deben existir entre gobernantes y gobernados y entre éstos entre sí. • Encuadra las acciones políticas, asegurando la libertad de los ciudadanos y fijando límites a los gobernantes.
  • 10. Patria • Es la conciencia de la nación que favorece un sentimiento de culto y amor. • Tierra natal o adoptiva ordenada como nación, a la que se siente ligado el ser humano por vínculos jurídicos, históricos y afectivos.
  • 11. Organización Jurídica • Es el conjunto de regulaciones fundamentales que establecen las relaciones de la vida social, sea éstas de las personas con el Estado o de las personas entre sí. • El orden jurídico del Estado Peruano tiene como base fundamental la Constitución Política.
  • 12. Nacionalidad • Conjunto de características que identifican a los miembros de una sociedad estatal. • Vínculo de derecho entre una persona con un Estado que le confiere al amparo legal de dicho Estado
  • 13. EL ESTADO PERUANO GOBIERNO NACIONAL PODER LEGISLATIVO PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL GOBIERNO REGIONAL GOBIERNO LOCAL ENTES AUTONOMOS AD MI NI S T RACI ON P UBLICA SI S TE MAS AD MI NI S T RATI V OS TERRITORIO – NACIÓN - POBLACIÓN SOCIEDAD CIVIL
  • 14. GOBIERNO NACIONAL • Es el ejercido por el Poder Ejecutivo de acuerdo a la Constitución Política y la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. • Competencias Exclusivas: – Diseño de Políticas nacionales y sectoriales. – Defensa, Seguridad Nacional y Fuerzas Armadas – Relaciones Exteriores – Orden Interno – Justicia – Moneda Banca y Seguros – Tributación y Endeudamiento Público nacional. – Régimen de Comercio y Aranceles – Regulación y Gestión de la marina mercante y la aviación comercial – Regulación de los servicios públicos de su responsabilidad – Regulación y Gestión de la Infraestructura Pública de carácter y alcance nacional.
  • 15. Poder Legislativo • El Poder Legislativo reside en el Congreso, el cual consta de cámara única. • El Congreso de la República es el órgano representativo de la nación, encargado de realizar las funciones legislativas, de control político y las demás que establece la Constitución del Estado. Es unicameral y consta de 120 congresistas elegidos en forma directa.
  • 16. PODER LEGISLATIVO Presidente del Congreso Cámara Única Comisión Permanente Comisiones
  • 17. Congreso de la República • La función de control político comprende la investidura del Consejo de Ministros, el debate, la realización de actos e investigaciones y la aprobación de acuerdos sobre la conducta política de gobierno, los actos de la administración y de las autoridades del Estado, el ejercicio de la delegación de facultades legislativas, el dictado de decretos de urgencia y la fiscalización y el uso y disposición de bienes y recursos públicos, el cumplimiento por el Presidente del mensaje anual al Congreso de la República y el antejuicio político, cuidando que la Constitución y las leyes se cumplan y disponiendo lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los infractores
  • 18. Congreso de la República • La función legislativa comprende el debate y la aprobación de reformas de la Constitución, de leyes y resoluciones legislativas, así como de su interpretación, modificación y derogación, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Constitución y el Reglamento del Congreso. • Las funciones especiales del Congreso, es designar al Contralor General de la República, elegir al Defensor del Pueblo, así como a los miembros del Tribunal Constitucional, al Directorio del Banco Central de Reserva y ratificar al Presidente del Banco Central de Reserva y a la Superintendecia de Banca y Seguros.
  • 19. Poder Ejecutivo • Ejerce las funciones administrativas orientadas a cumplir y hacer cumplir las leyes; mantener la prestación de los servicios públicos y ejercer su capacidad normativa. • El Presidente de la República es el Jefe de Estado y personifica a la nación. Al Presidente le corresponde la conducción del Poder Ejecutivo.
  • 20. Poder Ejecutivo Presidencia de la República PCM Comisiones De Coordinación Organismos Públicos Descentralizados Organismos Reguladores MINISTERIOS Organismos Públicos Empresas de Derecho Público Empresas de Derecho Privado Sector
  • 21. Presidencia de la República • El Presidente de la República es el Jefe de Estado y personifica a la nación. • Es Jefe supremo de las Fuerzas Armadas y Policiales. • Le corresponde, la dirección política general de gobierno y de los diferentes organismos de la administración pública; representa al Estado dentro y fuera de la República; dirige la política exterior; las relaciones internacionales y la política de desarrollo del país.
  • 22. Presidencia del Consejo de Ministros • Es un organismo del Poder Ejecutivo con personería de derecho público interno, cuya principal función es apoyar al Presidente del Consejo de Ministros en el cumplimiento de sus funciones. • Es el organismo coordinador intersectorial de la función política administrativa del Estado; en función de dicha política establece las coordinaciones con los otros poderes del Estado, así como con los organismos autónomos y los niveles de Gobierno Regional y Local.
  • 23. Presidente del Consejo de Ministros • Es la máxima autoridad política y administrativa de la Presidencia del Consejo de Ministros. Es Ministro de Estado sin cartera. • El Presidente del Consejo de Ministros establece los objetivos, formula y dirige las políticas de carácter multisectorial, coordina los esfuerzos de las demás entidades de la administración pública en su respectivo ámbito de competencias y supervisa la gestión de la Presidencia del Consejo de Ministros.
  • 24. Comisiones de Coordinación • Son instancias de coordinación intersectorial y de discusión política al interior del Consejo de Ministros. • Son: CCV – Comisión de Coordinación Vice- Ministerial; CIAEF – Comisión Interministerial de Asuntos Económicos Financieros; CIAS – Comisión Interministerial de Asuntos Sociales
  • 25. Ministerios • Son organismos centrales del Poder Ejecutivo con personería de derecho público interno a cargo de los Ministros de Estado que conducen la gestión de los asuntos públicos de su competencia de conformidad con la política general del gobierno central. • Los Ministerios tienen funciones normativas, reguladoras, fiscalizadoras y de ejecución.
  • 26. MINISTERIOS PODER EJECUTIVO PCM Agricultura Defensa Economía y Finanzas Educación Energía y Minas Com. Exterior y Turismo Interior Justicia Producción De la Mujer y Des. Social Relaciones Exteriores Salud Trabajo y Prom. Empleo Transporte y Comunicaciones Vivienda y Construcción Medio Ambiente
  • 27. Ministros • Son los que formulan, dirigen, coordinan, determinan, ejecutan, supervisan y evalúan las políticas de los sectores a su cargo, y asumen la responsabilidad inherente a dicha gestión en el marco de la política general del gobierno nacional.
  • 28. Organismos Públicos • Son entidades con personería jurídica de derecho público interno adscritas a un Ministerio, creadas para la realización de actividades específicas de gestión especializada, con autonomía técnica, administrativa y funcional
  • 29. Organismos Reguladores • Son entidades con personería jurídica de derecho público interno de alcance nacional que por actuar en ámbitos especializados requieren de autonomía técnica, administrativa, funcional, económica y financiera. Están adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros. • Ejercen funciones de supervisión, regulación, normativa, fiscalizadora y sancionadora, solución de controversias y solución de reclamos.
  • 30. ORGANISMOS REGULADORES PCM OSINERG OSITRAN OSIPTEL SUNASS
  • 31. EMPRESAS DEL ESTADO • Empresas de Derecho Público • Empresas de Derecho Privado • Empresas de Economía Mixta
  • 32. Empresas de Derecho Público • Son empresas de Derecho Público las que se crean por ley y gozan de atributos propios de la Administración Pública. • Desarrollan actividades propias del Estado y pertenecen al sector público. • Los recursos que integran su patrimonio son fondos públicos y se sujeta a las normas del Presupuesto general de la República
  • 33. Empresas de Derecho Privado • Son sociedades anónimas cuyo capital pertenece exclusivamente al Estado pueden ser de propiedad directa o indirecta. • Propiedad directa el Estado es el titular de las acciones de la Empresa. • Propiedad indirecta se da cuando las acciones pertenecen a una o varias empresas de Derecho público o estatales de derecho privado
  • 34. Empresas de Economía Mixta • Son sociedades anónimas en las que el Estado tiene una participación accionaria mayoritaria, que le permite con el derecho de voto que le corresponde por tener acciones, decidir el sentido de todos los acuerdos de la junta general de accionistas. • También se da el caso en que las sociedades anónimas, en la que el Estado tiene una participación de accionista minoritario y actúa en igualdad de condiciones con los demás accionistas.
  • 35. Sector • Se concibe como un ámbito de gobierno resultado de agrupar o dividir las actividades propias de la función de gobierno • Es un ámbito de la política general del Estado donde se concibe y se aplican políticas gubernamentales específicas que determinan la ejecución de actividades correspondientes a funciones homogéneas o afines. • Cada Ministro es titular del sector a su cargo
  • 36. Poder Judicial • Es la potestad de administrar justicia y se ejerce a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución. • Esta integrado por: – Órganos Jurisdiccionales: Corte Suprema, Cortes Superiores, Juzgados de Paz Letrados, Juzgados de Paz y Juzgados Especializados Mixtos. – Órganos que ejercen su gobierno y administración: Presidente de la Corte Suprema, Sala Plena de la Corte Suprema, Consejo Ejecutivo, Gerencia general y el Consejo Ejecutivo Distrital.
  • 37. Poder Judicial Presidente Corte Suprema Cortes Superiores Salas Superiores Especializadas Salas Superiores Mixtas Juzgados Especializados Juzgados de Paz
  • 38. Organismos Autónomos • Son entidades que desarrollan funciones especializadas del Estado. Son personas jurídicas de derecho público, creadas por la Constitución. • Son: Tribunal de Garantías Constitucionales, Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Contraloría General de la República, Banco Central de Reserva del Perú, Superintendencia de Banca y Seguros, Ministerio Público, Consejo Nacional de la Magistratura, Universidades, Defensoría del Pueblo.
  • 39. TRIBUNAL DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES JURADO NACIONAL DE ELECCIONES OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA TRIBUNAL DE GARANTIAS BANCO CENTRAL DE RECSOERNVSTAI TDUELC IPOENRAULES SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS MINISTERIO PUBLICO CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA DEFENSORIA DEL PUEBLO UNIVERSIDADES SISTEMA ELECTORAL SISTEMA DE CONTROL INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL ASOCIACION NACIONAL DE RECTORES CONSEJO NACIONAL DE FUNCIONAMIENTO DE LAS UNIVERSIDADES ORGANISMOS AUTONOMOS
  • 40. Gobierno Regional • Emanan de la voluntad popular. Son persona jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, es ejercido por el órgano ejecutivo de la región, de acuerdo con las competencias, atribuciones y funciones que le asigna la Constitución.
  • 41. ORGANIZACIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL PRESIDENTE CONSEJO REGIONAL CONSEJO DE COORDINACION REGIONAL GERENTE REGIONAL GERENCIA DE DESARROLLO ECONOMICO GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL GERENCIA DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONA. TERRITORIAL GERENCIA DE INFRA-ESTRUCTURA GERENCIA DE RECURSOS NATURALES Y GESTION DEL MEDIO AMBIEN.
  • 42. Gobierno Local • Es una entidad básica de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elemento elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. • Gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
  • 43. Organización de los Gobiernos Locales C o n c e j o M u n i c i p a l A l c a l d e y R e g i d o r e s C o n s e j o d e C o o r d i n a c i ó n L o c a l Ó r g a n o N o r m a t i v o y F i s c a l i z a d o r Ó r g a n o d e C o o r d i n a c i ó n A l c a l d í a Ó r g a n o E j e c u t i v o P r o c u r a d u r í a A s e s o r í a J u r í d i c a A u d i t o r í a P l a n e a m i e n t o y P r e s u p u e s t o G e r e n t e M u n i c i p a l O r g a n o s d e L í n e a O r g a n o s d e A p o y o
  • 44. Administración Pública • Es la organización social con la cual se ejecutarán sus funciones en términos administrativos, entendidos éstos como el ejercicio del condicionamiento y el desarrollo de los procesos productivos de bienes y servicios. • Es un conjunto de ideas, actitudes, normas, procesos, instituciones y otras formas de conducta humana que determinan cómo se distribuye y ejerce la autoridad política y como se atiende los intereses públicos.
  • 45. Sistemas Administrativos • Son medios horizontales de regulación administrativa de gobierno, a través de los cuales se trata de orientar coherentemente y homogenizar el desarrollo de políticas de gestión en campos funcionales comunes de las entidades públicas para unificar y optimizar la acción de gobierno. • Estructuralmente están conformados por una oficina central y sus correspondientes áreas funcionales en cada entidad pública.
  • 46. SISTEMAS ADMINISTRATIVOS (*) SISTEMAS Planeamiento Estratégico Recursos Humanos Control Presupuesto Contabilidad Tesorería Abastecimiento Modernización de la Gestión Pública Inversión Pública Defensa Judicial del Estado (*) Sistemas Principales
  • 47. Programas • Los Programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación critica, o implementar una política pública especifica, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenece. • Solo par excepción, la creación de un Programa conlleva la creación de un órgano a unidad orgánica en una entidad.
  • 48. Proyectos Especiales • Los Proyectos Especiales son un conjunto articulado y coherente de actividades orientadas a alcanzar uno o varios objetivos en un periodo limitado de tiempo, siguiendo una metodología definida. • Solo se crean para atender actividades de carácter temporal. Una vez cumplidos los objetivos, sus actividades, en caso de ser necesario, se integran en órganos de línea de una entidad nacional o, por transferencia a una entidad regional o local, según corresponda.