RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptx
Introducción al derecho comercial - Leonardo Espinosa Quintero
1. Introducción Al
Derecho Mercantil Leonardo
Espinosa
Quintero
Resumen Presentado Por : Luz Miriam Camacho
Gallego, Ana María Cortes Soto, Miguel Ángel Cubillos
Peña, María Camila Daza Leguizamón, Andrea
Stephania Dueñas Galeano, Laura Marcela Henao
Jaimes, Sebastián Rodríguez Ruiz
2. Leonardo Espinosa Quinteto 1
Introducción Al Derecho Mercantil
INTRODUCCIÓN AL DERECHO COMERCIAL
Presentado por:
LUZ MIRIAM CAMACHO GALLEGO
ANA MARIA CORTES SOTO
MIGUEL ANGEL CUBILLOS PEÑA
MARIA CAMILA DAZA LEGUIZAMÒN
ANDREA STEPHANIA DUEÑAS GALEANO
LAURA MARCELA HENAO JAIMES
SEBASTIAN RODRIGUEZ RUIZ
Presentado a:
HERNRY WILLIAM TORRES
23 de abril de 2012
UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA
FACULTAD DE DERECHO
BOGOTA D.C ABRIL 2012
3. Leonardo Espinosa Quinteto 2
Introducción Al Derecho Mercantil
CAPITULO I
1. DEFINICIONES
1.1. Derecho Comercial
Según Rocco: Conjunto de normas jurídicas reguladoras de relaciones entre particulares,
nacidas de la industria comercial o simulada a estas, en cuanto a su disciplina jurídica y
ejecución judicial.
Roberto Mantilla Molina:Sistema de normas jurídicas que determinan su campo de
aplicación mediante la clasificación de mercantiles dadas a ciertos actos, y regulan estos, y la
profesión de quienes se dedican a celebrarlos.
1.2 Empresa
Art. 25 C.Co.Se entenderá por empresa toda actividad económica organizada para la
producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes, o para la
prestación de servicios. Dicha actividad se realizara atreves de uno o más
establecimientos de comercio
1.2.1 Empresario
Quien ejerce profesionalmente una actividad económica organizada para el fin de la
producción o el intercambio de bienes o servicios, la actividad económica es una es una
actividad creadora de riqueza y por ello de bienes y servicios patrimoniales valorables.
1.2.2 Comerciante
23 de abril de 2012
ART.10 C.Co. Son comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en algunas de
las actividades que la ley considera mercantiles. La calidad de comerciante se adquiere aunque
la actividad mercantil se ejerza por medio de apoderado, intermediario o interpuesta persona.
1.2.3 Establecimiento de comercio
Art. 515 C.Co. Se entiende por establecimiento de comercio un conjunto de bienes organizados
por el empresario para realizar los fines de la empresa. Una misma persona podrá tener varios
establecimientos de comercio y, a su vez, un solo establecimiento de comercio podrá
pertenecer a varias personas, y destinarse al desarrollo de diversas actividades comerciales
4. Leonardo Espinosa Quinteto 3
Introducción Al Derecho Mercantil
2. ELEMENTOS INTEGRANTES
Nombre comercial, marcas de productos y servicios.
Derechos del empresario sobre las invenciones o creaciones industriales o artísticas
Las mercancías en almacén o en proceso de elaboración, los créditos y demás valores
similares.
El mobiliario y las instalaciones.
Contratos de arrendamientos e indemnizaciones pertinentes.
Derecho a impedir la deviación de la clientela y la protección de la fama comercial.
Derechos y obligaciones mercantiles derivados de las actividades propias del
establecimiento
3. HISTORIA DEL DERECHO COMERCIAL EN COLOMBIA
3.1 Época Colonial
Durante la época en que Colombia fue una colonia de España, la materia mercantil estuvo
regulada por la legislación comercial de la metrópoli contenida en compilaciones como las
siete partidas, la recopilación de las indias, y la nueva recopilación de castilla, la característica
común de de esta legislación fue político-administrativa, es decir, predominaban los preceptos
de administración y de policía comercial. En 1805 se promulgo la novísima recopilación, que
produjo unas regulaciones de carácter mercantil.
Constaba de doce libros, de los cuales el noveno y el decimo se referían al comercio, la
moneda, los tribunales de comercio, los cambios y bancos, comerciantes, corredores, ferias y
mercados, comercio marítimo, pesas y medidas y otros temas pero prevalecieron las nuevas
ordenanzas de Bilbao. De 1937, que rigieron no solamente en el reino sino en sus colonias lo
que significo fijar reglas en las limitadas operaciones mercantiles a que estaba reducido el
trafico colonial; dieron solidas garantías a la buena fe y al crédito, imponiendo a los
comerciantes la obligación de llevar una contabilidad regular y sacaron el comercio del caos
de la recopilación india, lo que forma hoy en día parte de los códigos vigentes.
3.2 La Gran Colombia
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Lograda la independencia de España, el derecho hispano privado continúo rigiendo en
Colombia durante algunos lustros, por mandatos expresos de preceptos constitucionales y
legales. Ciertamente la constitución política de 1821 lo dispuso así en su artículo 188 i.esta
disposición significo, en cuanto a la materia mercantil, que continuaran rigiendo las ordenanzas
de Bilbao y se mantuvieron vigentes en lo esencial, inclusive mucho tiempo después de haber
sido sustituidas en España por el código de comercio de 1829.
5. Leonardo Espinosa Quinteto 4
Introducción Al Derecho Mercantil
3.3 La Nueva Granada
Separadas las tres naciones que integraban la gran Colombia con fecha 30 de noviembre de
1830 se expidió la ley fundamental del estado de la nueva granada, y el 29 de febrero de 1832
fue sancionada su constitución política. A partir de entonces se expidieron varias leyes sobre
materia mercantil:
a) La de 23 de mayo de 1835 que dispuso que cuando las partes no fijaron intereses en los
contratos de mutuo, si el negocio era comercial se entendería pactado el 6% anual, y el 5% en
los demás negocios, se ordeno que los juicios de comercio se sometían al procedimiento de los
juicios comunes y al conociera la respectiva legislatura provincial, se establece un tribunal de
comercio a cargo de un juez, que actuando con su secretario, conocerá privativamente de los
negocios comerciales comprendidos en el código sustantivo de la materia, y de las tercerías
miento de los jueces ordinarios quienes decidirían conforme a las ordenanzas de Bilbao y en su
defecto por las leyes comunes vigentes.
b) La de 25 de mayo de 1844 sobre comercio de cabotaje y costanero.
c) La de 4 de mayo de 1852, que estableció la jurisdicción especial del comercio.
d) La del 16 de junio de 1853, que desarrollo la anterior, y dispuso:” en todas las cabeceras de
circuito en que lo crea conveniente la respectiva legislatura provincial, se establece un tribunal
de comercio a cargo de un juez, que actuando con un secretario, conocerá privativamente de
los asuntos comerciales comprendidos en el código sustantivo de la materia, y de las tercerías
en juicios de comercio.1
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11Se declaran en su fuerza y vigor las leyes que hasta aquí han regido en todas las materias y
puntos que directa e indirectamente no se opongan a esta constitución y a los decretos y
leyes que expidiere el congreso.
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Introducción Al Derecho Mercantil
CAPITILO II
1. CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO MERCANTIL
1.1.Es un Derecho de formación consuetudinaria.
El derecho mercantil se forma, en gran parte con fundamento en los usos, prácticas y
costumbres de los comerciantes.La superintendencia de industria y comercio define la
costumbre como fuente del derecho así: “esel conjunto de normas jurídicas derivadas de la
repetición mas o menos constante de actos uniformes, es decir es una regla de derecho que se
constituye progresivamente bajo la influencia subconsciente de la noción de derecho y de las
aspiraciones sociales, o en otras palabras, de las fuentes jurídicas reales”2
El código de comercio, establece que la costumbre mercantil se probará como lo dispone el
Código de Procedimiento Civil, pero, cuando se intente probar con testigos, estos deberán ser
cinco comerciantes idóneos inscritos en el registro mercantil, que den cuenta de los hechos y de
los requisitos dispuestos en este código.
1.1.2. Ejemplos de la influencia de la costumbre en el derecho mercantil
a) Actas de asamblea o juntas de socios en las sociedades de familia o de pocos socios: En
estos casos de acostumbra afirmar que se había reunido la asamblea, cuando esta no lo había
hecho, realizando un acta y se manaba a un oficinista para que recogiera las firmas
correspondientes, En la actualidad, la ley recoge esa realidad y la regula en la ley 222 de 1995
atreves de la figura de juntas o asambleas no presenciales que se pueden hacer por teléfono o
fax o por la modalidad del voto escrito.El cheque “postfechado” o “postdatado”. En contra de
lo dispuesto en el art 717 del Código de Comercio que dice” El cheque será siempre pagadero a
la vista, cualquier anotación en contrario se tendrá por no puesta.
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1.2 Es un derecho Especial
Todas las personas están sujetas al derecho privado, pero algunas de ellas se salen del contexto
y empiezan a especializarse y a realizar conductas particulares como aquellas que vinculan
actos de comercio que no están reguladas en el código civil. Por esto se pasan a otro contexto
en el cual se les da un tratamiento especial.El derecho comercial ha ido desplazando en algunos
asuntos al derecho civil, cobrando cada día mayor independencia tomándose como un derecho
2 Súper intendencia de Industria y comercio. Concepto 01077559 del 9 de octubre de 2001
7. Leonardo Espinosa Quinteto 6
Introducción Al Derecho Mercantil
especial, para el profesor Madriñan R. E, el derecho comercial como norma especial, implica
para efectos comerciales una seria de instituciones y figuras propias del derecho civil,
fenómeno que no puede confundirse con la derogación de normas ya que estas siguen vigentes.
El derecho mercantil es entonces, un derecho que se aplica a sujetos que participan en estas
relaciones especiales que se constituyen como actos de comercio, o de relaciones entre
comerciantes, actos en masa, actos propios de la actividad empresarial, o según la concepción
moderna en actos de derecho económico.
1.3 Diferencias entre el derecho mercantil y el derecho civil
CONCEPTO DERECHO MERCANTIL DERECHO CIVIL
Una nulidad absoluta puede No existe en el derecho civil puesto
predicarse de un contrato que solo existen dos partes.
plurilateral pero no afectarlo en Declarada la nulidad absoluta la
NULIDAD su totalidad es así que la parte relación jurídica se destruye
PARCIAL con la que el contrato quedo nulo totalmente y el contrato no sigue
queda desvinculada pero queda surtiendo efectos para ninguna de las
incólume con los otros partes
contratantes
Se puede pactar de dos formas 1) El contrato de prenda se perfecciona
con entrega de la cosa con la entrega de la cosa.
CONTRATO DE (tradicional) 2) sin
PRENDA desapoderamiento del deudor, sin
entrega de la cosa art 1207
C.C.C.
Las tasas de interés se determinan La norma consagrada en el ART
según las certificaciones que 1617 del C.c. establece el interés en
sobre el particular emiten las un 6% anual
INTERESES
autoridades monetarias que varia
de acuerdo con los promedios
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cobrados por los bancos.
La inexistencia se presenta Se presenta cuando al contrato le
cuando el acto jurídico carece de hace falta un elemento esencial o
un elemento esencial o una una solemnidad sustancial. La
INEXISTENCIA
solemnidad, en materia mercantil nulidad requiere en todo caso de
DE LOS
no se habla de nulidad absoluta declaración judicial en tanto el acto
CONTRATOS
ya que sus causas se consagran en se reviste de presunción de validez.
el código como inexistencia que
no requiere declaración judicial.
8. Leonardo Espinosa Quinteto 7
Introducción Al Derecho Mercantil
En algunos, cada una de las Solo hay un esquema de
CONTRATO personas constituye un parte contraprestación bipartita
BILATERAL Y distinta, es más amplia la noción independiente que una de las partes
PLURILATERAL contractual y se da cabida al este compuesta por un número plural
contrato plurilateral. de personas.
Se consagra la nulidad pero se La presencia de una nulidad absoluta
aparta en los efectos ya que en el implica terminación definitiva del
NULIDAD
código de comercio hay contrato y la imposibilidad de que
ABSOLUTA
posibilidad del contrato siga surtiendo efectos.
plurilateral.
Se puede cambiar en contenido El contrato es la ley para las partes y
de las obligaciones contraídas o su contenido es inmodificable
TEORIA DE LA aun evadir el cumplimiento de unilateralmente, solo la fuerza mayor
IMPRECISION Y obligaciones sucesivas periódicas o el caso fortuito excusa el
FUERZA MAYOR o diferidas si hay hechos que incumplimiento en caso de
alteren o agraven la prestación y presentarse una imposibilidad.
se tornen demasiado onerosos.
Se autoriza la sustitución de Se permite la cesión de créditos pero
cualquiera de las partes en los se plantean varios mecanismos 1) art
contrato de ejecución sucesiva, 1959 y ss. 2) el pago con
sin autorización expresa, para los subrogación en los casos del
de ejecución instantánea o intuito código.Novación o delegación
personae se exige que el contrato perfecta no constituye medio de
sea escrito o verbal según la cesión sino de extinción con la
CESIÓN DEL
formación del acto. Se caracteriza particularidad que se hace un cambio
CONTRATO U
por que debe notificarse al sustancia en los elementos de la
CESIÓN DE
contratante y este expresara si obligación.
CRÉDITOS
libera o no al contratante inicial Delegación imperfecta se presenta
cuando un tercero se compromete a
pagar sin que este quede liberado. La
transferencia de deudas es permitida
cuando se realiza a titulo universal.
Ej. la herencia
23 de abril de 2012
Se presume la solidaridad pasiva La solidaridad no se presume por el
art 825 del C.C.C. contrario se expresa en el art 1568
que las obligaciones se tendrán como
solidarias en caso de que la ley lo
SOLIDARIDAD
determine, se pacte entre las partes o
se consagre en el testamento.
El código de comercio no se Hay 3 tipos de arras : penitenciales
9. Leonardo Espinosa Quinteto 8
Introducción Al Derecho Mercantil
PACTO DE refiere a las arras retractorias que se entregan con el fin de ofrecer
ARRAS a las partes un medio para desistir
del contrato mediante una pena las
confirmatorias corresponden a la
prenda que se entrega por un
contratante al otro como signo
ostensible o de prueba y la garantía
de su ejecución y las confirmatorias
penales son las dadas por uno de los
contratantes como signo de prueba
de la celebración del contrato así
como constituyen una liquidación
anticipada de perjuicios
Se establece que en caso de Contratos con oligacion de dar o
perecer un cuerpo cierto en el entregar se aplica res peritcreditoris
contrato de compraventa se aplica es el acreedor quien corre con los
res peritdebitori, es decir el riesgos del cuerpo cierto, Para los
deudor de la entrega es quien contratos bilaterales de obligaciones
corre con los riesgos, contratos de distintas de dar o entregar, la
dar o entregar se aplica res doctrina ha planteado la utilización
REGIMEN DEL peritcreditori. Pero fuera de estos de la teoría mixta, que dice que en
RIESGO queda un vacio legar que se suple caso de presentarse la imposibilidad
de la teoría mixta que dice que en por cao fortuito la relación se
caso de presentarse la extingue para las dos partes
imposibilidad por cao fortuito la contratantes, con efectos retroactivos
relación se extingue para las dos y sin necesidad de declaración
partes contratantes, con efectos judicial.
retroactivos y sin necesidad de
declaración judicial.
1.3.1 Mercantilización del derecho privado.
Se resalta que las normas mercantiles han venido desplazando las normas civiles ya que se
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presentan cada día con más fuerza, por ejemplo con relación a las tazas de interés, es usual que
personas que no son comerciantes tengan la precaución de insertar en su contrato una clausula
en la que se pacte que el contrato celebrado se sujete a la decisión del código de comercio, es
decir que a través de la fuente formal “ley de las partes” ellas trasladan en bloque la legislación
comercial a su contrato especifico de carácter civil.
1.4 Penetración del Derecho público en el derecho mercantil.
10. Leonardo Espinosa Quinteto 9
Introducción Al Derecho Mercantil
La publicidad es un efecto del crecimiento del derecho comercial y su desplazamiento de
normas en el ámbito civil. El estado, en negocios, operaciones y contratos mercantiles, que
antes no eran de si interés, procede ahora a regularlos. Reglamentarlos. De allí que se hable de
la inserción del derecho publico en el derecho privado. En particular, al orientar y ordenar la
actividad comercial.
1.5 Internacionalización del Derecho Comercial.
El derecho mercantil paso de ser un derecho local y consuetudinario a ser un derecho
internacional y luego, nuevamente, por una especie de movimiento cíclico. Codificado nacional
y local. Hoy en día se tiende nuevamente a la internacionalización con esta se busca que los
esquemas jurídicos y, en general, medios de trabajo del derecho comercial en lo posible sean
uniformes en los diferentes países. Por ejemplo se busca que un cheque girado en Colombia
tenga el mismo diseño jurídico que el de otro país.
23 de abril de 2012
11. Leonardo Espinosa Quinteto 10
Introducción Al Derecho Mercantil
CAPITILO III
1. FUENTES FORMALES DEL DERECHO MERCANTIL
Por fuente formal entendemos los procesos de creación de normas jurídicas en el derecho
mercantil son los medios a través de las cuales se manifiestan los preceptos que regulan las
relaciones nacidas de los actos calificados como mercantiles y la profesión de quienes se
dedican a celébralos. Las fuentes están resumidas en los nueve primeros artículos del código de
comercio, las fuentes están jerarquizadas y organizadas para su aplicación a los negocios
mercantiles deben agotarse en este orden:
1 ley mercantil
2 ley de partes
3 leysupletiva
4 costumbre mercantil
5 ley civil
6 mecanismos alternativos o recursos interpretativos
1.1. Ley Mercantil
A los asuntos de materia mercantil se les aplica en primer término las normas que estén dentro
del concepto de ley mercantil
1.1.2. Interpretación extensiva:La ley mercantil se enriquece o amplia su contenido y alcance
a trabes de la interpretación extensiva esto es la remisión expresa o reenvió, la analogía interna
o externa.
La remisión expresa:Se presenta cuando una norma de carácter mercantil dispone que para un
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determinado asunto se acoja a lo reglamentado en otra legislación. Ejemplo el ordenamiento
jurídico civil para este caso regiría la remisión expresa de una norma comercial.Se presentan
dos tendencias doctrinales la primera es la mercantilización de la ley civil por la cual la
legislación civil tomaría como mercantil sin perder su naturaleza civil.Pero la invocación del
derecho civil en la materia mercantil es inútil ya que el derecho civil no puede ser fuente del
derecho comercial por no ser medio para la creación del derecho si no un conjunto de normas
ya promulgadas aunque individualmente se aplique a materia mercantil.
Ejemplo el articulo 12 c.c.c consagra una revisión expresa a la legislación civil respecto de la
capacidad de las personas en tanto quienes para el derecho tienen la capacidad de contratar y
12. Leonardo Espinosa Quinteto 11
Introducción Al Derecho Mercantil
obligarse se consideran hábiles para el ejercicio del comercio.Para el derecho comercial la
remisión expresa constituye un mecanismo encaminado a suplir las lagunas de la legislación en
caso de no existir una invocación directa, es decir que ante la ausencia de un texto legal directo
y expreso al cual llegue por remisión expresa se acudirá a la analogía en su orden.
La analogía interna:Como lo expresa el Art. 1 c.c.c indica que los comerciantes y los asuntos
mercantiles se regirán por la ley comercial y los no regulados expresamente serán decididos
por analogía y si resultan insuficientes se acude a las disposiciones naturales no mercantiles
estipuladas en el Art. 8 ley 153 de 1887 la cual dice que cuando no haya ley aplicable al caso
se aplicaran leyes que regulen otros casos semejantes, en su defecto la doctrina constitucional y
las reglas generales de derecho.Se considera que un asunto esta regulado por la ley comercial
cuando se haya una ley mercantil directa o por remisión expresa si no existe la ley mercantil se
aplicara la analogía interna y si no es suficiente se aplicaran normas de otro carácter no
comercial
Que es la analogía externa: La analogía interna de las normas de derecho mercantil se basa en
la idea de que todos aquellos casos en que existe una misma razón jurídica la disposición debe
ser la misma aunque la simple semejanza de situaciones no corresponde a la aplicación correcta
del razonamiento analógico por el contrario se requiere una identidad jurídica sustancial.
Ejemplo en el caso de una escisión entendida como el fraccionamiento en varias sociedades del
patrimonio que se divide y los socios de esta por regla general participan en el capital de las
sociedades beneficiarias en la misma proporción. Que tengan en aquella antes dé la ley222 de
1995 no existía la definición del concepto de esicion en la ley mercantil por lo tanto por vía de
analogía interna se entendía que una reforma estatutaria innominada ahora se dispone de una
noción legal directa. La analogía externa o con otras disposiciones de naturaleza no mercantil
si no se puede obtener una respuesta a las lagunas en la ley mercantil entonces se recurre a la
analogía con otras normas de naturaleza distinta a la mercantil.Ejemplo entorno a la sociedad
de familia en algunas disposiciones del c.c.c se habla de las sociedades de familia y entonces
ante la pregunta que es una sociedad de familia concluye que esta no se encuentra
reglamentada no existe normas mercantiles que establezcan requisitos o presunciones sobre la
integración o formación de una sociedad de familia por lo cual es conveniente determinar su
concepto apoyándose en otro carácter como lo son las de naturaleza tributaria las cuales si
determinan las condiciones para estructurar la sociedad de familia.
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1.1.2 Concepto de ley mercantil
En la búsqueda de una definición del concepto de ley mercantil podríamos definirla como el
proceso por el cual uno o varios órganos del estado formulan y promulgan determinadas reglas
jurídicas de observancia general, dentro de la ley mercantil en un sentido amplio están
incorporadas las normas mercantiles de carácter imperativo, las supletivas, las dispositivas y
las normas civiles que el código de comercio expresamente a incorporado a la legislación
mercantil por aplicación directa o sea por remisión expresa de la norma mercantil.
1.1.3 Clasificación de la ley mercantil
13. Leonardo Espinosa Quinteto 12
Introducción Al Derecho Mercantil
Respecto a la ley mercantil hay tres tipos de normas cuyo objetivo es depurar el concepto de
ley mercantil como fuente formal del derecho comercial.
a) Normas imperativa:Corresponden a aquellas normas que imponen limitaciones,
prohibiciones, sanciones que involucran la noción de orden publico por las cuales se niega
que el contratante disponga varié o modifique el alcance de las mismas, son normas en la
que las partes no tienen poder de negociación la ley mercantil imperativa constituye el
marco legal al que deben sujetarse los comerciantes cuando están diseñando el alcance de
sus relaciones jurídicas.
b) Dispositivas o reglamentarias:Estas también gozan de un carácter imperativo se diferencian
de las anteriores por su carácter reglamentario estas normas regulan aspectos ajenos a la
voluntad de las partes de tal manera que constituyen una especie de modelos o marcos
previos. Ejemplo Art 110 del c.c.c en catorce numerales señala lo que debe contener la
escritura pública de constitución de una sociedad sobre la cual las partes no tienen poder
de modificación pero pueden condicionar sus intereses a esos numerales
c) Supletivas:Están encaminadas a suplir el silencio de las partes a sus estipulaciones
contractuales bien sea porque no pactaron nada sobre el particular o porque habiéndolo
hecho no fue suficiente como fuente formal de derecho se ubican en tercer lugar primero
esta la ley mercantil posteriormente se examinan los acuerdos entre contratantes y se
continua con la ley supletiva manteniendo la jerarquía.
1.2 La Ley De Las Partes
Esta implica la posibilidad que tienen los sujetos de derecho comercial de modificar el alcance
de una ley supletiva y de las demás fuentes esta facultad se origina en la autonomía de la
voluntad según la corte constitucional lo define como el reconocimiento mas o menos amplio
de la eficacia jurídica de ciertos actos o manifestaciones de la voluntad de los particulares.Las
manifestaciones de la autonomía de la voluntad en el ordenamiento jurídico colombiano son
amplias y cobijan desde la posibilidad básica de los contratantes de determinar el contenido de
sus acuerdos hasta lo que se denomina autonomía conflictual esta ultima ha sido definida como
la libertad que tienen las partes del contrato para definir su contenido y régimen del contrato
celebrado.
Este concepto fue desarrollado por la corte constitucional en sentencia c 347 de 1997 el
arbitramiento internacional reglamentado por la ley 315 de 1996 la cual no versa solo en
asuntos comerciales ya que no se establece una limitación, el arbitraje internacional puede
someterse también a controversias civiles siempre y cuando se refiera a derechos sobre las
23 de abril de 2012
partes y que sean susceptibles de transacción, el arbitramiento tiene como fundamento la
autonomía de la voluntad como lo reconoce la constitución art 116 los particulares pueden ser
investidos transitoriamente de la función de administrar justicia en la condición de
conciliadores, en esta sentencia la corte reconoce la necesidad de un elemento extranjero para
que se pueda pactar el arbitraje internacional.
Las conclusiones a las que se llega en relación con el salvamento de voto comentado, consiste
en que se reitera la vigencia del principio de autonomía de la voluntad privada y la libertad de
contratación pero se propugna porque no se establezcan zonas inmunes so pretexto de la
libertad contractual.Sobre el alcance de la autonomía de la voluntad en especial en asuntos
14. Leonardo Espinosa Quinteto 13
Introducción Al Derecho Mercantil
mercantiles cuando se autoriza a las partes contratantes para que sus relaciones negóciales
puedan acordar la aplicación preferente dentro del territorio colombiano para evitar el
congestionamiento en el comercio internacional.
El ordenamiento privado colombiano incorpora el principio de la autonomía de la voluntad en
las siguientes disposiciones del código civil en su articulo 1602 señala que todo contrato
legalmente celebrado es ley para las partes por otra parte la legislación mercantil establece en
su Art. 4 que todo contrato válidamente celebrado de ley para las partes, la corte suprema en su
sala de casación civil dice que cuando en los negocios jurídicos las partes sujetan sus
estipulaciones a las pautas legales y no comprometen al orden publico y las costumbres el
derecho civil les concede contratos celebrados en esas condiciones fuerza de ley.
En el derecho positivo colombiano las leyes que regulan los contratos son normas supletorias
de la voluntad de los contratantes cuando estos al celébralo acatan las prescripciones legales y
respetan el orden publico y las buenas costumbres, el interprete nacional adopto un numero
importante de doctrinas que denomino principios que permitió que en Colombia el derecho
fuera anti formalista y equitativo, estos principios favorecerían a la parte mas débil en contratos
como los de adhesión tales como cláusulas o el abuso del derecho, en la sentencia c 252 de
1998 la corte reitera la cláusula pacta suntServanda al considerar que esta preservaba la
equidad al respetar lo que se pactaba dentro del contrato legalmente celebrado
Las manifestaciones de la voluntad de los contratantes en el ordenamiento jurídico Mercantil
están cobijadas bajo el principio de concensualidad consagrado en el art 824Los comerciantes
podrán expresar su voluntad de contratar u obligarse verbalmente o cualquier modo.La corte
suprema ah reiterado que la consensualidad es un principio rector general de los negocios
mercantiles en los cuales se excluye los contratos solemnes y reales.
Sobre aplicación del principio de concensualidad se ah planteado una problemática en el
contrato de promesa en materia mercantil, alrededor de lo regulado por el art 861c.c.c que en
un sector de la doctrina considera que debe sujetarse a la exigencia documental invocada por el
art 89 de la ley 153 de 1887, la promesa de celebrar un contrato solemne ad sustancian actus,
puesto que su existencia depende del otorgamiento de documento exigido por la ley anterior.
La promesa de contrato comercial o civil se encuentra regida por unos mismos principios
antológicos salvo, como se desprende de los textos legales que la promesa comercial de
23 de abril de 2012
contrato por regla general es consensual mientras que la civil exige el escrito como condición
ad substancian actos. En materia mercantil es claro que no se requiere documento alguno para
la formación del contrato promesa y en asuntos civiles en los que sobreviva la tendencia a
entender dicho requisito, el documento constituye solemnidad ad substancian actos, la misma
es susceptible de ser cumplida mediante empleo de medios electrónicos al amparo de lo
indicado en el Art. 6 y 7 de la ley 527 de 1999.
Todo contrato legal y válidamente celebrado es ley para las partes sin embargo es pertinente
explicar los términos legalidad y validez.Legalidad del acto o contrato comprende el análisis
mínimo de los aspectos del mismo es decir engloba la existencia la eficacia la validez y la
15. Leonardo Espinosa Quinteto 14
Introducción Al Derecho Mercantil
oponibilidad la validez se predica cuando el acto posee como requisitos de fondo la capacidad
el consentimiento objeto licito y causa licita.
El contrato comercial se estudia básicamente bajo cuatro aspectos principales, Se estudia
básicamente bajo cuatro parámetros principales existencia, eficacia, validez yoponibilidad será
el contrato ley para las partes cuando además de existir sea eficaz y valido en los eventos que
la ley lo exija, oponible, contrario sensu, el contrato no será ley para las partes y por tanto no
será fuente formal de derecho comercial en la medida de la insistencia ineficacia o invalides
esta ultima se divide en do nulidad simple y nulidad absoluta.
1.2.1. Existencia del contrato:Para determinar las condiciones de existencia del contrato hay
que consultar el art 898c.c.c que expresa la necesidad de congregar dos aspectos que son:Los
elementos esenciales son dos uno es el general o genérico y otros de carácter especifico los
primeros se exigen para todo contrato en el sentido que deben existir independiente de su
validez los segundos son aquellos particulares o individuales del contrato en estudio.Ejemplo
los elementos esenciales del contrato de sociedad comercial son:
Animus societatis, pluralidad de asociados, aportes, animo de lucro. Si falta uno de estos
elementos el contrato no existe.Las solemnidades sustanciales igualmente para que el contrato
exista debe cumplir con las formalidades o solemnidades sustanciales dentro de estas se haya la
escritura publica pero también puede consistir en la entrega del documento mismo, el
documento escrito es solemnidad sustancial y condicionada a la existencia del contrato.
1.2.2. Eficacia del contrato:La eficacia del contrato hace referencia al efecto jurídico
pretendido o buscado por las partes, o, sea un contrato es eficaz cuando el efecto jurídico
pretendido por las partes se cumple por que la ley lo permite, si los efectos no se cumplen
entonces el contrato es ineficaz no todo contrato que existe es eficaz pues puede existir y no
producir los efectos deseados. Sera ineficaz el contrato que la ley le niegue el efecto jurídico
buscado por las partes al diseñar mas cláusulas.Hay dos circunstancias que caracterizan la
ineficacia:Opera en pleno derecho Requiere consagración taxativa por lo que será ineficaz
única y exclusiva lo que la ley taxativa señale.
1.2.3 Validez del contrato:La validez de un contrato, es el atributo correlativo al
cumplimiento de los requisitos de fondo, esto implica que un acto o contrato es valido en la
medida en que se cumplan los requisitos de fondo que son la capacidad el consentimiento
objeto lícito y causa lícita. La sanción es por la omisión en el cumplimiento de los requisitos
23 de abril de 2012
de fondo a través de las nulidades las cuales pueden ser absolutas o como el código de
comerció las llama nulidad y las relativas o denominadas por el código como anulabilidad.
En mercantil se prevé la posibilidad de nulidades parciales es decir que el contrato se a nulo,
solo para una o algunas de las partes contratantes y valido frente a otra u otras, la nulidad
parcial se aprecia en los contratos plurilaterales.
Los requisitos de fondo revalides del contrato:Capacidad: en las personas naturales el
ordenamiento comercial expresa que se remita a las normas civiles. En cuanto a las personas
jurídicas bajo lo consagrado en el Art. 98 c.c.c la capacidad esta circunscrita al objeto social,
16. Leonardo Espinosa Quinteto 15
Introducción Al Derecho Mercantil
los actos que desborden su objeto se dan por celebrados sin capacidad. En cuanto a la sociedad
de hecho al no ser persona jurídica se entiende que no puede realizar negocios jurídicos.
Consentimiento exento de vicios: el código de comercio remite al código civil
Objeto lícito: el código de comercio remite al código civil
Causa lícita: el código de comercio remite al código civil
1.2.4 Oponibilidad del contrato frente a terceros: El contrato es oponible a terceros en la
medida en que se haya dotado de publicidad e inscrito en un registro publico. El registro
público es el que se cumple a través de la cámara de comercio como la escritura de una
sociedad, su fusión, esicion, reformas estatutarias, las oficinas de registro de instrumentos
públicos la escritura de compraventa de bien inmueble, el gravamen hipotecario sobre el
mismo,
La superintendencia de industria y comercio por ejemplo el contrato de transmisión de la
propiedad industrial, las oficinas de transito por ejemplo cuando se transfieren vehículos la
aeronáutica civil y las capitanías de puerto ejemplo la enajenación de naves y aeronaves estas
oficinas tienen la función de guardianes de la fe pública y están obligadas a conformar hojas de
vida de determinadas personas y sus bienes y se anotan los cambios en su patrimonio, mediante
la oponibilidad se inscribirá dicho acto o contrato en el registro pertinente según la persona o
bien del que se trate, es decir que el documento es conocido y surtirá los efectos frente a
terceros.
La parte negativa o sancionatoria en esta se encuentra la inoponibilidad que es cuando no se
registra un acto o contrato en la oficina de registro competente no siendo por lo tanto oponible
ante terceros pero sin afectar su existencia o validez.La falta de inscripción puede afectar la
existencia del contrato como sucede en la empresa unipersonal en la cual si no se inscribe
dicho contrato en la cámara de comercio no existirá legalmente por que el legislador elevo a la
categoría de solemnidad el requisito de registro mercantil en este contrato.
1.3 La Ley Supletiva
Constituye una fuente formal del derecho comercial es aplicable a controversias que se generan
entre comerciantes con ocasión de un acto o contrato supeditada a la ley mercantil y a la ley de
partes, es decir que llega a la ley supletiva en caso de que las partes en el contrato dejen vacíos
23 de abril de 2012
o guarden silencio en relación a aspectos que generen controversia jurídica la cual no se haya
podido resolver con la ley mercantil imperativa.La ley supletiva es aquella que busca suplir los
vacíos o silencios de las partes en la estipulación de sus negocios, es decir, que previamente las
partes hayan podido variar lo que señala la norma.
1.3.1 El contrato de sociedad comercial: En este contrato la voluntad de las partes tiene un
amplio margen de opciones es un contrato en el que las partes bajo unos parámetros generales
ajustan sus intereses en el contrato de sociedad debe estipularse lo atinente a la participación en
las utilidades sociales, el porcentaje o proporción que les corresponderá a los socios.
17. Leonardo Espinosa Quinteto 16
Introducción Al Derecho Mercantil
Puede ocurrir que las partes guarden silencio sobre dicha distribución en la cual surge una
controversia jurídica sobre la proporción En la que se debe repartir las utilidades en primer
lugar se debe estudiar la ley mercantil imperativa en la cual no se consagra solución luego se
consulta si las partes estipularon algo sobre el particular se concluye que no estipularon una
cláusula encontramos una norma de carácter supletivo el Art. 150 c.c.c el cual habla de la
distribución de utilidades sociales se hará en proporción a la parte pagada del valor nominal de
las acciones cuotas o partes de interés de cada socio, si las partes pactan el porcentaje de
utilidades por otra vía que no sea la supletiva la cláusula convencional los obliga si guardan
silencio la ley llenara ese vació.
1.3.2 El contrato de mutuo:Este no ha sido definido por la legislación mercantil, sin
embargo el ordenamiento civil lo define como un contrato en el que una de las partes entrega a
otra cierta cantidad de cosas fungibles con cargo de restituir otras tantas del mismo género y
calidad.
Ejemplo se toma una suma de dinero y se acuerda un préstamo pero se guarda silencio sobre la
tasa de interés en caso de incumplimiento de las prestaciones pactadas puesto que una de los
principios del derecho comercial es la onerosidad no se considera que una parte preste una
suma de dinero a otra gratuitamente, el Art. 884 c.c.c. dice que ante el silencio de las partes
consagra una tasa supletiva para los intereses a plazo equivalente al interés bancario corriente
certificado por la superintendencia financiera, si es por mora el código de comercio estipula
que sean del doble del interés bancario, la legislación penal dice que la tasa máxima de cobro
del interés bancario debe ser mas la mitad.En consecuencia se demanda el pago de la suma
prestada en acción ejecutiva el pago del capital, prestado los intereses y la mora respectiva.
1.3.3 Cesión de contrato:El Art. 887 establece que en los contratos de ejecución sucesiva
cada una de las partes podrá sustituirse por un tercero ah esta sustitución se le denomina cesión
del contrato. En la cesión del contrato hay un cedente, un cesionario y una parte cedida. Es
decir, el que vende el contrato, el que lo compra y el deudor.
Ejemplo el cedente tiene un contrato inicial con la parte cedida luego el cedente realiza un
contrato de cesión de contrato con el cesionario el cual compra el contrato por lo cual se
vincula con la parte cedida.Cuando ocurre el incumplimiento de la parte cedida se necesita
analizar hasta donde llega la responsabilidad que tiene el cedente con el cesionario es decir
quien cede el contrato debe responder o no por el incumplimiento de la parte cedida frente al
23 de abril de 2012
cesionario.
Ante el silencio de las partes se aplicara la ley supletiva contenida en el Art. 890 c.c.c Dice
que salvo estipulación en el contrato el cedente no responderá de su cumplimiento con la otra
parte el contratante cedido y de los garantes. La ley da el alcance para que las partes pacten
hasta donde llega su responsabilidad patrimonial en ocasión de la cesión pero si estas no hacen
uso de esta libertad la ley suplirá el vació contractual estableciendo la no responsabilidad por
vía supletiva del cedente
18. Leonardo Espinosa Quinteto 17
Introducción Al Derecho Mercantil
1.3.4 Contrato de compraventa:El contrato de compraventa esta definido por el código de
comercio como un contrato en que una de las partes de obliga a transmitir la propiedad de una
cosa y la otra a pagarla en dinero.
Se plantea la imposibilidad de que un contrato de compraventa, no se acuerde nada en relación
con los gastos del contrato, es enserio suplir ese vació por lo cual el derecho mercantil a
estipulado que los gastos que se realicen en la celebración del contrato se a dividido en partes
iguales para los contratantes.
1.3.5. Imputación del pago:Cuando existen varias obligaciones entre las mismas partes y se
guarda silencio, sobre a cual de ellas se aplica el pago se acude a la ley comercial de carácter
supletivo la cual establece un conjunto de reglas para saber a quien corresponde la obligación
pagada o abandonada.Si hay diferentes deudas exigibles el deudor puede imputar el pago a la
que elija si una de las deudas exigibles posee garantía real o personal, no podrá el deudor
imputar el pago a este si no con consentimiento del acreedor si existen varios créditos exigibles
y garantizados específicamente, podrá el acreedor imputar el pago al que le ofrezca menos
seguridades
1.4 La Costumbre
La costumbre constituye una fuente para dilucidar o buscar respuestas a una controversia
jurídica que no pudo ser resuelta con las otras fuentes superiores jerárquicas, como son la ley
mercantil imperativa, la ley de las partes y la ley supletiva. La costumbre mercantil esta
consagrada en los artículos 3, 4, 5, 6, 8, y 9 del Código de Comercio.
El cometido propio de los jueces esta referido a la aplicación del ordenamiento jurídico, en
donde se integran poderes organizados que ejercen un tipo especifico de control social a
través de un conjunto integrado y armónico de normas jurídicas. El ordenamiento jurídico no
puede reducirse a la ley, entonces, la costumbre se mantiene como fuente de derecho y aporta
al sistema jurídico flexibilidad y efectividad.
1.4.1 elementos de la costumbre
Tiene un elemento subjetivo y uno material, este último goza de las siguientes cualidades:
23 de abril de 2012
a) Uniformidad:que el comportamiento de una determinada comunidad frente a una situación
sea exactamente igual en todos los casos.
b) Publicidad: que la sociedad tenga el conocimiento de un hecho reiterado e idéntico.
c) Reiterados: es decir, tener una tradición, los hechos no pueden ser transitorios u
ocasionales.
1.4.2 funciones de la costumbre
19. Leonardo Espinosa Quinteto 18
Introducción Al Derecho Mercantil
a) Función interpretativa: las costumbres sirven para determinar el sentido de las palabras o
frases de comercio y para interpretar los actos y convenios mercantiles.
b) Función integradora: esta vine a completar la norma, convirtiéndose en parte integrante de
ella.
c) Función normativa: cuando la costumbre se aplica como regla de derecho a falta de norma
mercantil expresa o aplicable por su analogía.
1.4.3 Clases de costumbre
a) Costumbre según la ley: la costumbre cumple la función de apoyar o interpretar o aclarar
la norma, adquiriendo su fuerza obligatoria de la ley y por lo tanto, cumplidos los requisitos
externos, la costumbre se hace obligatoria por si misma, siempre que no contrarié a la ley.
b) Costumbre más allá de la ley: o también llamada costumbre legislativa, esta encargada de
enmendar los errores de la norma escrita porque prevé lo no previsto en ella.
c) Costumbre contra la ley:son las prácticas o usos que los comerciantes observan en sus
relaciones o negocios en los que abierta o indirectamente se desconoce el efecto de consagrado
en una norma. Esta costumbre nunca será ley.
1.4.4 Niveles de aplicabilidad de la costumbre
a) Costumbre local: la que se presenta en un sitio o zona geográfica determinada que es
recogida por las Cámaras de Comercio.
b) Costumbre nacional: si no hay costumbre local, esta se aplica y es la que es acogida por
todo el territorio.
c) Costumbre internacional:es reconocida como un recurso interpretativo.
1.5 La Ley Civil
Invocación expresa que la norma mercantil hace a la disposición civil, entendiéndose que hace
parte del nivel de la ley mercantil. También la ley civil tiene carácter subsidiario pues se aplica
a determinada situación entre comerciantes, supeditada a las demás fuentes expuestas.
23 de abril de 2012
1.6 Otras Fuentes O Mecanismos Alternativos
Estas fuentes subsidiarias son: los tratados de derecho internacional no ratificados por
Colombia, la costumbre internacional y los principios generales del derecho.
1.6.1 tratados de derecho internacional no ratificados por Colombia
Son fuentes auxiliares del derecho comercial y por lo tanto no podrá acudirse a ellas sino bajo
el supuesto de una infructuosa búsqueda en el sistema de fuentes principales antes descrito.
20. Leonardo Espinosa Quinteto 19
Introducción Al Derecho Mercantil
1.6.2. costumbre mercantil internacional
Son hechos reiterados que se llevan a cabo en los negocios o relaciones comerciales entre
personas de distinta nacionalidad. Adquiere fuerza normativa respecto a las normas supletivas,
cuando en sus transacciones las partes las hallan invocado expresamente.La costumbre
extranjera requiere tarifa legal de prueba, con certificación del cónsul colombiano, constancia
de la cámara de comercio local del extranjero o la declaración de dos abogados especializados
en derecho mercantil. Mientras, la costumbre internacional se prueba con la copia autentica de
la sentencia en que la autoridad jurisdiccional internacional la hubiere reconocido, interpretado
o aplicado.
1.6.3. los principios generales en el sistema mercantil colombiano
Se llega a los principios generales del derecho comercial cuando previamente se han agotado
las fuentes formales anteriores en orden y jerarquía, en otras palabras, ocupan el último lugar
en la escala de las fuentes formales aplicables a los asuntos mercantiles.
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21. Leonardo Espinosa Quinteto 20
Introducción Al Derecho Mercantil
CAPITULO IV
1. ACTOS DE COMERCIO
ParaHamel los acto de comercio son toda búsqueda de provecho pecuniario, dejando de lado
el elementos azar que interviene en las actos generalmente considerados como especulativos.
Ahora bien, Rocco define como “todo acto que realiza o facilita la interposición en e cambio”
y por ultimo, JanEscarra expresa que debe ser considerado un acto de comercio, todo aquel
realizado por una empresa.
El profesor Gabino Pinzón, expone que el acto de comercio posee dos elementos a saber a) un
ánimo de lucro y b) la intermediación en el tráfico comercial. El acto de comercio es una
creación de la ley mercantil, ajena a razones de derecho distintas de la habitual con las ciertas
operaciones se ejecutan en la vida económica por los comerciantes, que permite considerarlas
como propias de la profesión del comercio (Según el código solo son comerciantes los que
ejecutan profesionalmente actos de comercio)
1.1.Clasificación de los Actos de Comercio
a) Actos de Comercio Objetivos
Son aquellos que la ley previamente ha identificado como constitutivos de una conducta
interesada al derecho comercial prescindiendo de sujeto, o elemento subjetivo, su característica
principal es la de prescindir de la noción de comerciante no quiere decir que quien realice
“mercantilidad” es un comerciante, por consiguiente los actos objetivos son realizados por
quienes ostentan la calidad de comerciante y también por lo que no la tienen, ya que prima la
naturaleza jurídica del hecho que constituye un acto de comercio.
Los actos mercantiles, son normas de carácter imperativo, esto significa que las partes no
23 de abril de 2012
están en capacidad de variar las naturaleza jurídica del acto que previamente la ley ha
considerado como mercantil o comercial, el acto mantiene su naturaleza comercial aun contra
la voluntad delas partes que celebran el negocio, no hay poder de disposición en ellas para
despojarlo del ropaje previamente señalado por el legislador.
b) Actos de Comercio Subjetivos y por conexión o accesorios
Es este caso se presupone la calidad de comerciante (Art. 10._ Son comerciantes las personas
que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles.
22. Leonardo Espinosa Quinteto 21
Introducción Al Derecho Mercantil
La calidad de comerciante se adquiere aunque la actividad mercantil se ejerza por medio de
apoderado, intermediario o interpuesta persona) y para quien lo realiza.
Hay que tener en cuenta:
En el caso de un acto o contrato que, en estricto sentido, no constituye o involucra la
actividad mercantil del comerciantes, pero guarda relación con ésta la ley, teniendo en cuenta
a mencionada conexidad, presume que son actos de comercio, ejemplo. Cuando un
comerciante dedicado a la venta de comidas rápidas tiene un establecimiento abierto al público,
realiza un contrato de suministro de recipientes de plástico con un particular, es evidente que el
objeto del contrato es el suministro pero tiene una estrecha relación con la actividad del
empresario.
Cuando el contrato no guarda afinidad con la actividad previamente organizada por el
empresario, se sustraen del ámbito mercantil, y se encuentra su regulación en un ordenamiento
jurídico, tomando el ejemplo anterior del empresario quien se dedica a la venta de comidas
rápidas, compra a un particular no comerciante un bicicleta de montaña para su hijo, el esta
realizando una actividad ajena a su actividad comercial y por lo tato el contrato de
compraventa se regulara por el ordenamiento civil.
c) Actos de Comercio Unilaterales o Mixtos
Es el acto de naturaleza mercantil únicamente para una de las partes. Presenta dualidad, es decir
una relación jurídica el acto mercantil para una de las partes y, para la otra, no. Ejemplo, cuando un
particular no comerciante realiza una compra de productos de consumo doméstico en un
establecimiento de comercio, esa conducta no es constitutiva de acto de comercio
Relación Jurídica
A B
No comercial Comerciante
Este conflicto es solucionado por la ley mercantil colombiana, la cual consagra el “principio de
atracción” que consiste que en si el acto es de naturaleza mercantil para una de las partes, ésta
“atrae” en su totalidad el negocio jurídico y, por lo tanto, será también mercantil para el co-
contratante no comerciante.El Código de Comercio Colombiano consagra la teoría de los actos
23 de abril de 2012
unilaterales o mixtos, bajo el entendido de que si una de las partes es comerciante, la
legislación mercantil “atrae” al no comerciante, para efectuar efectos jurídicos sin que el
particular adquiera la calidad de comerciante.
1.2.Los Actos de Comercio en la legislación colombiana
23. Leonardo Espinosa Quinteto 22
Introducción Al Derecho Mercantil
El artículo 20 abarca dos grandes grupos de actos de comercio. El primero, que van desde el 1
al9, alude actos de comercio que se celebran tradicionalmente en forma aislada, es decir en
forma no reiterativa; o de otra forma, conductas que se pueden celebrar por personas que no
tienen la calidad de comerciantes u cuya celebración no les da la calidad inmediatamente, si lo
hicieren de forma reiterada serian actos de comercio objetivos.
En segundo lugar, los contenidos en los numerales del 10 al 18, tienen como elemento común
la noción de empresa (Art. 25. Se entenderá por empresa toda actividad económica organizada
para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes, o para
la prestación de servicios. Dicha actividad se realizará a través de uno o más establecimientos
de comercio) la cual por naturaleza invoca la condición previa o concomitante de ser
comerciante.
1.2.1 La adquisición de bienes a titulo oneroso con destino a enajenarlos en igual forma, y
la enajenación de los mismo (Art. 20 numeral 1)
“Adquirir” significa la incorporación de determinada cosa o derecho al patrimonio de una
persona, y tal actividad presupone una relación jurídica que supone que tiene los siguientes
elementos:
a) Un sujeto que adquiere, el cual puede ser un apersona jurídica o natural
b) El objetode la adquisición, no es limitado pro la ley y puede ser bienes en general
c) El acto mediante el cual se consolida la adquisición ha de ser a titulo oneroso, es decir que
implique una contraprestación para el adquiriente (no se incluyen la adquisición de bienes a
titulo no oneroso, es decir herencias, los legados, la donación y la prescripción adquisitiva,
etc…)
d) La destinaciónde los bienes adquiridos, que ha de ser la de enajenarlos en igual forma.
1.2.2 La adquisición a titulo oneroso de bienes muebles con destino a arrendarlos; el
arrendamiento de los mismos; el arrendamiento de toda clase de bienes para subarrendarlos,
y el subarrendamiento de los mismos (Art. 20 numeral 2)
Encontramos al Profesor Madriñan resume diciendo “la intermediación con animo de lucro en
la tendencia de viene muebles para arrendarlos, el arrendamiento subsiguiente y el
arrendamiento de toda clase de bienes para subarrendarlos, junto con el subarrendamiento
correspondiente”. El subarriendo, para obtener el carácter de mercantil, es necesario que verse
23 de abril de 2012
sobre el uso y goce de un bien que el subarrendador tomó en arriendo con ese propósito
especial.
Según lo anterior es la intermediación del sujeto con destinación específica la que imprime
carácter de mercantil al acto, en este caso es con la finalidad de arrendar. Como ejemplo
señalaremos el contrato innominado de leasing, que ha sido como un contrato por el que una de
las partes (Empresa leasing) se obliga a adquirir de un tercero denominado bienes que la otra
parte ha elegido previamente, contra el pago de un preciomutuamente convenido, para su uso y
disfrutedurante cierto tiempo, que generalmente coincide con la vida útil y fiscal de bien,
24. Leonardo Espinosa Quinteto 23
Introducción Al Derecho Mercantil
siendo un contrato irrevocable... Ejemplo un empresario requiere un equipo, el cual él no puede
costear, acude a una entidad de financiamiento comercial (leasing) con el fin de que esta
compre el bien y se lo arriende, recibiendo en contraprestación un precio mutuamente
convenido.. Al finalizar dicho periodo, se podrá optar por la devolución de los bienes,
concertar un nuevo contrato o adquirir los bienes por el valor residual preestablecido.
1.2.3 El recibo de dinero en mutuo interés, con garantía o sin ella en préstamo, os
prestamos subsiguientes, así como dar habitualmente dinero en mutuo a interés (Art. 20
numeral 3)
Mutuo “es un contrato en que una de las partes entrega a la otra cierta cantidad de cosas
fungibles con cargo a restituir otras tantas del mismo genero y calidad”.En primer lugar, la
posición de quien recibe el dinero en mutuo, con un carácter oneroso o a interés y con la
intención de continuar, a su turno, con el suministro de prestamos, por otra parte, la entrega de
sumas de dinero, bajo la modalidad de mutuo oneroso o a interés, sin importar la procedencia
del dinero.
1.2.4 La adquisición o enajenación, a titulo oneroso, de establecimientos de comercio, y la
prenda, arrendamiento, administración y demás operaciones analógicas relacionadas con
los mismos (Art. 20 numeral 4)
El código de comercio define el establecimiento de comercio como articulo 515. Se entiende
por establecimiento de comercio un conjunto de bienes organizados por el empresario para
realizar los fines de la empresa. Una misma persona podrá tener varios establecimientos de
comercio, y, a su vez, un solo establecimiento de comercio podrá pertenecer a varias personas,
y destinarse al desarrollo de diversas actividades comerciales.El Código ha enumerado una
serie de negocios y contratos, los cuales considera mercantiles, como la enajenación o
trasferencia titulo oneroso de estableciditos de comercio, igualmente la normal insinúa la
prende, el arrendamiento y al administración de los mismos.
1.2.5 La intervención como asociado en la constitución de sociedades comerciales, los
actos de administración de las mismas o la negociación a titulo oneroso de las partes de
interés, cuotas o acciones (Art. 20 numeral 5)
Las sociedades obedecen a una unión de esfuerzos entre dos o mas personas que constituyen
una sociedad comercial, que es un sujeto jurídico nuevo y diferente a los socios, en la cual los
23 de abril de 2012
ocios trasladan unos bienes de su patrimonio a la sociedad, representado en aporte de partes o
cuotas o acciones, debemos afirmas que la participación en la constitución de estas sociedades
es un acto de comercio de carácter objetivo, como de igual forma su administración, por
administrar entendemos el manejo, dirección de los viene o negocios de otro a quienes se les
confía la gestión de la sociedad.
1.2.6 El giro, otorgamiento, aceptación, garantía o negociación de títulos-valores, así como
la compra para reventa, permuta, etc., de los mismos (Art 20. numeral 6)
25. Leonardo Espinosa Quinteto 24
Introducción Al Derecho Mercantil
Los títulos valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal ya
autónomo que ene los se incorpora pueden ser de contenido crediticio, corporativos o de
participación y de tradición o representativos de mercancías teniendo (existencia, validez,
eficacia y oponibilidad).Cuando la norma habla de giro, otorgamiento, aceptación,
negociación, está haciendo referencia a los distintos actos que pueden realizarse sobre los
títulos valores, éstos son: el bono de prenda y el certificado de deposito, el cheque, el pagare, la
carta de porte y e conocimiento de embargue, la letra de cambio y finalmente las facturas
cambiarias (transporte y de compraventa)
1.2.7 Las operaciones bancarias, de bolsas, o de martillos (Art. 20 numeral 7)
Las actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo,
aprovechamiento e inversión de los recursos de captación, es de carácter constitucional las
actividades son de carácter reglado, en tanto requieren autorización del Estado y con sujeción a
la ley, así mismo, están bajo la vigilancia y control de la Superintendencia Financiera.Los
establecimientos bancarios están facultados para realizar un gran número de operaciones, con
sujeción a las restricciones que les imponga la ley (Art. 7 y 9 del Estatuto Orgánico del Sistema
Financiero).Las operaciones que se realizan en bolsas de valores se enumeran de la siguiente
forma:
a) La emisión y la oferta de valores
b) La intermediación de valores
c) La administración de fondos de valores, fondos de inversión, fondos mutuos de inversión,
fondos comunes ordinarios y fondos comunes especiales
d) El depósito y la administración de valores
e) La administración de sistemas de negociación o registro de valores, futuros, opciones y
demás derivados
f) La compensación y liquidación de valores
g) La calificación de riesgos
h) El suministro de información al mercado de valores, incluyendo al acopio y procesamiento
de la misma.
Y por ultimo los martillosson establecimientos destinados a ala venta de bienes muebles e
inmuebles en almoneda, es decir, en pública subasta y con la adjudicación a quien ofrezca
mayor precio.
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1.2.8 El corretaje, las agencias de negocios y la representación de firmas nacionales o
extranjeras (Art. 20 numeral 8)
El corretaje es una actividad típicamente mercantil que consiste en una persona llamada
corredor, por razón de su conocimiento especial de las condiciones de la oferta y de la
demanda en el mercado, pone en contacto directo a dos o más personas para que celebren un
negocio determinado.Características del contrato de corretaje:
a. Es una actividad auxiliar donde el intermediario facilita la relación entre quienes ofrecen
bienes y servicios y quien los demanda
26. Leonardo Espinosa Quinteto 25
Introducción Al Derecho Mercantil
b. En el corretaje no se forman vínculos de colaboración, es una actividad que se desarrolla en
forma autónoma e independiente
c. Se trata de un cometido permanente, facultativo para el corredor llevar a cabo la misión
d. En el caso del corretaje de seguros, solo pueden ejercerla las sociedades anónimas inscritas
en la Superintendencia Financiera
Las agencias de negociosson establecimientos que desarrollan una actividad de mediación e
incluso de contratación, con carácter profesional, que prestan algún servicio o gestionan
negocios ajenos… El Código de Comercio lo ha definido como (Art. 1317.- Por medio del
contrato de agencia, un comerciante asume en forma independiente y de manera estable el
encargo de promover o explotar negocios en un determinado ramo y dentro de una zona
prefijada en el territorio nacional, como representante o agente de un empresario nacional o
extranjero o como fabricante o distribuidor de uno o varios productos del mismo).Finalmente la
representación de firmas nacionales o extranjeraspuede realizarse por persona natural o
jurídica que toma a su cargo la gestión de uno o más negocios.
1.2.9 La explotación o prestación de servicios de puertos, muelles, puentes, vías y campos
de aterrizaje (Art. 20 numeral 9)
Según el articulo 70 del Estatuto Nacional de Transporte, adoptado por la ley 336 de 1996, el
transporte marítimo es un servicio publico esencial y por vía de interpretación también lo es la
actividad portuaria.
Puerto:Es el conjunto de elementos físicos que incluyen obras canales de acceso, instalaciones
de servicios, que permiten aprovechar un área frente a la costa o ribera de un río en condiciones
favorables para realizar operaciones de cargue y descargue de toda clase de naves, intercambio
de mercancía entre tráfico terrestre, marítimo y/o fluvial. Dentro del puerto quedan los
terminales portuarios, muelles y embarcaderos.
Muelle: Es aquella parte de un puerto que se facilita para el uso exclusivo de un usuario con el
propósito de facilitar el cargue y descargue, mediato o inmediato, de naves.
Los campos de aterrizaje:son superficies destinadas a la llegada y salida de aeronaves,
incluidos todos sus equipos e instalaciones
1.2.10 Las empresas de seguros y la actividad aseguradora (Art. 20 numeral 10)
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El Estatuto Orgánico del Sistema Financiero define los principios rectores de la actividad
aseguradora afirmando que está se encuentra sujeta a supervisión estatal ejercida por la
Superintendencia Financiera y procura tutelar los derechos de los tomadores, asegurados y
crear condiciones apropiadas para el desarrollo del mercado asegurados.Para desarrollar la
actividad aseguradora en Colombia debe constituirse en el país una entidad bajo la forma de
sociedad anónima mercantil o una cooperativa, una vez obtenida la autorización expresa de la
Superintendencia Financiera de Colombia, su sujeto social es la realización de operaciones de
seguro.
27. Leonardo Espinosa Quinteto 26
Introducción Al Derecho Mercantil
Se puede definir como seguro como un contrato en el cual una parte denominada “asegurador”
se obliga, mediante el cobro de una prima a abonar, dentro de los límites pactados, un capital u
otras prestaciones convenidas, en caso de que produzca el evento cuyo riesgo es objeto de
cobertura “El seguro brinda protección frente a un daño inevitable e imprevisto, tratando de
reparar materialmente, en parte o en su totalidad sus consecuencias. El seguro no evita el
riesgo, resarce al Asegurado en la medida de lo convenido, de los efectos dañosos que el
siniestro provoca”
1.2.11 Las empresas de trasporte de personas o de cosas a titulo oneroso, cualesquiera que
fueren la vía y el medio utilizados (Art. 20 numeral 11 )
El transporte es un contrato por medio del cual una de las partes se obliga para con la otra, a
cambio de un precio, a conducir de un lugar a otro, contiene disposición de onerosidad del
contrato de transporte, al definir como obligación del destinatario o usuario el pago de un
precio.El transporte puede clasificarse en:
1) Según el medio utilizado:el transporte puede ser terrestre, aéreo, marítimo, fluvial o
multimodal
2) Según objeto: el transporte puede ser de personas o cosas
1.2.12 Las empresas de fabricación, trasformación, manufactura y circulación de bienes
(Art. 20 numeral 12)
La manufactura es la trasformación de la materia prima o del artículo semi elaborado con el fin
de obtener un producto que satisfaga las necesidades del consumo.La circulación de bienes
aparece la actividad distribuidora como complementaria de la producción y que consiste
básicamente en acercar los bienes producidos a sus últimos demandantes.
1.2.13 Las empresas de deposito de mercaderías, provisiones o suministros, espectáculos
públicos y expendio de toda clase de bienes (Art. 20 numeral 13)
Las empresas de depósito de mercaderías se denominan almacenes generales de depósito, cuyo
objeto es el depósito, la conversación y custodia, el manejo y distribución, la compra y venta
por cuenta de sus clientes de mercancías y productos de procedencia nacional o extranjera.En
las empresas de provisiones y suministros su objeto es proporcionar a sus clientes cosas o
servicios, en forma periódica o continua, a cambio de unas contraprestaciones previamente
23 de abril de 2012
convenidas. Las empresas de espectáculos públicostradicionalmente se han considerado
aquellas cuyo objeto es distraer o divertir al público con prestaciones de conjuntos
artísticos.Dentro de las empresas expendedoras de toda clase de bienesestán los almacenes,
bazares, supermercados, cafés, bares, restaurantes, etc.…
1.2.14 Las empresas editoriales, litográficas, fotográficas, informativas o de propaganda y
las demás destinadas a la prestación de servicios (Art. 20 numeral 14)
La empresa editorial es la persona jurídica responsable económica y legalmente de la edición
de libros, revistas o folletos. La editorial puede ocuparse también de la distribución y venta de
28. Leonardo Espinosa Quinteto 27
Introducción Al Derecho Mercantil
sus libros. Por otra parte la empresa litográficapresta servicios consistentes en reproducir
escritos.Las empresas fotográficasson los llamados estudios de fotografía, en donde
comúnmente se prestan servicios de revelado, ampliación, etc.… las empresas informativas y
de propagandaprestan servicios de comunicación, como periódicos y revistas, la radiodifusión
sonora y la televisión.
1.2.15 Las empresas de obras o construcciones, reparaciones, montajes, instalaciones u
ornamentaciones (Art. 20 numeral 15)
Se habla de las empresas de la industria de la construcción cuando las empresas dedicadas a
ésta realizan la unión y concentración de distintos materiales para llevar a cabo unidades
complejas.
La construcción de carreteras. Vías férreas, viaductos, pavimentaciones, etc.
Cuando se habla de montajes, hace referencia a la puesta en funcionamiento de maquinas
La instalación es la colocación en un lugar de ciertos equipos personalizados
La ornamentación, consiste en ele conjunto de adornos postizos de una edificación.
La decoración es todo aquellos que en un edificio completa su estructura esencial, tanto en
el interior como en el exterior
1.2.16 Las empresas para el aprovechamientos y explotación mercantil de las fuerza o
recursos de la naturaleza (Art. 20 numeral 16)
Las empresas dedicadas a la explotación de los recursos naturales, la cual puede desarrollarse
en estado natural o emplearse en combinaciones variadas para obtener determinados bienes y
servicios, son de carácter mercantil, y sus actuaciones se regulan por esta legislación.
El ambiente es entendido como patrimonio común de la humanidad, necesario para el
desarrollo de los pueblos, y como una cuestión de orden público. Las obligaciones respecto a
estas se encuentran en la calificación de las solicitudes y el otorgamiento de licencias para el
aprovechamiento y explotación de los recursos naturales.
1.2.17 Las empresas promotoras de negocios y las de compra, venta, administración,
custodia o circulación de toda clase de bienes (Art. 20 numeral 17)
Este tipo de empresas realiza las diligencias conducentes al logro de los negocios mediante
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exposiciones a cambio de una remuneración que puede consistir en un porcentaje del valor de
cada negocio efectivamente realizado o en cualquier otra forma acordada entre la promotora y
la empresa interesada.
1.2.18 Las empresas de construcción, reparación, compra y venta de vehículos para el
transporte por tierra, agua y aire, y sus accesorios (Numeral 18)
El Código de Comercio, erige como mercantiles las actividades elaboración, construcción o
ensamble de vehículos para el transporte, así como, la compra y venta de estos como productos
terminados.Este numeral comprende actividades para toda clase de vehículos para el
29. Leonardo Espinosa Quinteto 28
Introducción Al Derecho Mercantil
transporte, embarcaciones mayores y menores y todo aparato que maniobre en vuelo tenga
capacidad de desplazarse en el espacio, siempre que sea apto para trasportar personas y cosas
1.2.19 Los demás actos y contratos regulados por la ley mercantil (numeral 19)
Otorga la naturaleza mercantil a los actos y contratos regulados en la legislación comercial y
que no fueron incluidos en la enumeración del Art 20 del C.C.C. los contratos de prenda sin
tenencia del acreedor o sin desapoderamiento del deudor, el contrato de fiduciario, el contrato
de mandato, el contrato de promesa de sociedad, la cesión de contrato.
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30. Leonardo Espinosa Quinteto 29
Introducción Al Derecho Mercantil
CAPITILO V
1. LA EMPRESA
La empresa está conformada principalmente por:
a) Un empresario: que es el titular y director de un conjunto de bienes encaminados al
cumplimiento de la actividad económica organizada, y sujeto de las obligaciones y los
derechos de que ella surjan.
b) Una actividad económica organizada de ese empresario denominado el perfil objetivo,
referente a la tarea o labor que desempeña el empresario mediante la utilización de una
diversidad de bienes.
c) Uno o más establecimientos de comercio entendidos como el conjunto de bienes que
conforme a un plan determinado, realizan una actividad económica.
El empresario puede tener varias clases de terceros-acreedores que son:
a. Personales: son aquellos cuyas acreencias no guardan relación con la actividad económica
empresarial del empresario.
b. Empresariales: son aquellos cuyas acreencias tienen origen directo o indirecto, en la
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actividad empresarial de dicho empresario.
La empresa no es una persona jurídica independiente, por lo tanto es el empresario quien actúa
en el mundo jurídico; la empresa no tiene capacidad ni habilidad para celebrar negocios
mercantiles ni la empresa es titular de bienes.
1.1.La empresa como patrimonio autónomo
esta percepción afirma que la empresa es un conjunto de bienes muebles, inmuebles, derechos
de propiedad industrial, etc., que en estricto sentido corresponden al establecimiento o