Este documento autoriza a la empresa Century 21 Platino para que gestione de forma exclusiva la venta de un local comercial propiedad de los Sres. Carlos Jesus Koo Labrin y Celia Flor Bartra Casanova durante un plazo de meses. El precio de venta es de US$100,000. La comisión para el agente inmobiliario es del % del precio de venta más IGV. Cualquier desavenencia que surja será resuelta mediante arbitraje.
1. AUTORIZACION DE EXCLUSIVIDAD DE VENTA
En el presente documento intervienen el Sr. CARLOS JESUS KOO LABRIN, debidamente identificado con DNI N° 07626109 y
la Sra. Celia Flor Bartra Casanova, debidamente identificada con DNI 18138807, amboscon domicilio en Jr. Del Comercio N°
152, distrito de Cajamarca, Provincia y Departamento de Cajamarca, celular N° 976868264, correo electrónico
koo.carlos@gmail.com, en adelante LOS PROPIETARIOS, quien(es) autoriza(n) a la empresa CENTURY 21 PLATINO
(APUSLLACTAS.A.C.), con RUC N°20603380933, con domicilio en Calle TizianoNro. 118,Distritode SanBorja, Provincia
y Departamento de Lima, debidamente representada por su Gerente General Srta. ELIZABETH ROSA LLACTAHUAMAN
GOMEZ, identificado con DNI N° 10418498, a quien en lo sucesivo se le denominará EL AGENTE INMOBILIARIO, para
que realicen la gestión de venta del inmueble que declaro tener en propiedad y que cuenta con las siguientes características:
Terreno Estacionamiento Casa Departamento Local Comercial Local Industrial
Ubicación: Av. Garcilaso De La Vega N° 1251 – Ofic. 322 ficha Registral N° 11621305. Área de Terreno: 22m2
El precio de venta será de US$ 100,000.00 (CIEM MIL con 00/100 Dólares Americanos).
PRIMERO. -Por el presente instrumento, LOS PROPIETARIOS conviene en solicitar los servicios del Agente Inmobiliario, con
la finalidad de que éste se encargue en forma EXCLUSIVA de la promoción y negociación para la venta de EL INMUEBLE.
SEGUNDO. - Mediante este documento EL AGENTE INMOBILIARIO pacta con LOS PROPIETARIO que el será el único
autorizado para promocionar y vender su inmueble. Así las cosas, si por alguna razón EL PROPIETARIO es quien consigue el
cliente se lo presentará al AGENTE INMOBILIARIO e igual estará en la obligaciónde pagarlela comisión al agente inmobiliario.
LOS PROPIETARIO no podrá, durantela vigenciadel presente acuerdo, encargara ningún otroagente inmobiliariolos servicios
de intermediación respecto de EL INMUEBLE; en caso de incumplimiento y venta de EL INMUEBLE en trasgresión de la
presente cláusula, LOS PROPIETARIO se encontrará en la obligación de pagar la comisión pactada en la cláusula cuarta.
TERCERO. - El plazo de vigencia de la presente autorización será de ______ ( ) meses.
CUARTO. -Se establece a favor del Agente Inmobiliario la suma de____% del valor de venta por concepto de comisión, más
IGV.
QUINTO. - La retribución acordada en la cláusula cuarta será pagada aun cuando haya vencido el plazo del presente acuerdo,
hasta dentro de un plazo máximo de 180 días computadas a partir del vencimiento del presente acuerdo, cuando la celebración
del contrato de compra venta y/o EscrituraPública se celebre a favor de algún cliente propuesto y/opresentadopor EL AGENTE
INMOBILIARIO.
SEXTO. - Las partes acuerdan de manera voluntaria que toda desavenencia, litigio o controversia que pueda derivarse de este
contrato, serán resueltas a través del arbitraje popular, mediante fallo definitivo, de conformidad con los Reglamentos del
Centro de Arbitraje Popular “ARBITRA PERU”, a cuya administración, reglamentos y decisión se someten las partes en forma
incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad. El arbitraje es de derecho y será resuelto por árbitro único,
el mismo que es elegido por el Centro de Arbitraje “Arbitra Perú”.
Asimismo, las partes acuerdan conceder al árbitro las facultades para la eje cución forzosa del laudo; estas facultades
comprenden hasta el último acto procesal antes del uso de la fuerza pública.
Las partes señalan como sus domicilios los señalados en la introducción de este documento.
LIMA, _____, ____________ DE 2018.
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PROPIETARIO PROPIETARIO
DNI: DNI:
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GRACIELA CARRASCO BURGOS ELIZABETH LLACTAHUAMAN GOMEZ
AGENTE INMOBILIARIO GERENTE GENERAL
APUSLLACTA S.A.C. APUSLLACTA S.A.C.
Calle Tiziano Nro. 118, San Borja