1. plagio
Plagio
Este artículo trata sobre la copia de obras ajenas. Para la
privación de la libertad, véase secuestro.
En el Diccionario de la lengua española de la Real Academia
Española se define plagio como la acción de «copiar en lo
sustancial obras ajenas, dándolas como propias».1 Desde el
punto de vista legal es una infracción al derecho de autor acerca
de una obra artística o intelectual de cualquier tipo, en la que se
incurre cuando se presenta una obra ajena como propia u
original.
Así pues, una persona comete plagio si copia o imita algo que
no le pertenece y se hace pasar por el (la) autor(a) de ello. En el
caso de documentos escritos, por ejemplo, se tipifica este delito
cuando, sin uso de comillas o sin indicar explícitamente el
origen, ni citar la fuente original de la información, se incluye una
idea, un párrafo o una frase ajenos.
2. Que se puede plagiar
Cualquier información en cualquier soporte, o cualquier obra literaria,
científica o artística:
Monografías, folletos, impresos, escritos, informes, conferencias, etc.
Artículos de revistas, artículos de prensa, investigaciones de otras
personas, grabaciones, diagramas, gráficos, exámenes, etc.
Composiciones musicales, con o sin letra
Obras dramáticas, musicales, coreografías y, en general teatrales
Obras cinematográficas y audiovisuales, obras multimedia y obras
fotográficas
Escultura, dibujo, pintura y demás obras plásticas
Obras arquitectónicas y de ingeniería
Programas de ordenador y bases de datos
Formas de dibujos, signos, modelos, patentes, marcas, lemas y frases
divulgatorias de objetos producidos por las artes industriales
Y las obras derivadas de las originales, como las traducciones,
adaptaciones, revisiones, compendios, arreglos musicales, entre otros
3. El plagio tiene dos características
- La copia total o parcial no autorizada de
una obra ajena
- La presentación de la copia como obra
original propia, suplantando al autor
verdadero
4. El plagio y la internet
La Red se ha convertido en una fuente muy popular de información
para los trabajos de los estudiantes, y han surgido muchos
interrogantes de cómo evitar el plagio por este medio. En la mayoría
de los casos, aplican las mismas reglas que para el material escrito:
cuando el que escribe debe mencionar ideas o referencias de un
sitio de Internet, debe citar esa fuente.
Si un escritor quiere utilizar información visual de un sitio de
Internet, por lo general aplican las mismas reglas. Copiar
información visual o gráficas de un sitio de la red o de una fuente
escrita es muy similar a referenciar información y por lo tanto la
fuente de la información gráfica o visual se debe citar. Estas reglas
también se aplican a otros usos de textos o información visual
provenientes de sitios de Internet; por ejemplo, si un estudiante esta
realizando una página Web para un proyecto de clase y copia
gráficas o información visual de algunos sitios, debe dar crédito a
las fuentes de su información. En este caso, puede ser buena idea
obtener permiso del dueño del sitio antes de utilizar las gráficas.
5. Estrategia para evitar al plagio
1. Encierre entre comillas todo lo que provenga directamente del
texto, especialmente cuando está tomando notas.
2. Parafrasee, pero asegúrese que no esta simplemente
cambiando algunas palabras o reacomodándolas.
3. Compare sus frases con el texto original para asegurarse que
no uso accidentalmente la mismas frases o palabras, y que la
información es fiel.
6. Mas del plagio
cada vez que usted escriba un documento que requiera
investigación, debe informar a sus lectores donde de obtuvo las
ideas y aseveraciones o datos que no son propios. Tanto si usted
cita directamente o hace un resumen de la información, debe darle
reconocimiento a sus fuentes, citándolas. De esta manera obtiene
usted "permiso" para utilizar las palabra de otro porque está
dándole crédito por el trabajo que él o ella han realizado.
Sin embargo, aún cuando haga un resumen usted corre el riesgo de
incurrir en plagio. El plagio ocurre cuando usted presta palabras o
ideas, las parafrasea para que no sean como el original, pero no lo
logra del todo. Si sus palabras y frases se asemejan mucho a las de
la fuente original, esto, también es plagio.
7. ¿Como se cita ?
Utilice las reglas establecidas por la APA (American Psycological
Association - Asociación Americana de Psicología) o la MLA
(Modern Language Association – Asociación de Lenguas
Modernas) cita entre paréntesis (ejemplo: cita en cada parágrafo,
no en el pié de página). Por lo general, lo que se pone es el apellido
del autor y la fecha de publicación de la obra en referencia (APA) o
el apellido del autor y el número de la página del texto del que se
extrajo (MLA). Se debe hacer de manera adecuada. La forma y la
puntuación, cuentan.
Debe usted también, incluir una lista completa de fuentes
(bibliografía) al final de su escrito. Con esto no solamente se
pretende demostrar a sus lectores que usted investigó, sino
además ofrecerles otras fuentes en caso de que quiera profundizar
en el tema. Nuevamente, esto debe hacerse de acuerdo a las
reglas establecidas por la MLA o la APA [3].
8. Que se debe citar
Qué se debe citar?
a) Todos los datos, cifras, estadísticas que no sean de conocimiento común.
Ejemplo 1:
Los precios de la Plata alcanzaron el valor más alto en nueve años $7.28 dólares por onza, el 5 de Febrero de
1.998. Algunos analistas predijeron que alcanzaría los $10.00 dólares por onza en los dos meses siguientes
(Fuerbriger D1).
Esto se debe citar porque no es conocimiento general.
Ejemplo 2:
La Declaración de Independencia Norteamericana fue escrita en 1776.
Esto es de conocimiento común y no necesita citarse.
b) Teorías o ideas específicas que han sido propuestas por otras personas.
Ejemplo:
No es la pobre y discreta pronunciación de los sonidos de vocales y consonantes lo que tanto interfiere con la
comunicación, es el uso de entonaciones y acentuaciones equivocadas (Gilbert, 1994, p. 21).
c) Cualquier información específica que NO sea de conocimiento público.
Ejemplo:
Se estima que las muertes por arma de fuego sobrepasarán muy pronto las ocurridas por accidentes de
tránsito como la primera causa de muerte traumática en Norteamérica (Davidson, 1998, p. A31).
(Las pautas de la APA se utilizaron en las citas anteriores).
La mejor política para adoptar es: cuando haya duda de si algo es de conocimiento público, cite la fuente.
9. Como evitar el plagio
¿Cómo evito el plagio?
a) Cite directamente la fuente entre comillas y cite la referencia.
Ejemplo:
Como lo dijo un educador: "El plagio se define mejor como una
actividad deliberada – la copia consciente del trabajo de otros" (Swales,
125).
b) Parafrasee las ideas y cite la referencia. Usted no puede usar
oraciones o párrafos exactamente como están en el texto, aún cuando
cite usted la referencia. Las palabras que utilice deben ser LAS SUYAS.
Ejemplo:
Jhon Swales ha dicho que el plagio ocurre cuando una persona copia el
trabajo de otra y es perfectamente consciente de lo que está haciendo
(125).
Fuente: Swales, Jhon y Christine B. Feak. Escritura Académica para
Estudiantes Graduados. Ann Arbor: University of Michigan Press, 1994.
(Las pautas de la MLA se utilizaron en las citas anteriores).
10. ¿Cómo puedo parafrasear y estar seguro de que no
me estoy "robando" las frases de otra persona?
a) Use sinónimos para todas las palabras que no sean genéricas.
b) Cambie de la voz activa a la pasiva, o viceversa.
c) Cambie la estructura de la frase.
d) Reduzca párrafos a frases.
e) Cambie partes del texto.
11. Derecho de autor
El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y
principios que regulan losderechos morales y patrimoniales que la
ley concede a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho
de la creación de una obra literaria, artística, musical, científica o
didáctica, esté publicada o inédita.
Está reconocido como uno de los derechos humanos
fundamentales en la Declaración
Universal de los Derechos Humanos.1
En el derecho anglosajón se utiliza la noción
de copyright (traducido literalmente como "derecho de copia") que
—por lo general— comprende la parte patrimonial de los derechos
de autor (derechos patrimoniales).
12. Derecho de autor
Una obra pasa al dominio público cuando los derechos patrimoniales
han expirado. Esto sucede habitualmente trascurrido un plazo desde la
muerte del autor (post mortem auctoris). El plazo mínimo, a nivel
mundial, es de 50 años y está establecido en el Convenio de Berna.
Muchos países han extendido ese plazo ampliamente. Por ejemplo, en
el Derecho europeo, son 70 años desde la muerte del autor. Una vez
pasado ese tiempo, dicha obra entonces puede ser utilizada en forma
libre, respetando los derechos morales.
13. Proteccion
1) ¿Desde cuándo protege el derecho de autor?
Los derechos de autor nacen desde el momento de la creación de
la obra, es decir, desde que se expresa la idea del autor. A esto se
le llama principio de protección automática: en cuanto existe la
obra, existe la protección, aun si la obra no ha sido publicada. Para
que exista obra no basta con la mera idea, sino que ella debe ser
exteriorizada.
En consecuencia, no es necesario cumplir con requisitos formales
de ninguna clase para que se proteja una obra. No es necesario
registrar la obra, ni solicitar autorización alguna, ni agregar el
símbolo de copyright, ni tener ISBN o ISSN para que la obra tenga
protección legal. Dichos requisitos no condicionan la protección de
la obra, sino que cumplen ciertos fines prácticos distintos. Lo que sí
se requiere es la expresión original de esa idea del autor: poner el
texto sobre el papel o en el computador, tomar la fotografía, pintar
el cuadro, etc.
14. Duración
2) ¿Por cuánto tiempo dura el derecho de autor?
Los derechos patrimoniales de autor tienen carácter temporal, fijado
por la ley, puesto que su objetivo es recompensar económicamente
a los autores por el acto creativo, incentivándolos así para seguir
creando obras. La regla general a nivel internacional es que la
protección se extienda por toda la vida del autor y hasta 50 años
contados desde su muerte. Varios países contemplan plazos
distintos. Así, en Chile el plazo de protección es por toda la vida del
autor más 70 años contados desde la muerte del autor, y en
Colombia es toda la vida del autor más 80 años desde su muerte (o
50 años si el titular de la obra es una persona jurídica). Una vez
vencido el plazo, la obra pasa a ser parte del dominio público.
15. Las obras
3) ¿Es necesario inscribir o registrar una obra para que se
proteja?
No, no es un trámite necesario para que una obra se proteja. Sí
resulta conveniente, en especial cuando hay intención de explotar
comercialmente una obra. La función que cumple la inscripción de
una obra en el registro correspondiente es la de preconstitución de
prueba; es decir, se presume que quien inscribe una obra como
propia en el Registro es el autor de esa obra y tiene todos los
derechos sobre la misma.
16. Selección de obras
5) ¿Cuáles son las obras que están protegidas?
Están protegidas aquellas obras que constituyan expresión de una
idea, con cierta originalidad. La ley entrega una larga lista de
categorías de obras que están protegidas, como libros, revistas,
periódicos, dibujos, fotografías, coreografías, discursos,
conferencias, programas computacionales, canciones, obras
audiovisuales y cinematográficas, obras teatrales, modelos textiles
y mucho más. No obstante, es un listado incompleto, dado que si
una obra no estuviera incluida en ese listado, igualmente va a estar
protegida si se trata de una expresión original de una idea. Esto
último sucedió con el software, que por ser considerado una clase
de obra literaria fue protegido a través de las leyes sobre derechos
de autor, inclusive antes de que éstas fuesen modificadas para
protegerlo expresamente.
17. Ejercer el derecho de autor
13) ¿Cómo se ejercen los derechos de autor?
Los derechos de autor admiten diversas formas para ser ejercidos
por los titulares de derechos. Así, el autor al crear la obra es quien
tiene de forma exclusiva la facultad de hacer copias de la misma,
en ejercicio de su derecho de reproducción. Pero puede también
obtener una ganancia económica transfiriendo sus derechos a otras
personas o instituciones, para que sean éstas las que ejerzan tales
derechos. Ello ocurre mediante una cesión de derechos.
También puede ocurrir que otras personas pretendan hacer ciertos
usos específicos de una obra, como por ejemplo, hacer un número
limitado de copias sin fines comerciales
18. Las licencias cc
17) ¿Las licencias CC sirven solamente en Internet?
No, este tipo de licencias están pensadas no sólo para la
distribución de obras en Internet, sino para cualquier tipo de obras y
cualquiera sea su modo de distribución, bastando una referencia a
los términos de la licencia. Por ejemplo, las obras literarias que no
se encuentran disponibles en el Internet, deberá agregarse en ellas
el siguiente texto “Esta obra está publicada bajo una licencia
Atribución 3.0 Chile de Creative Commons. Para ver una copia de
esta licencia, pinche este link, o el vínculo que corresponda a la
elección de la licencia deseada.
Las ventajas que las licencias tienen en Internet están relacionadas
con su potencial de difusión y con el uso de ciertas herramientas
técnicas: una vez escogida la licencia, automáticamente el sitio web
entrega metadatos para ser incluidos en el sitio web donde se
pondrá a disposición pública la obra, si es del caso, para poder ser
ubicada con mayor facilidad por motores de búsqueda
especializados.
19. Otro tipo de licencia
16) ¿Qué son las licencias Creative Commons?
Las licencias Creative Commons son herramientas legales gratuitas
que sirven para que los autores o titulares de derechos determinen
la forma en la que sus obras podrán ser utilizadas por otros, sea en
o fuera de Internet, con el fin de promover el acceso al
conocimiento y la cultura.
20. Ceder el derecho de autor
12) ¿Pueden cederse los derechos morales?
No, los derechos morales no pueden cederse, donarse ni venderse
por actos entre personas vivas. Por la propia naturaleza de estos
derechos morales, es que ellos son inalienables (no es posible
cederlos ni venderlos), inembargables (no pueden ser sujetos de
medidas de apremio legal) e irrenunciables. Tanto es así que
cualquier acuerdo en contrario es nulo. Además, en el caso de
Chile, la ley declara que el autor es titular exclusivo de los derechos
morales de por vida, aun cuando también los hace transmisible al
momento de su muerte a su cónyuge sobreviviente y ciertos