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“La medicina es:
la más humana de las artes,
la más artística de las ciencias
y
la más científica de las
humanidades”.
El Diccionario de la Lengua Española
define a la ética como: “Parte de la filosofía
que trata de la moral y de las obligaciones
del hombre”, y a la moral como: “Ciencia
que trata del bien en general, y de las
acciones humanas en orden a su bondad o
malicia” y se refiere a la “cualidad de las
acciones humanas que las hace buenas”
Partiendo de estas definiciones
podemos establecer el concepto
de bioética como: “Rama de la
filosofía   que    determina      la
práctica adecuada, de los actos
relacionados con la vida de la
persona, orientados hacia la
preservación de la vida y su
calidad, a la luz de los principios
morales”.
DEONTOLOGIA
CIENCIA O PARTE DE
LA ETICA QUE TRATA
DE LOS DEBERES Y
NORMAS MORALES DE
CADA PROFESION.
EL EJERCICIO DE LA
      MEDICINA

El médico puede cometer errores, los
mismos que no serán reprochables ética y
legalmente, si ha tratado al paciente con los
medios adecuados, con los conocimientos
actuales y con las normas que su deber le
imponen. Aquí podría surgir una duda: ¿Ha
extremado      realmente      los     medios
adecuados?, ¿Una sospecha puede justificar
una denuncia judicial?.
EJERCICIO MEDICO

                  SALUD                              RESPETO A LA DIGNIDAD HUMANA
         BIEN JURIDICO TUTELADO                     Declaraciones de la Asociación Medica Mundial.
            Inalienable, Imprescriptible.


        ESTADO                      DERECHO

                                                                       Cod. De Nuremberg.
MINSA   MP - FN      PJ         PENAL       CIVIL
                                                                        Declar. De Helsinski.
                                                                        Declar. De Ginebra.
          IML
                                                                     Cod. Int. De Etica Medica.

                                                                         Declar. De Lisboa.

                                                                     Cod. Etica y Deont. C.M.P.
                                                                      Declar. Neglig. Medica.

                                                                      Declar. De Huacachina.
PRAXIS MÉDICA




Se fundamenta sobre el conocimiento de las condiciones personales del
enfermo y los principios racionales de las ciencias médicas. El primer aspecto
surge de la relación médico-paciente y el segundo se inicia en la Universidad a
lo que se agrega el Post-Grado, labor del Colegio Médico del Perú y de la
Sociedad Médica respectiva
REQUISITOS PARA EL EJERCICIO
   LEGAL DE LA MEDICINA




               LEGALES

       • Titulo de Medico
       Cirujano.
       • Colegiatura.
       • Titulo de Especialidad.
       • Habilitado.
Cuando se violan las normas del adecuado ejercicio
                       profesional queda configurado la MALPRAXIS




Se define como “la omisión por parte del Médico, de prestar apropiadamente
los servicios a que está obligado en su relación profesional con su paciente,
omisión que da como resultado cierto perjuicio a éste”, o también “cuando el
médico a través de un acto propio de su actividad, y en relación causal y con
culpa produce un daño determinado en la salud de un individuo”; es decir consta
de dos partes:

•El médico deja de cumplir con su deber.
•Causa un perjuicio definido al paciente.

Por tanto, el no ceñirse a las normas establecidas (originando un perjuicio) hace
al médico responsable de su conducta y de los daños que ocasiona.
RESPONSABILIDAD


 Etimología: del latín  RESPONDEO - DERE, responder, contestar de
palabra o por escrito. Estar colocado en frente o en la parte opuesta.
Reclamar, comparecer.

 Concepto: es la calidad o condición de responsable y la obligación de
reparar y satisfacer por si mismo o por otro, toda pérdida, daño o perjuicio que
se hubiera ocasionado; ello implica, aceptar las consecuencias de un acto
realizado con capacidad (discernimiento), voluntad (intención) y dentro de un
marco de libertad.
ELEMENTOS DE RESPONSABILIDAD




• Acción (u omisión): voluntaria (o involuntaria) productora de
un resultado dañoso.

• Antijuridicidad: desde el acto ilícito hasta el incumplimiento
contractual o la violación de una obligación.
Es la obligación de
                    responder sobre
                    nuestros actos o de
                    aquellos que se realizan
                    por orden nuestra ante
                    la sociedad, tanto civil,
RESPONSABILIDAD     como penal, militar o
  PROFESIONAL       religiosos.
    Y SOCIAL
                  La responsabilidad
                    profesional, por lo tanto
                    es la obligación de
                    responder sobre los
                    delitos que se lleguen a
                    producir con motivo de
                    la praxis profesional.


                                                15
PERITO.- PERSONA ENTENDIDA
           EN UNA CIENCIA O ARTE QUE
           PUEDE ILUSTRAR AL JUEZ O AL
           TRIBUNAL ACERCA DE LOS
           DIFERENTES ASPECTOS DE UNA
           REALIDAD    A   UN    CASO
PERITO Y   CONCRETO.
 MEDICO
           SIEMPRE QUE PARA EL EXAMEN
FORENSE    DE ALGUNA PERSONA U OBJETO
           SE REQUIERA CONOCIMIENTOS
           ESPECIALES, SE PROCEDERA
           CON      INTERVENCIÓN   DE
           PERITOS.




                                     16
Se desprende de las
          ciencias medicas.

          medico forense: No
          es suficiente con el
PERITOS   título de médico general
MEDICOS   sino un conocimiento
          especial.

          El médico forense debe
          estar capacitado para
          abordar los problemas
          medico legales.
                                     17
EN MATERIA PENAL INTERVIENE EN:
  CLASIFICACION DE LESIONES.
  ESTADO DE SALUD DEL INFRACTOR.
  NECROPSIAS.
  ETC.
EN MATERIA CIVIL PODRA PRESENTARSE:
  DICTAMINARE SOBRE LA CAPACIDAD DE TESTAR
  DE UNA PERSONA.
  ESTADO MENTAL.
EN MATERIA LABORAL:
  DIAGNOSTICAR ENFERMEDADES PROFESIONALES.
  (RIESGO DE TRABAJO


                                         18
INTERVENCIÓN DEL PERITO

OFICIAL: POR DESIGNACION DEL JUEZ O DEL
MINISTERIO PUBLICO. COBRAN UN SUELDO Y
COBRAN CADA TREINTA DIAS.

PARTICULAR O PRIVADA: POR DESIGNACION
POR LA DEFENSA O DESIGNADO POR CADA
UNA DE LAS PARTES. COBRAN HONORARIOS
CADA QUE INTERVIENEN.


                                     19
FUNCIONES PERICIALES DE LOS
         FORENSES.


  CON PERSONAS VIVAS:

A) IDENTIDAD.
B) ENFERMEDAD. DEFICIENCIA MENTAL.
C) SIMULACION, DISIMULACION O SOBRESIMULACION.
D) DIAGNOSTICAR: ENFERMEDAD VENEREA, GRAVIDEZ.
E) LESIONES. INTOXICACIONES: ALCOHOL, DROGAS,
   ETC.
H) AFIRMAR O NEGAR LA EXISTENCIA DE DELITOS
   SEXUALES.


                                                 20
CON CADAVER HUMANO:

A) DIAG. DE MUERTE.
B) CAUSA DE MUERTE.
C) FECHA DE MUERTE. (CRONOTANATODIAGNOSTICO)
D) DIAG. DIFERENCIAL DE LESIONES EN VIDA Y POST-
    MORTEN.
F) NECROPSIA MEDICO – FORENSE.
G) EXHUMACION.
H) EXAMENES TOXICOLOGICOS.
I) EXAMENES HEMATOLOGICOS.
J) EXAMENES ANATOMO – PATOLOGICOS.




                                                   21
1. Actuar objetivamente, con ciencia.

                 2. Abrir los ojos y cerrar los oídos.

                 3. Considerar cada caso aisladamente, individual y
                     concreto.

                 4. Sumar el mayor numero de hechos y pruebas y no
                     basarse en uno solo.


  DECALOGO       5. Proceder con método: (deductivo y analítico – dividir el
                     problema)
MEDICO FORENSE
                 6. No fiarse de la memoria y desconfiar de la imaginación.

                 7. La inspección debe ser metódica y completa.

                 8. El dictamen debe redactarse, analizando y sintetizando.

                 9. Concluir con medida: no timidez, no temeridad.

                 10.Peritar es problema de técnica, ciencia, paciencia,
                    experiencia y conciencia. no sacrificar intereses de la
                    justicia.
                                                                         22
RECORDEMOS A RUDYARD KIPLIN

SEIS SERVIDORES QUE SIRVEN MUY BIEN A LA
  CIMINALISTICA Y SE LLAMAN:
 QUÉ
 POR QUÉ
 DÓNDE
 CÓMO
 CUÁNDO
 QUIÉN

LOS CRIMINALISTAS HAN AÑADIDO UN SEPTIMO
  SERVIDOR Y SE HAN CONOCIDO COMO LOS SIETE
  PUNTOS DE ORO DE LA INVESTIGACION CRIMINAL:
 ¿ CON QUÉ?


                                                23
El médico deberá apoyarse en la verdad
            científica, demostrable con los medios que
            pone a su disposición la ciencia medica.
            La medicina es ciencia no taumaturgia, no
            debe ofrecer lo que no es posible dar.
            Certificar con honestidad, debe ser el
            primer convencido sobre la servidumbre de
            lo que certifica. certificar sin practicar el
            examen respectivo se sanciona con la ley.
            El médico tiene una labor social como
            auxiliar de la justicia.
ÉTICA DEL
            El médico no es juzgador, pero si asesor del
 MÉDICO     juez y por lo tanto debe limitar su asesoría
            a las cuestiones de su competencia
            profesional ( medicina)
FORENSE
            La revelación del secreto profesional será
            sancionado cuando no exista justa causa
            para hacerlo.
            El medico debe actuar con claridad asociar
            con lógica el problema, argumentar con
            método y concluir con precisión.
            La timidez y la audacia son peligros que no
            deben contar en el acervo mental del
            medico.




                                                        24
RESPONSABILIDAD
              MÉDICA

Definición: Es la obligación de los médicos, de
dar cuenta ante la sociedad por los actos
realizados en la práctica profesional, cuya
naturaleza y resultados sean contrarios a sus
deberes, por incumplimiento de los medios y/o
cuidados adecuados en la asistencia del
paciente; pudiendo adquirir a veces, relevancia
jurídica.
MEDIOS:



βErrores groseros en sus conclusiones
 periciales (diagnóstico).
βDefectuoso examen del paciente.
βOmisión de pautas esenciales para el
 peritaje médico legal.
βFalta de control hacia los auxiliares del
 médico y los daños que los mismos
 puedan culposamente ocasionar.
CULPA
Es una infracción a
una      obligación
preexistente fijada
por Ley o por el
contrato.
DELIMITACION :
DOLO: Hay intención deliberada, es decir cuando la
      previsión del resultado como seguro, no detiene al
      autor. Por ejemplo: Aborto,         Certificado falso.
      La Responsabilidad es plena.

CULPA: Falta necesariamente la intención de dañar, pero
       hay una negligencia, desidia, impericia, falta de
       precaución o de diligencia, descuido o imprudencia
       que produce perjuicio a otro o que frustra el
       cumplimiento de una obligación, y debe ser
       imputada a quien la causa.

CASO FORTUITO: Los hechos son extraños al hombre,
ocurren por azar, es decir, es una consecuencia extraordinaria
o excepcional de la acción. El médico no ha previsto el
resultado porque éste no era previsible, por lo tanto no puede
serle imputado.
INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL

CLINICA FORENSE


Determinación y valoración médica de
lesiones, por paf, lesiones por hecho de
tránsito, lesiones por mordedura canina,
lesiones por violencia familiar.
Determinación de edad aproximada,
Determinación del sexo
Presunta responsabilidad médica
Estado de salud actual
Examen psicosomático
INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL
Clínica Forense

Diagnóstico laboral por accidente de trabajo
Aptitud laboral
Post-facto ampliación de reconocimiento
Examen por presunta tortura
Estudios sociales y familiares
Visitas para reconocimiento médico legal
fuera del local
Ampliación de reconocimiento
Reconocimiento para entrega de córnea
Junta médica
INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL

SEXOLOGIA Y GINECOLOGIA FORENSE

Examen de Integridad sexual
Examen por presunto aborto
Determinación del estado de gestación
Determinación del parto reciente ó anterior
Determinación del Sexo
Determinación de potencia sexual
Ampliación de reconocimiento
INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL


Psiquiatría Forense

Examen Psiquiátrico
Estado de salud mental para testar
Fármacodependencia
Examen para beneficio penitenciario
Ampliación de reconocimiento
Psicosomático por adopción
Perfil Psicosexual
Necropsia psicológica
INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL

Psicología Forense


Examen psicológico
Violencia familiar - psicológico
Determinación del coeficiente
intelectual
Examen para beneficio
penitenciario
Ampliación de reconocimiento
INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL



  Pediatría Forense

  Violencia (niño maltratado)
  Evaluación de menores NN y
  abandonados
INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL
Tanatología Forense

Necropsias
Necropsias clínicas
Traslado de cadáveres y restos humanos a
fosa común
Conservación de cadáveres por refrigeración
Conservación de cadáveres por
formalización
Conservación de cadáveres por
embalsamiento
Entrega de cadáveres a Universidades e
Instituciones Científicas
INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL

Tanatología Forense

Exhumaciones para toma de muestra
Exhumaciones para necropsias
Levantamiento de Cadáveres
Evaluación de presunta tortura
Junta Médica
Responsabilidad Médica
Autorización para cremación de cadáveres y restos humanos
Ampliación de peritaje
Autorización de traslado de cadáveres y restos humanos
INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL

 Antropología Forense

 Estudio Premortem
 Estudio Postmortem
 Exhumación en Fosas
   - Individualización
   - Identificación
 Pronunciamiento de Identidad realizados
 Atenciones de persona viva
 Estudio comparativo realizado
 Ampliación de peritaje
INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL
Estomatología Forense

Odontogramas en cadáveres y restos
humanos
Odontogramas en personas
Determinación de edad odontológico
Examen comparativo
Ampliación - post - facto
Identificación por odontogramas
Examen Odontológico para determinar
lesiones
INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL

 Biología Forense

 Muestra en personas
 Muestras en cadáveres
 Exámenes Espermatológico en personas
 Exámenes Espermatológico en cadáveres
 Exámenes Entomológico
 Exámenes Tricológico
 Exámenes Uncológico
INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL


Biología Forense

Exámenes Hematológicos
Determinación de HIV
Determinación de Hepatitis
Exámenes de determinación de ETS
Exámenes Microbiológicos
Examen parasitológico
Ampliación de peritaje
INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL


Radiología Forense

Examen radiológico en personas
Examen radiológico en cadáveres
Ecografías obstétricas
Ecografías pélvicas
Ecografías abdominales
Ampliación de peritaje
INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL

Anatomía Patológica Forense

Toma de muestras en personas
Toma de muestras en cadáveres
Muestras procesadas
Muestras informadas
Estudios Histopatológicos
Estudios Citopatológicos
Asistencia a Necropsias
Ampliación de peritaje
INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL


Otras actividades Médico Forenses


Electrocardiogramas
Examen Colposcópico
Electromiografías
DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL
            (D.C.L.S)
EXAMEN DE LA VICTIMA


Se debe describir en
forma pormenorizada
las lesiones
LESIONES GENITALES
HEMATOMA VULVAR
LESIONES EN EL AGRESOR
HIMEN: DESGARROS ANTIGUOS
oooooooooooo
    OOOOOOOO


pppppppppppppppppp
eeeeeeeeeeeeeeeeeee
MINISTERIO PÚBLICO
Instituto de Medicina Legal del Perú

                                                    PROTOCOLO DE AUTOPSIA
                                                            Nº 052 - 2009
DIVISION MÉDICO LEGAL DE: JOSE LEONARDO ORTIZ.
DISTRITO JUDICIAL DE: LAMBAYEQUE
MORGUE DE: CHICLAYO.                                                   FECHA: 07-11-09.
JUZGADO:
                                  SECRETARIO:
AUTORIDAD POLICIAL QUE REMITE: 2ª FPPC-JLO                   OFICIO Nº: S/N-2009-
INFORME SOLICITADO POR:
DATOS DEL FALLECIDO.
Nombre: RONALD ALBERTO BRAVO CALLIRGOS.
Edad: 27 años.                  Raza: Mestiza      Sexo: Masculino.
Estado Civil: casado            País: Peruano.
Dpto.: Lambayeque              Provincia: Chiclayo               Distrito: José L. Ortiz.
Ocupación o Profesión: Moto taxista
Lugar de fallecimiento: Calle Conquista. Hospital Privado Metropolitano, JLO.
AUTOPSIA.
Practicada por: Medico Legista. Hugo Pavel Rodríguez Gómez.
Autoridades presentes: Dr. Jaime Rojas Guerra. Fiscal Prov. Adjunto 2ª FPPC JLO.
Lugar y Hora: División Médico Legal III Lambayeque 23:30 Hrs.
Prendas de vestir: Pantalón crema dril, trusa interior de algodón color roja.
Objetos: Ninguno.
FENOMENOS CADAVERICOS Y TIEMPO APROXIMADO DE MUERTE.
Livideces: Dorsales modificables.
Rigidez: Parcial a nivel mandibular.
Fenómenos oculares: Opacidad corneal.
Fauna cadavérica: Ausente.                                                        Putrefacción: No instalada.
Otros:
Tiempo aproximado de la muerte: Más menos 2 a 3 horas.

EXAMEN FÍSICO EXTERNO: RETRATO HABLADO.
Estatura: 1. 66 mts.     Constitución: Normosómico Peso: No hay balanza.
Estado de nutrición: Aparente Regular Nutricional   Estado de hidratación: Aparente Regular Estado de Hidratación.
Piel: Trigueña, palidez marcada +++/+++.
CABEZA: Normocéfalo sin lesiones.
CUELLO: Simétrico, corto cilíndrico sin lesiones.
TÓRAX:
Simétrico, sin lesiones.

ABDOMEN-PELVIS:
Ligeramente distendido sin lesiones.

MIEMBROS SUPERIORES:
Se observa palidez marcada a nivel palmar ambas manos, asi como también a nivel subungueal. Mas lo
que describe en pagina 4.

MIEMBROS INFERIORES:
Se observa palidez marcada a nivel plantar ambos pies, y a nivel subungueal.


EXAMEN INTERNO.

CABEZA

Bóveda: Sin fracturas.
Base: Sin fracturas.
Meninges: Sin lesiones.
Encéfalo: Congestivo, edematizado, con herniación de amígdalas cerebelosas y aplanamiento de
circunvoluciones.
Vasos: Sin lesiones.

CUELLO
Columna Cervical: Sin fracturas.
Órganos – Vísceras: Tráquea vacía.
Vasos: Sin lesiones.

TORAX
Columna y parrilla costal: Lo que se describe en página 4.
Pleuras y cavidades: Lo que se describe en página 4.
Pulmones: Pulmón izquierdo distendido parcial, sin lesiones; pulmón derecho, lo que se describe en
página 4.
Pericardio y cavidad: Libre, sin lesiones.

Corazón: De forma y tamaño normal sin lesiones.
Vasos: Sin lesiones.

ABDOMEN PELVIS
Columna y Esqueleto Pelviano: Sin fracturas.
Diafragma: Indemne.
Peritoneo y Cavidad: Libre sin lesiones.
 Epiplones y Mesenterio: Sin lesiones.
Estómago y su contenido: Distendido sin lesiones, al corte contenido gástrico en
aproximadamente 400cc en primera fase de digestión.
Intestinos: Sin lesiones.
Apéndice: Presente sin lesiones.
Hígado y Vías biliares: Pálido sin lesiones, al corte palidez marcada.
Bazo: Pálido sin lesiones, al corte palidez marcada.
Páncreas: Sin lesiones, al corte palidez.
Aparato urinario: Riñón derecho e izquierdo sin lesiones; palidez corticomedular
al corte.
Vasos:
Sin lesiones.
Genitales internos: --------------------------------------------------------------------------------------
DESCRIPCION DE LESIONES TRAUMÁTICAS.

LESIONES EXTERNAS:

Miembro Superior Derecho.
Orificio ovalado correspondiente a lesión de entrada de Proyectil de Arma de
Fuego, mide 1 x 0.5 cm, con halo contuso erosivo perilesional de 0.2 cm, orificio
que se proyecta oblicuamente de arriba abajo, localizado a 21 cm a la derecha de
línea media anterior y 7 cm por encima de ángulo anterior de axila derecha.

LESIONES INTERNAS:

Tórax.
Continuando con su trayectoria el Proyectil de Arma de Fuego, penetra en cavidad
torácica, produciendo fractura de 3er arco costal hemitorax anterior derecho,
perforando pulmón derecho haciendo su ingreso por el lóbulo superior y salida por
el lóbulo inferior del mismo, encontrándose muesca lesional en 7º cuerpo vertebral
dorsal lado derecho. Se extraen aproximadamente 3000 cc de sangre
coleccionada en cavidad torácica (hemotorax).
Se halla proyectil de arma de fuego en contenido hemático intratorácico.

Trayectoria del Proyectil de Arma de Fuego: De adentro hacia afuera, de derecha
a izquierda, de adelante hacia atrás en proyección oblicua.
CONCLUSIONES:

       1.- Se realizó la Necropsia Médico Legal al cadáver de sexo masculino adulto joven,
identificado como Ronald Alberto Bravo Callirgos de 27 años de edad internado por
disposición fiscal mediante oficio s/n – 2009 – MP- 2ª FPPC JLO.
       2.- Al examen externo se observó lesión producida por orificio de entrada de Proyectil
de Arma de Fuego en miembro superior derecho a la altura de hombro cara anterior, se
observo también palidez marcada localizada distalmente. Al examen interno se encontró que
el proyectil perforó pulmón derecho, produciendo gran hemorragia intratorácica que
condicionó la instauración de shock hipovólemico a consecuencia de la hemorragia, el mismo
que condujo finalmente al deceso de la persona.
       3.- Se extrajeron fragmentos viscerales de cerebro, hígado estomago y contenido para
Estudio Químico Toxicológico y sangre para dosaje etílico.

      CAUSAS      DE MUERTE:

•     SHOCK HIPOVOLÉMICO.
•     HEMOTORAX: PERFORACIÓN PULMONAR DERECHA.

      AGENTE CAUSANTE:

•     PROYECTIL DE ARMA DE FUEGO.

      LUGAR Y       FECHA: Chiclayo, 07 de Noviembre 2009.
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Etica del perito medico legal

  • 1.
  • 2. “La medicina es: la más humana de las artes, la más artística de las ciencias y la más científica de las humanidades”.
  • 3. El Diccionario de la Lengua Española define a la ética como: “Parte de la filosofía que trata de la moral y de las obligaciones del hombre”, y a la moral como: “Ciencia que trata del bien en general, y de las acciones humanas en orden a su bondad o malicia” y se refiere a la “cualidad de las acciones humanas que las hace buenas”
  • 4. Partiendo de estas definiciones podemos establecer el concepto de bioética como: “Rama de la filosofía que determina la práctica adecuada, de los actos relacionados con la vida de la persona, orientados hacia la preservación de la vida y su calidad, a la luz de los principios morales”.
  • 6. CIENCIA O PARTE DE LA ETICA QUE TRATA DE LOS DEBERES Y NORMAS MORALES DE CADA PROFESION.
  • 7.
  • 8. EL EJERCICIO DE LA MEDICINA El médico puede cometer errores, los mismos que no serán reprochables ética y legalmente, si ha tratado al paciente con los medios adecuados, con los conocimientos actuales y con las normas que su deber le imponen. Aquí podría surgir una duda: ¿Ha extremado realmente los medios adecuados?, ¿Una sospecha puede justificar una denuncia judicial?.
  • 9. EJERCICIO MEDICO SALUD RESPETO A LA DIGNIDAD HUMANA BIEN JURIDICO TUTELADO Declaraciones de la Asociación Medica Mundial. Inalienable, Imprescriptible. ESTADO DERECHO Cod. De Nuremberg. MINSA MP - FN PJ PENAL CIVIL Declar. De Helsinski. Declar. De Ginebra. IML Cod. Int. De Etica Medica. Declar. De Lisboa. Cod. Etica y Deont. C.M.P. Declar. Neglig. Medica. Declar. De Huacachina.
  • 10. PRAXIS MÉDICA Se fundamenta sobre el conocimiento de las condiciones personales del enfermo y los principios racionales de las ciencias médicas. El primer aspecto surge de la relación médico-paciente y el segundo se inicia en la Universidad a lo que se agrega el Post-Grado, labor del Colegio Médico del Perú y de la Sociedad Médica respectiva
  • 11. REQUISITOS PARA EL EJERCICIO LEGAL DE LA MEDICINA LEGALES • Titulo de Medico Cirujano. • Colegiatura. • Titulo de Especialidad. • Habilitado.
  • 12. Cuando se violan las normas del adecuado ejercicio profesional queda configurado la MALPRAXIS Se define como “la omisión por parte del Médico, de prestar apropiadamente los servicios a que está obligado en su relación profesional con su paciente, omisión que da como resultado cierto perjuicio a éste”, o también “cuando el médico a través de un acto propio de su actividad, y en relación causal y con culpa produce un daño determinado en la salud de un individuo”; es decir consta de dos partes: •El médico deja de cumplir con su deber. •Causa un perjuicio definido al paciente. Por tanto, el no ceñirse a las normas establecidas (originando un perjuicio) hace al médico responsable de su conducta y de los daños que ocasiona.
  • 13. RESPONSABILIDAD  Etimología: del latín RESPONDEO - DERE, responder, contestar de palabra o por escrito. Estar colocado en frente o en la parte opuesta. Reclamar, comparecer.  Concepto: es la calidad o condición de responsable y la obligación de reparar y satisfacer por si mismo o por otro, toda pérdida, daño o perjuicio que se hubiera ocasionado; ello implica, aceptar las consecuencias de un acto realizado con capacidad (discernimiento), voluntad (intención) y dentro de un marco de libertad.
  • 14. ELEMENTOS DE RESPONSABILIDAD • Acción (u omisión): voluntaria (o involuntaria) productora de un resultado dañoso. • Antijuridicidad: desde el acto ilícito hasta el incumplimiento contractual o la violación de una obligación.
  • 15. Es la obligación de responder sobre nuestros actos o de aquellos que se realizan por orden nuestra ante la sociedad, tanto civil, RESPONSABILIDAD como penal, militar o PROFESIONAL religiosos. Y SOCIAL La responsabilidad profesional, por lo tanto es la obligación de responder sobre los delitos que se lleguen a producir con motivo de la praxis profesional. 15
  • 16. PERITO.- PERSONA ENTENDIDA EN UNA CIENCIA O ARTE QUE PUEDE ILUSTRAR AL JUEZ O AL TRIBUNAL ACERCA DE LOS DIFERENTES ASPECTOS DE UNA REALIDAD A UN CASO PERITO Y CONCRETO. MEDICO SIEMPRE QUE PARA EL EXAMEN FORENSE DE ALGUNA PERSONA U OBJETO SE REQUIERA CONOCIMIENTOS ESPECIALES, SE PROCEDERA CON INTERVENCIÓN DE PERITOS. 16
  • 17. Se desprende de las ciencias medicas. medico forense: No es suficiente con el PERITOS título de médico general MEDICOS sino un conocimiento especial. El médico forense debe estar capacitado para abordar los problemas medico legales. 17
  • 18. EN MATERIA PENAL INTERVIENE EN: CLASIFICACION DE LESIONES. ESTADO DE SALUD DEL INFRACTOR. NECROPSIAS. ETC. EN MATERIA CIVIL PODRA PRESENTARSE: DICTAMINARE SOBRE LA CAPACIDAD DE TESTAR DE UNA PERSONA. ESTADO MENTAL. EN MATERIA LABORAL: DIAGNOSTICAR ENFERMEDADES PROFESIONALES. (RIESGO DE TRABAJO 18
  • 19. INTERVENCIÓN DEL PERITO OFICIAL: POR DESIGNACION DEL JUEZ O DEL MINISTERIO PUBLICO. COBRAN UN SUELDO Y COBRAN CADA TREINTA DIAS. PARTICULAR O PRIVADA: POR DESIGNACION POR LA DEFENSA O DESIGNADO POR CADA UNA DE LAS PARTES. COBRAN HONORARIOS CADA QUE INTERVIENEN. 19
  • 20. FUNCIONES PERICIALES DE LOS FORENSES. CON PERSONAS VIVAS: A) IDENTIDAD. B) ENFERMEDAD. DEFICIENCIA MENTAL. C) SIMULACION, DISIMULACION O SOBRESIMULACION. D) DIAGNOSTICAR: ENFERMEDAD VENEREA, GRAVIDEZ. E) LESIONES. INTOXICACIONES: ALCOHOL, DROGAS, ETC. H) AFIRMAR O NEGAR LA EXISTENCIA DE DELITOS SEXUALES. 20
  • 21. CON CADAVER HUMANO: A) DIAG. DE MUERTE. B) CAUSA DE MUERTE. C) FECHA DE MUERTE. (CRONOTANATODIAGNOSTICO) D) DIAG. DIFERENCIAL DE LESIONES EN VIDA Y POST- MORTEN. F) NECROPSIA MEDICO – FORENSE. G) EXHUMACION. H) EXAMENES TOXICOLOGICOS. I) EXAMENES HEMATOLOGICOS. J) EXAMENES ANATOMO – PATOLOGICOS. 21
  • 22. 1. Actuar objetivamente, con ciencia. 2. Abrir los ojos y cerrar los oídos. 3. Considerar cada caso aisladamente, individual y concreto. 4. Sumar el mayor numero de hechos y pruebas y no basarse en uno solo. DECALOGO 5. Proceder con método: (deductivo y analítico – dividir el problema) MEDICO FORENSE 6. No fiarse de la memoria y desconfiar de la imaginación. 7. La inspección debe ser metódica y completa. 8. El dictamen debe redactarse, analizando y sintetizando. 9. Concluir con medida: no timidez, no temeridad. 10.Peritar es problema de técnica, ciencia, paciencia, experiencia y conciencia. no sacrificar intereses de la justicia. 22
  • 23. RECORDEMOS A RUDYARD KIPLIN SEIS SERVIDORES QUE SIRVEN MUY BIEN A LA CIMINALISTICA Y SE LLAMAN: QUÉ POR QUÉ DÓNDE CÓMO CUÁNDO QUIÉN LOS CRIMINALISTAS HAN AÑADIDO UN SEPTIMO SERVIDOR Y SE HAN CONOCIDO COMO LOS SIETE PUNTOS DE ORO DE LA INVESTIGACION CRIMINAL: ¿ CON QUÉ? 23
  • 24. El médico deberá apoyarse en la verdad científica, demostrable con los medios que pone a su disposición la ciencia medica. La medicina es ciencia no taumaturgia, no debe ofrecer lo que no es posible dar. Certificar con honestidad, debe ser el primer convencido sobre la servidumbre de lo que certifica. certificar sin practicar el examen respectivo se sanciona con la ley. El médico tiene una labor social como auxiliar de la justicia. ÉTICA DEL El médico no es juzgador, pero si asesor del MÉDICO juez y por lo tanto debe limitar su asesoría a las cuestiones de su competencia profesional ( medicina) FORENSE La revelación del secreto profesional será sancionado cuando no exista justa causa para hacerlo. El medico debe actuar con claridad asociar con lógica el problema, argumentar con método y concluir con precisión. La timidez y la audacia son peligros que no deben contar en el acervo mental del medico. 24
  • 25. RESPONSABILIDAD MÉDICA Definición: Es la obligación de los médicos, de dar cuenta ante la sociedad por los actos realizados en la práctica profesional, cuya naturaleza y resultados sean contrarios a sus deberes, por incumplimiento de los medios y/o cuidados adecuados en la asistencia del paciente; pudiendo adquirir a veces, relevancia jurídica.
  • 26. MEDIOS: βErrores groseros en sus conclusiones periciales (diagnóstico). βDefectuoso examen del paciente. βOmisión de pautas esenciales para el peritaje médico legal. βFalta de control hacia los auxiliares del médico y los daños que los mismos puedan culposamente ocasionar.
  • 27. CULPA Es una infracción a una obligación preexistente fijada por Ley o por el contrato.
  • 28. DELIMITACION : DOLO: Hay intención deliberada, es decir cuando la previsión del resultado como seguro, no detiene al autor. Por ejemplo: Aborto, Certificado falso. La Responsabilidad es plena. CULPA: Falta necesariamente la intención de dañar, pero hay una negligencia, desidia, impericia, falta de precaución o de diligencia, descuido o imprudencia que produce perjuicio a otro o que frustra el cumplimiento de una obligación, y debe ser imputada a quien la causa. CASO FORTUITO: Los hechos son extraños al hombre, ocurren por azar, es decir, es una consecuencia extraordinaria o excepcional de la acción. El médico no ha previsto el resultado porque éste no era previsible, por lo tanto no puede serle imputado.
  • 29.
  • 30. INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL CLINICA FORENSE Determinación y valoración médica de lesiones, por paf, lesiones por hecho de tránsito, lesiones por mordedura canina, lesiones por violencia familiar. Determinación de edad aproximada, Determinación del sexo Presunta responsabilidad médica Estado de salud actual Examen psicosomático
  • 31. INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Clínica Forense Diagnóstico laboral por accidente de trabajo Aptitud laboral Post-facto ampliación de reconocimiento Examen por presunta tortura Estudios sociales y familiares Visitas para reconocimiento médico legal fuera del local Ampliación de reconocimiento Reconocimiento para entrega de córnea Junta médica
  • 32. INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL SEXOLOGIA Y GINECOLOGIA FORENSE Examen de Integridad sexual Examen por presunto aborto Determinación del estado de gestación Determinación del parto reciente ó anterior Determinación del Sexo Determinación de potencia sexual Ampliación de reconocimiento
  • 33. INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Psiquiatría Forense Examen Psiquiátrico Estado de salud mental para testar Fármacodependencia Examen para beneficio penitenciario Ampliación de reconocimiento Psicosomático por adopción Perfil Psicosexual Necropsia psicológica
  • 34. INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Psicología Forense Examen psicológico Violencia familiar - psicológico Determinación del coeficiente intelectual Examen para beneficio penitenciario Ampliación de reconocimiento
  • 35. INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Pediatría Forense Violencia (niño maltratado) Evaluación de menores NN y abandonados
  • 36. INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Tanatología Forense Necropsias Necropsias clínicas Traslado de cadáveres y restos humanos a fosa común Conservación de cadáveres por refrigeración Conservación de cadáveres por formalización Conservación de cadáveres por embalsamiento Entrega de cadáveres a Universidades e Instituciones Científicas
  • 37. INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Tanatología Forense Exhumaciones para toma de muestra Exhumaciones para necropsias Levantamiento de Cadáveres Evaluación de presunta tortura Junta Médica Responsabilidad Médica Autorización para cremación de cadáveres y restos humanos Ampliación de peritaje Autorización de traslado de cadáveres y restos humanos
  • 38. INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Antropología Forense Estudio Premortem Estudio Postmortem Exhumación en Fosas - Individualización - Identificación Pronunciamiento de Identidad realizados Atenciones de persona viva Estudio comparativo realizado Ampliación de peritaje
  • 39. INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Estomatología Forense Odontogramas en cadáveres y restos humanos Odontogramas en personas Determinación de edad odontológico Examen comparativo Ampliación - post - facto Identificación por odontogramas Examen Odontológico para determinar lesiones
  • 40. INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Biología Forense Muestra en personas Muestras en cadáveres Exámenes Espermatológico en personas Exámenes Espermatológico en cadáveres Exámenes Entomológico Exámenes Tricológico Exámenes Uncológico
  • 41. INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Biología Forense Exámenes Hematológicos Determinación de HIV Determinación de Hepatitis Exámenes de determinación de ETS Exámenes Microbiológicos Examen parasitológico Ampliación de peritaje
  • 42. INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Radiología Forense Examen radiológico en personas Examen radiológico en cadáveres Ecografías obstétricas Ecografías pélvicas Ecografías abdominales Ampliación de peritaje
  • 43. INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Anatomía Patológica Forense Toma de muestras en personas Toma de muestras en cadáveres Muestras procesadas Muestras informadas Estudios Histopatológicos Estudios Citopatológicos Asistencia a Necropsias Ampliación de peritaje
  • 44. INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Otras actividades Médico Forenses Electrocardiogramas Examen Colposcópico Electromiografías
  • 45. DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL (D.C.L.S)
  • 46.
  • 47.
  • 48.
  • 49. EXAMEN DE LA VICTIMA Se debe describir en forma pormenorizada las lesiones
  • 50.
  • 51.
  • 53. LESIONES EN EL AGRESOR
  • 54.
  • 55.
  • 56.
  • 58.
  • 59.
  • 60. oooooooooooo OOOOOOOO pppppppppppppppppp eeeeeeeeeeeeeeeeeee
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  • 64. MINISTERIO PÚBLICO Instituto de Medicina Legal del Perú PROTOCOLO DE AUTOPSIA Nº 052 - 2009 DIVISION MÉDICO LEGAL DE: JOSE LEONARDO ORTIZ. DISTRITO JUDICIAL DE: LAMBAYEQUE MORGUE DE: CHICLAYO. FECHA: 07-11-09. JUZGADO: SECRETARIO: AUTORIDAD POLICIAL QUE REMITE: 2ª FPPC-JLO OFICIO Nº: S/N-2009- INFORME SOLICITADO POR: DATOS DEL FALLECIDO. Nombre: RONALD ALBERTO BRAVO CALLIRGOS. Edad: 27 años. Raza: Mestiza Sexo: Masculino. Estado Civil: casado País: Peruano. Dpto.: Lambayeque Provincia: Chiclayo Distrito: José L. Ortiz. Ocupación o Profesión: Moto taxista Lugar de fallecimiento: Calle Conquista. Hospital Privado Metropolitano, JLO. AUTOPSIA. Practicada por: Medico Legista. Hugo Pavel Rodríguez Gómez. Autoridades presentes: Dr. Jaime Rojas Guerra. Fiscal Prov. Adjunto 2ª FPPC JLO. Lugar y Hora: División Médico Legal III Lambayeque 23:30 Hrs. Prendas de vestir: Pantalón crema dril, trusa interior de algodón color roja. Objetos: Ninguno. FENOMENOS CADAVERICOS Y TIEMPO APROXIMADO DE MUERTE. Livideces: Dorsales modificables. Rigidez: Parcial a nivel mandibular. Fenómenos oculares: Opacidad corneal. Fauna cadavérica: Ausente. Putrefacción: No instalada. Otros: Tiempo aproximado de la muerte: Más menos 2 a 3 horas. EXAMEN FÍSICO EXTERNO: RETRATO HABLADO. Estatura: 1. 66 mts. Constitución: Normosómico Peso: No hay balanza. Estado de nutrición: Aparente Regular Nutricional Estado de hidratación: Aparente Regular Estado de Hidratación. Piel: Trigueña, palidez marcada +++/+++. CABEZA: Normocéfalo sin lesiones. CUELLO: Simétrico, corto cilíndrico sin lesiones.
  • 65. TÓRAX: Simétrico, sin lesiones. ABDOMEN-PELVIS: Ligeramente distendido sin lesiones. MIEMBROS SUPERIORES: Se observa palidez marcada a nivel palmar ambas manos, asi como también a nivel subungueal. Mas lo que describe en pagina 4. MIEMBROS INFERIORES: Se observa palidez marcada a nivel plantar ambos pies, y a nivel subungueal. EXAMEN INTERNO. CABEZA Bóveda: Sin fracturas. Base: Sin fracturas. Meninges: Sin lesiones. Encéfalo: Congestivo, edematizado, con herniación de amígdalas cerebelosas y aplanamiento de circunvoluciones. Vasos: Sin lesiones. CUELLO Columna Cervical: Sin fracturas. Órganos – Vísceras: Tráquea vacía. Vasos: Sin lesiones. TORAX Columna y parrilla costal: Lo que se describe en página 4. Pleuras y cavidades: Lo que se describe en página 4. Pulmones: Pulmón izquierdo distendido parcial, sin lesiones; pulmón derecho, lo que se describe en página 4.
  • 66. Pericardio y cavidad: Libre, sin lesiones. Corazón: De forma y tamaño normal sin lesiones. Vasos: Sin lesiones. ABDOMEN PELVIS Columna y Esqueleto Pelviano: Sin fracturas. Diafragma: Indemne. Peritoneo y Cavidad: Libre sin lesiones. Epiplones y Mesenterio: Sin lesiones. Estómago y su contenido: Distendido sin lesiones, al corte contenido gástrico en aproximadamente 400cc en primera fase de digestión. Intestinos: Sin lesiones. Apéndice: Presente sin lesiones. Hígado y Vías biliares: Pálido sin lesiones, al corte palidez marcada. Bazo: Pálido sin lesiones, al corte palidez marcada. Páncreas: Sin lesiones, al corte palidez. Aparato urinario: Riñón derecho e izquierdo sin lesiones; palidez corticomedular al corte. Vasos: Sin lesiones. Genitales internos: --------------------------------------------------------------------------------------
  • 67. DESCRIPCION DE LESIONES TRAUMÁTICAS. LESIONES EXTERNAS: Miembro Superior Derecho. Orificio ovalado correspondiente a lesión de entrada de Proyectil de Arma de Fuego, mide 1 x 0.5 cm, con halo contuso erosivo perilesional de 0.2 cm, orificio que se proyecta oblicuamente de arriba abajo, localizado a 21 cm a la derecha de línea media anterior y 7 cm por encima de ángulo anterior de axila derecha. LESIONES INTERNAS: Tórax. Continuando con su trayectoria el Proyectil de Arma de Fuego, penetra en cavidad torácica, produciendo fractura de 3er arco costal hemitorax anterior derecho, perforando pulmón derecho haciendo su ingreso por el lóbulo superior y salida por el lóbulo inferior del mismo, encontrándose muesca lesional en 7º cuerpo vertebral dorsal lado derecho. Se extraen aproximadamente 3000 cc de sangre coleccionada en cavidad torácica (hemotorax). Se halla proyectil de arma de fuego en contenido hemático intratorácico. Trayectoria del Proyectil de Arma de Fuego: De adentro hacia afuera, de derecha a izquierda, de adelante hacia atrás en proyección oblicua.
  • 68. CONCLUSIONES: 1.- Se realizó la Necropsia Médico Legal al cadáver de sexo masculino adulto joven, identificado como Ronald Alberto Bravo Callirgos de 27 años de edad internado por disposición fiscal mediante oficio s/n – 2009 – MP- 2ª FPPC JLO. 2.- Al examen externo se observó lesión producida por orificio de entrada de Proyectil de Arma de Fuego en miembro superior derecho a la altura de hombro cara anterior, se observo también palidez marcada localizada distalmente. Al examen interno se encontró que el proyectil perforó pulmón derecho, produciendo gran hemorragia intratorácica que condicionó la instauración de shock hipovólemico a consecuencia de la hemorragia, el mismo que condujo finalmente al deceso de la persona. 3.- Se extrajeron fragmentos viscerales de cerebro, hígado estomago y contenido para Estudio Químico Toxicológico y sangre para dosaje etílico. CAUSAS DE MUERTE: • SHOCK HIPOVOLÉMICO. • HEMOTORAX: PERFORACIÓN PULMONAR DERECHA. AGENTE CAUSANTE: • PROYECTIL DE ARMA DE FUEGO. LUGAR Y FECHA: Chiclayo, 07 de Noviembre 2009.
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