Artículo de José Luis Ares, Profesor Adjunto de Derecho Procesal Penal en la carrera de Abogacía de la Univ. Nacional del Sur, docente Tutor de la Especialización en Derecho Penal de la UNS, y Juez Correccional del Depto. Judicial de Bahía Blanca
Ares José Luis: "Justicia Penal: una decada de luces y sombras" - 2010
1. JUSTICIA PENAL: UNA DÉCADA DE LUCES Y SOMBRAS
Por José Luis Ares (#)
Si uno pretendiera reflexionar acerca de la justicia penal de esta ciudad no podría
desentenderse del contexto más amplio de la provincia en la que se encuentra inserta, aunque
también podría identificar peculiaridades locales. Varias décadas atrás, nadie conocía a los
jueces ni cuestionaba sus decisiones, existían los magistrados instructores y en realidad todo
el peso de la investigación recaía en la policía, que generalmente hacía y deshacía a su antojo;
los fiscales eran unos personajes burocráticos y deslucidos. Hoy, desde la ciencia procesal en
clave constitucional, sabemos que ningún juez, por más capacidades que tenga, puede llevar
adelante una investigación criminal y velar a la vez por los derechos de los imputados. El
buen investigador mata al buen juez y viceversa.
Por eso, y en consonancia con el paradigma constitucional, hace más de una década se
consagró un sistema en el que las cosas se pusieron donde deben estar: el fiscal investiga y
acusa, actuando con criterio objetivo; los jueces controlan la investigación (jueces de
garantías) o juzgan en juicio oral o abreviado, manteniendo su imparcialidad y sin actuar de
oficio, y los defensores, asesoran y defienden.
Sin embargo, aun hoy existen diversos problemas que impiden que se consolide un
sistema que amalgame eficiencia y garantías procesales. Existen jueces que no se resignan a
su posición de pasividad y de imparcialidad hasta el momento de dictar sentencia y que, en
ocasiones parecen más fiscales que jueces, que adhieren por convencimiento o temor a los
discursos de “mano dura”, dejando complacidos a no pocos políticos y periodistas. Existen
fiscales que a veces sobreactúan con posturas que saben jurídicamente insostenibles para
complacer a los mismos sectores y a una población asustada y mayoritariamente bombardeada
por la demagogia punitiva. Ello, sin soslayar las aspiraciones de ascensos en la “carrera
judicial” (concepto que nunca entendimos) pues lamentablemente el poder político resulta
decisivo en las designaciones.
Faltan, desde las cabezas del Ministerio Público Fiscal, directivas coherentes y
sistemáticas para perseguir al delito organizado, y para procesar los distintos casos según su
gravedad y lesividad. Falta una policía judicial que forme parte de la fiscalía, como lo
establece la constitución provincial desde 1994, que quizá no se implemente porque al poder
político le conviene que las investigaciones estén a cargo de una policía dentro de la órbita del
Poder Ejecutivo.
Se producen marchas y contramarchas en materia de excarcelaciones, en dirección a lo
que hemos llamado “reclamo social de prisión inmediata y generalizada”, subvirtiendo el
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2. paradigma constitucional que establece que el procesado se presume inocente y por ello la
libertad durante el proceso debe ser la regla y la prisión preventiva la excepción. A pesar de la
muletilla de que “los delincuentes entran por una puerta y salen por la otra”, existe un uso
abusivo de la prisión preventiva; las cárceles y comisarías bonaerenses lucen atestadas de
presos, muchos de ellos sin condena, y en condiciones deplorables, transgrediendo cuanta
normativa existe al respecto, como lo pusiera de resalto recientemente la relatoría de la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Desde ciertos sectores de la prensa y de la demagogia política se emprenden campañas
contra “jueces garantistas” que osan aplicar la constitución con independencia de criterio,
señalando que el “garantismo” es una teoría a la que se puede o no adscribir y realizando una
burda identificación con favorecer al delincuente. Y es tan elemental, que ya cansa tener que
repetir una obviedad: las garantías no son solo para los delincuentes, son para todos los
ciudadanos, para evitar abusos y que se acuse a una persona erróneamente, para permitir la
defensa y el control sobre la prueba y evitar que se la “plante”, y que los jueces no pueden
sino ser garantistas, de lo contrario habría que echarlos pues no cumplirían la constitución por
la que juraron al asumir su cargo.
Y hay también policías, a quienes algunos fiscales parecen no controlar (estos últimos
son los que deben dirigir las investigaciones), que tienen compulsión por las conferencias de
prensa para anunciar, circunspectos, que tal o cual delito fue esclarecido, y a veces, ese
sospechoso, de quien se dan todos sus datos personales, no era el culpable, o luego no existe
prueba para sostener una acusación seria, y por lo bajo le dicen a víctimas y periodistas:
“tenemos las manos atadas”.
Existen también abogados mediáticos, varios de ellos con escasos conocimientos
jurídicos, que hacen su trabajo más en los “juicios paralelos” en la prensa, con tono
engolado, que en los tribunales, donde suelen desnudar falencias técnicas, que quedan más al
descubierto porque existe una defensa oficial, en general, capacitada y comprometida con su
delicada función.
También -entiendo- hay cosas positivas como la difusión de la lógica del juicio oral y
público que pasó a ser algo normal y frecuente, aunque ya no convoque multitudes, quizá
porque la prensa actúa de nexo, y los tribunales han ampliado las posibilidades para la
difusión de imágenes y sonido. Se va abriendo camino la idea de que en el juicio se debe
producir la prueba y los jueces deben convencerse absolutamente de la culpabilidad del
acusado para poder condenarlo. También, merced a algunas modificaciones legislativas, se ha
avanzado en punto a la duración razonable de los procesos, como en la flagrancia en que el
caso se resuelve en unos cuantos días o en dos o tres meses; o con el recurso ante la Cámara
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3. de Apelación en materia correccional, evitando la demora en que incurría el Tribunal de
Casación.
Creemos que se debería incorporar el juicio por jurados para cumplir con el mandato
del constituyente de 1853, en su variante cordobesa, es decir jueces profesionales y legos,
éstos últimos en mayoría, actuando juntos. Ello, aunque se aplicara en pocos casos, alentaría
la participación popular y quizá descomprimiría tensiones sociales. Creemos y esperamos,
que una cosa es lo que un vecino dice livianamente en una charla ocasional o en un mensaje
anónimo a la prensa, sin conocer la ley y el caso, y otra es que tuviera la responsabilidad
(nada fácil por cierto) de actuar como juez, aunque sea por un día. Se nos ocurre también que
urge establecer la figura del vocero judicial en cada departamento para que sean los
encargados de informar los casos sensibles con amplia difusión. También sería bueno que los
políticos actúen con responsabilidad y no cedan a la tentación demagógica, pidiendo el juicio
político de todo juez que resuelva en sentido contrario al supuesto “sentimiento del pueblo”;
y que el Colegio de Magistrados y la Suprema Corte se tomen en serio la independencia del
Poder Judicial y defiendan enfáticamente a sus integrantes cuando no hacen más que cumplir
con su deber, y a la vez propendan a la destitución de los incapaces, corruptos y negligentes.
Sería todo un detalle que se pudiera comprender que el delito es un fenómeno social
de gran complejidad respecto al cual no existen soluciones mágicas ni rápidas. Que cuanto
menos desigual es una sociedad menos conflictividad tendrá. Que se debe combatir el delito
organizado y la complicidad oficial, que se deben instrumentar políticas públicas de acción
social para que los jóvenes tengan futuro y salgan de la marginalidad; y finalmente que el
endurecimiento de las penas y la mayor prisionización no dan como resultado menos delitos,
sino más violencia, abusos e injusticias.
(#) Juez en lo Correccional. Profesor Adjunto -por concurso- de Derecho Procesal Penal
(UNS). Profesor de postgrado.
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