1. Itauguá, 20 de febrero de 2.012.-
SEÑOR:
INTENDENTE MUNICIPAL DE ITAUGUÁ
LUIS SALINAS
PRESENTE:
De nuestra mayor consideración
Nos dirigimos a usted los vecinos del Barrio Virgen del
Rosario de éste Distrito y por su digno intermedio a quienes
corresponda para manifestar cuanto sigue:------------------------
Que, en el mes de junio del año 2011, hemos sido
favorecidos en nuestro barrio con el recapado asfáltico sobre el
empedrado de la Avda. Orlando Mateucci desde el (SNPP), hasta la
calle Nº 12, que nos llena de satisfacciones y ventajas hoy día,
por lo que aprovechamos la ocasión para agradecerle por esta
encomiable gestión al frente del Municipio, pero no obstante en
los últimos tiempos se ha venido soportando la inconsciencia de
algunos ciudadanos entre los que se pueden citar a automovilistas
y a motociclistas, ya que algunos circulan con extrema velocidad
y pareciera ser con absoluto desprecio al bien más preciado que
es la vida, propiciada lastimosamente por causa de la
desaparición de la mayoría de los dispositivos de seguridad
denominadas lomadas o lomos de burro que se encontraban sobre el
empedrado antes del recapado asfáltico.--------------------------
Cabe resaltar, que aparte de la alta velocidad con que
circulan algunos, además sin el uso obligatorio del silenciador
por el caño de escape produciendo así aterradores ruidos que son
intolerables mediante el empleo del famoso roncador de venta
libre en el mercado y en otros casos quizás sea por deterioro de
los caños de escape trasgrediendo de esta manera las reglas de
tránsito que prohíben circular en estas deplorables condiciones,
además de la polución sonora que producen sin importar el
horario.---------------------------------------------------------
Son los fines de semana cuando mayor descontrol existe y lo
peor de todo es que no exponen solamente sus vidas, también de
otros ciudadanos transeúntes y de los peatones de todas las
edades, personas de la tercera edad, jóvenes y niños en los
horarios diurnos y con mayor razón ahora que estamos próximo a
empezar otro año lectivo educacional que es motivo de
preocupación de los ciudadanos en nuestro Barrio, muchas veces
los peatones exponen su humanidad en la misma calzada por donde
circulan los vehículos automotores ya que varias veredas están
prácticamente intransitables en su mayoría, estas no se
encuentran en condiciones óptimas para que los peatones puedan
transitar por las mismas por lo que convenimos entre los vecinos
que la única manera de por lo menos paliar en cierta medida esta
penosa situación en la mencionada Avenida es colocando nuevamente
2. y en forma urgente dispositivos de control de velocidad vehicular
denominadas lomadas o lomos de burro, ya que por ley 3877/09, se
encuentra plenamente autorizada la utilización de esta clase de
dispositivos fuera de las rutas nacionales, por lo que sugerimos en
caso de optar por esta clase de dispositivos colocarlo por lo menos
cada 100 metros, sin dejar mucho espacio entre ambos extremos ya
que estos angostos espacios dejados para el desague pluvial muchas
veces son utilizados nuevamente por algunos inconscientes
motociclistas; y estos deben contar con una buena señalización,
indicando que están próximas para evitar otras situaciones que no
sean las esperadas por el uso de estos dispositivos muy
necesarios.--------------------------------------------------------
No quisiéramos lamentar situaciones desagradables que pueden
ser evitadas utilizando las herramientas legales que autorizan a
las autoridades a velar por la salud e integridad física de los
ciudadanos previendo ciertos abusos cuya consecuencia es la
ausencia de restricciones o controles que en este caso en
particular compete única y exclusivamente al Municipio Local, por
lo que apelamos a los buenos oficios de las autoridades municipales
para remediar esta inquietud ciudadana que ponemos a conocimiento.-
Señor Intendente Municipal: el presente pedido tiene su
fundamento legal en las disposiciones de la Constitución
Nacional, en donde prevalece el interés general sobre el
particular (Art. 128 C.N.) y el derecho a peticionar a las
autoridades (Art. 40 C.N.).--------------------------------------
Por otro lado son atribuciones de los municipios – entre
otros – la reglamentación y fiscalización del tránsito, el
transporte público y las de otras materias relativas a la
circulación de vehículos (art. 168 inc. 8 C.N.); asimismo entre
las funciones de los municipios, en materia de transporte público
y de tránsito, la LEY Nº 3.966/10 ORGÁNICA MUNICIPAL, prescribe
la regulación y fiscalización del tránsito en calles, avenidas y
demás caminos municipales incluyendo lo relativo a la seguridad y
la circulación de vehículos y de peatones, y los requisitos de
conducir para mayores de edad.-----------------------------------
POR TANTO, al señor Intendente municipal, solicitamos una
respuesta a nuestra presentación en el menor plazo posible
conforme a lo peticionado para la seguridad y protección de un
importante número de ciudadanos afectados por la situación que se
plantea desde hace ya varios meses. Idéntico requerimiento se ha
presentado a la Junta Municipal para su conocimiento.------------
Sin otro particular motivo, aprovechamos la ocasión para
saludarlo con nuestro más debido respeto y consideración.--------
Se Adjuntan las firmas de vecinos del barrio y videos como
prueba de todo lo expuesto en soporte magnético.
Atentamente.-
VECINOS DEL BARRIO VIRGEN DEL ROSARIO DE LA CIUDAD DE ITAUGUÁ