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Tomado de:
    LA CONTABILIDAD
 GUBERNAMENTAL DEL
           ECUADOR
GABRIEL FREIRE ROMO
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   Legalidad, universalidad, unidad,
      plurianualidad, Integralidad,
        oportunidad, efectividad,
      sostenibilidad, centralización
     normativa, desconcentración y
      Descentralización operativas,
       participación, flexibilidad y
              transparencia.



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 Organismos   creados por ley.
 Existencia propia e independiente.
 Responsables del funcionamiento del SINFIP.
 Los recursos y obligaciones administrados
  constituirán la base del sistema en los niveles
  sectorial y global del sector público no
  financiero.




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   Los organismos, entidades, fondos o proyectos
    que conforman el Gobierno Central se
    constituirán en un solo ente financiero, con
    presupuesto, contabilidad y tesorería únicos.




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   El Gobierno Central y las entidades
       descentralizadas y autónomas
            operan a través de la
       centralización contable y de la
     caja fiscal y la descentralización
      de la ejecución presupuestaria.


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    Unidad de Administración Financiera (UDAF) que es la
         máxima instancia institucional en materia financiera y
        presupuestaria, pero no tiene competencias de carácter
                               operativo.

       Unidad Coordinadora (UC) que es una dependencia de la
        UDAF que cumple las atribuciones que le sean delegadas
         para facilitar la coordinación entre la UDAF y las UE,
            particularmente sobre el ciclo presupuestario.

              Unidad Ejecutora (UE) que es una unidad
           desconcentrada dentro de la institución y cumple
              funciones administrativas y financieras. Los
        presupuestos se asignan a nivel de UE, por tanto, son las
              instancias operativas responsables del ciclo
                 presupuestario, incluidos los registros.

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    Los criterios aplicados deben sustentarse en
       la relevancia que tienen los recursos por
           valores relativamente pequeños,
    involucrados en una operación o conjunto de
       operaciones, frente a la totalidad de los
                        recursos




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    El funcionamiento del
    SINFIP debe cumplir con
        el ordenamiento
         jurídico vigente




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    La aplicación del SINFIP es obligatoria para
         los organismos, entidades, fondos y
     proyectos del sector público no financiero

       Están excluidos del uso del eSIGEF, los
     institutos de seguridad social, las empresas
    públicas, las entidades financieras públicas y
    las del régimen descentralizado autónomo y
      regímenes especializados. Por tanto, estos
    entes financieros deben diseñar y aplicar sus
     propios sistemas informáticos que cumplan
            con los lineamientos anotados.
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La suma de los ingresos debe ser igual a los gastos, para
cumplir con el principio de equilibrio.

 El ejercicio presupuestario o año fiscal se inicia el 1 de enero
 y concluye el 31 de diciembre de cada año.



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La contabilidad
gubernamental debe
integrar las
operaciones
patrimoniales,
presupuestarias y de
costos. Para
comprender este
tema, se analiza la
relación e integración
entre presupuesto y
contabilidad

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SISTEMA ÚNICO DE CUENTAS




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   es la previsión calendarizada de las
    disponibilidades efectivas de fondos y su
    utilización conforme la programación de la
    ejecución presupuestaria.




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   El Banco Central podrá designar bancos
    corresponsales de entre los que conforman la
   red bancaria privada, a los que se sumará en
    casos necesarios, el Banco Nacional de
   Fomento.
   Las instituciones públicas mantendrán
    cuentas en los bancos corresponsales
   para depositar sus recaudaciones, las que se
    denominarán Cuentas Rotativas de
   Ingresos.

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   La Subsecretaría de Tesorería de la Nación,
    para realizar el pago debitará a la cuenta
   correspondiente de la institución solicitante
    y acreditará en las cuentas de los
   beneficiarios finales –proveedores,
    contratistas, funcionarios públicos,
    empleados,
   trabajadores o terceros- utilizando los
    mecanismos implementados por el Banco
    central.


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   La contabilidad gubernamental constituye el
    proceso de registro sistemático, cronológico
    y secuencial de las operaciones patrimoniales
    y presupuestarias de las entidades y
    organismos del sector público no financiero.
   Su finalidad es establecer, poner en
    funcionamiento y mantener en cada entidad
    del sector público no financiero un sistema
    único de contabilidad.



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   Las empresas públicas podrán tener sus propios
    sistemas de contabilidad. Para fines de
    consolidación de la contabilidad y demás
    información fiscal del sector público no
    financiero, estarán obligadas a presentar y
    enviar reportes contables en los plazos y
    formatos que defina el Ministerio de Finanzas.
   La contabilidad incluirá el registro de todos los
    recursos financieros y materiales administrados
    por los entes públicos.




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   El titular de la unidad financiera de la entidad
    legalizará con su firma o su clave, la
    información financiera y los estados financieros
    de su entidad.
   La información contable contenida en las
    operaciones financieras, reflejará tanto la
    ejecución       presupuestaria     como       las
    transacciones de caja.




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   Se considerarán ingresos todos los derechos de
    cobro y gastos las obligaciones derivadas de la
    recepción de bienes y servicios adquiridos por la
    autoridad competente.
   El registro contable de los ingresos y gastos
    presupuestarios se efectuará de conformidad con
    el principio contable del devengado.
   El     Ministerio    de     Finanzas    publicará
    semestralmente la información consolidada del
    sector público no financiero, a través de su
    página web u otros medios.



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Integrar las operaciones patrimoniales,
    presupuestarias y de costos.
   El proceso de contabilidad debe ser integral,
    único y uniforme.
   La lógica de integración, en el catálogo de
    cuentas es:
   1. Los grupos del clasificador presupuestario se
    asocian con las cuentas del nivel 1 de Cuentas
    por Cobrar (113) o de Cuentas por Pagar (213)
    del Catálogo General de Cuentas, destinadas al
    control de la ejecución presupuestaria.
   2. Los rubros o item del clasificador
    presupuestario se asocian con las cuentas del
    nivel 1 o 2 del Catálogo General de Cuentas.

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   El Estado garantiza a la ciudadanía el libre
    acceso a la información presupuestaria y
    financiera que generen las entidades
    públicas, con excepción de los planes de
    negocio, las estrategias de negocios y los
    documentos relacionados, de las empresas
    públicas y la banca pública.
   El Ministerio de Finanzas establecerá un
    sistema oficial de información y amplia
    difusión que servirá de base para el control
    de la Función Legislativa y de la ciudadanía,
    Este sistema incluirá la información relativa
    al cumplimiento de la legislación vigente.
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   Medición económica, en la contabilidad
    gubernamental se registran los recursos
    materiales e inmateriales, las obligaciones,
    el patrimonio y sus variaciones.
   Costo histórico, los hechos económicos serán
    registrados al precio de adquisición, más los
    costos o gastos incurridos por la institución
    hasta la formación y colocación de los
    bienes en condiciones de utilización o
    enajenación, incluyendo las adiciones y
    mejoras que se capitalicen.

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   Devengado, los hechos económicos serán
    registrados en el momento que ocurran, haya o no
    movimiento de dinero.
   Reexpresión contable, está constituido por el costo
    histórico actualizado a valor corriente, mediante el
    reconocimiento de cambios de valor.
   Consolidación, la contabilidad gubernamental
    permitirá obtener información financiera
    consolidada a diversos niveles de agregación de
    datos.




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   Los derechos a percibir recursos monetarios, se
    reconocerán en la instancia del devengado,
    mediante el débito a Cuentas por Cobrar y el
    crédito al ingreso de gestión o la disminución
    del activo




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   Los movimientos económicos, en el proceso
    de contabilización, serán identificados con
    una de las siguientes siglas:
   Apertura A
   Financiero F
   Ajuste J
   Cierre C
   Cuentas de Orden O




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   Las transacciones originadas en excedentes
    de caja constituirán simples traspasos de
    fondos entre las cuentas de disponibilidades,
    tanto al momento de su inversión como al de
    su recuperación.




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 Costo de adquisición
 Valor de donación recibida
 Valor contable
 Valor en libros
 Bienes de Larga duración:
a. Sean de propiedad privativa de la institución
b. Estén destinados a actividades administrativas o
  productivas
c. Generen beneficios económicos futuros
d. Tengan una vida útil mayor a un año
e. Su costo de adquisición sea igual o mayor a USD.
  100.

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   En los proyectos y programas se acumularán
    todos los costos atribuibles a su ejecución
    hasta la puesta en funcionamiento y
    cumplimiento del objetivo o fecha de
    liquidación.
   Los gastos de financiamiento devengados en
    el período de ejecución serán parte del costo
    del bien o producto final. Los gastos
    financieros posteriores serán cargados a los
    gastos de gestión.


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   Las adquisiciones de software de base o de
    aplicación y versiones de actualización, se
    reconocerán como bienes de larga duración
    siempre que cumplan los siguientes
    requisitos:
   Paquetes informáticos
   a. Sean propiedad privativa de la institución
   b. Sean susceptibles de separarse del medio
    de instalación
   c. Tengan una vida útil mayor a un año
   d. Su costo de adquisición sea igual o mayor
    a USD. 100.
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•   Los hechos económicos relacionados con la
    ejecución de estos convenios se registrarán según lo
    señalado para inversiones en proyectos y
    programas. En registros auxiliares complementarios
    se asentará simultáneamente el movimiento
    financiero según las clasificaciones y monedas
    establecidas en los convenios, incluidos los aportes
    de contraparte local.




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   Los créditos que se reciben tienen diferentes
    condiciones y modalidades.
    Los recursos provenientes del endeudamiento
    público, mediante contratos o convenios de
    financiamiento o negociación de título y
    valores, sujetos a restitución por el ente
    contratante o emisor




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   Compensación individual: Los saldos
    pendientes de una misma persona natural o
    jurídica podrán ser compensados si están
    registrados en cuentas de los grupos 11.
    Activos Operacionales y 21. Deuda Flotante,
    hasta el monto que mantenga la igualdad
    contable.




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   Compensación múltiple: Los saldos pendientes de
    diferentes personas naturales o jurídicas,
    reconocidos contablemente como deudores y
    acreedores de un mismo ente financiero, podrán ser
    compensados si están registrados en las cuentas de
    Activos Operacionales y de Deuda flotante, hasta el
    monto que mantenga invariable el principio de la
    igualdad contable.




              eddyport2010@hotmail.com
   La sustracción o pérdida de fondos y bienes se
    registrará en una de las cuentas del subgrupo
    Disminución Patrimonial: Se mantendrán cuentas
    auxiliares para identificar a cada  uno de los
    presuntos responsables encargados de la
    administración, uso o custodia de los fondos o
    bienes desaparecidos, quienes serán los deudores
    primarios del Estado mientras se establezcan las
    responsabilidades en cada caso.




              eddyport2010@hotmail.com
   La pérdida de documentos de inversiones
    financieras o bienes corporales que se presume fue
    ocasionada por servidores públicos, terceros ajenos
    al ente financiero o resultante de caso fortuito o
    fuerza mayor, se registrará mediante asiento de
    ajuste, con débito a la cuenta que corresponda del
    subgrupo 619 y con crédito a la cuenta del activo
    desaparecido, hasta que la autoridad competente
    emita su dictamen o resolución.




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   Los asientos de cierre se deben registrar al
    término del ejercicio contable, luego de
    emitidos los reportes y estados financieros
    anuales. Sus propósitos son determinar el
    resultado del ejercicio que se traslada al
    patrimonio y habilitar los saldos de las
    cuentas a transferirse al siguiente ejercicio.




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•   Ingresos y Gastos de Gestión se cerrarán  el 31 de
    diciembre de cada año, teniendo como
    contrapartida en el asiento contable a la cuenta
    Resultados del Ejercicio Vigente.
    Para dar de baja la cartera reclasificada se utilizará
    la provisión acumulada para las cuentas de dudosa
    recuperación, excepto en el caso en que el Tesoro
    Nacional haya dispuesto débitos a las
    disponibilidades de las entidades.




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   El objetivo de esta liquidación de los fondos es que
    se apliquen al presupuesto
    del ejercicio fiscal todos los gastos incurridos y no
    demorar por esta falta de
    información, la presentación de los informes
    financieros anuales.




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   Los saldos de las cuentas que se mantengan
    pendientes al 31 de diciembre del siguiente
    ejercicio, serán trasladados mediante asiento de
    cierre, a las cuentas. Al momento del pago, los
    valores a pagar se trasladarán de estas cuentas al
    cierre de cuentas de inversiones en proyectos y
    programas.




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   Las cuentas para el registro de los costos incurridos
    en el año y para el registro de la acumulación de
    costos totales deben desagregarse de manera que
    se identifique cada uno de los proyectos o
    programas en forma individual.




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   Las devoluciones totales o parciales de estos fondos
    por parte del Tesoro Nacional, se
    registrarán utilizando las mismas cuentas
    señaladas.




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   Para el reconocimiento contable de la colocación
    de los valores en circulación
    u otros títulos y valores correspondientes al
    financiamiento a corto plazo del Tesoro
    Nacional para cubrir las deficiencias temporales de
    la caja fiscal, se procederá así:




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   El costo financiero diferido que representa el
    descuento, se distribuirá en forma
    proporcional en los ejercicios fiscales que
    intervienen en el plazo de vigencia de los
    bonos. La amortización de este valor se registrará
    en cada ejercicio fiscal mediante
    débito.




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•   El propósito de las cuentas de orden es servir como
    recordatorio, como medio de control
    o para conocer derechos y obligaciones
    contingentes, de operaciones que no afectan la
    situación financiera institucional.
•   Estas cuentas no representan derechos ni
    obligaciones reales, sino solo recursos u
    obligaciones probables o eventos administrativos
    sujetos a contingencias o
    eventualidades que pueden producir efectos futuros
    en la situación financiera y en los
    resultados de la entidad.

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•   Las cuentas de orden se abren en dos grupos
    correlativos. Cada cuenta del un grupo mantiene
    correlatividad solo con una cuenta del otro grupo,
    en consecuencia, sus saldos serán iguales.
    Estas cuentas podrán tener auxiliares en la medida
    que se requiera para disponer de
    información detallada que identifique las
    características y especificaciones particulares
    de cada tipo de operación registrada en ellas. Estos
    auxiliares se abrirán solo en una de
    cada par de cuentas.



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•   En estas cuentas se registrarán mediante cargo a las
    cuentas de orden deudoras y abono
    a las cuentas de orden acreedoras, las recibidas
    para la venta que no son de propiedad de la
    institución, bienes en custodia o en comodato,
    garantías que no sean en dinero, los papeles
    fiduciarios y especies fiscales valoradas que se
    emitan, los bienes de larga duración que no reúnen
    las condiciones para su registro como activos,
    contingencias por juicios en curso y probables flujos
    de entrada de beneficios o
    potenciales servicios.



               eddyport2010@hotmail.com
   Los formularios y registros contables estarán
    comprendidos y explicados dentro del
    manual específico de contabilidad de cada ente
    financiero, serán diseñados según sus
    necesidades específicas, asegurarán información
    completa, guardarán sencillez y
    claridad y preverán solo el número indispensable de
    copias.




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   Todo formulario, resumen, registro, libro o
    cualquier instrumento contentivo de cifras
    que expresen cantidades en la moneda de curso
    legal en el país, que denoten recursos u
    obligaciones financieras originadas en transacciones
    comprendidas o efectuadas,
    constituye parte del sistema contable de la
    entidad.




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   Los registros contables donde se jornalizan y
    mayorizan las operaciones financieras son:
   Diario General Integrado
   Mayor General
   Auxiliares patrimoniales (existencias, activos fijos y
    demás cuentas
    patrimoniales)
   Auxiliares Presupuestarios de Ingresos
   Auxiliares Presupuestarios de Gastos




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   El catálogo de cuentas está estructurado
    para conformar una base de datos ordenada
    de
    acuerdo a la naturaleza de los activos,
    pasivos y patrimonio. La estructura del
    catálogo
    reconoce una relación jerárquica de lo
    general a lo particular.




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•   1. Identificar los activos, pasivos y patrimonio de la
    institución, a la fecha.
    2. Identificar las operaciones que ejecuta la
    institución. Una ayuda importante para
    obtener esta información es el presupuesto.
    3. Elaborar el catálogo de las cuentas y auxiliares
    que va a utilizar la institución,
    tomando como sustento la información recopilada
    en los dos puntos anteriores.


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   El significado del primer dígito es:
    1. Activos
    2. Pasivos
    6. Patrimonio
    9.  Cuentas de Orden




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   Los flujos de débitos y créditos de las
    cuentas estarán asociados con un solo
    concepto
    del clasificador presupuestario. Dichos
    conceptos serán comparados con las
    estimaciones presupuestarias para
    determinar su ejecución. Solo por excepción
    se
    producirá la asociación con más de un
    concepto.



              eddyport2010@hotmail.com
   La preparación de informes financieros de
    uso interno o externo se sujetará a la
    periodicidad, forma y condiciones
    determinadas por los usuarios.
    La información comparativa se presentará
    solo en los estados financieros anuales.




              eddyport2010@hotmail.com
   Mensualmente se preparará el detalle de las
    transferencias entregadas y de las
    transferencias recibidas, con la especificación de la
    fecha, número de asiento y valor de
    los aportes fiscales y de las transferencias de
    fondos corrientes y de capital, realizadas
    entre instituciones del sector público no financiero.




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Contabilidad gubernamental

  • 1. Tomado de: LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL DEL ECUADOR GABRIEL FREIRE ROMO
  • 2.
  • 9. Legalidad, universalidad, unidad, plurianualidad, Integralidad, oportunidad, efectividad, sostenibilidad, centralización normativa, desconcentración y Descentralización operativas, participación, flexibilidad y transparencia. eddyport2010@hotmail.com
  • 11.  Organismos creados por ley.  Existencia propia e independiente.  Responsables del funcionamiento del SINFIP.  Los recursos y obligaciones administrados constituirán la base del sistema en los niveles sectorial y global del sector público no financiero. eddyport2010@hotmail.com
  • 12. Los organismos, entidades, fondos o proyectos que conforman el Gobierno Central se constituirán en un solo ente financiero, con presupuesto, contabilidad y tesorería únicos. eddyport2010@hotmail.com
  • 15. El Gobierno Central y las entidades descentralizadas y autónomas operan a través de la centralización contable y de la caja fiscal y la descentralización de la ejecución presupuestaria. eddyport2010@hotmail.com
  • 16. Unidad de Administración Financiera (UDAF) que es la máxima instancia institucional en materia financiera y presupuestaria, pero no tiene competencias de carácter operativo.  Unidad Coordinadora (UC) que es una dependencia de la UDAF que cumple las atribuciones que le sean delegadas para facilitar la coordinación entre la UDAF y las UE, particularmente sobre el ciclo presupuestario.  Unidad Ejecutora (UE) que es una unidad desconcentrada dentro de la institución y cumple funciones administrativas y financieras. Los presupuestos se asignan a nivel de UE, por tanto, son las instancias operativas responsables del ciclo presupuestario, incluidos los registros. eddyport2010@hotmail.com
  • 20. Los criterios aplicados deben sustentarse en la relevancia que tienen los recursos por valores relativamente pequeños, involucrados en una operación o conjunto de operaciones, frente a la totalidad de los recursos eddyport2010@hotmail.com
  • 21. El funcionamiento del SINFIP debe cumplir con el ordenamiento jurídico vigente eddyport2010@hotmail.com
  • 22. La aplicación del SINFIP es obligatoria para los organismos, entidades, fondos y proyectos del sector público no financiero  Están excluidos del uso del eSIGEF, los institutos de seguridad social, las empresas públicas, las entidades financieras públicas y las del régimen descentralizado autónomo y regímenes especializados. Por tanto, estos entes financieros deben diseñar y aplicar sus propios sistemas informáticos que cumplan con los lineamientos anotados. eddyport2010@hotmail.com
  • 25.
  • 29. La suma de los ingresos debe ser igual a los gastos, para cumplir con el principio de equilibrio. El ejercicio presupuestario o año fiscal se inicia el 1 de enero y concluye el 31 de diciembre de cada año. eddyport2010@hotmail.com
  • 36. La contabilidad gubernamental debe integrar las operaciones patrimoniales, presupuestarias y de costos. Para comprender este tema, se analiza la relación e integración entre presupuesto y contabilidad eddyport2010@hotmail.com
  • 37.
  • 38.
  • 41. SISTEMA ÚNICO DE CUENTAS eddyport2010@hotmail.com
  • 46. es la previsión calendarizada de las disponibilidades efectivas de fondos y su utilización conforme la programación de la ejecución presupuestaria. eddyport2010@hotmail.com
  • 47. El Banco Central podrá designar bancos corresponsales de entre los que conforman la  red bancaria privada, a los que se sumará en casos necesarios, el Banco Nacional de  Fomento.  Las instituciones públicas mantendrán cuentas en los bancos corresponsales  para depositar sus recaudaciones, las que se denominarán Cuentas Rotativas de  Ingresos. eddyport2010@hotmail.com
  • 49. La Subsecretaría de Tesorería de la Nación, para realizar el pago debitará a la cuenta  correspondiente de la institución solicitante y acreditará en las cuentas de los  beneficiarios finales –proveedores, contratistas, funcionarios públicos, empleados,  trabajadores o terceros- utilizando los mecanismos implementados por el Banco central. eddyport2010@hotmail.com
  • 50.
  • 51. La contabilidad gubernamental constituye el proceso de registro sistemático, cronológico y secuencial de las operaciones patrimoniales y presupuestarias de las entidades y organismos del sector público no financiero.  Su finalidad es establecer, poner en funcionamiento y mantener en cada entidad del sector público no financiero un sistema único de contabilidad. eddyport2010@hotmail.com
  • 52. Las empresas públicas podrán tener sus propios sistemas de contabilidad. Para fines de consolidación de la contabilidad y demás información fiscal del sector público no financiero, estarán obligadas a presentar y enviar reportes contables en los plazos y formatos que defina el Ministerio de Finanzas.  La contabilidad incluirá el registro de todos los recursos financieros y materiales administrados por los entes públicos. eddyport2010@hotmail.com
  • 53. El titular de la unidad financiera de la entidad legalizará con su firma o su clave, la información financiera y los estados financieros de su entidad.  La información contable contenida en las operaciones financieras, reflejará tanto la ejecución presupuestaria como las transacciones de caja. eddyport2010@hotmail.com
  • 54. Se considerarán ingresos todos los derechos de cobro y gastos las obligaciones derivadas de la recepción de bienes y servicios adquiridos por la autoridad competente.  El registro contable de los ingresos y gastos presupuestarios se efectuará de conformidad con el principio contable del devengado.  El Ministerio de Finanzas publicará semestralmente la información consolidada del sector público no financiero, a través de su página web u otros medios. eddyport2010@hotmail.com
  • 55. Integrar las operaciones patrimoniales, presupuestarias y de costos.  El proceso de contabilidad debe ser integral, único y uniforme.  La lógica de integración, en el catálogo de cuentas es:  1. Los grupos del clasificador presupuestario se asocian con las cuentas del nivel 1 de Cuentas por Cobrar (113) o de Cuentas por Pagar (213) del Catálogo General de Cuentas, destinadas al control de la ejecución presupuestaria.  2. Los rubros o item del clasificador presupuestario se asocian con las cuentas del nivel 1 o 2 del Catálogo General de Cuentas. eddyport2010@hotmail.com
  • 56. El Estado garantiza a la ciudadanía el libre acceso a la información presupuestaria y financiera que generen las entidades públicas, con excepción de los planes de negocio, las estrategias de negocios y los documentos relacionados, de las empresas públicas y la banca pública.  El Ministerio de Finanzas establecerá un sistema oficial de información y amplia difusión que servirá de base para el control de la Función Legislativa y de la ciudadanía, Este sistema incluirá la información relativa al cumplimiento de la legislación vigente. eddyport2010@hotmail.com
  • 57. Medición económica, en la contabilidad gubernamental se registran los recursos materiales e inmateriales, las obligaciones, el patrimonio y sus variaciones.  Costo histórico, los hechos económicos serán registrados al precio de adquisición, más los costos o gastos incurridos por la institución hasta la formación y colocación de los bienes en condiciones de utilización o enajenación, incluyendo las adiciones y mejoras que se capitalicen. eddyport2010@hotmail.com
  • 58. Devengado, los hechos económicos serán registrados en el momento que ocurran, haya o no movimiento de dinero.  Reexpresión contable, está constituido por el costo histórico actualizado a valor corriente, mediante el reconocimiento de cambios de valor.  Consolidación, la contabilidad gubernamental permitirá obtener información financiera consolidada a diversos niveles de agregación de datos. eddyport2010@hotmail.com
  • 59. Los derechos a percibir recursos monetarios, se reconocerán en la instancia del devengado, mediante el débito a Cuentas por Cobrar y el crédito al ingreso de gestión o la disminución del activo eddyport2010@hotmail.com
  • 60. Los movimientos económicos, en el proceso de contabilización, serán identificados con una de las siguientes siglas:  Apertura A  Financiero F  Ajuste J  Cierre C  Cuentas de Orden O eddyport2010@hotmail.com
  • 61. Las transacciones originadas en excedentes de caja constituirán simples traspasos de fondos entre las cuentas de disponibilidades, tanto al momento de su inversión como al de su recuperación. eddyport2010@hotmail.com
  • 62.  Costo de adquisición  Valor de donación recibida  Valor contable  Valor en libros  Bienes de Larga duración: a. Sean de propiedad privativa de la institución b. Estén destinados a actividades administrativas o productivas c. Generen beneficios económicos futuros d. Tengan una vida útil mayor a un año e. Su costo de adquisición sea igual o mayor a USD. 100. eddyport2010@hotmail.com
  • 63. En los proyectos y programas se acumularán todos los costos atribuibles a su ejecución hasta la puesta en funcionamiento y cumplimiento del objetivo o fecha de liquidación.  Los gastos de financiamiento devengados en el período de ejecución serán parte del costo del bien o producto final. Los gastos financieros posteriores serán cargados a los gastos de gestión. eddyport2010@hotmail.com
  • 64. Las adquisiciones de software de base o de aplicación y versiones de actualización, se reconocerán como bienes de larga duración siempre que cumplan los siguientes requisitos:  Paquetes informáticos  a. Sean propiedad privativa de la institución  b. Sean susceptibles de separarse del medio de instalación  c. Tengan una vida útil mayor a un año  d. Su costo de adquisición sea igual o mayor a USD. 100. eddyport2010@hotmail.com
  • 65. Los hechos económicos relacionados con la ejecución de estos convenios se registrarán según lo señalado para inversiones en proyectos y programas. En registros auxiliares complementarios se asentará simultáneamente el movimiento financiero según las clasificaciones y monedas establecidas en los convenios, incluidos los aportes de contraparte local. eddyport2010@hotmail.com
  • 66. Los créditos que se reciben tienen diferentes condiciones y modalidades. Los recursos provenientes del endeudamiento público, mediante contratos o convenios de financiamiento o negociación de título y valores, sujetos a restitución por el ente contratante o emisor eddyport2010@hotmail.com
  • 67. Compensación individual: Los saldos pendientes de una misma persona natural o jurídica podrán ser compensados si están registrados en cuentas de los grupos 11. Activos Operacionales y 21. Deuda Flotante, hasta el monto que mantenga la igualdad contable. eddyport2010@hotmail.com
  • 68. Compensación múltiple: Los saldos pendientes de diferentes personas naturales o jurídicas, reconocidos contablemente como deudores y acreedores de un mismo ente financiero, podrán ser compensados si están registrados en las cuentas de Activos Operacionales y de Deuda flotante, hasta el monto que mantenga invariable el principio de la igualdad contable. eddyport2010@hotmail.com
  • 69. La sustracción o pérdida de fondos y bienes se registrará en una de las cuentas del subgrupo Disminución Patrimonial: Se mantendrán cuentas auxiliares para identificar a cada  uno de los presuntos responsables encargados de la administración, uso o custodia de los fondos o bienes desaparecidos, quienes serán los deudores primarios del Estado mientras se establezcan las responsabilidades en cada caso. eddyport2010@hotmail.com
  • 70. La pérdida de documentos de inversiones financieras o bienes corporales que se presume fue ocasionada por servidores públicos, terceros ajenos al ente financiero o resultante de caso fortuito o fuerza mayor, se registrará mediante asiento de ajuste, con débito a la cuenta que corresponda del subgrupo 619 y con crédito a la cuenta del activo desaparecido, hasta que la autoridad competente emita su dictamen o resolución. eddyport2010@hotmail.com
  • 71. Los asientos de cierre se deben registrar al término del ejercicio contable, luego de emitidos los reportes y estados financieros anuales. Sus propósitos son determinar el resultado del ejercicio que se traslada al patrimonio y habilitar los saldos de las cuentas a transferirse al siguiente ejercicio. eddyport2010@hotmail.com
  • 72. Ingresos y Gastos de Gestión se cerrarán  el 31 de diciembre de cada año, teniendo como contrapartida en el asiento contable a la cuenta Resultados del Ejercicio Vigente. Para dar de baja la cartera reclasificada se utilizará la provisión acumulada para las cuentas de dudosa recuperación, excepto en el caso en que el Tesoro Nacional haya dispuesto débitos a las disponibilidades de las entidades. eddyport2010@hotmail.com
  • 73. El objetivo de esta liquidación de los fondos es que se apliquen al presupuesto del ejercicio fiscal todos los gastos incurridos y no demorar por esta falta de información, la presentación de los informes financieros anuales. eddyport2010@hotmail.com
  • 74. Los saldos de las cuentas que se mantengan pendientes al 31 de diciembre del siguiente ejercicio, serán trasladados mediante asiento de cierre, a las cuentas. Al momento del pago, los valores a pagar se trasladarán de estas cuentas al cierre de cuentas de inversiones en proyectos y programas. eddyport2010@hotmail.com
  • 75. Las cuentas para el registro de los costos incurridos en el año y para el registro de la acumulación de costos totales deben desagregarse de manera que se identifique cada uno de los proyectos o programas en forma individual. eddyport2010@hotmail.com
  • 76. Las devoluciones totales o parciales de estos fondos por parte del Tesoro Nacional, se registrarán utilizando las mismas cuentas señaladas. eddyport2010@hotmail.com
  • 77. Para el reconocimiento contable de la colocación de los valores en circulación u otros títulos y valores correspondientes al financiamiento a corto plazo del Tesoro Nacional para cubrir las deficiencias temporales de la caja fiscal, se procederá así: eddyport2010@hotmail.com
  • 78. El costo financiero diferido que representa el descuento, se distribuirá en forma proporcional en los ejercicios fiscales que intervienen en el plazo de vigencia de los bonos. La amortización de este valor se registrará en cada ejercicio fiscal mediante débito. eddyport2010@hotmail.com
  • 79. El propósito de las cuentas de orden es servir como recordatorio, como medio de control o para conocer derechos y obligaciones contingentes, de operaciones que no afectan la situación financiera institucional. • Estas cuentas no representan derechos ni obligaciones reales, sino solo recursos u obligaciones probables o eventos administrativos sujetos a contingencias o eventualidades que pueden producir efectos futuros en la situación financiera y en los resultados de la entidad. eddyport2010@hotmail.com
  • 80. Las cuentas de orden se abren en dos grupos correlativos. Cada cuenta del un grupo mantiene correlatividad solo con una cuenta del otro grupo, en consecuencia, sus saldos serán iguales. Estas cuentas podrán tener auxiliares en la medida que se requiera para disponer de información detallada que identifique las características y especificaciones particulares de cada tipo de operación registrada en ellas. Estos auxiliares se abrirán solo en una de cada par de cuentas. eddyport2010@hotmail.com
  • 81. En estas cuentas se registrarán mediante cargo a las cuentas de orden deudoras y abono a las cuentas de orden acreedoras, las recibidas para la venta que no son de propiedad de la institución, bienes en custodia o en comodato, garantías que no sean en dinero, los papeles fiduciarios y especies fiscales valoradas que se emitan, los bienes de larga duración que no reúnen las condiciones para su registro como activos, contingencias por juicios en curso y probables flujos de entrada de beneficios o potenciales servicios. eddyport2010@hotmail.com
  • 82. Los formularios y registros contables estarán comprendidos y explicados dentro del manual específico de contabilidad de cada ente financiero, serán diseñados según sus necesidades específicas, asegurarán información completa, guardarán sencillez y claridad y preverán solo el número indispensable de copias. eddyport2010@hotmail.com
  • 83. Todo formulario, resumen, registro, libro o cualquier instrumento contentivo de cifras que expresen cantidades en la moneda de curso legal en el país, que denoten recursos u obligaciones financieras originadas en transacciones comprendidas o efectuadas, constituye parte del sistema contable de la entidad. eddyport2010@hotmail.com
  • 84. Los registros contables donde se jornalizan y mayorizan las operaciones financieras son:  Diario General Integrado  Mayor General  Auxiliares patrimoniales (existencias, activos fijos y demás cuentas patrimoniales)  Auxiliares Presupuestarios de Ingresos  Auxiliares Presupuestarios de Gastos eddyport2010@hotmail.com
  • 85. El catálogo de cuentas está estructurado para conformar una base de datos ordenada de acuerdo a la naturaleza de los activos, pasivos y patrimonio. La estructura del catálogo reconoce una relación jerárquica de lo general a lo particular. eddyport2010@hotmail.com
  • 86. 1. Identificar los activos, pasivos y patrimonio de la institución, a la fecha. 2. Identificar las operaciones que ejecuta la institución. Una ayuda importante para obtener esta información es el presupuesto. 3. Elaborar el catálogo de las cuentas y auxiliares que va a utilizar la institución, tomando como sustento la información recopilada en los dos puntos anteriores. eddyport2010@hotmail.com
  • 87. El significado del primer dígito es: 1. Activos 2. Pasivos 6. Patrimonio 9.  Cuentas de Orden eddyport2010@hotmail.com
  • 88. Los flujos de débitos y créditos de las cuentas estarán asociados con un solo concepto del clasificador presupuestario. Dichos conceptos serán comparados con las estimaciones presupuestarias para determinar su ejecución. Solo por excepción se producirá la asociación con más de un concepto. eddyport2010@hotmail.com
  • 89. La preparación de informes financieros de uso interno o externo se sujetará a la periodicidad, forma y condiciones determinadas por los usuarios. La información comparativa se presentará solo en los estados financieros anuales. eddyport2010@hotmail.com
  • 90. Mensualmente se preparará el detalle de las transferencias entregadas y de las transferencias recibidas, con la especificación de la fecha, número de asiento y valor de los aportes fiscales y de las transferencias de fondos corrientes y de capital, realizadas entre instituciones del sector público no financiero. eddyport2010@hotmail.com