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Documento elaborado por la Coordinación de Evaluación y Seguimiento. Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción – Dirección de
Ingreso Social
Programa
Jóvenes en Acción
PROTOCOLO PARA EL LEVANTAMIENTO
DE LA SUSPENSIÓN PREVENTIVA DE
ENTREGA DE INCENTIVOS.
Mayo 2013
Versión 11
Protocolo para el levantamiento de la suspensión de entrega de incentivos
Coordinación de Evaluación y Seguimiento. Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción – Dirección de Ingreso Social - Página 2 de 8
Contenido
1. PREGUNTAS FRECUENTES.......................................................................................................................... 3
1.1 ¿Por qué no se entregan los incentivos? ............................................................................................................ 3
1.2 ¿Cuándo a un joven no se le hace entrega del incentivo?.................................................................................. 3
1.3 ¿En qué consiste la suspensión preventiva?....................................................................................................... 3
1.4 ¿Qué situaciones pueden generar la suspensión preventiva?............................................................................ 4
1.4.1 Incumplimiento de los requisitos de focalización poblacional o territorial o de ingreso al Programa Jóvenes
en Acción. .................................................................................................................................................................... 4
1.4.2 Inconsistencias en el documento de identificación (tipo o número). ............................................................ 4
1.5 ¿Qué efectos tiene la suspensión preventiva? ................................................................................................... 5
1.6 ¿Cómo se puede conocer si un joven se encuentra suspendido? ...................................................................... 5
1.7 ¿Cómo se puede solicitar el levantamiento de la medida de suspensión preventiva? ...................................... 5
1.7.1 Suspensión por no encontrarse en las bases de focalización......................................................................... 6
1.7.2 Suspensión por tener más de 24 años o menos de 16 años al momento del registro................................... 6
1.7.3 Suspensión, por falta de soporte de graduación de bachiller. ....................................................................... 7
1.7.4 Suspensión por inconsistencia en el estado del documento de acuerdo con la Registraduría Nacional del
Estado Civil................................................................................................................................................................... 7
1.7.5 Documento de identidad inconsistente ......................................................................................................... 7
1.7.6 Se suspende por diferencias entre el documento de identificación del PE-49 y la base de datos del registro
de Jóvenes en Acción en el DPS................................................................................................................................... 8
1.8 ¿Cómo finaliza la medida de suspensión? .......................................................................................................... 8
1.9 ¿Qué efectos tiene la exclusión? ........................................................................................................................ 8
1.10 ¿Qué efectos tiene el levantamiento de la suspensión preventiva? .................................................................. 8
1.11 ¿Cuál es el mecanismo para notificar la suspensión preventiva a los jóvenes? ................................................. 8
Protocolo para el levantamiento de la suspensión de entrega de incentivos
Coordinación de Evaluación y Seguimiento. Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción – Dirección de Ingreso Social - Página 3 de 8
1. PREGUNTAS FRECUENTES
1.1 ¿Por qué no se entregan los incentivos?
La no entrega del incentivo obedece a dos situaciones principalmente. Primero, debido al incumplimiento
por parte del joven de los requisitos y compromisos con el Programa Jóvenes en Acción, de acuerdo con el
proceso de verificación de compromisos efectuado por el SENA y el DPS. Segundo, porque el joven puede
encontrarse en estado de suspensión preventivo.
1.2 ¿Cuándo a un joven no se le hace entrega del incentivo?
Cuando se encuentra en alguna de las siguientes situaciones:
1. Suspensión por no encontrarse en las bases de datos de focalización poblacional (Puntaje de corte
SISBEN nivel II –Ver Tabla No. 1-, Red Unidos, Sistema de Información de Población Desplazada,
Indígenas e ICBF)
2. Suspensión por tener más de 24 años al momento del registro.
3. Suspensión por tener menos de 16 años al momento del registro.
4. No está registrado como Jóvenes en Acción*
5. Suspensión, por falta de soporte de graduación de bachiller.
6. Suspensión por inconsistencia en el estado del documento de acuerdo con el cruce con la
Registraduría Nacional del Estado Civil.
7. Documento de identidad inconsistente.
8. Se suspende por diferencias entre el documento de identificación entre el PE-49 DPS emitido por el
SENA2
y la base de datos de registro de Jóvenes en Acción.
9. No cumple verificación de compromisos SENA
10. 10. Se registro en abril
Las situaciones: 4. No está registrado como Jóvenes en Acción; 9. No cumple verificación de compromisos
SENA; 10. Se registro en abril, no aplica para transferencia en este proceso de liquidación. Obedece a
situaciones que implican la NO entrega de la transferencia, y por lo tanto NO se consideran medidas de
suspensión.
1.3 ¿En qué consiste la suspensión preventiva?
El Programa Jóvenes en Acción, suspende de manera preventiva a un joven cuando se tienen indicios de
inexactitud en la información por él reportada o por el resultado de la verificación con diferentes registros
administrativos. Esta medida es de carácter temporal y se aplica mientras el Programa efectúa la revisión
respectiva del caso, en la cual se determinará sí el joven cumple con todos los requisitos para recibir los
incentivos.
2
/ El reporte PE 49 DPS entrega el listado acumulado de enero a la fecha, de los jóvenes aprendices matriculados en programas de
formación profesional del SENA, en el nivel técnico y tecnológico, que han sido previamente identificados como participantes de los
programas Jóvenes en Acción e Ingreso para la Prosperidad Social.
Protocolo para el levantamiento de la suspensión de entrega de incentivos
Coordinación de Evaluación y Seguimiento. Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción – Dirección de Ingreso Social - Página 4 de 8
1.4 ¿Qué situaciones pueden generar la suspensión preventiva?
La suspensión preventiva se genera por las siguientes circunstancias:
1.4.1 Incumplimiento de los requisitos de focalización poblacional o territorial o de ingreso al
Programa Jóvenes en Acción.
Estos casos corresponden a los estados de liquidación:
1. Suspensión por no encontrarse en las bases de datos de focalización poblacional (Puntaje de corte
SISBEN nivel II –Ver Tabla No. 1-, Red Unidos, Sistema de Información de Población Desplazada,
Indígenas e ICBF)
2. Suspensión por tener más de 24 años al momento del registro.
3. Suspensión por tener menos de 16 años al momento del registro.
5. Suspensión, por falta de soporte de graduación de bachiller.
Tabla No. 1 Puntajes de SISBEN III por área geográfica para la focalización poblacional
DESAGREGACIÓN GEOGRÁFICA PUNTAJE SISBEN III
Área 1. Principales ciudades sin sus áreas metropolitanas: Bogotá,
Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena, Bucaramanga, Cúcuta, Ibagué,
Pereira, Villavicencio, Pasto, Montería, Manizales y Santa Marta.
0 -54.86
Área 2. Resto urbano, compuesto por la zona urbana diferente a las 14
principales ciudades, centros poblados, y la zona rural dispersa de las 14
principales ciudades
0 - 51.57
Área 3. Rural, conformada por la zona rural dispersa diferente a la zona
rural dispersa de las catorce principales ciudades
0 - 37.80
Fuente: Resolución No. 00262 del 02 de abril de 2013. Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 1970
del 21 de diciembre de 2012, y se fijan los criterios para el registro de Jóvenes en Acción.
1.4.2 Inconsistencias en el documento de identificación (tipo o número).
Estos casos corresponden a los estados de liquidación:
6. Suspensión por inconsistencia en el estado del documento de acuerdo con el cruce con la
Registraduría Nacional del Estado Civil.
7. Documento de identidad inconsistente.
Protocolo para el levantamiento de la suspensión de entrega de incentivos
Coordinación de Evaluación y Seguimiento. Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción – Dirección de Ingreso Social - Página 5 de 8
8. Se suspende por diferencias entre el documento de identificación entre el PE-49 DPS emitido por el
SENA3
y la base de datos de registro de Jóvenes en Acción.
1.4.3 Suministro de información falsa, inexacta o inconsistente en el momento de la inscripción,
en el proceso de verificación de compromisos o en la solicitud de novedades.
1.5 ¿Qué efectos tiene la suspensión preventiva?
El Programa Jóvenes en Acción suspenderá la entrega de los incentivos hasta tanto se aclaren las situaciones
que llevaron a la suspensión preventiva del joven participante del Programa.
1.6 ¿Cómo se puede conocer si un joven se encuentra suspendido?
Puede acudir al Centro de Formación del SENA o a la Dirección Regional del DPS, de su municipio, para
revisar el listado de suspendidos.
O, puede comunicarse con el Centro de Atención Telefónica- CAT- del DPS y solicitar la información.
1.7 ¿Cómo se puede solicitar el levantamiento de la medida de suspensión preventiva?
El joven suspendido de manera preventiva, deben realizar el procedimiento establecido para cada caso, en
un plazo máximo de quince (15) días, después de la publicación de la comunicación a través de los
medios establecidos.
El joven remitirá copia escaneada, en formato PDF, de los documentos solicitados, al correo electrónico
jovenesenaccionregional@dps.gov.co, así:
Asunto: Solicitud de levantamiento de suspensión preventiva_[Nombre y Apellido completo del
joven]_[No. Documento de identidad]_[Nombre del Municipio].
En el contenido del correo electrónico señalar:
Nombre y apellidos completos
Tipo y número de documento de identidad
Nombre del grupo poblacional (SISBEN III – Desplazado – Red Unidos)
Nombre del Departamento y del Municipio donde se encuentra estudiando.
Nombre del Centro de Formación del SENA
Nombre y nivel (técnico o tecnológico) del programa de formación
3
/ El reporte PE 49 DPS entrega el listado acumulado de enero a la fecha, de los jóvenes aprendices matriculados en programas de
formación profesional del SENA, en el nivel técnico y tecnológico, que han sido previamente identificados como participantes de los
programas Jóvenes en Acción e Ingreso para la Prosperidad Social.
Protocolo para el levantamiento de la suspensión de entrega de incentivos
Coordinación de Evaluación y Seguimiento. Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción – Dirección de Ingreso Social - Página 6 de 8
Motivo de suspensión preventiva
Período/meses no desembolsados
Anexos:
Copia escaneada del documento de identidad respectivo (Tarjeta de Identidad, Cédula de
Ciudadanía, Cédula de extranjería)
Los demás documentos exigidos según el tipo de suspensión preventiva aplicado.
SOLICITUD DE LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN QUE NO SEA ENVIADA DE
ACUERDO CON LAS INDICACIONES, NO SERÁ TRAMITADA POR EL DPS.
1.7.1 Suspensión por no encontrarse en las bases de focalización
Corresponde a los jóvenes que luego de verificar en las bases de datos de focalización del Programa, no
fueron encontrados.
El joven debe solicitar la revisión de su caso, indicando el nombre del grupo poblacional con el que se registró
al Programa. Debe adjuntar el soporte que de cuenta de su inclusión/pertenencia a alguna de las siguientes
poblaciones:
SISBEN III,
Desplazados,
Red Unidos
Adicional debe adjuntar escaneado copia legible del documento de identidad según corresponda:
Tarjeta de Identidad
Cédula de Ciudadanía
Cédula de extranjería
1.7.2 Suspensión por tener más de 24 años o menos de 16 años al momento del registro
Corresponde a los jóvenes que de acuerdo con la fecha de nacimiento registrada en las bases de datos del
Programa y a la fecha de su registro al mismo, no cumple con los criterios de focalización poblacional
establecidos.
El joven debe solicitar la revisión del caso adjuntando copia de su documento de identidad según
corresponda:
Tarjeta de Identidad
Cédula de Ciudadanía
Cédula de extranjería
Protocolo para el levantamiento de la suspensión de entrega de incentivos
Coordinación de Evaluación y Seguimiento. Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción – Dirección de Ingreso Social - Página 7 de 8
Adicionalmente, debe adjuntar escaneado copia legible del documento soporte de inscripción o mencionar el
código que le fue asignado después del registro en el Programa Jóvenes en Acción del DPS.
1.7.3 Suspensión, por falta de soporte de graduación de bachiller.
Corresponde a los jóvenes que luego de realizar las consultas respectivas con los registros administrativos
del Ministerio de Educación Nacional –MEN-, que dan cuenta del estado de los jóvenes que cursaron grado
11, 13 (Normal Superior) y Ciclo 6 de adultos, no cuentan con el estado GRADUADO.
En cuanto al estado, el MEN considera graduados aquellos estudiantes de los grados mencionados, que al
momento de la promoción de la matrícula para la siguiente vigencia hubieran aprobado el curso y por ende
el sistema de información SIMAT les asigna el estado de GRADUADO. Por lo tanto, es importante mencionar
que el estado de graduado se realiza a partir del grado y marca de aprobado de un estudiante, no con base
al diploma o acta de grado.
El joven debe escanear y enviar copia de su respectiva Acta de Grado o Diploma de Bachiller, expedido por la
correspondiente institución educativa, junto con la copia de su documento de identificación, que demuestre
que cumple con este requisito del Programa.
1.7.4 Suspensión por inconsistencia en el estado del documento de acuerdo con la Registraduría
Nacional del Estado Civil
Corresponde a los casos que luego de constatar contra los registros administrativos de la Registraduría
Nacional del Estado Civil, presentaron alguna condición especial.
El joven debe entregar el Certificado del estado del documento emitido por la Registraduría Nacional del
Estado Civil, donde se certifique que el documento de identificación se encuentra en estado "vigente".
1.7.5 Documento de identidad inconsistente
Corresponde a los jóvenes que luego de verificar el tipo y número de documento de identificación, estos no
coinciden con los parámetros establecidos por la Registraduría Nacional del Estado Civil
El joven debe solicitar la revisión del caso adjuntando copia de su documento de identidad según
corresponda:
Tarjeta de Identidad
Cédula de Ciudadanía
Cédula de extranjería
Protocolo para el levantamiento de la suspensión de entrega de incentivos
Coordinación de Evaluación y Seguimiento. Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción – Dirección de Ingreso Social - Página 8 de 8
1.7.6 Se suspende por diferencias entre el documento de identificación del PE-49 y la base de
datos del registro de Jóvenes en Acción en el DPS.
Corresponde a los jóvenes que luego de contrastar la base de datos reportada por el SENA para la
verificación de compromisos –Reporte PE 49 –DPS- y la base de datos del registro del Programa, cuentan con
números de identificación diferentes y, por lo tanto, se requiere constatar que la persona que aparece en
ambas bases de datos es la misma.
El joven debe enviar copia legible escaneada de su documento de identificación para realizar el ajuste en las
respectivas bases de datos.
1.8 ¿Cómo finaliza la medida de suspensión?
La suspensión preventiva puede terminar en dos situaciones:
1. Con el levantamiento de la medida de suspensión preventiva: en el caso que el joven demuestre que no
existen motivos para la suspensión, con base en la revisión y verificación de documentos que efectúa el
Programa.
2. Con la exclusión del joven: en el caso que se demuestre que sí existen motivos para la suspensión,
después de la revisión y verificación de documentos que efectúa el Programa.
1.9 ¿Qué efectos tiene la exclusión?
La exclusión tiene como efecto la NO entrega de los incentivos del Programa Jóvenes en Acción al joven.
1.10 ¿Qué efectos tiene el levantamiento de la suspensión preventiva?
El levantamiento de la suspensión preventiva genera la reactivación de la entrega de los incentivos y el giro
retroactivo o acumulado de los mismos, cuando el caso así lo amerite.
1.11 ¿Cuál es el mecanismo para notificar la suspensión preventiva a los jóvenes?
Existe un mecanismo formal que consiste en la fijación de este Protocolo y del listado correspondiente de los
“Jóvenes con suspensión preventiva del giro del incentivo del Programa Jóvenes en Acción”, en un lugar
público y visible en cada uno de los Centros de Formación del SENA y en las Direcciones Regionales del DPS,
en cada municipio.
A través de medios alternativos para informar a los jóvenes sobre la existencia del listado, tales como las
redes sociales (Facebook – Twitter), página web de la entidad, mensajes de texto y llamadas. Es importante
recalcar que no existen intermediarios ni costos para este proceso todo lo puede realizar el joven
directamente remitiendo la información solicitada al correo jovenesenaccionregional@dps.gov.co

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Protocolo suspensión preventiva v1_31-05-2103-

  • 1. 1 Documento elaborado por la Coordinación de Evaluación y Seguimiento. Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción – Dirección de Ingreso Social Programa Jóvenes en Acción PROTOCOLO PARA EL LEVANTAMIENTO DE LA SUSPENSIÓN PREVENTIVA DE ENTREGA DE INCENTIVOS. Mayo 2013 Versión 11
  • 2. Protocolo para el levantamiento de la suspensión de entrega de incentivos Coordinación de Evaluación y Seguimiento. Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción – Dirección de Ingreso Social - Página 2 de 8 Contenido 1. PREGUNTAS FRECUENTES.......................................................................................................................... 3 1.1 ¿Por qué no se entregan los incentivos? ............................................................................................................ 3 1.2 ¿Cuándo a un joven no se le hace entrega del incentivo?.................................................................................. 3 1.3 ¿En qué consiste la suspensión preventiva?....................................................................................................... 3 1.4 ¿Qué situaciones pueden generar la suspensión preventiva?............................................................................ 4 1.4.1 Incumplimiento de los requisitos de focalización poblacional o territorial o de ingreso al Programa Jóvenes en Acción. .................................................................................................................................................................... 4 1.4.2 Inconsistencias en el documento de identificación (tipo o número). ............................................................ 4 1.5 ¿Qué efectos tiene la suspensión preventiva? ................................................................................................... 5 1.6 ¿Cómo se puede conocer si un joven se encuentra suspendido? ...................................................................... 5 1.7 ¿Cómo se puede solicitar el levantamiento de la medida de suspensión preventiva? ...................................... 5 1.7.1 Suspensión por no encontrarse en las bases de focalización......................................................................... 6 1.7.2 Suspensión por tener más de 24 años o menos de 16 años al momento del registro................................... 6 1.7.3 Suspensión, por falta de soporte de graduación de bachiller. ....................................................................... 7 1.7.4 Suspensión por inconsistencia en el estado del documento de acuerdo con la Registraduría Nacional del Estado Civil................................................................................................................................................................... 7 1.7.5 Documento de identidad inconsistente ......................................................................................................... 7 1.7.6 Se suspende por diferencias entre el documento de identificación del PE-49 y la base de datos del registro de Jóvenes en Acción en el DPS................................................................................................................................... 8 1.8 ¿Cómo finaliza la medida de suspensión? .......................................................................................................... 8 1.9 ¿Qué efectos tiene la exclusión? ........................................................................................................................ 8 1.10 ¿Qué efectos tiene el levantamiento de la suspensión preventiva? .................................................................. 8 1.11 ¿Cuál es el mecanismo para notificar la suspensión preventiva a los jóvenes? ................................................. 8
  • 3. Protocolo para el levantamiento de la suspensión de entrega de incentivos Coordinación de Evaluación y Seguimiento. Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción – Dirección de Ingreso Social - Página 3 de 8 1. PREGUNTAS FRECUENTES 1.1 ¿Por qué no se entregan los incentivos? La no entrega del incentivo obedece a dos situaciones principalmente. Primero, debido al incumplimiento por parte del joven de los requisitos y compromisos con el Programa Jóvenes en Acción, de acuerdo con el proceso de verificación de compromisos efectuado por el SENA y el DPS. Segundo, porque el joven puede encontrarse en estado de suspensión preventivo. 1.2 ¿Cuándo a un joven no se le hace entrega del incentivo? Cuando se encuentra en alguna de las siguientes situaciones: 1. Suspensión por no encontrarse en las bases de datos de focalización poblacional (Puntaje de corte SISBEN nivel II –Ver Tabla No. 1-, Red Unidos, Sistema de Información de Población Desplazada, Indígenas e ICBF) 2. Suspensión por tener más de 24 años al momento del registro. 3. Suspensión por tener menos de 16 años al momento del registro. 4. No está registrado como Jóvenes en Acción* 5. Suspensión, por falta de soporte de graduación de bachiller. 6. Suspensión por inconsistencia en el estado del documento de acuerdo con el cruce con la Registraduría Nacional del Estado Civil. 7. Documento de identidad inconsistente. 8. Se suspende por diferencias entre el documento de identificación entre el PE-49 DPS emitido por el SENA2 y la base de datos de registro de Jóvenes en Acción. 9. No cumple verificación de compromisos SENA 10. 10. Se registro en abril Las situaciones: 4. No está registrado como Jóvenes en Acción; 9. No cumple verificación de compromisos SENA; 10. Se registro en abril, no aplica para transferencia en este proceso de liquidación. Obedece a situaciones que implican la NO entrega de la transferencia, y por lo tanto NO se consideran medidas de suspensión. 1.3 ¿En qué consiste la suspensión preventiva? El Programa Jóvenes en Acción, suspende de manera preventiva a un joven cuando se tienen indicios de inexactitud en la información por él reportada o por el resultado de la verificación con diferentes registros administrativos. Esta medida es de carácter temporal y se aplica mientras el Programa efectúa la revisión respectiva del caso, en la cual se determinará sí el joven cumple con todos los requisitos para recibir los incentivos. 2 / El reporte PE 49 DPS entrega el listado acumulado de enero a la fecha, de los jóvenes aprendices matriculados en programas de formación profesional del SENA, en el nivel técnico y tecnológico, que han sido previamente identificados como participantes de los programas Jóvenes en Acción e Ingreso para la Prosperidad Social.
  • 4. Protocolo para el levantamiento de la suspensión de entrega de incentivos Coordinación de Evaluación y Seguimiento. Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción – Dirección de Ingreso Social - Página 4 de 8 1.4 ¿Qué situaciones pueden generar la suspensión preventiva? La suspensión preventiva se genera por las siguientes circunstancias: 1.4.1 Incumplimiento de los requisitos de focalización poblacional o territorial o de ingreso al Programa Jóvenes en Acción. Estos casos corresponden a los estados de liquidación: 1. Suspensión por no encontrarse en las bases de datos de focalización poblacional (Puntaje de corte SISBEN nivel II –Ver Tabla No. 1-, Red Unidos, Sistema de Información de Población Desplazada, Indígenas e ICBF) 2. Suspensión por tener más de 24 años al momento del registro. 3. Suspensión por tener menos de 16 años al momento del registro. 5. Suspensión, por falta de soporte de graduación de bachiller. Tabla No. 1 Puntajes de SISBEN III por área geográfica para la focalización poblacional DESAGREGACIÓN GEOGRÁFICA PUNTAJE SISBEN III Área 1. Principales ciudades sin sus áreas metropolitanas: Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena, Bucaramanga, Cúcuta, Ibagué, Pereira, Villavicencio, Pasto, Montería, Manizales y Santa Marta. 0 -54.86 Área 2. Resto urbano, compuesto por la zona urbana diferente a las 14 principales ciudades, centros poblados, y la zona rural dispersa de las 14 principales ciudades 0 - 51.57 Área 3. Rural, conformada por la zona rural dispersa diferente a la zona rural dispersa de las catorce principales ciudades 0 - 37.80 Fuente: Resolución No. 00262 del 02 de abril de 2013. Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 1970 del 21 de diciembre de 2012, y se fijan los criterios para el registro de Jóvenes en Acción. 1.4.2 Inconsistencias en el documento de identificación (tipo o número). Estos casos corresponden a los estados de liquidación: 6. Suspensión por inconsistencia en el estado del documento de acuerdo con el cruce con la Registraduría Nacional del Estado Civil. 7. Documento de identidad inconsistente.
  • 5. Protocolo para el levantamiento de la suspensión de entrega de incentivos Coordinación de Evaluación y Seguimiento. Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción – Dirección de Ingreso Social - Página 5 de 8 8. Se suspende por diferencias entre el documento de identificación entre el PE-49 DPS emitido por el SENA3 y la base de datos de registro de Jóvenes en Acción. 1.4.3 Suministro de información falsa, inexacta o inconsistente en el momento de la inscripción, en el proceso de verificación de compromisos o en la solicitud de novedades. 1.5 ¿Qué efectos tiene la suspensión preventiva? El Programa Jóvenes en Acción suspenderá la entrega de los incentivos hasta tanto se aclaren las situaciones que llevaron a la suspensión preventiva del joven participante del Programa. 1.6 ¿Cómo se puede conocer si un joven se encuentra suspendido? Puede acudir al Centro de Formación del SENA o a la Dirección Regional del DPS, de su municipio, para revisar el listado de suspendidos. O, puede comunicarse con el Centro de Atención Telefónica- CAT- del DPS y solicitar la información. 1.7 ¿Cómo se puede solicitar el levantamiento de la medida de suspensión preventiva? El joven suspendido de manera preventiva, deben realizar el procedimiento establecido para cada caso, en un plazo máximo de quince (15) días, después de la publicación de la comunicación a través de los medios establecidos. El joven remitirá copia escaneada, en formato PDF, de los documentos solicitados, al correo electrónico jovenesenaccionregional@dps.gov.co, así: Asunto: Solicitud de levantamiento de suspensión preventiva_[Nombre y Apellido completo del joven]_[No. Documento de identidad]_[Nombre del Municipio]. En el contenido del correo electrónico señalar: Nombre y apellidos completos Tipo y número de documento de identidad Nombre del grupo poblacional (SISBEN III – Desplazado – Red Unidos) Nombre del Departamento y del Municipio donde se encuentra estudiando. Nombre del Centro de Formación del SENA Nombre y nivel (técnico o tecnológico) del programa de formación 3 / El reporte PE 49 DPS entrega el listado acumulado de enero a la fecha, de los jóvenes aprendices matriculados en programas de formación profesional del SENA, en el nivel técnico y tecnológico, que han sido previamente identificados como participantes de los programas Jóvenes en Acción e Ingreso para la Prosperidad Social.
  • 6. Protocolo para el levantamiento de la suspensión de entrega de incentivos Coordinación de Evaluación y Seguimiento. Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción – Dirección de Ingreso Social - Página 6 de 8 Motivo de suspensión preventiva Período/meses no desembolsados Anexos: Copia escaneada del documento de identidad respectivo (Tarjeta de Identidad, Cédula de Ciudadanía, Cédula de extranjería) Los demás documentos exigidos según el tipo de suspensión preventiva aplicado. SOLICITUD DE LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN QUE NO SEA ENVIADA DE ACUERDO CON LAS INDICACIONES, NO SERÁ TRAMITADA POR EL DPS. 1.7.1 Suspensión por no encontrarse en las bases de focalización Corresponde a los jóvenes que luego de verificar en las bases de datos de focalización del Programa, no fueron encontrados. El joven debe solicitar la revisión de su caso, indicando el nombre del grupo poblacional con el que se registró al Programa. Debe adjuntar el soporte que de cuenta de su inclusión/pertenencia a alguna de las siguientes poblaciones: SISBEN III, Desplazados, Red Unidos Adicional debe adjuntar escaneado copia legible del documento de identidad según corresponda: Tarjeta de Identidad Cédula de Ciudadanía Cédula de extranjería 1.7.2 Suspensión por tener más de 24 años o menos de 16 años al momento del registro Corresponde a los jóvenes que de acuerdo con la fecha de nacimiento registrada en las bases de datos del Programa y a la fecha de su registro al mismo, no cumple con los criterios de focalización poblacional establecidos. El joven debe solicitar la revisión del caso adjuntando copia de su documento de identidad según corresponda: Tarjeta de Identidad Cédula de Ciudadanía Cédula de extranjería
  • 7. Protocolo para el levantamiento de la suspensión de entrega de incentivos Coordinación de Evaluación y Seguimiento. Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción – Dirección de Ingreso Social - Página 7 de 8 Adicionalmente, debe adjuntar escaneado copia legible del documento soporte de inscripción o mencionar el código que le fue asignado después del registro en el Programa Jóvenes en Acción del DPS. 1.7.3 Suspensión, por falta de soporte de graduación de bachiller. Corresponde a los jóvenes que luego de realizar las consultas respectivas con los registros administrativos del Ministerio de Educación Nacional –MEN-, que dan cuenta del estado de los jóvenes que cursaron grado 11, 13 (Normal Superior) y Ciclo 6 de adultos, no cuentan con el estado GRADUADO. En cuanto al estado, el MEN considera graduados aquellos estudiantes de los grados mencionados, que al momento de la promoción de la matrícula para la siguiente vigencia hubieran aprobado el curso y por ende el sistema de información SIMAT les asigna el estado de GRADUADO. Por lo tanto, es importante mencionar que el estado de graduado se realiza a partir del grado y marca de aprobado de un estudiante, no con base al diploma o acta de grado. El joven debe escanear y enviar copia de su respectiva Acta de Grado o Diploma de Bachiller, expedido por la correspondiente institución educativa, junto con la copia de su documento de identificación, que demuestre que cumple con este requisito del Programa. 1.7.4 Suspensión por inconsistencia en el estado del documento de acuerdo con la Registraduría Nacional del Estado Civil Corresponde a los casos que luego de constatar contra los registros administrativos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, presentaron alguna condición especial. El joven debe entregar el Certificado del estado del documento emitido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, donde se certifique que el documento de identificación se encuentra en estado "vigente". 1.7.5 Documento de identidad inconsistente Corresponde a los jóvenes que luego de verificar el tipo y número de documento de identificación, estos no coinciden con los parámetros establecidos por la Registraduría Nacional del Estado Civil El joven debe solicitar la revisión del caso adjuntando copia de su documento de identidad según corresponda: Tarjeta de Identidad Cédula de Ciudadanía Cédula de extranjería
  • 8. Protocolo para el levantamiento de la suspensión de entrega de incentivos Coordinación de Evaluación y Seguimiento. Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción – Dirección de Ingreso Social - Página 8 de 8 1.7.6 Se suspende por diferencias entre el documento de identificación del PE-49 y la base de datos del registro de Jóvenes en Acción en el DPS. Corresponde a los jóvenes que luego de contrastar la base de datos reportada por el SENA para la verificación de compromisos –Reporte PE 49 –DPS- y la base de datos del registro del Programa, cuentan con números de identificación diferentes y, por lo tanto, se requiere constatar que la persona que aparece en ambas bases de datos es la misma. El joven debe enviar copia legible escaneada de su documento de identificación para realizar el ajuste en las respectivas bases de datos. 1.8 ¿Cómo finaliza la medida de suspensión? La suspensión preventiva puede terminar en dos situaciones: 1. Con el levantamiento de la medida de suspensión preventiva: en el caso que el joven demuestre que no existen motivos para la suspensión, con base en la revisión y verificación de documentos que efectúa el Programa. 2. Con la exclusión del joven: en el caso que se demuestre que sí existen motivos para la suspensión, después de la revisión y verificación de documentos que efectúa el Programa. 1.9 ¿Qué efectos tiene la exclusión? La exclusión tiene como efecto la NO entrega de los incentivos del Programa Jóvenes en Acción al joven. 1.10 ¿Qué efectos tiene el levantamiento de la suspensión preventiva? El levantamiento de la suspensión preventiva genera la reactivación de la entrega de los incentivos y el giro retroactivo o acumulado de los mismos, cuando el caso así lo amerite. 1.11 ¿Cuál es el mecanismo para notificar la suspensión preventiva a los jóvenes? Existe un mecanismo formal que consiste en la fijación de este Protocolo y del listado correspondiente de los “Jóvenes con suspensión preventiva del giro del incentivo del Programa Jóvenes en Acción”, en un lugar público y visible en cada uno de los Centros de Formación del SENA y en las Direcciones Regionales del DPS, en cada municipio. A través de medios alternativos para informar a los jóvenes sobre la existencia del listado, tales como las redes sociales (Facebook – Twitter), página web de la entidad, mensajes de texto y llamadas. Es importante recalcar que no existen intermediarios ni costos para este proceso todo lo puede realizar el joven directamente remitiendo la información solicitada al correo jovenesenaccionregional@dps.gov.co