2. REPRESIÓN EN DICTADURA
Los Comandantes en Jefe de las FFAA y de Orden no eran políticos.
Se identifican con el autoritarismo portaliano.
Están convencidos que fue una guerra contra el Marxismo.
Derecho de Ginebra:
Acuerdo que protege
a las víctimas de
conflictos armados
internacionales.
Centro Cultural Gabriela Mistral.
Ex-Edificio Diego Portales.
3. Violación de los
DDHH en Dictadura
Militar
1973
1974 - 1977
1977 - 1990
•Disolución del Congreso.
•Congelamiento de garantías
constitucionales.
•Caravana de la Muerte
•Máximo auge de la represión.
•Funcionamiento de la DINA.
•Operación Cóndor.
•Operación Colombo.
•Asesinato Gral. Calos Prats.
•Asesinato de Orlando Letelier en
Washington D.C.
•Funcionamiento de la CNI.
•Aparición de cadáveres en Lonquén.
•Protestas contra la dictadura.
4. TERRORISMO DE ESTADO: CRÍMENES DE LESA
HUMANIDAD COMETIDOS POR AGENTES DEL ESTADO.
• Se reconocen cerca de 1.200 víctimas detenidas desparecidas; poco más de
1.900 víctimas con resultado de muerte y alrededor de 28.500 sobrevivientes
de la prisión política y tortura.
• En 2011 se reconocieron 30 casos más de detenidos desaparecidos y
ejecutados políticos y 9.795 casos más de torturas en el mismo período.
5. 1. Golpizas Reiteradas.
2. Lesiones corporales deliberadas.
3. Colgamientos.
4. Posiciones forzadas.
5. Aplicación de electricidad.
6. Amenazas.
7. Simulacros de fusilamiento.
8. Humillaciones y vejámenes.
9. Desnudamiento.
10. Agresión y violencia sexual.
11. Presenciar torturas de otros.
12. Ruleta rusa.
13. Presenciar fusilamientos de otros detenidos.
14. Confinamiento en condiciones infrahumanas.
15. Privaciones deliberadas de medios de vida.
16. Privación o interrupción del sueño.
17. Asfixias.
18. Exposición a temperaturas extremas.
MÉTODOS DE TORTURA
6. VIOLENCIA SEXUAL CONTRA LA MUJER
1. Prisión y violencia sexual.
2. Prisión y violencia sexual de
menores de edad.
3. Prisión y violencia sexual de
mujeres que fueron violadas durante
su detención.
4. Prisión de mujeres que quedaron
embarazadas.
5. Prisión de mujeres cuyos hijos
nacieron en cautiverio
7. 3 EJES FUNDAMENTALES DEL
PRIMER GOBIERNO DEMOCRÁTICO
1) Reforzar el consenso
democrático
2) Avanzar en la búsqueda de
verdad y reparación en los
casos de violaciones a los
Derechos Humanos.
3) Mantener las cifras de
crecimiento económico a
través del sistema de libre
mercado.
8. GOBIERNO DE PATRICIO AYLWIN:TENSIÓN CÍVICO-MILITAR
• Grupos armados contra la
dictadura siguen funcionando.
• “Ejercicio de enlace” en 1991.
• Asesinato de Jaime Guzmán en
abril de 1991.
• Secuestro de Cristián Edwards
en 1991.
• “Boinazo” en 1993.
• Investigación de violaciones a
los Derechos Humanos
• Hallazgo de osamentas.
9. Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación: Informe Rettig.
Avanzar en la búsqueda de la verdad y la
reparación a víctimas de violaciones a los DDHH.
Creada en mayo de 1990.
Comisión investigadora de casos de asesinato y
desaparición, encabezada por Raúl Rettig.
El informe fue entregada en febrero de 1991.
Consignó 2279 víctimas fatales, de las cuales
957 se encuentran en calidad de desaparecidas.
La Derecha y el Ejército: "un desconocimiento
imperdonable de las reales causas que motivaron la
acción de restauración nacional emprendida a partir
del 11 de septiembre de 1973".
11. Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura: Informe Valech.
Avanzar en la identificación de víctimas de prisión
y tortura por razones políticas.
Creada en septiembre de 2003 en el gobierno de
Ricardo Lagos.
Comisión encabezada por Monseñor Sergio
Valech.
Dada a conocer en Noviembre de 2004 por el
presidente Lagos.
En noviembre de 2010, la comisión, ahora
presidida por María Luisa Sepúlveda, entregó un
segundo informe.
En total se consignó 40.018 víctimas, de las
cuales 3065 se encuentran en calidad de fallecidas
o desaparecidas.
13. Artículo 15.- Son secretos los documentos, testimonios y antecedentes aportados por las
víctimas ante la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura[…]
El secreto establecido en el inciso anterior se mantendrá durante el plazo de 50 años,
período en que los antecedentes sobre los que recae quedarán bajo la custodia del
Ministerio del Interior.
Mientras rija el secreto previsto en este artículo, ninguna persona, grupo de personas,
autoridad o magistratura tendrá acceso a lo señalado en el inciso primero de este artículo,
sin perjuicio del derecho personal que asiste a los titulares de los documentos, informes,
declaraciones y testimonios incluidos en ellos, para darlos a conocer o proporcionarlos a
terceros por voluntad propia.
Los integrantes de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, así como las
demás personas que participaron a cualquier título en el desarrollo de las labores que se les
encomendaron, estarán obligados a mantener reserva respecto de los antecedentes y
datos[…] La comunicación, divulgación o revelación de los antecedentes y datos amparados
por el secreto establecido en el inciso primero, será sancionada con las penas señaladas en
el artículo 247 del Código Penal.
CRÍTICA: ANTECEDENTES EN CUSTODIA POR 50 AÑOS