La Ley Universitaria frente a la Fuerza de los 100,000
Ley de Inocuidad de los Alimientos
1. LEY DE INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS Decreto Legislativo N° 1062 Publicado en Diario Oficial El Peruano 28/06/2008 (Ley) y su Fe de erratas del 03/07/2008 Dr. E. Cruz – Director General DIGESA
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4. OBJETO Garantizar la inocuidad de los alimentos destinados al consumo humano a fin de proteger la vida y la salud de las personas con un enfoque preventivo e integral a lo largo de la cadena alimentaria, incluído los piensos. “ DEL CAMPO/GRANJA/MAR A LA MESA”
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8. AUTORIDADES COMPETENTES A NIVEL NACIONAL piensos AGRICULTURA - SENASA PRODUCCIÓN Y PROCESAMIENTO PRIMARIO SALUD- DIGESA ALIMENTOS INDUSTRIALIZADOS Y EN SERVICIOS DE ALIMENTACION COLECTIVA PRODUCCION- VICEMINISTERIO DE PESQUERÍA SANIPES-ITP PRODUCTOS HIDROBIOLOGICOS
9. MINISTERIO DE AGRICULTURA - SENASA Entidad técnico normativa y de vigilancia sanitaria de alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario de consumo humano y de piensos
10. PRODUCE – SANIPES / ITP Técnico normativo y de vigilancia sanitaria de productos pesqueros y acuícolas de consumo humano y de piensos
11. MINISTERIO DE SALUD – DIGESA - DHAZ Entidad técnico normativa y de vigilancia sanitaria de los alimentos elaborados industrialmente a nivel de fabricación, almacenamiento, fraccionamiento de alimentos. Así como de los servicios de alimentación colectiva, de hospitales y de los medios de transporte de pasajeros. El MINSA ejerce la supervigilancia de las entidades públicas facultadas para el control sanitario conforme a la Ley General de Salud recogida en la Ley de Inocuidad de los Alimentos.
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13. COMISION MULTISECTORIAL PERMANENTE DE INOCUIDAD ALIMENTARIA - COMPIAL MINISTERIO DE AGRICULTURA SENASA MINISTERIO DE SALUD DIGESA DIGESA MINISTERIO DE PRODUCCION SANIPES -ITP
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18. NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA ACREDITAR INSPECTORES SANITARIOS DE ALIMENTOS DE CONSUMO HUMANO (RM N° 245-2009/MINSA).