1. Open Access y licencias copyleft
Propiedad Intelectual: Los derechos de
autor en el entorno digital.
JJ Merelo @jjmerelo
Oficina de Software Libre, UGR
http://osl.ugr.es
5. A cada vaca su ternero, a cada libro
su copia
● San Columba copió
un libro de San
Finnlan.
● San Finnlan protestó
al rey, ganó el caso.
● Se lió la de San
Quintín.
Open Access/Copyleft 5
6. El silencio de las ovejas
● 97% en
RottenTomatoes.
● 30 años sin poder
estrenarse
● Costó 10000$ hacerla
● Derechos musicales
150000$
● Soderbergh pagó los
derechos.
Open Access/Copyleft 6
7. Gestión digital de (falta de)
derechos
● Un sistema Digital Rights
Management DRM trata
de regular copias entre
dispositivos.
● Puede incumplir la
legislación local (derecho
a copia privada).
● No funciona.
● Si algo quiere ser
copiado, lo será.
Open Access/Copyleft 7
10. Libre es el nuevo negro
Open Access/Copyleft 10
11. Todo es digital
● El ordenador es la
máquina universal.
● Y todo es un
ordenador.
● Puede reproducir
(casi) toda obra
cultural.
● Hasta las esculturas.
Open Access/Copyleft 11
12. Ahora que los tengo, para tí
● La libertad, codificada
en una licencia
implica ceder una
serie de derechos.
● Es un acto personal
del autor del
contenido.
Open Access/Copyleft 12
13. ¡No hay barreras!
● Libertades de
● Uso.
● Estudio y adaptación.
● Hacer y distribuir
copias.
● Mejorar y distribuir las
mejoras.
Open Access/Copyleft 13
14. Derechos pa tí y pa mi
Copia
Remuneración
por copia
privada
míos
Tuyos
Transformación
Comunicación pública
Autoría
Open Access/Copyleft 14
22. La libertad está en las tripas
● Formatos libres como
OpenDocument.
● Independencia de la
fuente.
● Uso en cualquier
programa
● Ahora y siempre
Open Access/Copyleft 22
23. Licencias para todos los gustos
● Free art licence
● Open Content
Licence
● SIL Open Font
Licence
Open Access/Copyleft 23
24. ¿Cómo libero contenido?
● Incluyendo un logo o
icono con la licencia
● Conveniente: que la
fecha sea fácil de
verificar.
● Web, Twitter,
Facebook,SafeCreative,
ColorIuris.
● Usando metadatos.
Open Access/Copyleft 24
25. ¿Y por qué tendría que hacerlo?
● Contribuir al bien
común.
● Aclarar los derechos
del usuario.
● Facilitar el
intercambio de
conocimiento.
Open Access/Copyleft 25
26. Enséñame la
pasta
● Vender, claro.
● Anuncios.
● Patrocinios.
● Intangibles.
● Entorno, contexto,
acceso.
● Donaciones
Open Access/Copyleft 26
27. Enséñame los datos
Plataformas de
gobierno abierto que
permiten a la
ciudadanía acceso a
los datos
Open Access/Copyleft 27
28. Eso es todo
Muchas gracias
Open Access/Copyleft 28
Editor's Notes
Combinación de colores Found Nemo, http://www.colourlovers.com/palette/2370526/Found_Nemo
Esta obra tiene licencia Reconocimiento-Compartir igual 3.0 unported:
http://creativecommons.org/licenses/by-sa/3.0/deed.es_ES
Foto de Maarten Takens en flickr.com/photos/takens/5795697385
La frase es de Stewart Brand, un libertario y promotor del Well y Whole Earth catalog.
Algunas referencias:
http://www.jwz.org/doc/iwtbf.html
http://www.wired.com/wired/archive/2.03/economy.ideas_pr.html
http://www.guardian.co.uk/technology/2010/may/18/information-wants-to-be-free
http://www.forbes.com/sites/dansimon/2012/07/23/information-wants-to-be-free-youll-get-what-you-pay-for/
http://en.wikipedia.org/wiki/Information_wants_to_be_free
Imagen de mammal en flickr.com/photos/mammal/3391580529
Foto de Nic McPhee en flickr.com/photos/nicmcphee/2240758627/
Y refleja el otro significado de la palabra “free”: también significa gratis. De ahí viene la verdadera contradicción. ¿Qué quieres ser la información? ¿Gratis/libre o cara?
¿Dónde tienen su origen estos derechos? La historia viene de muy atrás, la primera guerra del copyright suceció hace siglos. La imagen, de la Wikipedia, del Cathach (libro de batalla) o salterio (libro de Salmos) de San Columba (o Columcille, Columkill)
Se supone que fue la primera guerra del copyright.
Un ejemplo de cómo la regulación de derechos de autor excesiva puede impedir la difusión de obras de gran calidad. Y cómo una que permita el paso de obras al dominio público al cabo de cierto tiempo puede favorecerlo.
La web de la peli está en http://www.killerofsheep.com/ y la historia de los derechos en http://en.wikipedia.org/wiki/Killer_of_Sheep
La imagen es bastante genérica (y chunga para los windowseros), pero está sacada de
http://www.flickr.com/photos/drew/3287629594/
http://www.flickr.com/photos/wilhei/4471068814/ Si sólo puedes encajar como las piezas de un puzzle, te cierras muchas posibilidades.
Los formatos también se pueden cerrar con clave, impidiendo copy/paste... o se puede restringir el uso de los documentos a una serie de personas. Todo malo.
¿Una foto que sólo se pudiera ver con un programa determinado?
¿Un documento con sólo un procesador?
Oh, wait...
Imagen de stuck in Customs en flickr.com/photos/stuckincustoms/5561157997/
Si el conocimiento es libre, o gratis, pertenece al bien común como el aire, los prados comunales, o la orilla del mar. La titularidad es colectiva, no individual.
La imagen, como todas las de esta presentación, son libres y extraídas de Flickr. Por la licencia, hay que acreditar la procedencia http://www.flickr.com/photos/fuschia_foot/2130022710/sizes/o/in/photostream/
Las tecnologías de la información han colocado al alcance de cualquiera los medios de producción visual, escrita y dentro de poco cosas más avanzadas como la escultura o nuevos productos multimedia sin ningún tipo de equivalencia tradicional.
Todos somos productores.
Además, lo somos todo el tiempo.
Costes de distribución tienden a cero.
http://www.flickr.com/photos/stevenanichols/3586131317/sizes/l/in/photostream/ De hecho, lo último en caer son los libros... los lectores de libros electrónicos hacen que vaya siguiendo el modelo de la música y las películas (y que la industria vaya cometiendo los mismos errores)
Foto de http://www.flickr.com/photos/brandoncwarren/4164759025/sizes/l/in/photostream/
Ya que conocemos qué derecho hay sobre el conocimiento y también porqué es bueno que el conocimiento sea libre, obra artística o intelectual de toda clase, vamos a ver qué se puede hacer para liberarla.
Si alguien reconoce la línea de la Venganza de Don Mendo... „para un manso no hay barreras, y si hay barreras, las salto”
http://www.flickr.com/photos/memestate/3159343310/sizes/l/in/photostream/
Las libertades están inspiradas en las 4 libertades del software de Richard Stallman, pero lo cierto es que es anterior al software, como muestra el arcipreste de Hita.
Sólo estás cediendo parte de los derechos. Hay derechos que no se ceden, y otros que son opcionales, como el de transformación. Incluso el de explotación puede reservarse o no, dependiendo de la licencia. Y los derechos morales tampoco se pueden ceder, ni te los pueden arrebatar.
Los iconos son de dominio público, y te los puedes bajar de http://creativecommons.org
Las licencias CC se componen de tres partes: Commons Deed, Legal Code y Digital Code. El primero sintetizado y legible, el segundo en lenguaje legal y el último en forma de código con el objetivo de que pueda ser decodificado fácilmente por un ordenador (un buscador, por ejemplo)
Si visitas una página con CC, se verá un código HTML que se puede interpretar fácilmente (y se hace, de hecho)
Imagen de anotherjesse en flickr.com/photos/anotherjesse/229796901
Definición e historia del copyleft en http://www.gnu.org/copyleft/copyleft.es.html
Aunque (equivocadamente) se usa copyleft para todo tipo de licencia libre, en este trabajo se habla de las mismas y el efecto “ultra vires” http://europe.creativecommons.org/webfm_send/8 : Las licencias Creative Commons: ¿una alternativa
al copyright? Raquel Xalabarder Plantada
Problemas para el control de obras licenciadas, sobre todo con obras específicamente copyleft o virales
Algunas combinaciones no son posibles; si no se permite obra derivada, por ejemplo, no se puede compartir igual.
La adaptación al ordenamiento jurídico español se ha hecho en diferentes fases, respetando sobre todo los derechos morales que reconoce la legislación española explícitamente. En todo caso, las licencias se refieren sólo a los derechos de explotación, no a los derechos morales.
El estado legal de las licencias CC (no necesariamente copyleft) ante las cortes españolas: “The legal status of copyleft before the Spanish courts” http://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=1938144 Sobre la legalidad de las CC: http://www.derecho-internet.org/node/272 (versión 2)
Imagen de Auggie Tolosa en flickr.com/photos/auggie_tolosa/3253632500/
Todos estos derechos van implícitos, con el de transformación permitido en alguna de las licencias y en otras no.
Una vez más, idea sacada del artículo de Xalabarder.
Todo esto se aplica también a procedimientos legales, de forma que hay abogados que han colocado estos procedimientos en el dominio público para que se puedan adaptar fácilmente.
Imagen para bares y locales por elmorsa flickr.com/photos/elmorsa/3808659308
Que reafirma lo que han probado diferentes sentencias, que aunque antes se suponía que reproducción pública implicaba necesariamente el hecho de que se estuviera incumpliendo el derecho de explotación de un autor, ahora hay que probar que la música que se emite es efectivamente parte del repertorio: http://derechoeinternet.me/2012/02/29/el-copyleft-y-las-licencias-creative-commons/
También en el trabajo de
Imagen de dtsomp en flickr.com/photos/dtsomp/6391212185/
De hecho, hay ciertos derechos que hay que respetar siempre, aparte de los derechos morales. Según Xalabarder:
“Ni las licencias Creative Commons ni las licencias copyleft son contrarias al
copyright. De hecho, se basan, precisamente, en el régimen de la propiedad
intelectual: sin esta «propiedad» reconocida previamente por la ley, los
autores no podrían otorgarlas.”
Foto de http://www.flickr.com/photos/honou/2936937247/ tomada con un móvil.
Sacas del manual del copyleft, en su mayoría http://www.traficantes.net/index.php/trafis/editorial/catalogo/otras/copyleft_manual_de_uso__1 También de la wikipedia (pero cada una por separado)
El problema de las fuentes o tipos de letra puede ser complicado, porque la mayoría de los ficheros de los documentos no incluyen las los tipos de letra o fuentes que se usan en él y la definición de las mismas puede ser propietaria.
La imagen de la SIL Gentium está tomada de http://www.flickr.com/photos/simosx/71003792/
Imagen de un sello de verdad http://www.flickr.com/photos/cgc/34962309/sizes/o/in/photostream/
Coloriuris es una autoridad de certificación de fecha, como la del MINHAP http://administracionelectronica.gob.es/?_nfpb=true&_pageLabel=PAE_PG_CTT_General&langPae=es&iniciativa=201
En todo caso, se puede acreditar fecha de forma independiente mediante archive.org o includo Google.
http://www.flickr.com/photos/petercastleton/3717096983/
Además, hay que afrontarlo, al final nadie va a pagar por ello. Y si alguien se aprovecha y lo vende, mejor para él que ha tenido la jeta de hacerlo.
Foto de
http://www.flickr.com/photos/kaurakeksi/4184648883/
También se puede hacer a base de micropagos, o donaciones, o a base de conseguir una base de seguidores que quiera comprar merchandising.
Los intangibles puedes llamarlos „mojo”, „karma” o gracia de Dios, como quieras, pero se trata de eso.
Imagen de okfn en flickr.com/photos/okfn/5684212276/
Es una imagen de linked data, que permite relacionar unos con otros.