1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA
ESPECIALIZACIÓN EN DERECHOS HUMANOS
CURSO DE INICIACIÓN – UNIDAD III
AUTOR:
ABOG. QUINTERO FERNÁNDEZ,
MIGUEL DAVID
C.I.V-18.497.090
FACILITADOR: MSC. JOAO DE NÓBREGA
Maracaibo, 18 de noviembre de 2011.
2. ¿QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS?
A CONTINUACIÓN, SE CONCEPTUALIZAN LOS DERECHOS HUMANOS A
TRAVÉS DE DOS DEFINICIONES:
3. ¿QUE SON LOS DERECHOS HUMANOS?
Haciendo una revisión de los conceptos señalados, se puede conceptualizar a los
Derechos Humanos como las facultades esenciales pertenecientes a toda persona humana
por razón de su naturaleza y que son necesarias para la vida comunitaria que el
ordenamiento jurídico interno e internacional debe reconocer y proteger.
Para lograr la efectividad de los derechos humanos, se hace necesario reconocer que el
hombre es sujeto de derecho, tanto a lo interno del Estado como ante la comunidad
mundial y todos los actos que puedan desarrollarse, repercuten sobre las personas a las
cuales le han violado sus derechos fundamentales, siendo necesario buscar un marco más
amplio y pensar en un orden inspirado en la justicia social internacional para que la
aplicación de las reglas que salvaguardan los derechos humanos sean una realidad.
4. ¿PARA QUE NOS SIRVEN LOS DERECHOS HUMANOS?
De manera amplia, se puede decir que los derechos humanos crean un campo de acción dentro
del cual la persona se puede desenvolver y en donde queda protegida contra actos ilícitos del
estado y de las demás personas. Es por ello que los derechos humanos no pueden quedar a
expensas de una legislación que los desarrolle; sino que deben ser operativos, de inmediata
aplicación, aun cuando no exista una norma expresa que los regule.
5. DERECHOS HUMANOS EN LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA
Al estudiar los derechos humanos en el ámbito interno, es necesario hacer una revisión
del texto constitucional en lo referente a la consagración y garantía de los derechos fundamentales
de la persona.
En las constituciones existentes a nivel mundial, se ha plasmado un conjunto de
derechos que han trascendido del ámbito interno al internacional. En Venezuela, se procura
asegurar los derechos humanos, abarcando los proclamados a nivel internacional en las diferentes
declaraciones y pactos, así como el catálogo consagrado en nuestra constitución, la cual establece
una concepción totalizadora de los derechos humanos, estableciéndose la preeminencia de los
mismos.
El texto constitucional de 1999, en su artículo 2, contempla los derechos humanos y su
distinción entre los valores superiores del ordenamiento jurídico. Por su parte, el artículo 3
confirma la importancia de los mismos, al instituir la dignidad de la persona y la garantía de sus
derechos, como fin esencial del Estado.
Es importante destacar que en la Constitución de 1999 se denomina el título III: De los
Deberes, Derechos Humanos y Garantías, observándose una primera diferencia con la
Constitución de 1961, que denomina lo concerniente a los derechos humanos como: De los
deberes, derechos y garantías.