El documento presenta información sobre el Subdepartamento de Salud Ocupacional y Ambiental de la comuna de Pedro Aguirre Cerda. Señala que hay 260 microempresarios en la comuna que podrían no tener acceso a la salud. Propone fortalecer el trabajo entre los centros de salud primarios y el subdepartamento mediante capacitaciones a los microempresarios sobre la Ley 16.744, prevención de riesgos y pesquisas de enfermedades profesionales para garantizar su acceso a la salud.
2. Pedro Aguirre Cerda
• Comuna ubicada al sur de Santiago, cuya población
asciende a 114.560 habitantes (fuentewww.ine.cl)
• Del total de habitantes de la comuna, 78.060 se
encuentran afiliados a Fonasa (fuente:www.fonasa.cl)
•
• 260 es el número de Microempresarios que hoy
existen en PAC(fuente: patentes comerciales PAC)
3. • Si en la población microempresaria se concentran las
personas sin previsión, sin protección social, sin
contrato legal de trabajo y sin cobertura de salud.
• ¿Qué hacemos para garantizar el acceso a la salud e
incorporarlos a los programas de promoción de salud,
que existen en la Atención Primaria?
• Si de acuerdo a los datos obtenidos el año 2008 , de
los cuales un 23% no se habían realizado el EMP.
• Podríamos sospechar o extrapolar los datos e inferir
que 60 microempresarios no se han realizado el EMP.
4. Por lo tanto frente a los antecedentes que
tenemos de PAC, ¿ Por donde empezamos?
Fortaleciendo un trabajo integrado entre los
Centros de Atención Primaria en salud y el
subdepto. de Salud Ocupacional y Ambiental, por
medio de capacitación sobre:
La Ley 16.744
Prevención de riesgos, según la actividad que
desarrollan los microempresarios.
Y a futuro, pesquisa de enfermedades
profesionales
5. Análisis histórico de la Ley de
Accidentes del Trabajo
• Ambiente ideológico-político de Chile
hacia 1904
• Dos visiones antagónicas:
1. La lucha de clases sociales;
2. Búsqueda de la justicia social.
6. EL PENSAMIENTO SOCIAL EN LA
PRIMERA LEY DE ACCIDENTES
• Ley N° 3.170 de Accidentes del Trabajo
del 30 de diciembre de 1916"
• Objetivo
• Mejoramiento de la clase obrera.
1.- Lucha de clases, inspirado en la caridad.
2.- Un imperativo del derecho a la justicia
7. Problemas
• Extensión de la obligación del patrón
• Debía el obrero probar que el accidente
se produjo por dolo o culpa del patrón,
para hacerse acreedor a una
indemnización.
8. LEY 16.744
Fecha de Publicación : 01.02.1968
Fecha de Promulgación : 23.01.1968
Organismo : MINISTERIO DEL TRABAJO
Ultima Modificación : LEY-20123 16.10.2006
9. Resumen del Sistema de Seguridad en Chile
TIPO DE PÚBLICO PRIVADO FINANCIAMIENTO FUNCIONES OTROS
SEGURO
Cotiz. individual de
Seguro de cargo del trabaj. Prestaciones médicas y FF.AA.
Salud General FONASA ISAPRE siendo un 7%, +mas subsidios por patologías
precio del plan de origen común
adicional, CAEC o
GES
I.N.P.
Sistema Cotización Pensiones de vejez, de
Previsional •Ex–Serv.Seguro Social A.F.P. Individual de cargo invalidez de causa
•Ex–Caja de Empleados
del trabajador común, pensiones de
Particulares y Públicos
siendo de un 12% sobre vivencia
Seguro Social MUTUALES Cotización de cargo Prestaciones médicas, FF.AA.
contra •A.CH.S. del empleador. El Prestaciones económicas
Accidentes del INP - SNSS •Mutual C.CH.C. deberá pagar como por patologías de origen
Trabajo y •I.S.T. mínimo un 0,95% Ocupacional
Enfermedades
•Administración de las
Profesionales
Delegada (Codelco) remuneraciones
imponibles por cada
trabajador a uno de
los Organismos
Administradores
10. ¿ Qué es la Ley 16.744 ?
Seguro social obligatorio contra riesgo de
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
11. Basada en 4 Principios de
Seguridad Social
Universalidad
Solidaridad
Integridad
Uniformidad en las
prestaciones
13. Accidente de Trabajo
Toda lesión que una persona sufra a causa o con
ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad
o muerte.
Accidente de Trayecto, ocurrido de ida o
regreso directo, entre su domicilio y el lugar del
trabajo, que le produce incapacidad o muerte.
El trayecto entre dos lugares de trabajo pero
es de responsabilidad del trabajo de destino.
Los accidente sufridos por dirigentes de
instituciones sindicales, a causa o con
ocasión del desempeño de sus cometidos
gremiales y capacitación
14. ¿Qué hacer si sufre un accidente
de trabajo?
• Informar al empleador.
• Dirigirse al Centro de Salud mas cercano .
• Presentar cédula de identidad mas Denuncia
Individual de Accidente de Trabajo (DIAT)
• La denuncia es de acción pública la puede
hacer cualquier persona que tenga
conocimiento de los hechos.
15. Derechos del trabajador
accidentado
• Prestaciones Médicas a las que tiene derecho el
accidentado:
• Atención médica de urgencia
• Entrega de medicamentos
• Utilización de pabellones quirúrgicos
• Hospitalización
• Rehabilitación física
• Reeducación profesional
• Entrega de prótesis, arreglo y su reparación
• Exámenes, ya sea Scanner, RX, y resonancia
magnética.
16. Enfermedad Profesional
Es aquella causada
de una manera
directa
por el ejercicio de la
profesión o el trabajo
que realice una
persona y que le
produzca incapacidad
o muerte
(Ley 16744/68 Art 7)
17. Accidentes de Enfermedades
Trabajo Profesionales
•Presentación Repentina •Presentación insidiosa
•Incapacita para continuar •Incapacita cuando tiene
trabajando en el mismo Cierto tiempo de evolución
momento que ocurre
• Relación Causa/Efecto
• Relación Causa/Efecto no evidente
evidente
•Difícil Diagnóstico
•Fácil Diagnóstico
•Amerita estudio
•Amerita investigación
•No puede ser evaluada
•Evaluada por una Mutuales por una Mutualidad
18. ¿Cuáles son las Enfermedades
Profesionales reconocidas en Chile ?
• Intoxicaciones
• Dermatitis profesional
• Lesiones órganos de los sentidos
• Lesiones de los órganos del movimiento
• Neurosis profesionales: por riesgo tensión psíquica
y se compruebe relación causa-efecto:
– Depresión reactiva
– Trastornos de adaptación
– Trastorno de Ansiedad
– Somatización
– Dolor crónico
• Cáncer, lesiones pre-cancerosas de la piel
• Cáncer pulmonar
19. • Leucemia
• Lesiones SNC y periférico, encefalitis, mielitis, neuritis
• Neumoconiosis
• Laringitis con disfonía y/o con nódulos laríngeos
• Enfermedad Infecto contagiosa y parasitaria:
– Rabia
– Tétanos
– Sida
– Hanta Virus
– Hepatitis B – C
– Otras
• Enf. Por agente biológico
• Enf. Por exposición aguda o crónica a altura
20. Enfermedades profesionales que
no están en la ley
• Acreditar ante el respectivo organismo administrador el
carácter profesional de alguna enfermedad.
• Que la enfermedad se hubiese contraído como
consecuencia directa de la profesión o del trabajo
realizado.
• La resolución la dicta la Superintendencia de Seguridad
Social ,el organismo administrador lo solicita
• La decisión deber ser dentro del plazo de tres meses
con informe del Servicio Nacional de Salud.
21. ¿Qué hacer frente a una sospecha de
Enfermedad Profesional ?
Asistir al Consultorio
Interconsulta a Hospital
Sospecha Enfermedad Médico especialista
Diagnóstico de Enfermedad Profesional
Declaración Individual de
Diagnóstico de Enfermedad Profesional
Enfermedad Profesional Licencia Médica, Tipo 6
Documentos DIEP (declaración individual de
Enfermedad Profesional)
22. Subsidio
Son prestaciones pecuniarias de carácter
transitorio y se pagan mientras subsiste el
estado de necesidad.
• Duración máxima 52 semanas.
• Mas de 104 semanas se presume invalidez
23. Pensiones
• Son prestaciones pecuniarias de carácter
permanente y generalmente vitalicias que se
concretan en el pago de una suma periódica .
• Dependiendo de los grados de invalidez, si es
igual o mayor al 40 %.
• Se calcula el promedio de los últimos 6 meses
previos al accidente o diagnóstico de la
enfermedad.
25. ¿ Quiénes están protegidos Ley 16.744 ?
•Trabajadores dependientes.
•Funcionarios públicos de la administración del Estado,
municipal y de instituciones semifiscales.( La LEY 19345,
publicada el 07.11.1994).
•Estudiantes que deban ejecutar trabajos que
signifiquen fuentes de ingreso para el plantel donde
estudian.
•Los trabajadores independientes y los trabajadores
familiares.
•Alumnos en práctica.
•Los accidente sufridos por dirigentes de instituciones
sindicales, a causa o con ocasión del desempeño de
sus cometidos gremiales y capacitación
26. Trabajadores Independientes
• Los independientes accederán a los beneficios del sistema
previsional en igualdad de derechos y obligaciones que los
trabajadores dependientes.
Igualdad en los beneficios del Sistema de Pensiones para
trabajadores dependientes e independientes.
Cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.
Afiliación a Cajas de Compensación y Asignación Familiar.
27. Financiamiento Ley 16.744
Todo empleador debe estar afiliado a un Organismo
Administrador
El Empleador paga una cotización mensual por
cada trabajador/a según riesgo presunto
28. Administración Seguro
Organismos
Instituciones públicas o privadas encargadas
de otorgar los beneficios de la Ley 16.744
ISL
Públicos Servicios de Salud
Seremi
ACHS
Privados Mutual de Seguridad
IST
Adm. Delegada + 2000
29. PRESTACIONES DE LA LEY 16.744
PRESTACIONES PRESTACIONES PRESTACIONES
MEDICAS ECONOMICAS PREVENCION
30. PRESTACIONES DE LA LEY 16.744
Prestaciones Médicas:
Atención médica, quirúrgica y dental
Hospitalizaciones
Medicamentos y productos farmacéuticos
Prótesis, aparatos ortopédicos y su reparación
Rehabilitación física y reeducación laboral
Gastos de traslados
Otros
31. Prestaciones Económicas
QUE DAN ORIGEN A:
INCAPACIDAD SUBSIDIO
TEMPORAL
MAYOR O IGUAL A 40 %
PENSION
INVALIDEZ
MAYOR O IGUAL A 15 %
Y MENOR A 40 % INDEMNIZACION
Accidentes del
trabajo o MUERTE
PENSION SUPERVIVENCIA
enfermedades
profesionales
32. Prestaciones económicas
POR INCAPACIDAD TEMPORAL.
Subsidio diario (100% del promedio de las remuneraciones mensuales netas)
POR INCAPACIDAD PERMANENTE
PERDIDA DE CAPACIDAD DE TIPO DE MONTOS
GANANCIA PRESTACION (REFERIDOS A SUELDOS
(GRADO DE INVALIDEZ) ECONOMICA BASE)
INVALIDEZ PARCIAL
Entre 15% e inferior a 40% Indemnización Entre 1,5 hasta 15
Entre 40% e Inferior a 70% Pensión Mensual 35% (máximo 50%)
INVALIDEZ TOTAL
70% o más Pensión mensual 70% (máximo 100%)
GRAN INVALIDEZ
Necesita de terceros para vivir Pensión Mensual 100% (máximo 140%)
33. Prestaciones Preventivas
• Asesorar en aplicación de la ley
a empleador y trabajadores
• Programas de Prevención
• Valoración de riesgos
• Capacitación de ley y temas
preventivos
• Facilitar y visar la
implementación de los Comité
Paritarios.
34. Cómo opera el seguro en caso de Siniestro?
ACCIDENTES O
ENFERMEDAD REINSERCION
PROFESIONAL LABORAL
PRESTACIONES ECONOMICAS
EN REEMPLAZO DE RENTA
DESDE EL PRIMER DIA Y HASTA
SU REINSERCION
ATENCION
MEDICA REEDUCACION
INTEGRAL PROFESIONAL
REHABILITACION
35. Obligaciones y Deberes
De los Empleadores/as:
Condiciones de Trabajo seguras
Informar sobre los riesgos a que están expuestos los trabajadores
Capacitación para un trabajo seguro
Entrega elementos protección personal
Afiliarse a un Organismo Administrador y pagar el seguro
Departamento Prevención de Riesgos ( + de 100 trabajadores)
Comité Paritario (+ de 25 trabajadores)
36. Obligaciones y Deberes
Del Organismo Administrador:
Implementar Programas de Prevención (lugar trabajo)
Capacitar sobre la Ley 16.744/68
Dar prestaciones médicas
Dar beneficios económicos
Incorporar Programas de salud según riesgo
37. Obligaciones y Deberes
De los Trabajadores/as:
Autocuidado
Respetar las medidas de Prevención
Usar los elementos de protección personal
Exigir y participar en actividades de prevención
38. Principales responsables de prevenir los
accidentes y las enfermedades
profesionales
Comunidad
Empresas
Organismos Administradores
Trabajadores/as
Personal de salud