1. EL PODER ELECTORAL
República bolivariana de Venezuela
Vicerrectorado Académico
Decanato de Ciencias Jurídicas y políticas
Escuela de Derecho.
Estudiante: Jona Richard Medina
C.I 19.737.025
Docente: Emily Ramírez
Cátedra: Derecho Constitucional
Aula: Saia “A”
2. Consejo Nacional Electoral
Es el ente rector del Poder Electoral, responsable de la transparencia de
los procesos electorales y referendarios; garantiza a los venezolanos y las
venezolanas, la eficiente organización de todos los actos electorales que
se realicen en el país y en particular, la claridad, equidad y credibilidad de
estos procesos y sus resultados para elevar y sostener el prestigio de la
institución electoral.
El CNE tiene por funciones:
-Declarar la nulidad de elecciones.
-Dictar directivas en materia de publicidad político-
electoral.
-Formular su presupuesto.
-Administrar el Registro Civil y Electoral.
-Organizar la inscripción y registro de las
organizaciones con fines políticos.
Tibisay Lucena
3. Junta Nacional Electoral
Es un Órgano Subordinado del Consejo Nacional
Electoral. Se encarga de la dirección, supervisión
y control de todos los actos relativos al
desarrollo de los procesos electorales y de
referendos, previstos en la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela.
FUNCION:
-Planificar y ejecutar todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular de
los poderes públicos, referendos y otras consultas de su competencia.
-Proponer las circunscripciones electorales.
-Establecer el número y ubicación de los centros de votación y de mesas electorales.
-Fijar la fecha de la instalación de las juntas y las mesas electorales
-Elaborar la lista de elegibles a cumplir con el servicio electoral.
4. Comisión de Registro Civil y Electoral
Es un órgano subordinado del Consejo Nacional
Electoral y se encarga de la formación, organización,
supervisión y actualización del Registro Civil y del
Registro Electoral. Está integrada por dos rectores
principales y un rector suplente incorporado.
FUNCION:
-Planificar, coordinar, supervisar y controlar el registro civil y electoral, así como
conservar los libros, actas y demás documentos concernientes.
-Le corresponde la depuración continua y efectiva del Registro Electoral y su publicación
en los términos establecidos en la ley, para su posterior remisión a la Junta Nacional
Electoral.
-La Comisión de Registro Civil y Electoral recibe de la Junta Nacional Electoral, para su
revisión y depuración, las listas de los elegibles para cumplir con el servicio electoral, de
conformidad con lo establecido en la ley, para posteriormente devolverlas a dicha
Junta.
5. Comisión de Participación Política y
Financiamiento
Es el órgano subordinado del Consejo Nacional Electoral que promueve la participación
ciudadana en los asuntos públicos, procesos electorales, referendos y otras consultas
populares. Está integrada por dos rectores principales y un rector suplente incorporado.
FUNCION:
-La formación, organización y actualización del registro de
inscripciones de las organizaciones con fines políticos.
-Controlar, regular e investigar los fondos de financiamiento de
las organizaciones con fines políticos y el financiamiento de las
campañas electorales.