Este documento describe los principales aspectos de la Reforma Educativa en México, incluyendo: (1) Sus objetivos de equidad, calidad y garantizar el derecho a una educación de calidad; (2) Las leyes secundarias que la regulan; (3) Los cuatro procesos del Servicio Profesional Docente - ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia - y sus características.
2. Artículos 3 y 73. Además de laica, gratuita y pública, la
Educación en México también deberá ser de calidad y
con equidad
26 de febrero de 2013
Reforma Constitucional
en Materia Educativa
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3. • Equidad mayores oportunidades educativas (Telebachilleratos, becas, acceso a
internet, telesecundarias, atención educativa a zonas de pobreza y fortalecimiento
de programas en este rubro).
• Calidad propósito central:
Ejes Rectores de la Reforma Educativa
• Promover
• Respetar
• Proteger
• Garantizar
EL DERECHO DE LOS NIÑOS
Y LOS EDUCANDOS
A RECIBIR
UNA EDUCACIÓN
DE CALIDAD
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4. Propósitos de la Reforma Educativa
• Orden en el sistema educativo (CEMABE, SIGED, FONE, Estructuras ocupacionales
Autorizadas)
• Reglas claras LGSPD (Determinar calendarios para las evaluaciones de ingreso,
promoción, reconocimiento y permanencia así como los requisitos para accesar a
cada proceso).
• Premiar el desempeño y el mérito (acceso a incentivos, reconocimientos y
promociones).
• Mejorar la infraestructura educativa y equipamiento (mejoramiento de las escuelas,
fortalecimiento a programas sustantivos, tablets, computadoras, mobiliario).
• Fomentar la participación social y la corresponsabilidad de padres y madres de
familia en la educación (prioridad a los padres de familia con hijos en la escuela en la
estructura de los CEPS).
• Fortalecer la autonomía escolar (consejos técnicos escolares y de zona, recursos
ejercidos en forma directa y de acuerdo a sus necesidades, ).
• Propiciar la mejora continua, actualización y desarrollo profesional del magisterio
(implementación del Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela (SATE), opciones de
formación continua, actualización, talleres, diplomados, convenios).
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5. Ley General de Educación
Establece la atribución de las autoridades educativas federal y locales de
participar en las actividades tendientes a realizar evaluaciones para el ingreso, la
promoción, el reconocimiento y la permanencia en el Servicio Profesional
Docente.
Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación
Otorga autonomía al INEE como Instituto especializado para evaluar el Sistema
Educativo Nacional y participar en los procesos de evaluación del Servicio
Profesional Docente.
Ley General del Servicio Profesional Docente
Regula las actividades y mecanismos para el Ingreso, la Promoción, el
Reconocimiento y la Permanencia en el servicio público educativo.
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Leyes Secundarias
6. DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN (DOF)
11 de septiembre de 2013
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Ley General del Servicio
Profesional Docente
7. Las disposiciones de la LGSPD son:
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De orden público e interés social
Observancia general y obligatoria
El objeto de la LGSPD
Observancia general y obligatoriaREGULAR
ESTABLECER
ASEGURAR
REGULAR
Servicio Profesional
Docente en Educación
Básica y en Media Superior
Perfiles
Indicadores
Parámetros
Transparencia
Rendición de cuentas
Obligaciones
Derechos
Artículo 3 LGSPD
Artículo 1 LGSPD
8. Mejorar la
Práctica
Profesional Idoneidad de los
conocimientos y
capacidades del
Personal Docente,
Directivo y de
Supervisión
Reconocimiento de la
labor Docente
mediante opciones de
desarrollo profesional
Asegurar un nivel
suficiente de
desempeño
Otorgar apoyos
necesarios para el
desarrollo de
fortalezas y la
superación de
debilidades
Garantizar la
formación,
capacitación y
actualización
continua
Desarrollar el
programa de
estímulos e
Incentivos
Mejorar la Calidad
en la Educación
en un marco
de inclusión
y diversidad
Los propósitos del Servicio Profesional Docente son:
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Artículo 3 LGSPD
9. Perfiles Parámetros Indicadores
Referentes para la buena práctica profesional, revisados periódicamente
Contar con un
Marco General
de una
Educación
de Calidad
y de
normalidad
mínima
obligatoria
Definir aspectos
principales
de las
funciones
de Docencia,
Dirección
y Supervisión
Identificar
características
básicas
del desempeño
del Personal
del Servicio
Profesional Docente
en contextos
sociales
y culturales
diversos
Observancia
del calendario y
aprovechamiento
del tiempo
escolar
Establecer niveles
de competencia
para cada
una de las
categorías
que definen la
labor Docente,
de Dirección
y de Supervisión
Para alcanzar los propósitos del Servicio Profesional Docente deben desarrollarse
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Artículo 14 LGSPD
10. Son sujetos de la
LGSPD en Educación
Básica y Educación
Media Superior
- TÉCNICO DOCENTE
- DOCENTE
- ASESOR TÉCNICO PEDAGÓGICO
PERSONAL CON FUNCIONES DE
DIRECCIÓN
Coordinadores de Actividades, Subdirectores y
Directores en la Ed. Básica y Directores de Ed. Media
Superior y a quienes con distintas denominaciones
realizan funciones equivalentes
EN LA
FEDERACIÓN
ESTADOS
MUNICIPIOS
PERSONAL CON FUNCIONES DE
SUPERVISIÓN
En Educación Básica, a Supervisores, Inspectores, Jefes
de Zona o de Sector de Inspección, Jefes de Enseñanza
o cualquier otro cargo análogo, y a quienes con
distintas denominaciones ejercen funciones
equivalentes en la Educación Media Superior
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Artículo 3 LGSPD
11. Ingreso
El Servicio Profesional Docente ha contemplado una trayectoria que
comprende:
Promoción
Reconocimiento
Permanencia
Con 2
Procesos
Transversales
Evaluación
Formación Continua
Actualización y
Desarrollo Profesional
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4 procesos
12. INGRESO
Acceso formal al SPD.
El ingreso a la EB y EMS que imparta el
Estado y sus Organismos Descentralizados,
se llevará a cabo mediante concursos de
oposición
Procesos
13. El Ingreso a una
plaza docente
dará lugar a:
Nombramiento
Definitivo de base
* Después de seis
meses
*Sin nota
desfavorable en su
expediente
Proceso de Inducción
*Dos años
*Acompañado por
tutor designado por la
Autoridad Educativa
Local
Evaluación al término del
1er año (obligatoria)
Se brindan apoyos y programas de
fortalecimiento de competencias
(obligatorios)
Evaluación de Desempeño al
término del 2do año
(obligatoria)
Suficiente
Insuficiente
Continua en el
SPD
Se terminan efectos del nombramiento
En Educación Básica y Media Superior Artículo 22 LGSPD
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14. PROMOCIÓN
Acceso a una función, categoría o nivel superior, si que ello implique
necesariamente cambio de funciones, acceso a un puesto, función
de mayor responsabilidad y nivel de ingresos.
Tipos de promoción:
.
A cargos con funciones de dirección o supervisión Concurso de oposición
Incremento de horas Evaluación del desempeño
En la misma función Evaluación del desempeño y adicionales
Asesoría Técnica Pedagógica
Concurso de oposición y evaluación del
desempeño
Podrán establecerse otros programas de promoción
sustentados en la evaluación del desempeño.
Procesos
15. Promoción a cargos con
funciones de Dirección y
Supervisión
Educación Básica
- Se realizará mediante
concursos de
oposición públicos
- Haber ejercido como
docente un mínimo
de 2 años
- Con base en
convocatorias y
requisitos
Educación Media
Superior
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Artículo 26 LGSPD
16. Promoción a una plaza con funciones de Dirección en Educación Básica
Nombramiento
sujeto a un periodo
de inducción de 2
años
Deberá cursar
Programas de
Desarrollo de
liderazgo y gestión
definidos por la
Autoridad Educativa
Al término se
realizará
Evaluación de
Desempeño
Se le otorga Nombramiento
definitivo
Cumple con las
exigencias de la
función
No cumple con las
exigencias de la
función
Vuelve a la función
Docente
Artículo 27 LGSPD
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17. Presentación Reforma EducativaPresentación Reforma Educativa
En Educación Básica la Promoción a una
plaza con funciones de Supervisión dará
lugar:
Nombramiento
definitivo
Deberá participar
en procesos de
formación que
determinen las
Autoridades Educativas
Locales
Artículo 29 LGSPD
18. En Educación Básica y Media Superior la asignación de horas adicionales que no sean
de jornada
Se considerará una Promoción
Requisitos
I. Tener el perfil requerido
II. Buenos resultados en la Evaluación de Desempeño
Estas promociones se
podrán llevar a cabo:
• En el mismo plantel (donde tenga más horas)
• En un plantel distinto (compatibilidad de horario y
distancia) y no tenga horas asignadas en un tercer
plantel
• En un plantel distinto cuando se trate de horas
fraccionadas y en dicho plantel no exista personal que
cumpla con las fracciones I y II
Promoción por Incremento de Horas
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Artículo 42 LGSPD
19. PROGRAMA: SERÁ: DIRIGIDO A: BENEFICIARIOS: INSTRUMENTACIÓN:
De incentivos
adicionales
permanentes o
temporales
( Nuevo programa
que sustituye a
Carrera Magisterial
en Educación Básica)
Entra en vigor a más
tardar el 31 de mayo
de 2015
Voluntario e
individual
Sin implicar
cambios de
función
Docentes
Personal con
funciones de
Dirección
Personal con
funciones de
Supervisión
•Quienes destaquen en la
Evaluación de
Desempeño
•Quienes realicen
procesos de Evaluación
Adicionales
•Reúnan las condiciones
que establezca el
Programa
•Se dará preferencia a
personal que labore en
zonas de pobreza
•La SEP establece el
Programa
•El INEE aprueba los
componentes de evaluación
•Las Autoridades Educativas
Locales operan el Programa
Programa sujeto a disponibilidad presupuestal Artículos 37, 38 y Transitorio 11 de la LGSPD
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Promoción en la Función
20. Programa de Incentivos temporales o permanentes en Educación Básica
(Sustituye al Programa de Carrera Magisterial)
Vigencia de hasta 4
años al acceder al
primer nivel
Para confirmar o
ascender al siguiente
nivel se requiere:
- Buenos resultados
en le Evaluación de
Desempeño
- Realizar
evaluaciones
adicionales
Una vez alcanzado el
segundo o sucesivos
niveles:
- Los beneficios serán
de hasta 4 años
- Los beneficios del
nivel anterior serán
permanentes
Beneficios del
programa de
Incentivos para
personal Docente,
Directivo o de
Supervisión
Programa sujeto a disponibilidad presupuestal
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Artículo 39 LGSPD
21. El nombramiento como Asesor Técnico Pedagógico es considerado promoción
Selección Concurso de Oposición
• Se integra a su
función docente
Otras promociones en el Servicio
• Curso de Inducción (2 años) ininterrumpidos
• Curso de actualización profesional obligatorio
• Evaluación que determine el cumplimiento
• Recibirá incentivos temporales y continuará con su
plaza docente
• Otorgará Nombramiento Definitivo con
categoría ATP
• Incumple con periodo de Inducción o se
identifique la insuficiencia en el nivel de
Desempeño
Idóneo No Idóneo
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Artículo 41 LGSPD
22. RECONOCIMIENTO
Distinciones, apoyos y opciones de desarrollo
profesional por desempeño destacado.
Considera incentivos temporales, movimientos
laterales: Tutorías y Asesoría Técnica
Pedagógica.
Podrán establecerse otros programas de
reconocimiento en función de la evaluación del
desempeño
Procesos
23. Se reconocerá al personal en Servicio con funciones de Docente,
de Dirección y de Supervisión que destaque en su desempeño:
En lo individual
En equipo de
docentes de cada
Escuela
A la profesión en
su conjunto
Considera:
Incentivo temporales o
por única vez, según
corresponda
Ofrece mecanismos
de acceso al
desarrollo profesional
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Artículo 45 LGSPD
24. Movimientos laterales en Educación Básica
Serán basados en procesos de Evaluación conforme a lineamientos del INEE
I
Tutorías, Coordinación
de materias o
proyectos dentro del
ámbito escolar
II
Tutorías, Coordinación
de materias o
proyectos fuera del
ámbito escolar
III
Asesorías técnico-
pedagógicas en apoyo a
Actividades de Dirección
en otras escuelas
La selección la hará el
Director de la Escuela
Directores proponen,
Supervisor elige
Supervisor selecciona
al Director
El personal seleccionado recibirá incentivos que reconozcan su mérito
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Artículo 47 LGSPD
25. Movimientos laterales temporales a funciones de ATP
• Sujetos a procesos de
evaluación basados en
Lineamientos del INEE
• El personal con estas
funciones conservará su
plaza docente
• Al término de la función
regresará a su escuela
• Recibirá incentivos que
premien su mérito
• Podrán durar estos
movimientos hasta 3 ciclos
escolares (sin perder el vínculo
con la docencia)
• Sólo podrán renovarse por un
ciclo escolar más
Estos movimientos se
realizarán previo al
inicio del ciclo escolar
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Artículo 48, 49 y 50 LGSPD
26. Otros reconocimientos otorgados en función de la Evaluación del Desempeño
Docente y de quienes realizan funciones de Dirección o Supervisión
Los podrá otorgar la Autoridad Educativa
y los Organismos Descentralizados
Los reconocimientos económicos podrán ser:
Individuales De conjunto
Deberán considerar los resultados del aprendizaje de
los alumnos, teniendo en cuenta las condiciones
sociales y económicas de las escuelas
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Artículo 51 LGSPD
28. Las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados deberán Evaluar el
Desempeño Docente y de quienes ejercen funciones de Dirección o Supervisión en la
Educación Básica y Media Superior
La Evaluación a que se refiere será obligatoria
El INEE determinará su periodicidad,
considerando por lo menos una
evaluación cada cuatro años
En la Evaluación del Desempeño se utilizarán
los perfiles, parámetros, indicadores e
instrumentos de evaluación que para fines de
permanencia sean autorizados
Los evaluadores que participan,
deberán estar evaluados y
certificados por el INEE
Permanencia en el Servicio
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Artículo 52 LGSPD
29. Separación del
Servicio Público
Programas de
Regularización y
Tutoría
(obligatorios)
Con función
de
Docencia,
Dirección o
Supervisión
Permanencia en el Servicio
Personal en Servicio en
Educación Básica y Educación
Media con nombramiento
definitivo a la entrada en
vigor de la Ley
Se ajustará a los procesos de
evaluación (obligatorios)
1ra oportunidad
Resultados
Suficiente Insuficiente
Continua en el
SPD
Segunda oportunidad
en un lapso no mayor
de 12 meses
Suficiente Insuficiente
Tercera oportunidad
en un lapso no mayor de
12 meses
Suficiente
Insuficiente
Readscrito en
el Servicio
Público
Programas
de retiro
SÍ
No
Continua en el
S.P.D.
No
cumple
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Artículo 53 LGSPDComplementado con transitorio 8
30. En Educación
Básica y Media
Superior
Personal Docente,
con funciones de
Dirección y
Supervisión
Que a la entrada en
vigor de la Ley tengan
Nombramiento
Provisional
Continuará en
sus funciones
Sujeto a la
Evaluación del
Desempeño
En Educación
Básica
Personal con
funciones de
Dirección
Sin Nombramiento a
la entrada en vigor de
esta Ley
Continuará en
sus funciones
Sujeto a la
Evaluación del
Desempeño
Puntualizaciones sobre Permanencia
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Artículo 52 LGSPDTransitorio 14
Transitorio 9 Artículo 52 LGSPD
31. En Educación Básica
Serán definidos con los lineamientos
generales que la SEP expida
En Educación Media Superior
Serán determinados por las
Autoridades Educativas y los
Organismos Descentralizados
Los Programas de Regularización
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Artículo 54 LGSPD
32. Del personal Docente,
con funciones de
Dirección y Supervisión
en Educación Básica y
Media Superior
• Cumplir con los procesos establecidos para las
evaluaciones
• Cumplir con el periodo de inducción al servicio
• Prestar servicios docentes en el centro de adscripción
• Abstenerse de cualquier cambio sin previa autorización,
sin haber cumplido los requisitos y procesos
• Presentar documentación fidedigna
• Atender los Programas de Regularización, Actualización,
Capacitación y Formación Continua
Obligaciones en el Servicio Profesional Docente
Artículos 69 y 74 LGSPD
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33. Procesos Transversales
Evaluación
La Evaluación del Desempeño Docente implica obtener evidencias
directas de la actuación en el aula y en otros espacios escolares, para
corroborar que las prácticas coincidan con los parámetros e indicadores
que se determinen en el marco de referencia de una práctica eficaz y
profesional
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34. Propósito:
Contribuir con el Desarrollo profesional para coadyuvar a elevar la calidad
de los aprendizajes de los alumnos y la equidad en los logros educativos
Instancias que intervienen en los procesos de Evaluación:
SEP INEE
AUTORIDADES
EDUCATIVAS
LOCALES
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35. Evaluación InternaEvaluación Externa
Evaluaciones del
INEE (en
Evaluación del
Desempeño
habrá Evaluador
Certificado por el
INEE)
Tipos de Evaluaciones que se aplicarán
De manera
individual o
colegiada bajo la
coordinación del
Director
Servicio de Asistencia Técnica a
la Escuela (SATE)
Apoyará a los docentes en la
práctica de la Evaluación
Interna y en Interpretación y
uso de las evaluaciones
externas
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Perspectiva de
autoformación y capacitación
Dará elementos para la
evaluación interna
36. Beneficios de la Evaluación de Desempeño
Conocer las fortalezas y áreas de oportunidad
Contar con acompañamiento de la Asesoría Técnica-Pedagógica
Establecer trayectorias de formación
Acceder a promociones y a estímulos dentro del Servicio Profesional Docente
Obtener dictamen de permanencia
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37. Aspectos que se tomarán en cuenta para la Evaluación del Desempeño
Características de la población y entorno
Condiciones de infraestructura, el equipamiento escolar, así como el
clima y la seguridad escolar
La Gestión Escolar en sus dimensiones pedagógica, administrativa y
organizacional
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38. Posibles Instrumentos para le Evaluación del Desempeño
Exámenes de conocimientos
Autoevaluación
Observación de clase
Planeación didáctica
Elaboración de proyectos
Trabajo de alumnos
Entrevistas
Encuestas
Portafolio de evidencias
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39. C
A
B
NO
Favorable
Dictamen de
permanencia
Algunas precisiones
Permanencia más
Promoción en la función
R
E
S
U
L
T
A
D
O
F
A
V
O
R
A
B
L
E
Permanencia más Reconocimiento
1er dictamen de permanencia
Primera de Permanencia
Inicia proceso de regularización y tutoría
Sigue a su 2ª y 3ª oportunidad
La evaluación del desempeño esta vinculada a varios procesos del SPD, no sólo
a permanencia, sino también al reconocimiento y a cierto tipo de promociones
Evaluación
Adicional
40. Del 2015 al 2018
No se van a tomar en cuenta en la Evaluación de Desempeño el
logro de los estudiantes
Debe haber claridad de que la Evaluación de Desempeño no será:
Una evaluación de consecuencias persecutorias
Algunas Precisiones
41. Procesos Transversales
Formación Continua, Actualización y Desarrollo Profesional
Actualización
Adquisición continua de conocimientos y
capacidades relacionadas con el servicio
público educativo y la práctica pedagógica
Formación
Conjunto de acciones diseñadas y ejecutadas por las
Autoridades Educativas y las Instituciones de
Educación Superior para proporcionar al personal
del Servicio Profesional Docente las bases teórico
prácticas de la pedagogía y demás ciencias de la
educación
42. Procesos Transversales
Formación Continua, Actualización y Desarrollo Profesional
Deberá favorecer la mejora de la Calidad Educativa
Ser gratuita y pertinente
Responder a los requerimientos regionales
Considerar las evaluaciones internas y externas
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43. A) Ingreso
1.- Concursos:
Ordinarios: Inicio del Ciclo Escolar
Extraordinarios: Para atender las necesidades educativas durante el Ciclo
Escolar
2. Evaluación del primer año a docentes y técnico docentes que
ingresaron al SPD
1. Concursos de Oposición a cargos de: Dirección y Supervisión
2. Concurso de Oposición a funciones de: Asesoría Técnica Pedagógica
B) Promoción
3. Promoción en la función al personal Docente, Técnico-Docente, de
Dirección y Supervisión
4. Incremento de horas a docentes y técnico docente
5. Promoción por cambio de categoría en EMS
A partir de los resultados de la evaluación del desempeño y de
las evaluaciones adicionales, que en su caso determine el INEE
Procesos a desarrollar en el 2015 en la Educación Básica (EB) y Educación Media Superior (EMS)
Procesos y Mecanismos
En Resumen
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44. C) Reconocimiento 1. Selección de Tutores: Docentes y Técnico-Docentes
2. Evaluación para Movimientos Laterales de Asesores Técnico-
Pedagógicos de personal: Docente, Técnico Docente y de Dirección
D) Permanencia
1. Evaluación del desempeño al personal: Docente, Técnico Docente,
de Dirección y Supervisión
2. Evaluación en segunda oportunidad: Docentes y Técnico Docentes
en servicio con resultado no idóneo en el Concurso Extraordinario
En Resumen
Presentación Reforma EducativaPresentación Reforma Educativa
Documento elaborado por la Secretaría Técnica y la Coordinación Estatal del Servicio Profesional Docente de la SEDU