Operaciones de prestamos en moneda local, tales como:
La expansión de líneas de producto (nuevas líneas de productos/servicios).
Gastos corrientes del negocio, (excluye deuda fiscal y social).
Proyectos de inversión y expansión de infraestructura tecnológica.
Bienes de Capital.
Materias primas e insumos.
Todas las demás operaciones no excluidas por el Decreto Reglamentario.
Otras que el Administrador Fiduciario considere pertinente garantizar
El plazo máximo de cada operación no excederá de 8 años
TEMA 6.- MAXIMIZACION DE LA CONDUCTA DEL PRODUCTOR.pptx
FG MPYMES Paraguay: Fondo de garantía para pymes
1. FONDO DE GARANTÍAS PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y
MEDIANAS EMPRESAS – PARAGUAY
2. MARCO LEGAL DEL FG MPYMES
LEY 606/95 “QUE CREA EL FONDO DE
GARANTÍA PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y
MEDIANAS EMPRESAS”.
DECRETO N° 2.196/2009 “POR EL CUAL
SE REGLAMENTA LA LEY N° 606/95 “QUE
CREA EL FONDO DE GARANTÍA PARA
LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS
EMPRESAS”.
3. El Fondo de Garantía MPYMES
Creado por Ley para otorgar Garantías Adicionales y
Complementarias cuando las ofrecidas por las Micro, Pequeñas
y Medianas Empresas sean insuficientes a criterio de las
entidades que otorguen el crédito a estas. De acuerdo a este
marco legal, las entidades que pueden operar el Fondo son:
• Bancos, Financieras, Cooperativas, Fundaciones y
Organismos no gubernamentales.
En base a la reglamentación de la Ley, la gestión operativa del
Fondo estará a cargo de un Administrador Fiduciario, el cual
debe ser una Banca Pública de Segundo Piso especializada en
la evaluación y administración de riesgos a través de los
intermediarios financieros. La gestión operativa se viabilizaría a
través de la figura del Encargo Fiduciario.
4. Beneficiarios
• Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas: agropecuarias,
forestales, industriales, artesanales, comerciales o de servicios.
• Pueden ser unipersonales, sociedades de cualquier naturaleza
asociaciones gremiales que desarrollen las actividades citadas.
• Que estén formalizadas.
• Que soliciten prestamos o financiamiento a las IFIs
adheridas.
• Que demuestren capacidad de pago definida por la IFI
intermediaria.
• OBS: Las IFIs podrán solicitar requisitos adicionales de acuerdo a su
política de riesgos.
5. CRITERIOS CLASIFICACIÓN DE BENEFICIARIOS
Ventas Máximas
en Millones de No. Empleados
Segmento Gs Máximo
Microempresas 450 Millones 10
Pequeñas Empresas 2.500 Millones 20
Medianas Empresas 15.000 Millones 100
Grandes Empresas > 15.000 millones > 100
• En caso de conflicto entre las condiciones se priorizara el
criterio de Ventas
6. ¿Que puede garantizar?
Operaciones de prestamos en moneda local, tales como:
•La expansión de líneas de producto (nuevas líneas de
productos/servicios).
•Gastos corrientes del negocio, (excluye deuda fiscal y social).
•Proyectos de inversión y expansión de infraestructura
tecnológica.
•Bienes de Capital.
•Materias primas e insumos.
•Todas las demás operaciones no excluidas por el Decreto
Reglamentario.
•Otras que el Administrador Fiduciario considere pertinente
garantizar
El plazo máximo de cada operación no excederá de 8 años
7. Condiciones de los Créditos Garantizables
• Deben ser prestamos nuevos al momento de la solicitud y
confirmación de la garantía.
• Los prestamos deben estar perfectamente documentados
• Los prestamos a vinculados no pueden tener condiciones
especiales de ventajas sobre los demás créditos de la IFI.
8. NO PODRÁN FINANCIAR DESTINOS PARA:
o Proyectos que usen tecnologías que atenten contra la
conservación del medio ambiente, la salud pública y la
seguridad de las personas.
o Reestructuración de deudas, pago de dividendos o
recuperaciones de capital ya invertidos.
o Transferencia de activos, entre otros, compra de acciones
o participaciones en empresas, bonos, valores mobiliarios
y otros activos monetarios.
o Pago de prestaciones sociales.
o Compra y refacción de viviendas, terrenos y vehículos de
uso personal exclusivo.
o Otros que por Resolución, el Administrador Fiduciario
excluya por motivos justificados.
9. Condiciones de la Cobertura
• El monto máximo del préstamo a ser cubierto por la garantía:
hasta 4.000 jornales diarios mínimos legales para actividades
diversas no especificadas en la capital (Hoy Gs. 54.187) y el
mínimo de Gs. 5.000.000.
• Los máximos de coberturas están basados en los montos de los
prestamos:
• 80% para operaciones hasta 400 JMD y
• 50% para mayores a 4000 JMD.
• El monto máximo del total de las garantías no podrá superar el
límite de 3 veces el patrimonio del fondo;
• La Garantía solo se efectivizará después que el prestamista
haya agotado todos los procedimientos normales de Gestión de.
Cobro.
10. Cobertura, Montos de Préstamos y Costos
• Los costos por la utilización de la garantía deben ser percibidos
mensualmente y serán los expresados en los cuadros que
siguen :
Monto de Préstamo en Jornales
Cobertura del Préstamo
Mínimos Diarios
G. 5.000.000 a 400 JMD Hasta 80%
401 a 1.999 JMD Del 51% Hasta 79%
2.000 a 4.000 JMD 50,00%
Cobertura del Prestamo Costos de la Garantia (sin IVA)
El 80% 2,00%
Del 51 al 79% 3,00%
El 50% 4,00%
• No se podrán formalizar garantías por montos menores a Gs. 2.500.000
11. Sanciones
• Las Entidades Habilitadas serán pasibles de sanciones y
exclusiones por el incumplimiento de las condiciones
establecidas en el Contrato, el Manual de Operaciones y las
reglamentaciones y comunicaciones del Administrador
Fiduciario:
Suspensión de Distribución de Garantías por 180 días
• Cuando la Mora de la cartera garantizada sea igual o mayor
a 7%.
• Cuando la Siniestralidad anual (pagos por garantías) de la
cartera garantizada sea igual o mayor a 5%.
12. EXCLUSIÓN
Cuando se verifique que la IFI incumplió con
las condiciones de segmentación,
condiciones de otorgamiento de prestamos,
de cumplimiento de información, pagos por
garantías, inicio de procesos de intervención
y liquidación.
13. ¿COMO OPERARÍA EL FONDO DE GARANTIA?
COMITÉ EJECUTIVO
FIDUCIARIO y
ASIGNA
DERECHOS DE ADMINISTRADOR LIBERACIÓN Y
GARANTÍA DELEGADO: AFD RECUPERACIÓN
DE GARANTÍAS
BANCOS,
FINANCIERAS, Y
SOLICITUDES Y
COOPERATIVAS, ACCIONES DE
OTORGAMIENTO DE
CRÉDITOS
(otros) COBRO
EMPRESARIOS
MPYMES
14. SITUACION ACTUAL
Ley de creación vigente. Se cuenta con un Decreto del Poder
Ejecutivo reglamentando su funcionamiento y gestión con utilización
de modelo de Encargo Fiduciario a una banca de 2do. Piso.
Se cuenta con un Capital depositado en el BCP conformando el
Patrimonio del Fondo.
Se tiene elaborado un Manual de Operaciones que define las
condiciones de operación y relacionamiento con las entidades
operadoras.
Se ha desarrollado sistemas de administración electrónicos que
serán ajustados en base a las definiciones finales, entre ellas el
esquema operativo.
15. DESAFIOS
Adecuada trasmisión y comunicación de las funciones y operativa
del Fondo al mercado objetivo (MPYMES) evitando potenciales
malas interpretaciones.
Actualización de los aspectos jurídicos y operativos (capitalización,
costos de las garantías, inversiones de recursos, reafianzamiento
con fondos MERCOSUR, momento del pago, etc) +
Inicio de las operaciones del fondo a la mayor brevedad.