PRESENTACION EN SST, plan de trabajo del sistema de seguridad y salud en el t...
Diapositivas nuevas
1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE-RECTOTADO ACADEMICO
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO-EDO-LARA
LA REMICION DE LA DEUDA,
PREESCRIPCION Y CADUCIDAD
INTEGRANTE:
MARIA GUEVARA CI : 24.550.141
2. LA REMICION DE LA DEUDA
Es el acto por el cual el acreedor renuncia gratuitamente al
derecho de crédito que tiene contra el deudor.
Clases de la remisión de la
deuda
Remisión
Total
Remisión
Parcial
Remisión
Expresa
Remisión
Tácita
3. La confusión
La confunción se presenta cuando en una misma
persona se reúnen las cualidades de acreedor y
deudor. Se encuentra regulado en el art. 1.342 CC.
Como puede producirse
En las sucesiones a
título universal
En las sucesiones
a título particular
4. LA PREESCRIPCION
La Prescripción Extintiva es la manera establecida
por ley por el cual se extingue la acción ligada a un
derecho subjetivo de contenido patrimonial por la
inactividad del acreedor y por el tiempo que señala la
ley.
FUNDAMENTO LEGAL
La prescripción pareciera favorecer al deudor.
Pareciera favorecer a quien no cumple con una
obligación. Pero no es así, por los fundamentos
siguientes: el orden público y la presunción de
pago.
5. Objeto de la prescripción
Según lo establecido en el artículo 1.959 del
Código Civil, la prescripción no tiene efecto
respecto de las cosas que no estén en el
comercio. Involucra la consolidación de un
estado de hecho, correspondiente al contenido
de un derecho, por el transcurso del tiempo.
Es necesario entender que los derechos reales
posibles son por regla general susceptibles de
ser adquiridos.
6. Renuncia de la
prescripción
Consiste en aquel acto mediante el cual el
deudor manifiesta, expresa o tácitamente,
su voluntad de no alegar la prescripción.
Se encuentra regulada en los arts. 1954, 1955
y 1957 CC
LA CADUCIDAD DE DERECHO
La caducidad es la pérdida o extinción de una acción
o un derecho por inacción del titular en plazo
perentorio, o, también por incumplimiento de
recaudos legales. Otra variante de caducidad es la no
concreción de un derecho por su sujeción a una
condición no cumplida o a un evento que no ocurre
en el momento o de la manera previstos.