1. ART. 130. - RES OLUC IONES .
Contra las resoluciones de las Juntas Distritales pueden
interponerse los recursos previstos en el Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva, bajo la forma y procedimiento establecidos.
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2. ART. 330. - FALTAS DE LOS ESTUDIANTES :
Los establecimientos educativos deben ejecutar actividades
dirigidas a prevenir y/o corregir la comisión de faltas de los
estudiantes, de conformidad con la normativa que para el
efecto expida el Nivel Central de la Autoridad Educativa
Nacional. Como parte de estas actividades, al inicio del año
lectivo, los estudiantes y sus representantes legales deberán
firmar una carta de compromiso en la que afirmen
comprender las normas, y se comprometan a que el estudiante
no cometerá actos que las violenten.
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3. las faltas d e los e stud iante s son las que se
e stable c e n e n e l ar tíc ulo 134 d e la le y
or gánic a d e e d uc ac ión inte r c ultur al. e stas
faltas pue d e n se r le ve s, g r ave s o muy g r ave s:
1. Alterar la paz, la convivencia armónica e irrespetar los
Códigos de Convivencia de los Centros Educativos es una falta
que puede ser leve, grave o muy grave, de acuerdo con la
siguiente explicación:
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4. FALTAS LEVES:
Usar el teléfono celular o cualquier otro objeto ajeno a la actividad educativa
que distrajere su atención durante las horas de clase o actividades educativas;
Ingerir alimentos o bebidas durante las horas de clase o actividades
educativas, a menos que esto se hiciere como parte de las actividades de
enseñanza aprendizaje;
No utilizar el uniforme de la institución;
Abandonar cualquier actividad educativa sin autorización; y
Realizar ventas o solicitar contribuciones económicas, a excepción de
aquellas con fines benéficos, expresamente permitidas por las autoridades del
establecimiento.
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5. FA LTA S G R AV E S :
Participar activa o pasivamente en acciones de discriminación en contra de
miembros de la comunidad educativa;
Participar activa o pasivamente en acciones que vulneren el derecho a la
intimidad personal de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa;
Consumir o promover el consumo de alcohol, tabaco o sustancias
estupefacientes o psicotrópicas ilegales dentro de la institución educativa;
Salir del establecimiento educativo sin la debida autorización;
Generar situaciones de riesgo o conflictos dentro y fuera de la institución, de
conformidad con lo señalado en el Código de Convivencia del establecimiento
educativo; y
Realizar, dentro de la institución educativa, acciones proselitistas relacionadas
con movimientos o partidos políticos de la vida pública local o nacional.
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6. FALTAS MU Y G R AVES:
Faltar a clases por dos (2) o más días consecutivos sin justificación;
Comercializar dentro de la institución educativa alcohol, tabaco o
sustancias
estupefacientes o psicotrópicas ilegales; y
Portar armas.
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7. A RT. 1 3 1 . - DEF ENSA DE LOS INTER ES ES DE
L A INSTITUCIÓN.
Los representantes de los establecimientos particulares o fisco
misionales pueden ser recibidos en comisión general, durante las
sesiones de la Comisión Zonal, únicamente para la defensa de los
intereses de su institución. Una vez efectuada su exposición, la
Comisión Zonal debe sesionar únicamente con sus miembros. La
resolución que emita la Comisión Zonal causa estado en vía
administrativa.
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8. A RT. 171. - INAS ISTENC IA R ECUR R ENTE:
Cuando la inasistencia de un estudiante fuere recurrente y estuviere
debidamente justificada, la máxima autoridad de la institución
educativa solicitará la aplicación de las medidas previstas en la
normativa expedida por el Nivel Central de la Autoridad Educativa
Nacional, a fin de garantizar la continuidad de los estudios, el apoyo
sicopedagógico y las tutorías académicas correspondientes según el
caso.
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9. S U S D E R E C H O S :
1._ Ser actores fundamentales en el proceso educativo
2._ Recibir una información integral y científica, que contribuya al
pleno desarrollo de su personalidad, capacidades y
potencialidades, respetando sus derechos, libertades fundamentales y
promoviendo la igualdad de genero, la no discriminación, la
valoración de las diversidades, la participación, autonomía y
cooperación;
3._ Ser tratado con justicia, dignidad , sin discriminación, con respeto
a su diversidad individual, cultural , sexual y lingüística, a sus
convicciones ideológicas, políticas y religiosas, y a sus derechos y
libertades fundamentales garantizados en la Constitución de la
Republica, tratados e instrumentos internacionales vigentes y la ley;
4._ Recibir atención eficiente y oportuna de sus profesores, en los
aspectos pedagógicos y en su formación personal , mediante apoyo
pedagógico y tutorías académicas de acuerdo con sus necesidades.
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10. 5._ Ser protegidos contra todo tipo de violencia en las instituciones
educativas, así como denunciar ante las autoridades e instituciones
competentes cualquier violación a sus derechos fundamentales o garantías
constitucionales, cualquier acción u omisión que atente contra la dignidad
e integrada física, sicológica o sexual de la persona; a ejercer su derecho a
la protección;
6._ Recibir permisos especiales, auspicios y apoyos para sus
representaciones nacionales o internacionales, quienes se destaquen en
méritos, logros y aportes relevantes de naturaleza académica, intelectual,
deportiva y ciudadana.
7._ Gozar de la privacidad y el respeto a su intimidad, así como a la
confidencialidad de sus registros médicos y sicológicos.
8._ ejercer su derecho constitucional al debido proceso, en toda acción
orientada a establecer la responsabilidad de las y los estudiantes por un
acto de indisciplina o violatorio de las normas de convivencia del
establecimiento.
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11. 9._ Disponer de facilidades que le permitan la práctica de actividades
deportivas, sociales, culturales, científicas en representación de su
centro de estudios, de su comunidad, su provincia o del País, a nivel
competitivo.
10._ No ser sancionados por condiciones de embarazo, maternidad o
paternidad, y recibir el debido apoyo y atención en lo
psicológico, académico y lo afectivo para culminar sus estudios y
acompañar un proceso de maternidad y paternidad saludable;
11._ Presentar sus aspiraciones y reclamos a docentes y autoridades
del establecimiento en forma respetuosa y recibir de ellos la respuesta
correspondiente, en forma oportuna;
12._ Ser evaluados en forma justa, considerando su trabajo, esfuerzo y
ser notificados de los resultados de las evaluaciones en los plazos
reglamentarios;
13._ Recibir orientación y estímulo para superar los problemas
académicos o de relación con los demás miembros de la comunidad
educativa;
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12. 14._ Recibir atención oportuna a sus requerimientos de certificados,
informes de aprendizaje y demás trámites relacionados con su vida
estudiantil; y,
15._ Todo cuanto se estipula en la LOEI; RG-LEOI y Código de
Convivencia que no constan en la presente.
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13. S U S D E B E R E S :
1._ Velar por el prestigio y buen nombre del establecimiento,
demostrando un comportamiento correcto en los actos sociales,
deportivos y culturales dentro y fuera de la institución;
2._ Asistir puntualmente y con carácter obligatorio a las clases y a
diversos actos cívicos, culturales, deportivos y sociales organizados en el
establecimiento.
3._ Permanecer en el establecimiento durante toda la jornada de trabajo:
4._ No abandonar cualquier actividad educativa sin la respectiva
autorización;
5._ Guardar debida consideración y respeto a autoridades, docentes y
compañeros dentro y fuera del plantel
6._ Rendir las pruebas de evaluación con honestidad y con sujeción al
horario determinado por las autoridades;
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14. 7._ Cuidar su buena presentación mediante el uso correcto de los
uniformes de parada, diario, Educación Física e higiene personal dentro y
fuera del plantel;
8._ No usar prendas que no correspondan al uniforme;
9._ No llevar el cabello largo, ni usar peinados fuera de lo común y no
usar accesorios como: aretes, piercings, argollas en distintos lugares del
cuerpo;
10._ No usar el teléfono celular o cualquier otro objeto ajeno a la
actividad educativa que distrajere su atención durante las horas de clase o
actividades educativas. Dichos objetos serán decomisados y se devolverán
al representante legal, en caso de perdidas , será responsable el estudiante .
11._ Contribuir con la conservación de la infraestructura física y
equipamiento, espacios verdes, muebles, material didáctico y más
pertenencias del establecimiento, asumiendo la responsabilidad por el
deterioro de cualquier bien, ocasionado por el estudiante y pagar el costo
de su reparación o reposición; sin que esto lo exima de la acción educativa
disciplinaria que contempla el Art. 331 de RLOEI
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15. 12._ Contribuir con la limpieza y mantenimiento a las aulas asignadas.
13._ No portar, comercializar, consumir o promover al consumo de
alcohol, tabaco o sustancias estupefacientes o psicotrópicas dentro de la
institución y fuera de ella;
14._ No participar activa o pasivamente en actos discriminación o que atenten
contra la dignidad y la integridad física, psicológica y sexual de los miembros de la
comunidad educativa;
15._ No participar activa o pasivamente en actividades tendientes a promover la
paralización del servicio educativo.
16._ No promover ni participar activa o pasivamente en actos indisciplinarías que
alteren la tranquilidad institucional y/o de la comunidad educativa:
17._ No portar objetos corto punzantes, armas de fuego, bombas lacrimógenas y
demás objetos que atenten contra la seguridad física de la comunidad educativa;
18._ No cometer fraude o deshonestidad académica;
19._ No participar ni promover actos tendientes a sabotear los procesos escolares
del Gobierno Escolar, Consejo Estudiantil y de los demás órganos de
participación de la comunidad educativa;
20._ Cumplir con las disposiciones determinadas en la LOEI, RLOEI, Código de
Convivencia y las impartidas por las autoridades del establecimiento y que no
constaren en la presente acta:
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