2. CARTILLA DE DDHH EN LA CONSTITUCIÓN
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¿QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS?
Los Derechos Humanos son el conjunto de facultades que corresponden a
todos los seres humanos como consecuencia de su innata dignidad, desti-
nados a permitir el logro de sus fines y aspiraciones en armonía con los de
otras personas, y que deben ser reconocidos y amparados por los ordena-
mientos jurídicos de cada Estado. Los derechos humanos, por consiguiente,
pertenecen a las personas por su propia naturaleza y a todos sin excepción.
Históricamente los derechos humanos se han definido y protegido sobre la
base de los valores que se atribuyen a la DIGNIDAD de cada ser humano,
así como la LIBERTAD, la IGUALDAD y la JUSTICIA.
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE
DERECHOS HUMANOS
Adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas, el 10 de diciembre de 1948
Como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los
individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la
enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas pro-
gresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos,
tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su
jurisdicción.
3. CARTILLA DE DDHH EN LA CONSTITUCIÓN
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¿CUÁLES SON LAS el pretexto de defender otro. Las
personas necesitan gozar de todos
CARACTERÍSTICAS DE LOS sus derechos para realizarse plena-
DDHH? mente y vivir con dignidad.
Son UNIVERSALES. Esto quiere de-
cir que nos pertenecen a todas las
personas: hombres y mujeres, niños
y niñas, ancianas y ancianos, sin im-
portar la raza, la religión, la naciona-
lidad, sexo, etc.
Son IRRENUNCIABLES. Pertenecen a
cada persona humana. Por eso no Son JURÍDICAMENTE EXIGIBLES. Aun-
se pueden trasladar de una persona que ya se ha dicho que nos perte-
a otra. Cada quien tiene la facultad necen solo por ser personas, es ne-
de exigir y disfrutar de sus derechos cesario que estén reconocidos en
y no puede renunciar a ellos. las constituciones, las leyes y los tra-
tados de un país para poder exigir
CONSTITUYEN UN CUERPO INTEGRAL, que se respeten y se cumplan.
ÚNICO E INDIVISIBLE. Esto significa
que conforman un todo que no se De ahí que, una de las luchas de los
puede dividir. Todos tienen una raíz pueblos, es porque sus Estados reco-
común, que es el respeto a la per- nozcan en sus leyes internas todos
sona humana. Por eso no se puede los derechos humanos necesarios
sacrificar un derecho humano con para su desarrollo.
ARTÍCULO 1 sexo, idioma, religión, opinión sometido a cualquier otra limitación
Todos los seres humanos na- política o de cualquier otra ín- de soberanía.
cen libres e iguales en dignidad dole, origen nacional o social,
y derechos y, dotados como posición económica, nacimien-
están de razón y conciencia, to o cualquier otra condición. ARTÍCULO 3
deben comportarse fraternal- Todo individuo tiene derecho a
mente los unos con los otros. 2. Además, no se hará distinción la vida, a la libertad y a la segu-
alguna fundada en la condición ridad de su persona.
política, jurídica o internacional del
ARTÍCULO 2 país o territorio de cuya jurisdicción
1. Toda persona tiene todos los dependa una persona, tanto si se
derechos y libertades procla- trata de un país independiente,
mados en esta Declaración, sin como de un territorio bajo adminis-
distinción alguna de raza, color, tración fiduciaria, no autónomo o
4. CARTILLA DE DDHH EN LA CONSTITUCIÓN
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LOS DERECHOS HUMANOS EN LA CONSTITUCIÓN
ECUATORIANA
La Constitución ecuatoriana, aprobada en el año 2008, señala en su artícu-
lo primero que “El Ecuador es un Estado Constitucional de Derechos”, supe-
rando de esta manera la definición de la Constitución de 1998, de “Estado
de derecho”, pues coloca lo “constitucional” como centro del acuerdo
jurídico-político de la sociedad y señala al Estado como garante de los
derechos humanos y de la naturaleza.
Desde este horizonte, la clasificación que se hace de los derechos huma-
nos en la Constitución, adquiere otra perspectiva y se aleja de las clásicas
definiciones de derechos por generaciones; de esta manera a los derechos
conocidos como DESC (derechos económicos, sociales y culturales), se los
identifica a través de los artículos 12 a 34, como derechos del “Buen Vivir”:
• Agua y alimentación
• Ambiente sano
• Comunicación e información
• Cultura y ciencia
• Educación
• Hábitat y vivienda
• Salud
• Trabajo y seguridad social
ARTÍCULO 4 ARTÍCULO 6 a igual protección con- pare contra actos que
Nadie estará sometido Todo ser humano tiene tra toda discriminación violen sus derechos
a esclavitud ni a servi- derecho, en todas par- que infrinja esta De- fundamentales reco-
dumbre, la esclavitud tes, al reconocimiento claración y contra toda nocidos por la constitu-
y la trata de esclavos de su personalidad ju- provocación a tal dis- ción o por la ley.
están prohibidas en to- rídica. criminación.
das sus formas.
ARTÍCULO 7 ARTÍCULO 8
Todos son iguales ante ARTÍCULO 9
ARTÍCULO 5 Toda persona tiene Nadie podrá ser arbi-
Nadie será sometido a la ley y tienen, sin dis- derecho a un recurso trariamente detenido,
torturas ni a penas o tinción, derecho a igual efectivo ante los tribu- preso ni desterrado.
tratos crueles, inhuma- protección de la ley. nales nacionales com-
nos o degradantes. Todos tienen derecho petentes, que la am-
5. CARTILLA DE DDHH EN LA CONSTITUCIÓN
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Así mismo, de la definición clásica Los artículos 56 a 60, son referentes
de grupos vulnerables, se pasa a a los Derechos de las Comunidades,
la definición de derechos para las Pueblo y Nacionalidades, los cuales
personas y los grupos de atención mantienen y amplía los denomina-
prioritaria, y se reconocen nuevos dos derechos colectivos que ya es-
derechos para las personas adultas taban incluidos en la Constitución
mayores, (aquellas que han cum- del 98; desarrollando un concepto
plido 65 años de edad); jóvenes, más amplio de derechos colectivos
mujeres embarazadas, niñas, niños, para el pueblo afro ecuatoriano e
adolescentes, personas con disca- incorporando como sujeto de dere-
pacidad y consumidoras, conside- chos al pueblo montubio.
rados en los art. 35 a 55:
• Adultos/as mayores
• Jóvenes
• Movilidad humana
• Mujeres embarazadas
• NNA
• Personas con discapacidad
• Personas con enfermedades
catastróficas
• Personas privadas de la li-
bertad
• Usuarias y consumidores
ARTÍCULO 10 ARTÍCULO 11 2. Nadie será condenado por
Toda persona tiene derecho, en 1. Toda persona acusada de actos u omisiones que en el
condiciones de plena igualdad, delito tiene derecho a que se momento de cometerse no fue-
presuma su inocencia mientras ron delictivos según el Derecho
a ser oída públicamente y con no se pruebe su culpabilidad,
justicia por un tribunal indepen- conforme a la ley y en juicio nacional o internacional. Tam-
diente e imparcial, para la de- público en el que se le hayan poco se impondrá pena más
terminación de sus derechos y asegurado todas las garantías grave que la aplicable en el mo-
obligaciones o para el examen necesarias para su defensa. mento de la comisión del delito.
de cualquier acusación contra
ella en materia penal.
6. CARTILLA DE DDHH EN LA CONSTITUCIÓN
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Los derechos políticos aparecen en la Constitución en los artículos 61 a
65, bajo la denominación de Derechos de Participación, con una serie
de nuevas prerrogativas, entre estas la posibilidad de presentar proyectos
de iniciativa popular normativa, fiscalizar a los actores del poder público,
revocar el mandato a los gobernantes, así como el acceso al voto para los
extranjeros, el voto facultativo para las personas entre 16 y 18 años, ecua-
torianos residentes en el exterior e integrantes de las fuerzas armadas y la
policía nacional.
Los llamados Derechos de
Libertad, (artículos 66 a 70) son
los referentes a los claśicos de-
rechos civiles, entre los que se
encuentran la inviolabilidad
de la vida, el derecho a una
vida digna, la integridad per-
sonal, la igualdad formal, ma-
terial y la no discriminación,
así como el libre desarrollo de
la personalidad, la libertad de
opinión y expresión del pensa-
miento, entre otros; así mismo
se incluyen artículos referentes
a los distintos tipos de familias,
el derecho a tomar decisiones
libres sobre su sexualidad, vida
y orientación sexual, la obje-
ción de conciencia, etc.
ARTÍCULO 12 ARTÍCULO 13 ARTÍCULO 14
Nadie será objeto de injerencias 1. Toda persona tiene derecho a 1. En caso de persecución, toda
arbitrarias en su vida privada, circular libremente y a elegir su persona tiene derecho a buscar
su familia, su domicilio o su residencia en el territorio de un asilo, y a disfrutar de él, en cual-
correspondencia, ni de ataques Estado. quier país.
a su honra o a su reputación. 2. Toda persona tiene derecho 2. Este derecho no podrá ser in-
Toda persona tiene derecho a la a salir de cualquier país, inclu- vocado contra una acción judicial
protección de la ley contra tales so del propio, y a regresar a su realmente originada por delitos
injerencias o ataques. país. comunes o por actos opuestos a
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7
La Constitución ubica también los Derechos de Protección, que hacen re-
ferencia al debido proceso y que contiene las normas generales de todo
proceso, así como las relativas al proceso penal; un elemento innovador se
hace referencia ya en el art. 75, al señalar que “toda persona tiene dere-
cho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva (...) en ningún caso
quedará en indefección” así mismo se señala el derecho de las víctimas
de delitos a contar con protección especial y la garantía de su no revicti-
mización.
Finalmente, un nuevo de-
recho que encontramos
en los textos sobre parti-
cipación, es el Derecho
a la Resistencia (art. 98),
medida excepcional cuya
justificación está dada para
evitar el autoritarismo y el
abuso del poder en todas
sus formas. La resistencia
viene a ser un acto que tra-
ta de corregir aspectos que
se estiman injustos, aunque
no está orientada a la mo-
dificación del ordenamien-
to legal, sino al rechazo de
los efectos de la aplicación
de las leyes, es decir tiene
un carácter contestatario.
los propósitos y principios de las ARTÍCULO 16 2. Sólo mediante libre y pleno
Naciones Unidas. 1. Los hombres y las mujeres, a consentimiento de los futuros
ARTÍCULO 15 partir de la edad núbil, tienen de- esposos podrá contraerse el
recho, sin restricción alguna por
1. Toda persona tiene derecho a motivos de raza, nacionalidad o matrimonio.
una nacionalidad. religión, a casarse y fundar una 3. La familia es el elemento natu-
2. A nadie se privará arbitraria- familia, y disfrutarán de iguales ral y fundamental de la sociedad
mente de su nacionalidad ni del derechos en cuanto al matrimo- y tiene derecho a la protección
derecho a cambiar de nacionali- nio, durante el matrimonio y en de la sociedad y del Estado.
caso de disolución del matrimo-
dad. nio.
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DERECHOS DE LA
NATURALEZA
Una innovación en el marco Consti-
tucional ecuatoriano (y a nivel mun-
dial) es la inclusión de la naturaleza
como sujeta de derechos (art. 10)
en un intento por revertir el proce-
so de devastación a la que está ex-
puesta por parte de los seres huma-
nos; de ahí que los artículos 71 a 74,
establezcan los llamados Derechos
de la Naturaleza, que entre otros
elementos recojen aspectos como
el respeto integral a su existencia, al
mantenimiento y regeneración de
sus ciclos vitales, estructura y proce-
sos evolutivos, derechos a su restau-
ración y a la aplicación de medi-
das de precaución y restricción de
actividades que puedan conducir
a la destrucción de ecosistemas o
alterar permanentemente sus ciclos
naturales.
ARTÍCULO 17 biar de religión o de creencia, así opiniones, el de investigar y reci-
1. Toda persona tiene derecho a como la libertad de manifestar bir informaciones y opiniones, y
su religión o su creencia, indivi- el de difundirlas, sin limitación de
la propiedad, individual y colecti- dual y colectivamente, tanto en fronteras, por cualquier medio
vamente. público como en privado, por la de expresión.
2. Nadie será privado arbitraria- enseñanza, la práctica, el culto y
mente de su propiedad. la observancia.
ARTÍCULO 20
1. Toda persona tiene derecho a
ARTÍCULO 18 ARTÍCULO 19 la libertad de reunión y de aso-
Toda persona tiene derecho a Todo individuo tiene derecho a ciación pacíficas.
la libertad de pensamiento, de la libertad de opinión y de expre- 2. Nadie podrá ser obligado a
conciencia y de religión; este de- sión; este derecho incluye el de pertenecer a una asociación.
recho incluye la libertad de cam- no ser molestado a causa de sus
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ARTÍCULO 21 ARTÍCULO 23 ARTÍCULO 25
1. Toda persona tiene derecho 1. Toda persona tiene derecho 1. Toda persona tiene derecho a
a participar en el gobierno de su al trabajo, a la libre elección de un nivel de vida adecuado que
país, directamente o por medio su trabajo, a condiciones equi- le asegure, así como a su fami-
de representantes libremente es- tativas y satisfactorias de trabajo lia, la salud y el bienestar, y en
cogidos. y a la protección contra el des- especial la alimentación, el ves-
2. Toda persona tiene el derecho empleo. tido, la vivienda, la asistencia
de accceso, en condiciones de 2. Toda persona tiene derecho, médica y los servicios sociales
igualdad, a las funciones públi-
cas de su país. sin discriminación alguna, a igual necesarios; tiene asimismo de-
3. La voluntad del pueblo es la salario por trabajo igual. recho a los seguros en caso de
base de la autoridad del poder 3. Toda persona que trabaja tie- desempleo, enfermedad, invali-
público; esta voluntad se expre- ne derecho a una remuneración dez, viudez, vejez u otros casos
sará mediante elecciones autén- equitativa y satisfactoria, que le de pérdida de sus medios de
ticas que habrán de celebrarse asegure, así como a su familia, subsistencia por circunstancias
periódicamente, por sufragio una existencia conforme a la dig- independientes de su voluntad.
universal e igual y por voto se- nidad humana y que será com- 2. La maternidad y la infancia
creto u otro procedimiento equi- pletada, en caso necesario, por tienen derecho a cuidados y
valente que garantice la libertad cualesquiera otros medios de asistencia especiales. Todos los
del voto. protección social. niños, nacidos de matrimonio o
4. Toda persona tiene derecho a fuera de matrimonio, tienen de-
fundar sindicatos y a sindicarse recho a igual protección social.
ARTÍCULO 22
para la defensa de sus intere-
Toda persona, como miembro
ses. ARTÍCULO 26
de la sociedad, tiene derecho a
la seguridad social, y a obtener, 1. Toda persona tiene derecho
mediante el esfuerzo nacional y ARTÍCULO 24 a la educación. La educación
la cooperación internacional, ha- Toda persona tiene derecho al debe ser gratuita, al menos en
bida cuenta de la organización descanso, al disfrute del tiempo lo concerniente a la instrucción
y los recursos de cada Estado, libre, a una limitación razonable elemental y fundamental. La
la satisfacción de los derechos de la duración del trabajo y a va- instrucción elemental será obli-
económicos, sociales y cultura- caciones periódicas pagadas. gatoria. La instrucción técnica y
les, indispensables a su dignidad profesional habrá de ser genera-
y al libre desarrollo de su perso- lizada; el acceso a los estudios
nalidad. superiores será igual para todos,
en función de los méritos res-
pectivos.
2. La educación tendrá por ob-
jeto el pleno desarrollo de la
10. CARTILLA DE DDHH EN LA CONSTITUCIÓN
10
personalidad humana y el forta- ARTÍCULO 29
lecimiento del respeto a los dere- 1. Toda persona tiene deberes
chos humanos y a las libertades respecto a la comunidad, puesto
fundamentales; favorecerá la que sólo en ella puede desarro-
comprensión, la tolerancia y la llar libre y plenamente su perso-
amistad entre todas las naciones nalidad.
y todos los grupos étnicos o reli-
giosos, y promoverá el desarrollo 2. En el ejercicio de sus derechos
de las actividades de las Nacio- y en el disfrute de sus libertades,
nes Unidas para el mantenimien- toda persona estará solamente
to de la paz. sujeta a las limitaciones estable-
3. Los padres tendrán derecho cidas por la ley con el único fin
preferente a escoger el tipo de de asegurar el reconocimiento
educación que habrá de darse y el respeto de los derechos y
a sus hijos. libertades de los demás, y de sa-
tisfacer las justas exigencias de
ARTÍCULO 27 la moral, del orden público y del
1. Toda persona tiene derecho bienestar general en una socie-
a tomar parte libremente en la dad democrática.
vida cultural de la comunidad, a 3. Estos derechos y libertades no
gozar de las artes y a participar podrán, en ningún caso, ser ejer-
en el progreso científico y en los cidos en oposición a los propósi-
beneficios que de él resulten. tos y principios de las Naciones
2. Toda persona tiene derecho Unidas.
a la protección de los intereses
morales y materiales que le co- ARTÍCULO 30
rrespondan por razón de las pro- Nada en esta Declaración po-
ducciones científicas, literarias o drá interpretarse en el sentido
artísticas de que sea autora. de que confiere derecho alguno
al Estado, a un grupo o a una
ARTÍCULO 28 persona, para emprender y de-
Toda persona tiene derecho a sarrollar actividades o realizar
que se establezca un orden so- actos tendientes a la supresión
cial e internacional en el que los de cualquiera de los derechos y
derechos y libertades proclama- libertades proclamados en esta
dos en esta Declaración se ha- Declaración.
gan plenamente efectivos.