2. • La salud es un punto de encuentro en el que confluyen
lo biológico y lo social, el individuo y la comunidad, lo
público y lo privado, el conocimiento y la acción.
• Además de su valor intrínseco, la salud es un medio
para la realización personal y colectiva.
3. • Constituye, por lo tanto, un índice del éxito alcanzado
por una sociedad y sus instituciones de gobierno en la
búsqueda del bienestar que es, a fin de cuentas, el
sentido último del desarrollo.
4. • Al igual que la sociedad de la que forma parte, la salud
es dinámica.
• La salud ha estado experimentando una vasta
transición.
5. • El ritmo del cambio se ha acelerado aún más durante
los últimos años. En lo social, en lo económico, en lo
político y en lo cultural, el mundo vive el derrumbe de
viejas certidumbres.
• Hoy la única certidumbre es la de una complejidad
creciente. Vivimos una transición de la salud cuya
naturaleza es necesario comprender si aspiramos a
anticipar los cambios y no sólo reaccionar ante ellos
cuando ya hayan sucedido.
6. • México, País de ingreso medio.
• Desarrollo económico desigual = condiciones de vida
desiguales
• Convergen problemas del desarrollo y el subdesarrollo
• Concentración urbana y dispersión rural
• Pasado y futuro se enfrentan.
• Pobreza y riqueza.
7. SALUD: BIOLOGÍA Y SOCIEDAD
• Biología y sociedad se revelan y se reflejan en la
salud.
• La salud se expresa en el cuerpo de individuos
concretos.
• Suceden en una matriz social, económica, política y
cultural.
8. FACTORES DETERMINANTES EN LA SALUD.
• Estado del Medio Ambiente
• Formas de Organización Social
• Nivel de Democracia
• Grado de Urbanización
• Escolaridad
• Nutrición
• Fecundidad
• Estilos de vida
9. • La salud no puede verse como un ámbito estrictamente
técnico
• La salud entra así, a los ámbitos de la economía y de la
política.
• La salud ha adquirido carácter político, al constituir un
punto focal para la movilización de intereses y un tema
central para estructurar la oferta de los partidos.
• Un indicador del bienestar y de la calidad de vida de una
comunidad
• Junto con la educación, un elemento primordial para
promover una auténtica igualdad de oportunidades.
10. ARTICULO 4° CONSTITUCIONAL
• El hombre y la mujer son iguales ante la ley. Protege la
organización y el desarrollo de la familia
• Derecho a decidir libremente sobre los hijos.
• Derecho a la protección de la salud.
• Derecho a Medio Ambiente Sano.
• Derecho al agua.
• Derecho a vivienda digna y decorosa.
• Derechos de los menores.
11. CONSTITUCION DE LA OMS.
• El goce del grado máximo de salud que se pueda
lograr es uno de los derechos fundamentales de todo
ser humano sin distinción de raza, religión, ideología
política o condición económica o social.
• El derecho a la salud obliga a los Estados a generar
condiciones en las cuales todos puedan vivir lo más
saludablemente posible. Esas condiciones comprenden
la disponibilidad garantizada de servicios de salud,
condiciones de trabajo saludables y seguras, vivienda
adecuada y alimentos nutritivos. El derecho a la salud
no se limita al derecho a estar sano.
12. El derecho a la salud está consagrado en numerosos tratados
internacionales y regionales de derechos humanos y en las
constituciones de países de todo el mundo.
Ejemplos de tratados de las Naciones Unidas sobre derechos
humanos:
• Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales, 1966
• Convención sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer, 1979
• Convención sobre los Derechos del Niño, 1989
13. El Artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales (1966) dice que, entre las
medidas que se deberán adoptar a fin de asegurar la plena
efectividad del derecho a la salud, figurarán las necesarias
para:
• La reducción de la mortinatalidad y de la mortalidad infantil,
y el sano desarrollo de los niños;
• El mejoramiento de la higiene del trabajo y del medio
ambiente;
• La prevención y el tratamiento de las enfermedades
epidémicas, endémicas, profesionales y de otra índole, y la
lucha contra ellas;
• La creación de condiciones que aseguren el acceso de
todos a la atención de salud.
14.
15. OMS
• El derecho a la salud abarca cuatro elementos:
1. DISPONIBILIDAD
2. ACCESIBILIDAD
3. ACEPTABILIDAD
4. CALIDAD
16. DISPONIBILIDAD
• Se deberá contar con un número suficiente de
establecimientos, bienes y servicios públicos de salud,
así como de programas de salud.
17. ACCESIBILIDAD
• Los establecimientos, bienes y servicios de salud
deben ser accesibles a todos dentro de la jurisdicción
del Estado Parte.
• no discriminación
• accesibilidad física
• accesibilidad económica (asequibilidad)
• acceso a la información
18. ACEPTABILIDAD
•
• Todos los establecimientos, bienes y servicios de salud
deberán ser respetuosos de la ética médica y
culturalmente apropiados, a la par que sensibles a los
requisitos del género y el ciclo de vida
19. CALIDAD
• Los establecimientos, bienes y servicios de salud
deberán ser apropiados desde el punto de vista
científico y médico y ser de buena calidad.
20.
21. OMS
• Al igual que todos los derechos humanos, el
derecho a la salud impone a los Estados Partes
tres tipos de obligaciones, a saber:
22. OMS
• Respetar. Exige abstenerse de injerirse en el disfrute
del derecho a la salud.
• Proteger. Requiere adoptar medidas para impedir que
terceros (actores que no sean el Estado) interfieran en
el disfrute del derecho a la salud.
• Cumplir. Requiere adoptar medidas positivas para dar
plena efectividad al derecho a la salud.