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La acción cambiaria no prescribe en tres años sino que tiene un
plazo especial de prescripción.
 La acción cambiaria subsiste contra el girador que no haya hecho
provisión de fondos.
 Subsiste contra un girador o un endosante que se haya
enriquecido injustamente.
 Subsiste la acción cambiaria contra el aceptante que a recibido
provisión de fondos o se ha enriquecido injustamente
NOTA:
Cabe destacar que la acción cambiaria en contra del avalista del aceptante prescribe
en 3 años de la fecha de vencimiento de la letra
De a cuerdo con lo prescrito en el Art. 2418 del C.C. La prescripción que extingue
las acciones ajenas pueden interrumpirse, ya sea natural o civilmente.
CIVILMENTE:
Por la citación de la demanda judicial.
NATURALMENTE:
Por el hecho de reconocer el deudor la obligación ya sea expresa o
táctilmente.
1. El pago de una letra de cambio cuyo vencimiento cayere en un día feriado.
2. Todos los actos relacionados con la letra de cambio, principalmente la
presentación a la aceptación y al protesto, solo podrá efectuarse en días
hábiles.
3. Los días feriados intermedios quedaran comprendidos dentro de un plazo.
4. Los plazos legales o convencionales no comprenden el día que les sirve
de punto de partida.
5. No se admite ningún día de gracia, legal ni judicial
La letra de cambio puede tener circulación internacional, y por ello pueden surgir
varios conflictos entre las diversas legislaciones. Entre estos tenemos:
 Sobre la capacidad
 Toda persona incapaz según su ley nacional quedará sin embargo
válidamente obligada si se hubiere comprometido en un estado
conforme a cuya legislación sería capaz.
 Forma
 La forma y los plazos del protesto se determinarán por las leyes del
Estado
 Competencia del juez cuando la letra de cambio debe pagarse en el
exterior
En la actualidad en realidad ocurren muchos casos en que la letra de
cambio es aceptada en blanco para luego ser llenado los requisitos que
faltan, lo que demuestra que esos requisitos fueron escritos en otro
momento o fechas distintas.
¿En que plazo debe llenarse la letra en blanco?
La ley no ha señalado plazo para llenar esos requisitos que le faltan a la
letra de cambio.
El Código de Comercio no exige que el acto de girar la letra el de
aceptar y los demás actos se realicen en unidad de acto y por ello
pueden hacerse en etapas sucesivas o en cualquier otro
momento.
En la actualidad en realidad ocurren muchos casos en que la letra de
cambio es aceptada en blanco para luego ser llenado los requisitos que
faltan, lo que demuestra que esos requisitos fueron escritos en otro
momento o fechas distintas.
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  • 1. La acción cambiaria no prescribe en tres años sino que tiene un plazo especial de prescripción.  La acción cambiaria subsiste contra el girador que no haya hecho provisión de fondos.  Subsiste contra un girador o un endosante que se haya enriquecido injustamente.  Subsiste la acción cambiaria contra el aceptante que a recibido provisión de fondos o se ha enriquecido injustamente NOTA: Cabe destacar que la acción cambiaria en contra del avalista del aceptante prescribe en 3 años de la fecha de vencimiento de la letra
  • 2. De a cuerdo con lo prescrito en el Art. 2418 del C.C. La prescripción que extingue las acciones ajenas pueden interrumpirse, ya sea natural o civilmente. CIVILMENTE: Por la citación de la demanda judicial. NATURALMENTE: Por el hecho de reconocer el deudor la obligación ya sea expresa o táctilmente.
  • 3. 1. El pago de una letra de cambio cuyo vencimiento cayere en un día feriado. 2. Todos los actos relacionados con la letra de cambio, principalmente la presentación a la aceptación y al protesto, solo podrá efectuarse en días hábiles. 3. Los días feriados intermedios quedaran comprendidos dentro de un plazo. 4. Los plazos legales o convencionales no comprenden el día que les sirve de punto de partida. 5. No se admite ningún día de gracia, legal ni judicial
  • 4. La letra de cambio puede tener circulación internacional, y por ello pueden surgir varios conflictos entre las diversas legislaciones. Entre estos tenemos:  Sobre la capacidad  Toda persona incapaz según su ley nacional quedará sin embargo válidamente obligada si se hubiere comprometido en un estado conforme a cuya legislación sería capaz.  Forma  La forma y los plazos del protesto se determinarán por las leyes del Estado  Competencia del juez cuando la letra de cambio debe pagarse en el exterior
  • 5. En la actualidad en realidad ocurren muchos casos en que la letra de cambio es aceptada en blanco para luego ser llenado los requisitos que faltan, lo que demuestra que esos requisitos fueron escritos en otro momento o fechas distintas. ¿En que plazo debe llenarse la letra en blanco? La ley no ha señalado plazo para llenar esos requisitos que le faltan a la letra de cambio. El Código de Comercio no exige que el acto de girar la letra el de aceptar y los demás actos se realicen en unidad de acto y por ello pueden hacerse en etapas sucesivas o en cualquier otro momento.
  • 6. En la actualidad en realidad ocurren muchos casos en que la letra de cambio es aceptada en blanco para luego ser llenado los requisitos que faltan, lo que demuestra que esos requisitos fueron escritos en otro momento o fechas distintas. ¿En que plazo debe llenarse la letra en blanco? La ley no ha señalado plazo para llenar esos requisitos que le faltan a la letra de cambio. El Código de Comercio no exige que el acto de girar la letra el de aceptar y los demás actos se realicen en unidad de acto y por ello pueden hacerse en etapas sucesivas o en cualquier otro momento.