Este documento describe las características de las sociedades irregulares. Existen tres tipos principales: 1) Sociedades en formación que continúan operando después de vencer el plazo para su constitución e inscripción. 2) Sociedades de hecho que no han sido constituidas mediante escritura pública. 3) Sociedades irregulares propiamente dichas que no cumplen con uno o más requisitos formales para su constitución u operación. Los socios de una sociedad irregular son responsables de forma personal y solidaria frente a terceros.
1. SOCIEDADES
IRREGULARES
INTEGRANTES:
AGUILAR LUIS, Diana Katerin
CAYAO VAZQUEZ, Celia Valeria
PEREZ VASQUEZ, Carlos
PILLACA SULCA, Ronald
2. SOCIEDAD IRREGULAR
Es la denominación de las sociedades que no se encuentran
constituidas de una manera regular y/o legal. Lógicamente ha de
ser la antítesis de la sociedad regular.
SOCIEDAD REGULAR
VS
SOCIEDAD IRREGULAR SEGÚN LA LEY GENERAL DE
SOCIEDADES : LEY N° 26887
La regular constitución de una Es irregular la sociedad que no se ha
sociedad se alcanza mediante el constituido e inscrito conforme a esta
cumplimiento de requisito de forma ley o la situación de hecho que resulta
(Escritura Publica) y del requisito de de que dos o más personas actúan de
publicidad (Inscripción en el manera manifiesta en sociedad sin
Registro). haberla constituido e inscrito.
3. ALGUNOS AUTORES MENCIONAN LO SIGUIENTE:
Ulises Montoya Manfredi
•Es sociedad irregular la que no se ha constituido e inscrito conforme a los
preceptos legales. Pero, no obstante las relaciones internas se rigen por el
pacto social, o por ley según la clase de sociedad que se trate
Augusto Barreto Muga
•Son aquellas que se forman sin escritura pública o si existiendo esta se omite
inscribirlas en el registro Público
Richard, Escuti y Romero
•Son aquellas cuya constitución regular ha sido frustrada por un defecto formal
cualquiera, así como también aquellas que sin instrumentar tienen un objeto
comercial o desarrollan actividad comercial.
La sociedad regular nace de la concurrencia de un doble
requisito: el otorgamiento de una escritura pública y su inscripción
en los Registros Públicos (personalidad jurídica). En tanto, las que
no lo cumplan, serán irregulares, pero no ilegales.
4. CLASES DE SOCIEDADES IRREGULARES
1. SOCIEDAD IRREGULAR EN FORMACIÓN
La sociedades en formación son aquellas que realizan una o varias
actividades antes de haber cumplido con las formalidades propias
de su inscripción es decir antes de poseer personería jurídica
Es necesario advertir que no todas las sociedades en formación
tienen el carácter de irregular
¿En qué caso y bajo qué criterio la sociedad en formación es irregular?
• Será irregular cuando continúe operando una vez transcurrido el
plazo legal para el otorgamiento de la escritura pública de
constitución y/o para su inscripción en el registro.
5. 2. SOCIEDADES DE HECHO
El artículo 423º de la LGS señala que “es aquella situación de hecho
que resulta de que dos o más personas actúan de manera
manifiesta en sociedad sin haberla constituido e inscrito”
Se llama sociedad de hecho, cuando no ha sido constituida por
escritura pública
La sociedad de hecho no es persona jurídica
¿Por qué se habla de “sociedad de hecho”?
• Justamente porque no responden a ninguna de las formas
previstas por la ley, es decir no son una S.R.L. o una S.A. o
cualquiera de estas formas, pero “en los hechos” cumplen un
objeto social, tienen el objetivo de lograr ganancias o utilidades
y a soportar las pérdidas, pero no tienen un contrato social
inscrito o registrado.
6. 3. SOCIEDAD IRREGULAR PROPIAMENTE DICHA
Son aquellas en las que se encuentran presentes
todos los elementos inherentes a una sociedad, pero
adolece de la falta de uno o varios requisitos formales
para su constitución u operación.
Por otro lado, una sociedad también es irregular
cuando ha incurrido en una de las causales previstas
en el pacto social, estatuto o la ley.
Así mismo la sociedad se convertirá en irregular
cuando se haya transformado contraviniendo las
disposiciones de la ley de la materia
7. RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS
Para las sociedades
Los socios que Los socios, los
irregulares la
forman la sociedad acreedores de
responsabilidad
irregular de origen, éstos o de la
recae en los socios
así como los sociedad o los
fundadores, ya que
miembros de su administradores de
al no haberse
organismo de una sociedad
logrado la
gobierno, irregular están en su
inscripción de la
responden en derecho de pedirla
sociedad en el
forma personal, regularización o la
Registro Público no
solidaria e ilimitada disolución de la
ha nacido la
frente a terceros. sociedad.
persona jurídica.