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Familia un campo para el
Trabajo Social
Mag.Liliana Barg
Curso de posgrado Universidad del Comahue
Mayo 2008
OBJETIVOS
 Analizar cuestiones históricas y aspectos
legales del derecho de los niños, niñas y
adolescentes y sus familias y su relación con
las instituciones del estado y la sociedad civil.2.
 Estudiar la estructura del campo familiar,
nuevas y tradicionales formas de relación y
funciones entre los miembros del grupo y
modos diversos de vincularse.
 Realizar un análisis crítico de la intervención
profesional con familias desde lo teórico-
metodológico a fin de recrear estrategias
profesionales.
Contenidos temáticos
Unidad 1. La familia. Una mirada histórica.
1.1. Los conceptos de familia a través de la
historia.
1.2. La infancia y los institutos de menores en la
Argentina.
1.3. La Constitución Argentina. Leyes y
Convenciones de Derechos Humanos. La ley
26061de Protección de derechos de niños, niñas y
adolescentes. Ley 23526 de Protección de datos
personales.
Unidad 2. La familia como objeto de
conocimiento
2.1. La familia como campo y como cuerpo
El espíritu de familia. Concepto de familia.
Espacio social y espacio simbólico. La diferencia.
2.2. Los vínculos familiares
El lugar de las clasificaciones
Funciones y lugares
Unidad 3. Lo científico y lo técnico
operativo
3.1. La importancia de la teoría y del
trabajo de campo
Ruptura con la lógica positivista de la
división del trabajo.
La cuestión del método.
Unidad 4. La intervención con
familias
 4.1. Tensiones y crisis
Los conflictos, los recursos familiares y las
resoluciones.
El valor del diagnóstico y el concepto de totalidad en
el enfoque materialista dialéctico.
4.2. El proceso teórico metodológico en la
intervención.
Análisis del proceso y las estrategias de intervención.
Lo interdisciplinar.
Presentación de intervenciones familiares para la
discusión grupal
Bibliografía
Aquin, Nora “La construcción de un nosotros” en La formación y la
intervención profesional. Editorial Espacio. Buenos Aires, 2006.
Barg, Liliana. La intervención con familia. Editorial Espacio, Buenos
Aires . Año 2000.
Los vínculos familiares. Editorial Espacio, Buenos Aires
2002.
Lo interdisciplinario en salud mental. Editorial Espacio.
Buenos Aires 2006.
Bauman, Zygmunt. Etica Posmoderna. Editorial siglo XXI. Buenos
Aires. 2004.
Modernidad líquida. Fondo de cultura económica.
Buenos Aires. 2005.
Bourdieu, Pierre. Capital cultural, escuela y espacio social. Editorial
siglo veintiuno. Buenos Aires, 2005.
Razones prácticas. Editorial Anagrama, Barcelona.
1997.
La miseria del mundo. Editorial Fondo de Cultura
Económica, Buenos Aires. 1999.
Clemente, Adriana. Notas sobre investigación. formación y práctica
profesional en Nuevos escenarios y práctica profesional. Editorial
Espacio, Buenos Aires, 2002.
Escalada, Mercedes. Teoría y epistemología en la construcción de
diagnósticos sociales en El diagnóstico social. Editorial Espacio,
Buenos Aires, 2001.
Leyes 2601, 23526, C. Nacional y Convenciones de DDHH
Montaño, Carlos. La naturaleza del Servicio social. Sao Paulo, Cortez.
1998.
Neto, Jose Paulo. Capitalismo monopolista y servicio social. Editorial
Cortez. Brasil 1997.
Rozas Pagaza, Margarita. Algunas reflexiones sobre la construcción
de un proyecto ético político en Trabajo social en La formación y la
intervención profesional. Editorial Espacio, Buenos Aires, 2006.
Waquant, Luis. Parias urbanos. Editorial Manantial. Buenos Aires.
2001.
Unidad 1. La familia como objeto de
conocimiento.
Bourdieu plantea dos momentos metodológicos que
se fundan en una concepción de la realidad:
Un momento objetivo: reconstrucción de la
estructura de las relaciones independientes de la
voluntad de los agentes
Un momento subjetivo: consiste en captar las
representaciones, vivenciasy actitudes de los
protagonistas de esas prácticas
MARCO LEGAL
Constitución Argentina.
Pactos y Convenciones de derechos
humanos
Leyes nacionales y provinciales:
De niños, niñas y adolescentes
De protección de datos personales
LEY PROVINCIAL 2302
PCIA DE NEUQUEN
ES DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑEZ
CONTIENE EL CAPITULO DE JUSTICIA PENAL
DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
JUEZ TÉCNICO Y LIMITADO POR GARANTIAS
LO ASISTENCIAL SEPARADO DE LO TUTELAR
DERECHOS AMENAZADOS O VIOLADOS ,
INSTITUCIONES EN SITUACIÒN IRREGULAR
LEY NACIONAL26061
ASPECTOS A RESALTAR
Transcribe la CIDN, es de aplicación
inmediata. Es de carácter operativo.
Desarrolla el paradigma del interés superior
Tiene enfoque de género
Implica detección de amenaza o violación en
el ejercicio o disfrute de los derechos y las
responsabilidades de funcionarios públicos ,
privados y de las OSCs
LEY NACIONAL 26061
LEY DE PROTECCIÓN
INTEGRAL DE LOS DERECHOS
DE LAS NIÑAS,NIÑOS Y
ADOLESCENTES
LEY NACIONAL 26061
LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS
DE LAS NIÑAS,NIÑOS Y ADOLESCENTES
• Como primeras consideraciones se deben
observar las Disposiciones Generales
establecidas en la ley referida en su Título I y los
principios y garantías establecidos en el Título II,
como así también su título III que determina la
conformación de un Sistema Integral de
Protección de los Derechos de las Niñas, Niños
y Adolescentes. El Título IV está referido a los
órganos administrativos de protección de
derechos.
Disposiciones Generales del
Título I
• Artículo 2 APLICACIÓN OBLIGATORIA. La
Convención sobre los Derechos del Niño es de
aplicación obligatoria en las condiciones de su vigencia,
en todo acto, decisión o medida administrativa, judicial o
de cualquier naturaleza que se adopte respecto de las
personas hasta los ieciocho años de edad. Las niñas,
niños o adolescentes tienen derecho a ser oídos y
atendidos cualquiera sea la forma en que se manifiesten,
en todos los ámbitos.
• Los derechos y las garantías de los sujetos de esta ley
son de orden público, irrenunciables, interdependientes,
indivisibles e intransigibles.
Artículo 3 INTERÉS SUPERIOR.
• A los efectos de la presente ley se entiende por interés superior de la niña, niño y
adolescente la máxima satisfacción, integral y simultánea de los derechos y
garantías reconocidos en esta ley.
• Debiéndose respetar:
• a) Su condición de sujeto de derecho;
• b) El derecho de las niñas, niños y adolescentes a ser oídos y que su opinión sea
tenida en cuenta;
• c) El respeto al pleno desarrollo personal de sus derechos en su medio familiar, social
y cultural;
• d) Su edad, grado de madurez, capacidad de discernimiento y demás condiciones
personales;
• e) El equilibrio entre los derechos y garantías de las niñas, niños y adolescentes y las
exigencias del bien común;
• f) Su centro de vida. Se entiende por centro de vida el lugar donde las niñas, niños y
adolescentes hubiesen transcurrido en condiciones legítimas la mayor parte de su
existencia.
• Este principio rige en materia de patria potestad, pautas a las que se ajustarán el
ejercicio de la misma, filiación, restitución del niño, la niña o el adolescente, adopción,
emancipación y toda circunstancia vinculada a las anteriores cualquiera sea el ámbito
donde deba desempeñarse.
• Cuando exista conflicto entre los derechos e intereses de las niñas, niños y
adolescentes frente a otros derechos e intereses igualmente legítimos, prevalecerán
los primeros
Art. 5 Responsabilidad
Gubernamental
• Los organismos del estado tienen la
responsabilidad indelegable de establecer,
controlar y garantizar el cumplimiento de
las políticas públicas con carácter federal.
• Toda acción u omisión que se oponga a
este principio constituye un acto contrario
a los derechos fundamentales de las niñas,
niños y adolescentes.
Artículo 7. RESPONSABILIDAD
FAMILIAR
• La familia es responsable en forma
prioritaria de asegurar a las niñas, niños y
adolescentes el disfrute pleno y el efectivo
ejercicio de sus derechos y garantías.
Principios y Garantías del Título II
Artículo 9 DERECHO A LA DIGNIDAD Y A LA
INTEGRIDAD PERSONAL.
• . Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la dignidad como
sujetos de derechos y de personas en desarrollo; a no ser
sometidos a trato violento, discriminatorio, vejatorio, humillante,
intimidatorio; a no ser sometidos a ninguna forma de explotación
económica, torturas, abusos o negligencias, explotación sexual,
secuestros o tráfico para cualquier fin o en cualquier forma o
condición cruel o degradante.
• Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a su integridad
física, sexual, psíquica y moral.
• La persona que tome conocimiento de malos tratos, o de
situaciones que atenten contra la integridad psíquica, física, sexual
o moral de un niño, niña o adolescente, o cualquier otra violación a
sus derechos, debe comunicar a la autoridad local de aplicación de
la presente ley.
• Los Organismos del Estado deben garantizar programas gratuitos
de asistencia y atención integral que promuevan la recuperación de
todas las niñas, niños y adolescentes.
Artículo 14 DERECHO A LA SALUD.
• Los Organismos del Estado deben garantizar:
• a) El acceso a servicios de salud, respetando las pautas familiares y
culturales reconocidas por la familia y la comunidad a la que pertenecen
siempre que no constituyan peligro para su vida e integridad;
• b) Programas de asistencia integral, rehabilitación e integración;
• c) Programas de atención, orientación y asistencia dirigidos a su familia;
• d) Campañas permanentes de difusión y promoción de sus derechos
dirigidas a la comunidad a través de los medios de comunicación social.
 e)Toda institución de salud deberá atender prioritariamente a las niñas,
niños y adolescentes y mujeres embarazadas.
 f) Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la atención integral
de su salud, a recibir la asistencia médica necesaria y a acceder en
igualdad de oportunidades a los servicios y acciones de prevención,
promoción, información, protección, diagnóstico precoz, tratamiento
oportuno y recuperación de la salud.
Artículo 15 DERECHO A LA
EDUCACIÓN
• Las niñas,niños y adolescentes tienen derecho
a la educación pública y gratuita, atendiendo a
su desarrollo integral. En el caso de carecer de
documentación que se acredite su identidad, se
los deberá inscribir provisoriamente, debiendo
los organismos del estado arbitrar los medios
destinados a la entrega urgente de este
documento.
• Los niños con capacidades especiales tienen
todos los derechos y garantías consagrados y
reconocidos por esta ley, además de los
inherentes a su condición específica.
ARTICULO 24.- DERECHO A
OPINAR Y A SER OÍDO.
• Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a:
• a) Participar y expresar libremente su opinión en
los asuntos que les conciernan y en aquellos que
tengan interés;
• b) Que sus opiniones sean tenidas en cuenta
conforme a su madurez y desarrollo.
• Este derecho se extiende a todos los ámbitos en
que se desenvuelven las niñas, niños y
adolescentes; entre ellos, al ámbito estatal,
familiar, comunitario, social, escolar, científico,
cultural, deportivo y recreativo.
ARTICULO 27.- GARANTÍAS MÍNIMAS DE
PROCEDIMIENTO. GARANTÍAS EN LOS
PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ADMINISTRATIVOS
• Los Organismos del Estado deberán garantizar a las niñas, niños y
adolescentes en cualquier procedimiento judicial o administrativo que los
afecte, además de todos aquellos derechos contemplados en la
Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño, en los
tratados internacionales ratificados por la Nación Argentina y en las leyes
que en su consecuencia se dicten, los siguientes derechos y garantías:
• a) A ser oído ante la autoridad competente cada vez que así lo solicite la
niña, niño o adolescente;
• b) A que su opinión sea tomada primordialmente en cuenta al momento de
arribar a una decisión que lo afecte;
• c) A ser asistido por un letrado preferentemente especializado en niñez y
adolescencia desde el inicio del procedimiento judicial o administrativo que
lo incluya. En caso de carecer de recursos económicos el Estado deberá
asignarle de oficio un letrado que lo patrocine;
• d) A participar activamente en todo el procedimiento;
• e) A recurrir ante el superior frente a cualquier decisión que lo afecte
ARTICULO 27.- GARANTÍAS MÍNIMAS DE
PROCEDIMIENTO. GARANTÍAS EN LOS
PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ADMINISTRATIVOS
• Los Organismos del Estado deberán garantizar a las niñas, niños y
adolescentes en cualquier procedimiento judicial o administrativo que los
afecte, además de todos aquellos derechos contemplados en la
Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño, en los
tratados internacionales ratificados por la Nación Argentina y en las leyes
que en su consecuencia se dicten, los siguientes derechos y garantías:
• a) A ser oído ante la autoridad competente cada vez que así lo solicite la
niña, niño o adolescente;
• b) A que su opinión sea tomada primordialmente en cuenta al momento de
arribar a una decisión que lo afecte;
• c) A ser asistido por un letrado preferentemente especializado en niñez y
adolescencia desde el inicio del procedimiento judicial o administrativo que
lo incluya. En caso de carecer de recursos económicos el Estado deberá
asignarle de oficio un letrado que lo patrocine;
• d) A participar activamente en todo el procedimiento;
• e) A recurrir ante el superior frente a cualquier decisión que lo afecte
Sistema de protección Integral de los Derechos
de las Niñas, Niños y Adolescentes del Título III
• Para el logro de sus objetivos, el Sistema de Protección
Integral de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes
debe contar con los siguientes medios:
• a) Políticas, planes y programas de protección de
derechos;
• b) Organismos administrativos y judiciales de protección
de derechos;
• c) Recursos económicos;
• d) Procedimientos;
• e) Medidas de protección de derechos;
• f) Medidas de protección excepcional de derechos.
Art. 33 medidas de protección
integral de derechos
• Son aquellas emanadas del órgano
administrativo competente local ante amenaza o
violación de los derechos o garantías de niños,
niñas o adolescentes con el objeto de
preservarlos, restituirlos o reparar sus
consecuencias.
• La falta de recursos materiales de los padres,
familia o representantes legales no autoriza la
separación de su familia nuclear, ampliada o
con quienes mantenga lazos afectivos, ni su
institucionalización.
Art. 39 Medidas Excepcionales
• Son aquellas que se adoptan cuando las
niñas, niños y adolescentes estuvieran
temporal o permanentemente privados de
su medio familiar o cuyo superior interés
exija que no permanezcan en ese medio.
Art. 40. Procedencia de las
medidas excepcionales
• Solo serán procedentes cuando se hayan cumplido las
medidas dispuestas en el artículo 33.
• Declarada procedente esta excepción será la autoridad
local de aplicación quien decida y establezca el
procedimient6o a seguir, acto que deberá estar
jurídicamente fundado, debiendo notificar
fehacientemente dentro del plazo de 24 hs la medida a
la autoridad judicial competente en materia de familia
de cada jurisdicción. La autoridad competente de cada
jurisdicción dentro del plazo de 72 hs de notificado,
deberá resolver la legalidad de la medida
Art. 40
• La autoridad competente de cada jurisdicción
dentro del plazo de 72 hs de notificado, deberá
resolver la legalidad de la medida. Resuelta ésta,
la autoridad judicial competente deberá derivar
el caso a la autoridad local competente de
aplicación para que ésta implemente las
medidas pertinentes.
• La permanencia será temporal en ámbitos
familiares alternativos, por período no mayor a
tres meses y con evaluación permanente.
• En ningún caso las medidas excepcionales
pueden consistir en privación de la libertad.
TITULO IV ORGANOS
ADMINISTRATIVOS DE PROTECCION DE
DERECHOS
• ARTICULO 42. Sistema de protección
integral. Niveles
• Nacional
• Federal
• Provincial
• Contempla la figura del defensor de las
niñas, niños y adolescentes
ORGANOS
ADMINISTRATIVOS
• Capítulo I: secretaria Nacional de niñez,
adolescencia y familia
• Capítulo II: Consejo de ni4ez,
adolescencia y familia
• Capítulo III: Defensor de derechos de
Niños, niñas y adolescentes
• Cáoítlo IV: De las organizaciones no
gubernamentales
• Capítulo V: Financiamiento
CIRCUITOS
RECONOCER-PROMOVER-EJERCER Y
PROTEGER DERECHOS.
• Identificar acciones u omisiones del Estado, la
comunidad y la familia
• Mirar cumplimiento de derechos y dejar de
“controlar personas”
• Si bien todo derecho implica una obligación,
en el tema de la infancia lo que se ha
vulnerado históricamente es el cumplimiento
efectivo de los derechos.
• Asesorar, informar, orientar respecto al
derecho a tener derechos
• Escuchar a los niños, niñas y adolescentes.
ORGANO ADMINISTRATIVO PROVINCIAL:
Servicios territoriales o regionales protectores del derecho
Se trata de la creación del equipo integrado por profesionales de distintas
disciplinas que puedan contener la demanda (espontánea y en una primera
instancia derivada de juzgados).
Los servicios se ubicaran en la sede de los juzgados de familia en una
primera instancia para poder derivar correctamente, hasta tanto se logre un
cambio cultural en los actores sociales afectados.
La dirección de Niñez y adolescencia tendrá la responsabilidad de articular
con todos los actores del sistema de protección de los derechos, los
recursos existentes en cada región y municipio.
El Órgano Administrador tiene un nivel central responsable, donde debe
forzar, acompañar, articular y fortalecer el seguimiento de los dispositivos
territoriales, definir estrategias, capacitar de manera permanente y
garantizar los plazos del “debido proceso” de cada uno de los efectores
territoriales.
Contenidos temáticos
Unidad 1. La familia. Una mirada histórica.
1.1. Los conceptos de familia a través de la
historia.
1.2. La infancia y los institutos de menores en la
Argentina.
1.3. La Constitución Argentina. Leyes y
Convenciones de Derechos Humanos. La ley
26061de Protección de derechos de niños, niñas y
adolescentes. Ley 23526 de Protección de datos
personales.
Definición de campo
Toda formación social se estructura mediante
una serie de campos, organizados
jerárquicamente, cada uno de los cuales están
definidos como un espacio estructurado con sus
propias leyes de funcionamiento y sus propias
relaciones de fuerza, independiente de los
campos económico y político.
Propiedades de los campos
Cada campo es relativamente autónomo y
los agentes ocupan diferentes posiciones
compitiendo por el control de los
intereses o recursos específicos del
campo en cuestión.
La relaciones se dan entre posiciones de
los agentes.(Dif con Weber que habla de
interacciones)
Campo del poder
El campo del poder es siempre y
fundamentalmente simbólico. Es el espacio de
las relaciones de fuerza entre los diferentes
tipos de capital cuando se amenaza el
equilibrio alcanzado.
ESPACIO SOCIAL
En un análisis de este espacio se trata de
tomar lo invariante, lo esencial, la
estructura en cada una de las variantes
observadas, que no se encuentra al primer
vistazo. Hay que tener en cuenta el tiempo,
la posición del sujeto y y el estado de la
oferta de bienes y prácticas posibles.
Espacio social
Relación entre las posiciones sociales
(concepto relacional)
Las disposiciones (los habitus)
Las tomas de posición (elecciones que
realizan los agentes sociales en la
práctica)
Principios de diferenciación del
espacio social:
- el capital económico
- el capital cultural
Habitus: Es el producto de condicionamientos
sociales asociados a la condición
correspondiente. A cada posición,
determinados bienes.Lejos de ser repetitivo,
el habitus es generador. Es perdurable pero
no inmutable.Se diferencian y son
diferenciantes
LA DISTINCIÓN
Es una cierta cualidad considerada
como natural que marca diferencia,
separación, el rasgo distintivo. La
propiedad relacional no existe sino en
y por la relación con otras
propiedades: vecindad, alejamiento,
debajo, encima, entre, próximo.
Espacio simbólico
Las diferencias asociadas a las diferentes
posiciones constituyen un verdadero
lenguaje, como signos distintivos. El
espacio simbólico tiene mecanismos de
reproducción, sin ignorar las
contradicciones y los conflictos que pueden
estar en el principio de su transformación.El
capital simbólico (físico, económico, social,
cultural)solo existe en la medida que un
conjunto se hace una representación basada
en creencias apropiadas para valorarlo.
El espiritu de familia.
Definiciones dominantes :
la familia es un conjunto de individuos
emparentados por alianza, matrimonio,
filiación, adopción y que viven bajo el
mismo techo.
Esta es una experiencia minoritaria en
relación con las parejas de hecho, las
monoparentales, casadas que viven
separadas etc.
Representaciones sobre la familia
1. La familia es una realidad trascendente a
sus miembros con una visión particular del
mundo.
2. Existe como universo social separado,
secreto, sagrado, cerrado sobre su intimidad.
3. La morada, la casa como lugar estable, que
permanece, asociada a la casa,
indefinidamente transmisible.
La Familia es un “nomos” que
tenemos todos en mente porque nos ha
sido inculcado a través de una labor de
socialización llevada a cabo en un
universo que estaba organizado según
la división en familias.
Son ficciones sociales, construcciones
sociales que existen realmente en tanto
que están reconocidas colectivamente.
Familia, categoría social objetiva y
subjetiva
La familia como categoría social
objetiva (estructura estructurante) es el
fundamento de la familia como
categoría social subjetiva (estructura
estructurada)
Nada parece más natural que la
familia:esta construcción social
arbitraria, parece situarse del lado de lo
natural y de lo universal.
La familia como modelo
La categoría de lo familiar funciona en
los habitus como esquema clasificatorio
y principio de construcción del mundo
social y de la familia como cuerpo
social particular.
La familia es fruto de una labor de
“institución” encaminados a constituir la
familia como entidad unida, estable,
indiferente a las fluctuaciones de los
sentimientos individuales.
El espíritu de familia
Para que la familia se convierta en un
grupo real, unidos por intensos lazos
afectivos debe darse un “espíritu de
familia” generador de dedicaciones , de
generosidades, solidaridades, que en
general incumbe especialmente a las
mujeres.
La familia como cuerpo
Para que la familia funcione como cuerpo, es
necesaria una labor de integración, de
cohesión, de adhesión vital a la existencia de
un grupo y a sus intereses.
De otro modo funciona como campo con sus
relaciones de fuerza física,simbólica,
económica y sus luchas por la conservación
o transformación de esas relaciones de
fuerza.
Familia y orden social
La familia asume un papel
determinante en el mantenimiento del
orden social, en la reproducción del
espacio social y de las relaciones
sociales.
Es el “sujeto”principal de las estrategias
de reproducción (apellido, patrimonio,
etc)
Es una especie de sujeto colectivo, no
como mera suma de individuos, sino
La dominación masculina
El funcionamiento de la unidad doméstica
como campo encuentra su límite en las
consecuencias de la dominación masculina
que orientan la familia hacia la lógica del
cuerpo, pudiendo ser la integración una
consecuencia de la dominación.La
dominación no es mero efecto directo de la
acción ejercida por un agente investido de
poderes de coacción sino el efecto indirecto
de un conjunto complejo de acciones que se
engendran en la estructura del campo.
Familia y estado
La familia es en efecto una ficción, un
artefacto social, una ilusión en el
sentido más corriente del término, pero
una “ilusión bien fundada”porque al ser
producida y reproducida con la garantía
del Estado, recibe en cada momento
del Estado los medios para existir y
subsistir.
Unidad1.2. Los vínculos familiares
El lugar de las clasificaciones
Funciones y lugares
(Asociación psicoanalítica de
familia, pareja y grupo)
Familia, algunos antecedentes
Edad media: Genitor (el que había
gestado al niño). Pater (quien le daba el
nombre y se hacía cargo de él)
Con los cambios sociales aparece
progenitor. Esto circunscribe el
parentesco al hecho biológico
Siglo XVI en diccionarios ingleses:
Corresidencia. En diccionarios
franceses: los que tienen la misma
sangre.Siglo XIX: Corresidencia y
consanguineidad: familia nuclear
Conceptualizaciones de familia
Conjunto de vínculos estables y de
lugares y posiciones que se dan a
través de un vínculo de sangre y de un
vínculo de alianza (algún tipo de ley)
La familia es una organización grupal,
producto de múltiples relaciones, donde
existe un vinculo afectivo perdurable
que permite diseñar un proyecto
biográfico conjunto. La tarea del grupo
es la reproducción social de la vida
según funciones y roles.
Los vínculos
En toda familia deben existir lugares
diferenciados: padre, madre, hijo. Las
estructuras rígidas no posibilitan las
transformaciones
En todo vínculo trans o
intergeneracional se dan aspectos
compartidos (las tradiciones, las
costumbres) y no compartidos (las
diferencias)
En los vínculos fraternos se dan
momentos de rivalidad, unión y
alianzas producto de la diferenciación
entre ellos.
Si hay alianza, hay lazo social, hay
solidaridad. Esto quiere decir
posibilidad de amparo, sostén pero
también opiniones diferentes. Lo
fraternal resurge ante la caída de las
afiliaciones tradicionales.
Lugar y función
Lugar: es una categoría referida a un
espacio virtual, no real, que recibe su
definición desde un marco conceptual.
Es la posición que cada uno ocupa con
respecto a los otros.
Función: es una actividad. Solo puede
ser captada a partir de la estructura de
la que forma parte y no como elemento
aislado con atributos concretos que
pudieran definirse de por si.
Función materna o paterna
La denominación indica un lugar y una
función.
Se puede estar en el lugar de padre o
madre, pero la función está ausente si
no se cumple con la actividad atribuida
o al revés, puede no estar el padre y
otro cumplir con la función.
Funciones históricas asignadas a la
familia
Sexualidad, reproducción, socialización
y el cuidado de sus miembros.
Función paterna:Proteger la vida de sus
descendientes, la reproducción y la
producción. Es quien hace el corte con
la familia de origen, administra la ley y
es representante de la exogamia.
Función materna: encargada de realizar
los cuidados materiales y emocionales
del hijo, estructura la psiquis del niño
Función filial: el hijo sella la alianza e
instaura la familia, resignificando a sus
padres como pareja parental.
Endogamia: Son familias cerradas
sobre si mismas e imposibilitadas de
intercambiar con el afuera
Exogamia: Permite la alianza con otros
grupos, lleva a un mayor
enriquecimiento y complejidad y
respeto hacia el lugar del otro.
Unidad 2. Lo científico y lo técnico
operativo. (Montaño. Netto.)
Hoy no se puede demarcar claramente
el “espacio profesional”, los límites
teórico-prácticos de cada disciplina,
especialmente en el área social.
Se crean sub-campos, especialidades
al interior de cada profesión que se
legitima por la función sociopolítica y
económica y no por su especificidad.
La profesión
Las profesiones se sirven de varios
campos del conocimiento humano.
Una profesión existe en tanto puede
aportar elementos para la satisfacción
de determinadas problemáticas y solo
podrá mantenerse en la división socio-
técnica del trabajo en tanto pueda
captar e interpretar fenómenos,
estudiarlos e investigarlos y elaborar
propuestas de intervención que
contribuyan a solucionarlos.
Lógica positivista
No se puede separar profesiones
científicas de “profesiones técnicas”.
Este tipo de división del trabajo
reproduce la jerarquización positivista
que separa el saber “neutro”y la
intervención técnica e “ingenua’” en la
realidad.
En esta jerarquización el T.S. queda
subordinado a otras profesiones,
confirmando el divorcio entre
conocimiento y acción.
Ruptura con la lógica positivista
Ruptura con la clásica división
positivista del trabajo que distingue
alguna profesiones científicas y otras
técnico-operativas
El conocimiento de variados fenómenos
debe subsidiar la formulación de su
estrategia interventiva, a posteriori del
contacto con el objeto, en una
perspectiva ontológica e histórica, no
concibiendo un “método a priori”,
rutinizado para todas las prácticas.
El Trabajo Social es una profesión que
responde en el cuadro de la división
social y técnica del trabajo en la sociedad
a demandas sociales práctico-empíricas.
Esta argumentación no cancela la
producción teórica de los T.S. ni el
establecimiento formal-abstracto de
pautas orientadoras para la intervención
profesional.
La prod. Teórica se inserta en el contexto
de una teoría social pero no plasma
cualquier directriz metodológica pues esta
pertenece indiscutiblemente a la teoría.
La Practica profesional
Es necesario pensar la práctica como
praxis, es decir como práctica material
y concreta producida por sujetos
históricos que producen y reproducen
su vida material.
Es el resultado de elecciones y es
intencionalmente producida
Unidad 3. La intervención con familias
Mercedes Escalada, M. Rozas,L. Barg)
El diagnóstico social
Se caracteriza por desarrollar
ampliamente un proceso analítico y
descriptivo, ofreciendo como producto
un resultado igualmente analítico y
descriptivo en un determinado
momento histórico.
La parte indispensable del diagnóstico
es la conclusión, que es la síntesis
elaborada que permite interpretar la
realidad, construir significados y se
expresa en un juicio de valor.
Epistemología materialista
dialéctica
Este enfoque con las categorías de lo
abstracto y lo concreto nos posibilita
estudiar el fenómeno o problemática
evitando que el diagnóstico sea un
inventario cuantitativo de datos o una
desagregación cualitativa que desarma
en el análisis la complejidad del
fenómeno sin volver a articularlo.
Categorías materialista-dialécticas
para estudiar el diagnóstico
Lo abstracto
Como punto de partida se caracteriza
por destacar el carácter empobrecido
de la representación de ese algo como
totalidad incompleta, a veces
ininteligible y a veces hasta errada.
Es un camino de ida en el diagnóstico
para identificas componentes y
rectificar interpretaciones equivocadas.
El concreto de pensamiento
Significa la reconstrucción de la
totalidad por medio del trabajo de
síntesis de la inteligencia humana
consciente e intencional que permite no
solo la construcción de significados
sino también la explicación del
fenómeno.
La totalidad
La categoría de totalidad es
fundamental para entender y operar en
este enfoque.
Descomponer esa totalidad en la tarea
de identificar y describir las múltiples
determinaciones (o partes o variables)
sin avanzar en el rearmado que implica
reconocer las relaciones entre las
determinaciones, obstaculiza la
comprensión de la realidad estudiada.
Las múltiples determinaciones
Pueden asimilarse a las clásicas
categorías de variables y dimensiones
utilizadas por el método de
conocimiento científico.
Esta categoría mencionada por Marx
en el Método de la Economía
Política,es claramente el producto de la
operación analítica del conocimiento.
El Método
El método de conocimiento del
materialismo dialéctico marxista se
puede resumir en un movimiento de
descomposición y recomposición del
todo.
La categoría de movimiento o la
concepción dialéctica, es otro
elemento fundamental en la
investigación científica
El marco teórico
El papel del marco teórico es
fundamental porque es lo que posibilita
alejarse de los prejuicios.
Un marco teórico a veces se confunde
con la doctrina (política, ideológica,
religiosa). La doctrina establece cómo
el grupo humano que la sustenta quiere
que sean los fenómenos. La teoría
científica dice cómo son.
La intervención con familias
Evitar escindir el objeto de conocimiento con el de
intervención para no crear un vacío entre las
preocupaciones de orden teórico y las de orden
práctico
La comprensión de la “demanda”o el
“problema”construido a partir solo de datos
empobrece la capacidad de reflexión.
La forma de comprender la esencia de lo que sucede
en una familia es partir de la idea que la realidad no
se presenta en forma transparente, hay que
develarla.
Los instrumentos capaces de dar cuenta de eso
tienen que ser dialécticos, no rígidos, para poder
comprender la sinuosidad de lo real.
PROPUESTA TEÓRICO METODOLÓGICA
(para la intervención con familias)
1.- Demandas Práctico-empíricas.
2.- Problematización de la situación (Múltiples determinaciones)
3.- Elaboración de hipótesis para la interpretación de la crisis o el conflicto.
4.- Ordenamiento para su reflexión critica – Síntesis y conclusión diagnostica.
5.- Selección de las diferentes estrategias que alivian el sufrimiento y generan nuevas
demandas de intervención.
Los 5 ejes o momentos son interdependientes
La espiral dialéctica se alimenta en lo anterior y va ampliando su radio de acción.
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Familia un campo para el trabajo social completo

  • 1. Familia un campo para el Trabajo Social Mag.Liliana Barg Curso de posgrado Universidad del Comahue Mayo 2008
  • 2. OBJETIVOS  Analizar cuestiones históricas y aspectos legales del derecho de los niños, niñas y adolescentes y sus familias y su relación con las instituciones del estado y la sociedad civil.2.  Estudiar la estructura del campo familiar, nuevas y tradicionales formas de relación y funciones entre los miembros del grupo y modos diversos de vincularse.  Realizar un análisis crítico de la intervención profesional con familias desde lo teórico- metodológico a fin de recrear estrategias profesionales.
  • 3. Contenidos temáticos Unidad 1. La familia. Una mirada histórica. 1.1. Los conceptos de familia a través de la historia. 1.2. La infancia y los institutos de menores en la Argentina. 1.3. La Constitución Argentina. Leyes y Convenciones de Derechos Humanos. La ley 26061de Protección de derechos de niños, niñas y adolescentes. Ley 23526 de Protección de datos personales.
  • 4. Unidad 2. La familia como objeto de conocimiento 2.1. La familia como campo y como cuerpo El espíritu de familia. Concepto de familia. Espacio social y espacio simbólico. La diferencia. 2.2. Los vínculos familiares El lugar de las clasificaciones Funciones y lugares
  • 5. Unidad 3. Lo científico y lo técnico operativo 3.1. La importancia de la teoría y del trabajo de campo Ruptura con la lógica positivista de la división del trabajo. La cuestión del método.
  • 6. Unidad 4. La intervención con familias  4.1. Tensiones y crisis Los conflictos, los recursos familiares y las resoluciones. El valor del diagnóstico y el concepto de totalidad en el enfoque materialista dialéctico. 4.2. El proceso teórico metodológico en la intervención. Análisis del proceso y las estrategias de intervención. Lo interdisciplinar. Presentación de intervenciones familiares para la discusión grupal
  • 7. Bibliografía Aquin, Nora “La construcción de un nosotros” en La formación y la intervención profesional. Editorial Espacio. Buenos Aires, 2006. Barg, Liliana. La intervención con familia. Editorial Espacio, Buenos Aires . Año 2000. Los vínculos familiares. Editorial Espacio, Buenos Aires 2002. Lo interdisciplinario en salud mental. Editorial Espacio. Buenos Aires 2006. Bauman, Zygmunt. Etica Posmoderna. Editorial siglo XXI. Buenos Aires. 2004. Modernidad líquida. Fondo de cultura económica. Buenos Aires. 2005. Bourdieu, Pierre. Capital cultural, escuela y espacio social. Editorial siglo veintiuno. Buenos Aires, 2005. Razones prácticas. Editorial Anagrama, Barcelona. 1997. La miseria del mundo. Editorial Fondo de Cultura Económica, Buenos Aires. 1999.
  • 8. Clemente, Adriana. Notas sobre investigación. formación y práctica profesional en Nuevos escenarios y práctica profesional. Editorial Espacio, Buenos Aires, 2002. Escalada, Mercedes. Teoría y epistemología en la construcción de diagnósticos sociales en El diagnóstico social. Editorial Espacio, Buenos Aires, 2001. Leyes 2601, 23526, C. Nacional y Convenciones de DDHH Montaño, Carlos. La naturaleza del Servicio social. Sao Paulo, Cortez. 1998. Neto, Jose Paulo. Capitalismo monopolista y servicio social. Editorial Cortez. Brasil 1997. Rozas Pagaza, Margarita. Algunas reflexiones sobre la construcción de un proyecto ético político en Trabajo social en La formación y la intervención profesional. Editorial Espacio, Buenos Aires, 2006. Waquant, Luis. Parias urbanos. Editorial Manantial. Buenos Aires. 2001.
  • 9. Unidad 1. La familia como objeto de conocimiento. Bourdieu plantea dos momentos metodológicos que se fundan en una concepción de la realidad: Un momento objetivo: reconstrucción de la estructura de las relaciones independientes de la voluntad de los agentes Un momento subjetivo: consiste en captar las representaciones, vivenciasy actitudes de los protagonistas de esas prácticas
  • 10. MARCO LEGAL Constitución Argentina. Pactos y Convenciones de derechos humanos Leyes nacionales y provinciales: De niños, niñas y adolescentes De protección de datos personales
  • 11. LEY PROVINCIAL 2302 PCIA DE NEUQUEN ES DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑEZ CONTIENE EL CAPITULO DE JUSTICIA PENAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA JUEZ TÉCNICO Y LIMITADO POR GARANTIAS LO ASISTENCIAL SEPARADO DE LO TUTELAR DERECHOS AMENAZADOS O VIOLADOS , INSTITUCIONES EN SITUACIÒN IRREGULAR
  • 12. LEY NACIONAL26061 ASPECTOS A RESALTAR Transcribe la CIDN, es de aplicación inmediata. Es de carácter operativo. Desarrolla el paradigma del interés superior Tiene enfoque de género Implica detección de amenaza o violación en el ejercicio o disfrute de los derechos y las responsabilidades de funcionarios públicos , privados y de las OSCs
  • 13. LEY NACIONAL 26061 LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS,NIÑOS Y ADOLESCENTES
  • 14. LEY NACIONAL 26061 LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS,NIÑOS Y ADOLESCENTES • Como primeras consideraciones se deben observar las Disposiciones Generales establecidas en la ley referida en su Título I y los principios y garantías establecidos en el Título II, como así también su título III que determina la conformación de un Sistema Integral de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. El Título IV está referido a los órganos administrativos de protección de derechos.
  • 15. Disposiciones Generales del Título I • Artículo 2 APLICACIÓN OBLIGATORIA. La Convención sobre los Derechos del Niño es de aplicación obligatoria en las condiciones de su vigencia, en todo acto, decisión o medida administrativa, judicial o de cualquier naturaleza que se adopte respecto de las personas hasta los ieciocho años de edad. Las niñas, niños o adolescentes tienen derecho a ser oídos y atendidos cualquiera sea la forma en que se manifiesten, en todos los ámbitos. • Los derechos y las garantías de los sujetos de esta ley son de orden público, irrenunciables, interdependientes, indivisibles e intransigibles.
  • 16. Artículo 3 INTERÉS SUPERIOR. • A los efectos de la presente ley se entiende por interés superior de la niña, niño y adolescente la máxima satisfacción, integral y simultánea de los derechos y garantías reconocidos en esta ley. • Debiéndose respetar: • a) Su condición de sujeto de derecho; • b) El derecho de las niñas, niños y adolescentes a ser oídos y que su opinión sea tenida en cuenta; • c) El respeto al pleno desarrollo personal de sus derechos en su medio familiar, social y cultural; • d) Su edad, grado de madurez, capacidad de discernimiento y demás condiciones personales; • e) El equilibrio entre los derechos y garantías de las niñas, niños y adolescentes y las exigencias del bien común; • f) Su centro de vida. Se entiende por centro de vida el lugar donde las niñas, niños y adolescentes hubiesen transcurrido en condiciones legítimas la mayor parte de su existencia. • Este principio rige en materia de patria potestad, pautas a las que se ajustarán el ejercicio de la misma, filiación, restitución del niño, la niña o el adolescente, adopción, emancipación y toda circunstancia vinculada a las anteriores cualquiera sea el ámbito donde deba desempeñarse. • Cuando exista conflicto entre los derechos e intereses de las niñas, niños y adolescentes frente a otros derechos e intereses igualmente legítimos, prevalecerán los primeros
  • 17. Art. 5 Responsabilidad Gubernamental • Los organismos del estado tienen la responsabilidad indelegable de establecer, controlar y garantizar el cumplimiento de las políticas públicas con carácter federal. • Toda acción u omisión que se oponga a este principio constituye un acto contrario a los derechos fundamentales de las niñas, niños y adolescentes.
  • 18. Artículo 7. RESPONSABILIDAD FAMILIAR • La familia es responsable en forma prioritaria de asegurar a las niñas, niños y adolescentes el disfrute pleno y el efectivo ejercicio de sus derechos y garantías.
  • 19. Principios y Garantías del Título II Artículo 9 DERECHO A LA DIGNIDAD Y A LA INTEGRIDAD PERSONAL. • . Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la dignidad como sujetos de derechos y de personas en desarrollo; a no ser sometidos a trato violento, discriminatorio, vejatorio, humillante, intimidatorio; a no ser sometidos a ninguna forma de explotación económica, torturas, abusos o negligencias, explotación sexual, secuestros o tráfico para cualquier fin o en cualquier forma o condición cruel o degradante. • Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a su integridad física, sexual, psíquica y moral. • La persona que tome conocimiento de malos tratos, o de situaciones que atenten contra la integridad psíquica, física, sexual o moral de un niño, niña o adolescente, o cualquier otra violación a sus derechos, debe comunicar a la autoridad local de aplicación de la presente ley. • Los Organismos del Estado deben garantizar programas gratuitos de asistencia y atención integral que promuevan la recuperación de todas las niñas, niños y adolescentes.
  • 20. Artículo 14 DERECHO A LA SALUD. • Los Organismos del Estado deben garantizar: • a) El acceso a servicios de salud, respetando las pautas familiares y culturales reconocidas por la familia y la comunidad a la que pertenecen siempre que no constituyan peligro para su vida e integridad; • b) Programas de asistencia integral, rehabilitación e integración; • c) Programas de atención, orientación y asistencia dirigidos a su familia; • d) Campañas permanentes de difusión y promoción de sus derechos dirigidas a la comunidad a través de los medios de comunicación social.  e)Toda institución de salud deberá atender prioritariamente a las niñas, niños y adolescentes y mujeres embarazadas.  f) Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la atención integral de su salud, a recibir la asistencia médica necesaria y a acceder en igualdad de oportunidades a los servicios y acciones de prevención, promoción, información, protección, diagnóstico precoz, tratamiento oportuno y recuperación de la salud.
  • 21. Artículo 15 DERECHO A LA EDUCACIÓN • Las niñas,niños y adolescentes tienen derecho a la educación pública y gratuita, atendiendo a su desarrollo integral. En el caso de carecer de documentación que se acredite su identidad, se los deberá inscribir provisoriamente, debiendo los organismos del estado arbitrar los medios destinados a la entrega urgente de este documento. • Los niños con capacidades especiales tienen todos los derechos y garantías consagrados y reconocidos por esta ley, además de los inherentes a su condición específica.
  • 22. ARTICULO 24.- DERECHO A OPINAR Y A SER OÍDO. • Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a: • a) Participar y expresar libremente su opinión en los asuntos que les conciernan y en aquellos que tengan interés; • b) Que sus opiniones sean tenidas en cuenta conforme a su madurez y desarrollo. • Este derecho se extiende a todos los ámbitos en que se desenvuelven las niñas, niños y adolescentes; entre ellos, al ámbito estatal, familiar, comunitario, social, escolar, científico, cultural, deportivo y recreativo.
  • 23. ARTICULO 27.- GARANTÍAS MÍNIMAS DE PROCEDIMIENTO. GARANTÍAS EN LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ADMINISTRATIVOS • Los Organismos del Estado deberán garantizar a las niñas, niños y adolescentes en cualquier procedimiento judicial o administrativo que los afecte, además de todos aquellos derechos contemplados en la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño, en los tratados internacionales ratificados por la Nación Argentina y en las leyes que en su consecuencia se dicten, los siguientes derechos y garantías: • a) A ser oído ante la autoridad competente cada vez que así lo solicite la niña, niño o adolescente; • b) A que su opinión sea tomada primordialmente en cuenta al momento de arribar a una decisión que lo afecte; • c) A ser asistido por un letrado preferentemente especializado en niñez y adolescencia desde el inicio del procedimiento judicial o administrativo que lo incluya. En caso de carecer de recursos económicos el Estado deberá asignarle de oficio un letrado que lo patrocine; • d) A participar activamente en todo el procedimiento; • e) A recurrir ante el superior frente a cualquier decisión que lo afecte
  • 24. ARTICULO 27.- GARANTÍAS MÍNIMAS DE PROCEDIMIENTO. GARANTÍAS EN LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ADMINISTRATIVOS • Los Organismos del Estado deberán garantizar a las niñas, niños y adolescentes en cualquier procedimiento judicial o administrativo que los afecte, además de todos aquellos derechos contemplados en la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño, en los tratados internacionales ratificados por la Nación Argentina y en las leyes que en su consecuencia se dicten, los siguientes derechos y garantías: • a) A ser oído ante la autoridad competente cada vez que así lo solicite la niña, niño o adolescente; • b) A que su opinión sea tomada primordialmente en cuenta al momento de arribar a una decisión que lo afecte; • c) A ser asistido por un letrado preferentemente especializado en niñez y adolescencia desde el inicio del procedimiento judicial o administrativo que lo incluya. En caso de carecer de recursos económicos el Estado deberá asignarle de oficio un letrado que lo patrocine; • d) A participar activamente en todo el procedimiento; • e) A recurrir ante el superior frente a cualquier decisión que lo afecte
  • 25. Sistema de protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Título III • Para el logro de sus objetivos, el Sistema de Protección Integral de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes debe contar con los siguientes medios: • a) Políticas, planes y programas de protección de derechos; • b) Organismos administrativos y judiciales de protección de derechos; • c) Recursos económicos; • d) Procedimientos; • e) Medidas de protección de derechos; • f) Medidas de protección excepcional de derechos.
  • 26. Art. 33 medidas de protección integral de derechos • Son aquellas emanadas del órgano administrativo competente local ante amenaza o violación de los derechos o garantías de niños, niñas o adolescentes con el objeto de preservarlos, restituirlos o reparar sus consecuencias. • La falta de recursos materiales de los padres, familia o representantes legales no autoriza la separación de su familia nuclear, ampliada o con quienes mantenga lazos afectivos, ni su institucionalización.
  • 27. Art. 39 Medidas Excepcionales • Son aquellas que se adoptan cuando las niñas, niños y adolescentes estuvieran temporal o permanentemente privados de su medio familiar o cuyo superior interés exija que no permanezcan en ese medio.
  • 28. Art. 40. Procedencia de las medidas excepcionales • Solo serán procedentes cuando se hayan cumplido las medidas dispuestas en el artículo 33. • Declarada procedente esta excepción será la autoridad local de aplicación quien decida y establezca el procedimient6o a seguir, acto que deberá estar jurídicamente fundado, debiendo notificar fehacientemente dentro del plazo de 24 hs la medida a la autoridad judicial competente en materia de familia de cada jurisdicción. La autoridad competente de cada jurisdicción dentro del plazo de 72 hs de notificado, deberá resolver la legalidad de la medida
  • 29. Art. 40 • La autoridad competente de cada jurisdicción dentro del plazo de 72 hs de notificado, deberá resolver la legalidad de la medida. Resuelta ésta, la autoridad judicial competente deberá derivar el caso a la autoridad local competente de aplicación para que ésta implemente las medidas pertinentes. • La permanencia será temporal en ámbitos familiares alternativos, por período no mayor a tres meses y con evaluación permanente. • En ningún caso las medidas excepcionales pueden consistir en privación de la libertad.
  • 30. TITULO IV ORGANOS ADMINISTRATIVOS DE PROTECCION DE DERECHOS • ARTICULO 42. Sistema de protección integral. Niveles • Nacional • Federal • Provincial • Contempla la figura del defensor de las niñas, niños y adolescentes
  • 31. ORGANOS ADMINISTRATIVOS • Capítulo I: secretaria Nacional de niñez, adolescencia y familia • Capítulo II: Consejo de ni4ez, adolescencia y familia • Capítulo III: Defensor de derechos de Niños, niñas y adolescentes • Cáoítlo IV: De las organizaciones no gubernamentales • Capítulo V: Financiamiento
  • 32. CIRCUITOS RECONOCER-PROMOVER-EJERCER Y PROTEGER DERECHOS. • Identificar acciones u omisiones del Estado, la comunidad y la familia • Mirar cumplimiento de derechos y dejar de “controlar personas” • Si bien todo derecho implica una obligación, en el tema de la infancia lo que se ha vulnerado históricamente es el cumplimiento efectivo de los derechos. • Asesorar, informar, orientar respecto al derecho a tener derechos • Escuchar a los niños, niñas y adolescentes.
  • 33. ORGANO ADMINISTRATIVO PROVINCIAL: Servicios territoriales o regionales protectores del derecho Se trata de la creación del equipo integrado por profesionales de distintas disciplinas que puedan contener la demanda (espontánea y en una primera instancia derivada de juzgados). Los servicios se ubicaran en la sede de los juzgados de familia en una primera instancia para poder derivar correctamente, hasta tanto se logre un cambio cultural en los actores sociales afectados. La dirección de Niñez y adolescencia tendrá la responsabilidad de articular con todos los actores del sistema de protección de los derechos, los recursos existentes en cada región y municipio. El Órgano Administrador tiene un nivel central responsable, donde debe forzar, acompañar, articular y fortalecer el seguimiento de los dispositivos territoriales, definir estrategias, capacitar de manera permanente y garantizar los plazos del “debido proceso” de cada uno de los efectores territoriales.
  • 34. Contenidos temáticos Unidad 1. La familia. Una mirada histórica. 1.1. Los conceptos de familia a través de la historia. 1.2. La infancia y los institutos de menores en la Argentina. 1.3. La Constitución Argentina. Leyes y Convenciones de Derechos Humanos. La ley 26061de Protección de derechos de niños, niñas y adolescentes. Ley 23526 de Protección de datos personales.
  • 35. Definición de campo Toda formación social se estructura mediante una serie de campos, organizados jerárquicamente, cada uno de los cuales están definidos como un espacio estructurado con sus propias leyes de funcionamiento y sus propias relaciones de fuerza, independiente de los campos económico y político.
  • 36. Propiedades de los campos Cada campo es relativamente autónomo y los agentes ocupan diferentes posiciones compitiendo por el control de los intereses o recursos específicos del campo en cuestión. La relaciones se dan entre posiciones de los agentes.(Dif con Weber que habla de interacciones)
  • 37. Campo del poder El campo del poder es siempre y fundamentalmente simbólico. Es el espacio de las relaciones de fuerza entre los diferentes tipos de capital cuando se amenaza el equilibrio alcanzado.
  • 38. ESPACIO SOCIAL En un análisis de este espacio se trata de tomar lo invariante, lo esencial, la estructura en cada una de las variantes observadas, que no se encuentra al primer vistazo. Hay que tener en cuenta el tiempo, la posición del sujeto y y el estado de la oferta de bienes y prácticas posibles.
  • 39. Espacio social Relación entre las posiciones sociales (concepto relacional) Las disposiciones (los habitus) Las tomas de posición (elecciones que realizan los agentes sociales en la práctica)
  • 40. Principios de diferenciación del espacio social: - el capital económico - el capital cultural Habitus: Es el producto de condicionamientos sociales asociados a la condición correspondiente. A cada posición, determinados bienes.Lejos de ser repetitivo, el habitus es generador. Es perdurable pero no inmutable.Se diferencian y son diferenciantes
  • 41. LA DISTINCIÓN Es una cierta cualidad considerada como natural que marca diferencia, separación, el rasgo distintivo. La propiedad relacional no existe sino en y por la relación con otras propiedades: vecindad, alejamiento, debajo, encima, entre, próximo.
  • 42. Espacio simbólico Las diferencias asociadas a las diferentes posiciones constituyen un verdadero lenguaje, como signos distintivos. El espacio simbólico tiene mecanismos de reproducción, sin ignorar las contradicciones y los conflictos que pueden estar en el principio de su transformación.El capital simbólico (físico, económico, social, cultural)solo existe en la medida que un conjunto se hace una representación basada en creencias apropiadas para valorarlo.
  • 43. El espiritu de familia. Definiciones dominantes : la familia es un conjunto de individuos emparentados por alianza, matrimonio, filiación, adopción y que viven bajo el mismo techo. Esta es una experiencia minoritaria en relación con las parejas de hecho, las monoparentales, casadas que viven separadas etc.
  • 44. Representaciones sobre la familia 1. La familia es una realidad trascendente a sus miembros con una visión particular del mundo. 2. Existe como universo social separado, secreto, sagrado, cerrado sobre su intimidad. 3. La morada, la casa como lugar estable, que permanece, asociada a la casa, indefinidamente transmisible.
  • 45. La Familia es un “nomos” que tenemos todos en mente porque nos ha sido inculcado a través de una labor de socialización llevada a cabo en un universo que estaba organizado según la división en familias. Son ficciones sociales, construcciones sociales que existen realmente en tanto que están reconocidas colectivamente.
  • 46. Familia, categoría social objetiva y subjetiva La familia como categoría social objetiva (estructura estructurante) es el fundamento de la familia como categoría social subjetiva (estructura estructurada) Nada parece más natural que la familia:esta construcción social arbitraria, parece situarse del lado de lo natural y de lo universal.
  • 47. La familia como modelo La categoría de lo familiar funciona en los habitus como esquema clasificatorio y principio de construcción del mundo social y de la familia como cuerpo social particular. La familia es fruto de una labor de “institución” encaminados a constituir la familia como entidad unida, estable, indiferente a las fluctuaciones de los sentimientos individuales.
  • 48. El espíritu de familia Para que la familia se convierta en un grupo real, unidos por intensos lazos afectivos debe darse un “espíritu de familia” generador de dedicaciones , de generosidades, solidaridades, que en general incumbe especialmente a las mujeres.
  • 49. La familia como cuerpo Para que la familia funcione como cuerpo, es necesaria una labor de integración, de cohesión, de adhesión vital a la existencia de un grupo y a sus intereses. De otro modo funciona como campo con sus relaciones de fuerza física,simbólica, económica y sus luchas por la conservación o transformación de esas relaciones de fuerza.
  • 50. Familia y orden social La familia asume un papel determinante en el mantenimiento del orden social, en la reproducción del espacio social y de las relaciones sociales. Es el “sujeto”principal de las estrategias de reproducción (apellido, patrimonio, etc) Es una especie de sujeto colectivo, no como mera suma de individuos, sino
  • 51. La dominación masculina El funcionamiento de la unidad doméstica como campo encuentra su límite en las consecuencias de la dominación masculina que orientan la familia hacia la lógica del cuerpo, pudiendo ser la integración una consecuencia de la dominación.La dominación no es mero efecto directo de la acción ejercida por un agente investido de poderes de coacción sino el efecto indirecto de un conjunto complejo de acciones que se engendran en la estructura del campo.
  • 52. Familia y estado La familia es en efecto una ficción, un artefacto social, una ilusión en el sentido más corriente del término, pero una “ilusión bien fundada”porque al ser producida y reproducida con la garantía del Estado, recibe en cada momento del Estado los medios para existir y subsistir.
  • 53. Unidad1.2. Los vínculos familiares El lugar de las clasificaciones Funciones y lugares (Asociación psicoanalítica de familia, pareja y grupo)
  • 54. Familia, algunos antecedentes Edad media: Genitor (el que había gestado al niño). Pater (quien le daba el nombre y se hacía cargo de él) Con los cambios sociales aparece progenitor. Esto circunscribe el parentesco al hecho biológico Siglo XVI en diccionarios ingleses: Corresidencia. En diccionarios franceses: los que tienen la misma sangre.Siglo XIX: Corresidencia y consanguineidad: familia nuclear
  • 55. Conceptualizaciones de familia Conjunto de vínculos estables y de lugares y posiciones que se dan a través de un vínculo de sangre y de un vínculo de alianza (algún tipo de ley) La familia es una organización grupal, producto de múltiples relaciones, donde existe un vinculo afectivo perdurable que permite diseñar un proyecto biográfico conjunto. La tarea del grupo es la reproducción social de la vida según funciones y roles.
  • 56. Los vínculos En toda familia deben existir lugares diferenciados: padre, madre, hijo. Las estructuras rígidas no posibilitan las transformaciones En todo vínculo trans o intergeneracional se dan aspectos compartidos (las tradiciones, las costumbres) y no compartidos (las diferencias)
  • 57. En los vínculos fraternos se dan momentos de rivalidad, unión y alianzas producto de la diferenciación entre ellos. Si hay alianza, hay lazo social, hay solidaridad. Esto quiere decir posibilidad de amparo, sostén pero también opiniones diferentes. Lo fraternal resurge ante la caída de las afiliaciones tradicionales.
  • 58. Lugar y función Lugar: es una categoría referida a un espacio virtual, no real, que recibe su definición desde un marco conceptual. Es la posición que cada uno ocupa con respecto a los otros. Función: es una actividad. Solo puede ser captada a partir de la estructura de la que forma parte y no como elemento aislado con atributos concretos que pudieran definirse de por si.
  • 59. Función materna o paterna La denominación indica un lugar y una función. Se puede estar en el lugar de padre o madre, pero la función está ausente si no se cumple con la actividad atribuida o al revés, puede no estar el padre y otro cumplir con la función.
  • 60. Funciones históricas asignadas a la familia Sexualidad, reproducción, socialización y el cuidado de sus miembros. Función paterna:Proteger la vida de sus descendientes, la reproducción y la producción. Es quien hace el corte con la familia de origen, administra la ley y es representante de la exogamia. Función materna: encargada de realizar los cuidados materiales y emocionales del hijo, estructura la psiquis del niño
  • 61. Función filial: el hijo sella la alianza e instaura la familia, resignificando a sus padres como pareja parental. Endogamia: Son familias cerradas sobre si mismas e imposibilitadas de intercambiar con el afuera Exogamia: Permite la alianza con otros grupos, lleva a un mayor enriquecimiento y complejidad y respeto hacia el lugar del otro.
  • 62. Unidad 2. Lo científico y lo técnico operativo. (Montaño. Netto.) Hoy no se puede demarcar claramente el “espacio profesional”, los límites teórico-prácticos de cada disciplina, especialmente en el área social. Se crean sub-campos, especialidades al interior de cada profesión que se legitima por la función sociopolítica y económica y no por su especificidad.
  • 63. La profesión Las profesiones se sirven de varios campos del conocimiento humano. Una profesión existe en tanto puede aportar elementos para la satisfacción de determinadas problemáticas y solo podrá mantenerse en la división socio- técnica del trabajo en tanto pueda captar e interpretar fenómenos, estudiarlos e investigarlos y elaborar propuestas de intervención que contribuyan a solucionarlos.
  • 64. Lógica positivista No se puede separar profesiones científicas de “profesiones técnicas”. Este tipo de división del trabajo reproduce la jerarquización positivista que separa el saber “neutro”y la intervención técnica e “ingenua’” en la realidad. En esta jerarquización el T.S. queda subordinado a otras profesiones, confirmando el divorcio entre conocimiento y acción.
  • 65. Ruptura con la lógica positivista Ruptura con la clásica división positivista del trabajo que distingue alguna profesiones científicas y otras técnico-operativas El conocimiento de variados fenómenos debe subsidiar la formulación de su estrategia interventiva, a posteriori del contacto con el objeto, en una perspectiva ontológica e histórica, no concibiendo un “método a priori”, rutinizado para todas las prácticas.
  • 66. El Trabajo Social es una profesión que responde en el cuadro de la división social y técnica del trabajo en la sociedad a demandas sociales práctico-empíricas. Esta argumentación no cancela la producción teórica de los T.S. ni el establecimiento formal-abstracto de pautas orientadoras para la intervención profesional. La prod. Teórica se inserta en el contexto de una teoría social pero no plasma cualquier directriz metodológica pues esta pertenece indiscutiblemente a la teoría.
  • 67. La Practica profesional Es necesario pensar la práctica como praxis, es decir como práctica material y concreta producida por sujetos históricos que producen y reproducen su vida material. Es el resultado de elecciones y es intencionalmente producida
  • 68. Unidad 3. La intervención con familias Mercedes Escalada, M. Rozas,L. Barg)
  • 69. El diagnóstico social Se caracteriza por desarrollar ampliamente un proceso analítico y descriptivo, ofreciendo como producto un resultado igualmente analítico y descriptivo en un determinado momento histórico. La parte indispensable del diagnóstico es la conclusión, que es la síntesis elaborada que permite interpretar la realidad, construir significados y se expresa en un juicio de valor.
  • 70. Epistemología materialista dialéctica Este enfoque con las categorías de lo abstracto y lo concreto nos posibilita estudiar el fenómeno o problemática evitando que el diagnóstico sea un inventario cuantitativo de datos o una desagregación cualitativa que desarma en el análisis la complejidad del fenómeno sin volver a articularlo.
  • 71. Categorías materialista-dialécticas para estudiar el diagnóstico Lo abstracto Como punto de partida se caracteriza por destacar el carácter empobrecido de la representación de ese algo como totalidad incompleta, a veces ininteligible y a veces hasta errada. Es un camino de ida en el diagnóstico para identificas componentes y rectificar interpretaciones equivocadas.
  • 72. El concreto de pensamiento Significa la reconstrucción de la totalidad por medio del trabajo de síntesis de la inteligencia humana consciente e intencional que permite no solo la construcción de significados sino también la explicación del fenómeno.
  • 73. La totalidad La categoría de totalidad es fundamental para entender y operar en este enfoque. Descomponer esa totalidad en la tarea de identificar y describir las múltiples determinaciones (o partes o variables) sin avanzar en el rearmado que implica reconocer las relaciones entre las determinaciones, obstaculiza la comprensión de la realidad estudiada.
  • 74. Las múltiples determinaciones Pueden asimilarse a las clásicas categorías de variables y dimensiones utilizadas por el método de conocimiento científico. Esta categoría mencionada por Marx en el Método de la Economía Política,es claramente el producto de la operación analítica del conocimiento.
  • 75. El Método El método de conocimiento del materialismo dialéctico marxista se puede resumir en un movimiento de descomposición y recomposición del todo. La categoría de movimiento o la concepción dialéctica, es otro elemento fundamental en la investigación científica
  • 76. El marco teórico El papel del marco teórico es fundamental porque es lo que posibilita alejarse de los prejuicios. Un marco teórico a veces se confunde con la doctrina (política, ideológica, religiosa). La doctrina establece cómo el grupo humano que la sustenta quiere que sean los fenómenos. La teoría científica dice cómo son.
  • 77. La intervención con familias Evitar escindir el objeto de conocimiento con el de intervención para no crear un vacío entre las preocupaciones de orden teórico y las de orden práctico La comprensión de la “demanda”o el “problema”construido a partir solo de datos empobrece la capacidad de reflexión. La forma de comprender la esencia de lo que sucede en una familia es partir de la idea que la realidad no se presenta en forma transparente, hay que develarla. Los instrumentos capaces de dar cuenta de eso tienen que ser dialécticos, no rígidos, para poder comprender la sinuosidad de lo real.
  • 78. PROPUESTA TEÓRICO METODOLÓGICA (para la intervención con familias) 1.- Demandas Práctico-empíricas. 2.- Problematización de la situación (Múltiples determinaciones) 3.- Elaboración de hipótesis para la interpretación de la crisis o el conflicto. 4.- Ordenamiento para su reflexión critica – Síntesis y conclusión diagnostica. 5.- Selección de las diferentes estrategias que alivian el sufrimiento y generan nuevas demandas de intervención. Los 5 ejes o momentos son interdependientes La espiral dialéctica se alimenta en lo anterior y va ampliando su radio de acción. 12345