2. Se conoce como software al equipamiento lógico o soporte lógico de una computadora digital; comprende el conjunto de los componentes lógicos necesarios que hacen posible la realización de tareas específicas, en contraposición a los componentes físicos, que son llamados hardware. QUE ES EL SOFTWARE
3. En la Argentina el software encuentra protección específica y propia en el Derecho de autor. Cuadra aclarar que la adopción de éste régimen legal, no importa decir que no existan otras medidas de tutela jurídica a las que se pueda acudir en nuestro ordenamiento. EL SOFTWARE EN ARGENTINA
4. Si bien es cierto que la piratería peruana de software aún es elevada, es cierto también que en los últimos años ha disminuido significativamente. Gustavo León considera que esto se debería a que en la actualidad el Perú ya cuenta con una legislación acorde con los tratados internacionales y con las exigencias mínimas que se requieren en el extranjero para proteger cualquier propiedad intelectual. Programa de ordenador (software): Expresión de un conjunto de instrucciones mediante palabras, códigos, planes o en cualquier otra forma que, al ser incorporadas en un dispositivo de lectura automatizada, es capaz de hacer que un computador ejecute una tarea u obtenga un resultado. La protección del programa de ordenador comprende también la documentación técnica y los manuales de uso.” (Decreto Legislativo Nº 822) EL SOFTWARE EN PERU
5. Tal como se señalara precedentemente, la singularidad del bien jurídico a proteger provocó que la doctrina y el derecho comparado señalaran una multiplicidad de posibles medios de tutela. Sin intentar un análisis exhaustivo de las modalidades de protección propuestas, mencionaremos los sistemas mayormente propugnados, puntualizando los beneficios que cada de ellos uno ofrece y las diversas críticas u objeciones que se han formulado a su respecto. DISTINTOS MEDIOS DE PROTECCION DEL SOFTWARE