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El Servicio Público
Existen al menos dos
conceptos acerca de lo
que se entiende por
servicio público: uno
orgánico y otro
funcional.
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El concepto orgánico atiende para definir el
servicio público, a los órganos que integran la
Administración del Estado y la actividad que
ellos realizan, cualquiera que ella sea.
Esto es, en tanto se trate de un órgano inserto en
la organización de la administración estatal, se
entenderá que constituye un servicio público.
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El concepto funcional, en cambio, atiende
para definir el servicio público, a que la actividad
sea pública, sea que se cumpla por un órgano de
la administración del Estado, o la autoridad
simplemente tome la iniciativa en orden a
realizar la actividad, aún cuando ella sea
cumplida por un particular, reservándose sólo el
control de su ejercicio.
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En este caso, será servicio público
una actividad que persigue un fin de
interés general, ya sea realizado por
un órgano del Estado o por un
particular. De esta forma se explican
los casos en que el Estado crea o
participa en empresas, pero sin un fin
de lucro, sino más bien, con el
objetivo de brindar prestaciones al
público, por ejemplo: ferrocarriles,
transportes en general, etc.
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FINALIDAD DEL SERVICIO PÚBLICO
El fin del servicio público es satisfacer las
necesidades públicas. Por lo tanto, resulta
necesario definir el alcance de las necesidades
públicas.
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Debe señalarse que no son lo mismo que
necesidades colectivas, estas últimas
simplemente constituyen la suma de
necesidades individuales.
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La distinción puede apreciarse, en que algunas
necesidades colectivas son atendidas por los
particulares: alimentación, servicios médicos,
etc.
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Pero existen necesidades colectivas de interés
general que sólo cumple la Administración con
exclusión de los particulares, por ejemplo,
defensa de la nación, justicia, etc.
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Finalmente, hay necesidades a cuya satisfacción
concurren tanto los servicios de la
Administración como los particulares, por
ejemplo, el transporte público.
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La existencia de una necesidad, elevada al
carácter de pública, y atendida como función
obligatoria para el Estado, constituye sin duda,
el elemento fundamental del servicio público.
Por ejemplo, la preservación de la salud de la
población constituye una necesidad pública. De
allí que se ha creado un sistema de salud
pública, independientemente del rol que en este
campo puede caber a los particulares.
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Principios del Servicio Público
Generalidad: todos
los habitantes tienen
derecho a usar los
servicios públicos de
acuerdo a las normas
que los rigen; es decir,
de acuerdo con su
forma, condiciones y
limitaciones.
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Uniformidad o
igualdad: todos los
habitantes tienen derecho
a prestaciones en
igualdad de condiciones,
si cumplen con los
requisitos determinados
por la ley.
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Continuidad: el servicio no
debe interrumpirse. El artículo
123 constitucional en su
apartado A, fracción XVIII exige
que en los servicios públicos
será obligatorio para los
trabajadores dar aviso con diez
días de anticipación a la Junta
de Conciliación y Arbitraje de la
fecha señalada para la
suspensión de labores.
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Regularidad: el servicio
se realiza de acuerdo a las
condiciones establecidas
por la Ley, es
decir, medir, ajustar o
computar el servicio por
comparación o reducción.
El servicio debe manejarse
conforme a reglas.
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Persistencia: que comprenda nuevas
necesidades colectivas, es decir; que el servicio
público debe existir en tanto subsistan las
necesidades públicas para cuya satisfacción fue
creado.
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La gratuidad del servicio: debe ofrecerse al
público sin la idea de lucro. Algunos servicios
públicos y los de tipo industrial y comercial
requieren de un régimen financiero adecuado.
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Elementos del Servicio Público
Función pública: una función considerada
obligatoria para el Estado en un determinado
momento: esta función está constituida por la
satisfacción de una necesidad pública.
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Funcionarios: un cierto número de agentes
jerarquizados que cumplen la función: se refiere
a ciertos individuos que realizan la función
pública, y que se encuentran dentro de una
organización piramidal de funcionarios
vinculados por jerarquía, entre quienes adoptan
las decisiones y quienes las ejecutan
concretamente.
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Recursos: una cierta cantidad de recursos
afectos al cumplimiento de la función: son los
bienes materiales afectos al cumplimiento de la
función pública por parte de un servicio.
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Régimen jurídico especial: se trata de un
conjunto de disposiciones legales y
reglamentarias mediante las cuales se definen la
satisfacción de una necesidad pública, el órgano
encargado de ello y la forma o procedimiento
conforme al cual realizará su función.
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Clasificación del Servicio Público
Para clasificar los servicios públicos debe
distinguirse entre el concepto funcional y el
orgánico.
Funcional: es desarrollado tanto por órganos
públicos como por particulares. Esto es, hay
necesidades públicas que el Estado asume, pero
adoptando dos formas distintas: directa o
indirecta.
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Directa: la actividad de
servicio público es
realizada por el Estado a
través de un órgano
público que él crea, por
ejemplo; el Servicio Postal
Mexicano.
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Indirecta: el Estado entrega el desarrollo de la
actividad a un particular, sujetándolo al
cumplimiento de ciertas condiciones que él
mismo impone, en general mediante el
mecanismo de las concesiones, por ejemplo;
concesión de servicios de obras
sanitarias, concesión de servicios de
telecomunicaciones.
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Servicios públicos de
administración activa:
aquellos que han sido creados
para proporcionar un
determinado servicio a la
comunidad. Por
ejemplo, Servicios de Salud
Pública, Empresa de
Ferrocarriles del Estado.
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Servicios públicos de administración
jurisdiccional: aquellos órganos que tienen
competencia especial para conocer de conflictos
producidos entre los órganos de la
Administración del Estado y particulares en
determinadas materias. Por ejemplo:
aduaneras, de avalúos.
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Ejemplos de Servicios Públicos
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Empresas de transporte (autobuses, trenes)
Servicios de agua y alcantarillados
Servicios sanitarios
Servicios de educación
Empresas postales
Empresas de telefonía (Comunicación)
Compañías de gas y/o electricidad (Energéticas)
Empresas constructoras(Comunica marítima /
terrestre: puertos, rutas, carreteras, entre otros)
• Servicios bancarios (Ahorro de dinero).