2. ZONA RESTRINGIDA Dos visiones Iniciativa de ley: De los Senadores Javier Castelo Parada, Ericel Gómez Nucamendi, Jaime Rafael Díaz Ochoa, María Serrano Serrano, Alejandro González Alcocer, Ramón Galindo Noriega, Juan Bueno Torio, y Eloy Cantú Segovia, la que contiene proyecto de decreto por el que se reforma la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
3. ZONA RESTRINGIDA Sinopsis:Propone eliminar la zona restringida y posibilitar a los extranjeros y a las sociedades extranjeras, a adquirir el dominio directo sobre las tierras y aguas, sin más restricción que la señalada en la legislación que resulte aplicable y de conformidad con los términos de los respectivos contratos. Lo anterior, afirman los autores, para lograr un mejor aprovechamiento del sector turístico, considerando que la situación actual dista mucho del contexto en el cual nació la restricción constitucional en cuestión, que hoy representa únicamente un obstáculo para la inversión extranjera generadora de empleos en el sector turístico.
4. ZONA RESTRINGIDA Antecedentes legislativos: Más grande país hispanoamericano, pero con aislamiento internacional, problemas fronterizos, separatismo de regiones y deterioro de caminos, eventos que propiciaron la colonización del estado de Texas.
5. ZONA RESTRINGIDA Ley de Colonización, promulgada el 18 de agosto de 1824: “No podrán colonizarse los territorios comprendidos entre veinte leguas limítrofes con cualquier nación extranjera, y diez litorales, sin previa aprobación del Supremo Poder Ejecutivo General.”
6. ZONA RESTRINGIDA Ley de 11 de marzo de 1842: Prohibió a los extranjeros la adquisición de propiedades en las fronteras, salvo licencia expresa del Supremo Gobierno y reglamentó la adquisición en los litorales, prohibiendo en todo caso la adquisición de aquellas tierras que estuvieran comprendidas dentro de cinco leguas a partir de la costa.
7. ZONA RESTRINGIDA Justificación de la zona restringida: necesidad de proteger la soberanía y territorio nacionales ante la posibilidad de que se actualizara un nuevo evento de colonización por parte de extranjeros en zonas limítrofes con otras naciones La prohibición ya no tiene valor práctico real.
8. ZONA RESTRINGIDA A través del fideicomiso, el inversionista extranjero en su calidad de fideicomisario, tiene los mismos derechos subjetivos que un propietario, es decir usar, percibir los frutos y productos del bien inmueble, así como enajenarlo para cualquier fin, excluyendo aquellos por causa de muerte.
9. ZONA RESTRINGIDA Iniciativa de ley: I. Cualquier persona tiene derecho para adquirir el de las tierras, aguas y sus accesiones o para obtener concesiones de explotación de minas o aguas, en los términos de la legislación secundaria aplicable. El Estado, de acuerdo con los intereses públicos internos y los principios de reciprocidad, podrá, a juicio de la Secretaría de Relaciones Exteriores, conceder autorización a los Estados extranjeros para que adquieran la propiedad privada de bienes inmuebles necesarios para el servicio directo de sus embajadas o legaciones.
10. ZONA RESTRINGIDA Por otra parte, resulta pertinente abordar la permanencia dentro de la disposición constitucional que nos ocupa de la llamada “Cláusula Calvo”, entendida como la estipulación pactada en un contrato entre un extranjero y un gobierno, de acuerdo con la cual el extranjero conviene en no acudir al gobierno de su nacionalidad para que lo proteja, en relación con cualquier conflicto que surja en el contrato.
11. ZONA RESTRINGIDA La LIE para que los extranjeros adquieran derechos inmobiliarios en la franja restringida es un exceso, porque en esta materia la constitución es tajante, al establecer que por “ningún motivo” los extranjeros pueden adquirir el dominio directo de los inmuebles situados en la zona restringida. La LIE no acata la prohibición de la Constitución, por lo que los mandamientos de la LIE son inconstitucionales.
12. ZONA RESTRINGIDA Fideicomiso: la Constitución no prevé q los extranjeros puedan tener el uso, usufructo y disposición de los bienes en esta zona a través de los certificados de participación inmobiliaria. Esta forma jurídica para disponer de la zona restringida es ¿una argucia jurídica?
13. ZONA RESTRINGIDA Con los certificados de participación inmobiliaria no hay dominio directo pero sí a través de un fideicomiso bancario. La ley excede a la constitución al autorizar lo que la constitución prohíbe a través de fideicomisos.