8. La base imponible del REAV esta constituida únicamente por el margen bruto de la agencia.
9.
10. Es un principio inherente al sistema común del IVA aplicable en la Comunidad Europea.
11. Pretende evitar que “prestaciones de servicios similares, que por tanto compiten entre si, sean tratadas de forma distinta desde el punto de vista del IVA”
12. Evita que el IVA interfiera en la decisión de las empresas respecto a la forma de organizar su actividad económica.
13. El REAV constituye una excepción al régimen normal de la sexta directiva y sólo debe aplicarse en la medida necesaria para lograr su objetivo. (Apartado 34 de la sentencia del TJCE de 22 de octubre de 1998 en los asuntos acumulados C-308/96 y C-94/97)
14.
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18.
19. La exclusión del REAV de las ventas realizadas en nombre propio por agencias de viajes minoristas, de viajes que hayan sido organizados por agencias mayoristas.
20. La facultad concedida a las agencias de viajes en determinadas circunstancias para que, en las facturas expedidas por las mismas para documentar determinadas operaciones a las que resulta aplicable el REAV y que realizan en favor de clientes empresarios, puedan hacer constar un importe a tanto alzado en concepto de IVA que no se corresponde con el importe del IVA que grava tales operaciones en régimen especial y que tales clientes pueden deducir en sus autoliquidaciones por dicho impuesto (segundo párrafo del artículo 142 de la Ley 37/1992, reguladora del IVA en España).
21.
22. Existía en el ámbito de la CE un consenso bastante generalizado en aplicar la regla de “sede del destinatario” (en vez de la regla del lugar en donde estuviese situado el hotel).
51. Presentación por parte del grupo “CiU” con el apoyo de los grupos “PNV” y “Partido Popular” (con iniciativa propia), de sendas enmiendas al proyecto de Ley por el que se transponen determinadas directivas en el ámbito de la imposición indirecta y se modifica la Ley del Impuesto sobre la Renta de no residentes para adaptarla a la normativa comunitaria (Publicado con el nº 43-1 en el boletín oficial del Congreso con fecha 9 de Octubre de 2009)